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Lugar de ejecución
Madrid, Comunidad de madrid, España
Anuncio Previo
09/03/2023
Perfil del contratante
Anuncio Previo
14/03/2023
DOUE
Anuncio de Licitación
04/06/2023
Perfil del contratante
Anuncio de Pliegos
05/06/2023
Perfil del contratante
Anuncio de Licitación
07/06/2023
DOUE
Fin Plazo Presentación
26/06/2023
Finalizado
Anuncio de Adjudicación
11/10/2023
Perfil del contratante
Anuncio de Formalización
16/11/2023
Perfil del contratante
Anuncio de Formalización
17/11/2023
DOUE
Anuncio Modificación de Contrato
08/03/2024
Perfil del contratante
Anuncio Modificación de Contrato
11/03/2024
DOUE
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Licitación Arrendamiento de 195 vehículos en Madrid
Arrendamiento operativo de 195 vehículos eficientes para el Área de Gobierno de Medio Ambiente y Movilidad del Ayuntamiento de Madrid
Perfil del contratante
Datos generales
Estado
Resuelta
Presupuesto base de licitación
8.414.340,00 €
Importe sin impuestos
6.954.000,00 €
Valor estimado del contrato
8.344.800,00 €
Referencia
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Enlace a la fuente oficial
Publicación
09/03/2023
Ultima actualización
10/12/2025
Periodo estimado Inicio
-
Periodo estimado Final
-
Duración
48 Meses
Códigos CPV
34100000 - Vehículos de motor
34144900 - Vehículos eléctricos
34113000 - Vehículos con tracción a las 4 ruedas
Proceso de licitación
Proceso
Procedimiento Abierto
Urgencia
Ordinaria
Sistema de contratación
No aplica
Método de envío
Electrónica
Plazo de presentación ofertas
Hasta 26/06/2023
Presentación
A uno o varios lotes
Cantidad máxima de presentación de lotes
7
Cantidad máxima de lotes adjudicados
7
Período disponibilidad documentos
Hasta 26/06/2023
Términos y Calificaciones
Calificaciones técnicas
- Trabajos realizados - Artículo 89.1 letra/s: - Apartado: a) Una relación de los principales suministros realizados de igual o similar naturaleza que los que constituyen el objeto del contrato en el curso de como máximo, los tres últimos años, en la que se indique el importe, la fecha y el destinatario, público o privado de los mismos. Requisitos mínimos de solvencia y acreditación documental: De conformidad con lo establecido en artículo 89.1.a) de la LCSP, la solvencia técnica de los empresarios deberá acreditarse mediante la presentación de una relación de los principales suministros realizados de igual o similar naturaleza que los que constituyen el objeto del contrato, atendiendo a tal efecto a los dos primeros dígitos de los respectivos códigos CPV, en el curso de como máximo los tres últimos años naturales incluido el de licitación, es decir, los años 2023, 2022, 2021 y 2020 en la que se indique el importe, la fecha y el destinatario, público o privado de los mismos. Los suministros efectuados se acreditarán mediante certificados expedidos o visados por el órgano competente, cuando el destinatario sea una entidad del sector público. Cuando el destinatario sea un sujeto privado, mediante un certificado expedido por este o, a falta de este certificado, mediante una declaración del empresario acompañado de los documentos obrantes en poder del mismo que acrediten la realización de la prestación. El importe anual que el empresario deberá acreditar como ejecutado en el año de mayor ejecución del periodo anteriormente citado (2023, 2022, 2021 y 2020), en suministros de igual o similar naturaleza que los del contrato ascienden a una vez y media el valor anual medio del Lote al que licite (Lote 2: 557.280,00 €).
- Trabajos realizados - Artículo 89.1 letra/s: - Apartado: a) Una relación de los principales suministros realizados de igual o similar naturaleza que los que constituyen el objeto del contrato en el curso de como máximo, los tres últimos años, en la que se indique el importe, la fecha y el destinatario, público o privado de los mismos. Requisitos mínimos de solvencia y acreditación documental: De conformidad con lo establecido en artículo 89.1.a) de la LCSP, la solvencia técnica de los empresarios deberá acreditarse mediante la presentación de una relación de los principales suministros realizados de igual o similar naturaleza que los que constituyen el objeto del contrato, atendiendo a tal efecto a los dos primeros dígitos de los respectivos códigos CPV, en el curso de como máximo los tres últimos años naturales incluidos el de licitación, es decir, los años 2023, 2022, 2021 y 2020 en la que se indique el importe, la fecha y el destinatario, público o privado de los mismos. Los suministros efectuados se acreditarán mediante certificados expedidos o visados por el órgano competente, cuando el destinatario sea una entidad del sector público. Cuando el destinatario sea un sujeto privado, mediante un certificado expedido por este o, a falta de este certificado, mediante una declaración del empresario acompañado de los documentos obrantes en poder del mismo que acrediten la realización de la prestación. El importe anual que el empresario deberá acreditar como ejecutado en el año de mayor ejecución del periodo anteriormente citado (2023, 2022, 2021 y 2020), en suministros de igual o similar naturaleza que los del contrato ascienden a una vez y media el valor anual medio del Lote al que licite (Lote 3: 187.488,00 €).
- Trabajos realizados - Artículo 89.1 letra/s: - Apartado: a) Una relación de los principales suministros realizados de igual o similar naturaleza que los que constituyen el objeto del contrato en el curso de como máximo, los tres últimos años, en la que se indique el importe, la fecha y el destinatario, público o privado de los mismos. Requisitos mínimos de solvencia y acreditación documental: De conformidad con lo establecido en artículo 89.1.a) de la LCSP, la solvencia técnica de los empresarios deberá acreditarse mediante la presentación de una relación de los principales suministros realizados de igual o similar naturaleza que los que constituyen el objeto del contrato, atendiendo a tal efecto a los dos primeros dígitos de los respectivos códigos CPV, en el curso de como máximo los tres últimos años naturales incluido el de licitación, es decir, los años 2023, 2022, 2021 y 2020 en la que se indique el importe, la fecha y el destinatario, público o privado de los mismos. Los suministros efectuados se acreditarán mediante certificados expedidos o visados por el órgano competente, cuando el destinatario sea una entidad del sector público. Cuando el destinatario sea un sujeto privado, mediante un certificado expedido por este o, a falta de este certificado, mediante una declaración del empresario acompañado de los documentos obrantes en poder del mismo que acrediten la realización de la prestación. El importe anual que el empresario deberá acreditar como ejecutado en el año de mayor ejecución del periodo anteriormente citado (2023, 2022, 2021 y 2020), en suministros de igual o similar naturaleza que los del contrato ascienden a una vez y media el valor anual medio del Lote al que licite (Lote 6: 93.744,00 €).
- Trabajos realizados - Artículo 89.1 letra/s: - Apartado: a) Una relación de los principales suministros realizados de igual o similar naturaleza que los que constituyen el objeto del contrato en el curso de como máximo, los tres últimos años, en la que se indique el importe, la fecha y el destinatario, público o privado de los mismos. Requisitos mínimos de solvencia y acreditación documental: De conformidad con lo establecido en artículo 89.1.a) de la LCSP, la solvencia técnica de los empresarios deberá acreditarse mediante la presentación de una relación de los principales suministros realizados de igual o similar naturaleza que los que constituyen el objeto del contrato, atendiendo a tal efecto a los dos primeros dígitos de los respectivos códigos CPV, en el curso de como máximo los tres últimos años naturales incluido el de licitación, es decir, los años 2023, 2022, 2021 y 2020 en la que se indique el importe, la fecha y el destinatario, público o privado de los mismos. Los suministros efectuados se acreditarán mediante certificados expedidos o visados por el órgano competente, cuando el destinatario sea una entidad del sector público. Cuando el destinatario sea un sujeto privado, mediante un certificado expedido por este o, a falta de este certificado, mediante una declaración del empresario acompañado de los documentos obrantes en poder del mismo que acrediten la realización de la prestación. El importe anual que el empresario deberá acreditar como ejecutado en el año de mayor ejecución del periodo anteriormente citado (2023, 2022, 2021 y 2020), en suministros de igual o similar naturaleza que los del contrato ascienden a una vez y media el valor anual medio del Lote al que licite (Lote 5: 308.448,00 €).
- Trabajos realizados - Artículo 89.1 letra/s: - Apartado: a) Una relación de los principales suministros realizados de igual o similar naturaleza que los que constituyen el objeto del contrato en el curso de como máximo, los tres últimos años, en la que se indique el importe, la fecha y el destinatario, público o privado de los mismos. Requisitos mínimos de solvencia y acreditación documental: De conformidad con lo establecido en artículo 89.1.a) de la LCSP, la solvencia técnica de los empresarios deberá acreditarse mediante la presentación de una relación de los principales suministros realizados de igual o similar naturaleza que los que constituyen el objeto del contrato, atendiendo a tal efecto a los dos primeros dígitos de los respectivos códigos CPV, en el curso de como máximo los tres últimos años naturales incluido el de licitación, es decir, los años 2023, 2022, 2021 y 2020 en la que se indique el importe, la fecha y el destinatario, público o privado de los mismos. Los suministros efectuados se acreditarán mediante certificados expedidos o visados por el órgano competente, cuando el destinatario sea una entidad del sector público. Cuando el destinatario sea un sujeto privado, mediante un certificado expedido por este o, a falta de este certificado, mediante una declaración del empresario acompañado de los documentos obrantes en poder del mismo que acrediten la realización de la prestación. El importe anual que el empresario deberá acreditar como ejecutado en el año de mayor ejecución del periodo anteriormente citado (2023, 2022, 2021 y 2020), en suministros de igual o similar naturaleza que los del contrato ascienden a una vez y media el valor anual medio del Lote al que licite (Lote 7: 63.936,00 €).
- Trabajos realizados - Artículo 89.1 letra/s: - Apartado: a) Una relación de los principales suministros realizados de igual o similar naturaleza que los que constituyen el objeto del contrato en el curso de como máximo, los tres últimos años, en la que se indique el importe, la fecha y el destinatario, público o privado de los mismos. Requisitos mínimos de solvencia y acreditación documental: De conformidad con lo establecido en artículo 89.1.a) de la LCSP, la solvencia técnica de los empresarios deberá acreditarse mediante la presentación de una relación de los principales suministros realizados de igual o similar naturaleza que los que constituyen el objeto del contrato, atendiendo a tal efecto a los dos primeros dígitos de los respectivos códigos CPV, en el curso de como máximo los tres últimos años naturales incluido el de licitación, los años 2023, 2022, 2021 y 2020 en la que se indique el importe, la fecha y el destinatario, público o privado de los mismos. Los suministros efectuados se acreditarán mediante certificados expedidos o visados por el órgano competente, cuando el destinatario sea una entidad del sector público. Cuando el destinatario sea un sujeto privado, mediante un certificado expedido por este o, a falta de este certificado, mediante una declaración del empresario acompañado de los documentos obrantes en poder del mismo que acrediten la realización de la prestación. El importe anual que el empresario deberá acreditar como ejecutado en el año de mayor ejecución del periodo anteriormente citado (2023, 2022, 2021 y 2020), en suministros de igual o similar naturaleza que los del contrato ascienden a una vez y media el valor anual medio del Lote al que licite (Lote 1: 997.920,00 €).
- Trabajos realizados - Artículo 89.1 letra/s: - Apartado: a) Una relación de los principales suministros realizados de igual o similar naturaleza que los que constituyen el objeto del contrato en el curso de como máximo, los tres últimos años, en la que se indique el importe, la fecha y el destinatario, público o privado de los mismos. Requisitos mínimos de solvencia y acreditación documental: De conformidad con lo establecido en artículo 89.1.a) de la LCSP, la solvencia técnica de los empresarios deberá acreditarse mediante la presentación de una relación de los principales suministros realizados de igual o similar naturaleza que los que constituyen el objeto del contrato, atendiendo a tal efecto a los dos primeros dígitos de los respectivos códigos CPV, en el curso de como máximo los tres últimos años naturales incluido el de licitación, es decir, los años 2023, 2022, 2021 y 2020 en la que se indique el importe, la fecha y el destinatario, público o privado de los mismos. Los suministros efectuados se acreditarán mediante certificados expedidos o visados por el órgano competente, cuando el destinatario sea una entidad del sector público. Cuando el destinatario sea un sujeto privado, mediante un certificado expedido por este o, a falta de este certificado, mediante una declaración del empresario acompañado de los documentos obrantes en poder del mismo que acrediten la realización de la prestación. El importe anual que el empresario deberá acreditar como ejecutado en el año de mayor ejecución del periodo anteriormente citado (2023, 2022, 2021 y 2020), en suministros de igual o similar naturaleza que los del contrato ascienden a una vez y media el valor anual medio del Lote al que licite (Lote 4: 294.624,00 €).
Calificaciones financieras
- Cifra anual de negocio - Artículo 87.1 letra/s: - Apartado: a) Volumen anual de negocios, o bien volumen anual de negocios en el ámbito al que se refiera el contrato, referido al mejor ejercicio dentro de los tres últimos disponibles en función de las fechas de constitución o de inicio de actividades del empresario y de presentación de las ofertas por importe igual o superior al exigido en el anuncio de licitación o en la invitación a participar en el procedimiento y en los pliegos del contrato o, en su defecto, al establecido reglamentariamente. Requisitos mínimos de solvencia y acreditación documental: De conformidad con lo establecido en artículo 87.1.a) de la LCSP, el criterio para la acreditación de la solvencia económica y financiera de los licitantes será el volumen anual de negocios del licitador o candidato, que referido al año de mayor volumen de negocio de los tres últimos concluidos deberá ser al menos una vez y media el valor anual medio del Lote al que licite (Lote 5: 308.448,00 €). En caso de licitar a más de un Lote, las cuantías mínimas establecidas se acreditarán por separado para cada uno de los lotes, sin que proceda la acumulación de cuantías. La acreditación documental de la suficiencia de la solvencia económica y financiera del licitante se efectuará mediante la aportación de una declaración del empresario indicando el volumen de negocios global de la empresa, acorde a lo previsto en el art. 87.2 de la LCSP.
- Cifra anual de negocio - Artículo 87.1 letra/s: - Apartado: a) Volumen anual de negocios, o bien volumen anual de negocios en el ámbito al que se refiera el contrato, referido al mejor ejercicio dentro de los tres últimos disponibles en función de las fechas de constitución o de inicio de actividades del empresario y de presentación de las ofertas por importe igual o superior al exigido en el anuncio de licitación o en la invitación a participar en el procedimiento y en los pliegos del contrato o, en su defecto, al establecido reglamentariamente. Requisitos mínimos de solvencia y acreditación documental: De conformidad con lo establecido en artículo 87.1.a) de la LCSP, el criterio para la acreditación de la solvencia económica y financiera de los licitantes será el volumen anual de negocios del licitador o candidato, que referido al año de mayor volumen de negocio de los tres últimos concluidos deberá ser al menos una vez y media el valor anual medio del Lote al que licite (Lote 3: 187.488,00 €). En caso de licitar a más de un Lote, las cuantías mínimas establecidas se acreditarán por separado para cada uno de los lotes, sin que proceda la acumulación de cuantías. La acreditación documental de la suficiencia de la solvencia económica y financiera del licitante se efectuará mediante la aportación de una declaración del empresario indicando el volumen de negocios global de la empresa, acorde a lo previsto en el art. 87.2 de la LCSP.
- Cifra anual de negocio - Artículo 87.1 letra/s: - Apartado: a) Volumen anual de negocios, o bien volumen anual de negocios en el ámbito al que se refiera el contrato, referido al mejor ejercicio dentro de los tres últimos disponibles en función de las fechas de constitución o de inicio de actividades del empresario y de presentación de las ofertas por importe igual o superior al exigido en el anuncio de licitación o en la invitación a participar en el procedimiento y en los pliegos del contrato o, en su defecto, al establecido reglamentariamente. Requisitos mínimos de solvencia y acreditación documental: De conformidad con lo establecido en artículo 87.1.a) de la LCSP, el criterio para la acreditación de la solvencia económica y financiera de los licitantes será el volumen anual de negocios del licitador o candidato, que referido al año de mayor volumen de negocio de los tres últimos concluidos deberá ser al menos una vez y media el valor anual medio del Lote al que licite (Lote 4: 294.624,00 €). En caso de licitar a más de un Lote, las cuantías mínimas establecidas se acreditarán por separado para cada uno de los lotes, sin que proceda la acumulación de cuantías. La acreditación documental de la suficiencia de la solvencia económica y financiera del licitante se efectuará mediante la aportación de una declaración del empresario indicando el volumen de negocios global de la empresa, acorde a lo previsto en el art. 87.2 de la LCSP.
- Cifra anual de negocio - Artículo 87.1 letra/s: - Apartado: a) Volumen anual de negocios, o bien volumen anual de negocios en el ámbito al que se refiera el contrato, referido al mejor ejercicio dentro de los tres últimos disponibles en función de las fechas de constitución o de inicio de actividades del empresario y de presentación de las ofertas por importe igual o superior al exigido en el anuncio de licitación o en la invitación a participar en el procedimiento y en los pliegos del contrato o, en su defecto, al establecido reglamentariamente. Requisitos mínimos de solvencia y acreditación documental: De conformidad con lo establecido en artículo 87.1.a) de la LCSP, el criterio para la acreditación de la solvencia económica y financiera de los licitantes será el volumen anual de negocios del licitador o candidato, que referido al año de mayor volumen de negocio de los tres últimos concluidos deberá ser al menos una vez y media el valor anual medio del Lote al que licite (Lote 6: 93.744,00 €). En caso de licitar a más de un Lote, las cuantías mínimas establecidas se acreditarán por separado para cada uno de los lotes, sin que proceda la acumulación de cuantías. La acreditación documental de la suficiencia de la solvencia económica y financiera del licitante se efectuará mediante la aportación de una declaración del empresario indicando el volumen de negocios global de la empresa, acorde a lo previsto en el art. 87.2 de la LCSP.
- Cifra anual de negocio - Artículo 87.1 letra/s: - Apartado: a) Volumen anual de negocios, o bien volumen anual de negocios en el ámbito al que se refiera el contrato, referido al mejor ejercicio dentro de los tres últimos disponibles en función de las fechas de constitución o de inicio de actividades del empresario y de presentación de las ofertas por importe igual o superior al exigido en el anuncio de licitación o en la invitación a participar en el procedimiento y en los pliegos del contrato o, en su defecto, al establecido reglamentariamente. Requisitos mínimos de solvencia y acreditación documental: De conformidad con lo establecido en artículo 87.1.a) de la LCSP, el criterio para la acreditación de la solvencia económica y financiera de los licitantes será el volumen anual de negocios del licitador o candidato, que referido al año de mayor volumen de negocio de los tres últimos concluidos deberá ser al menos una vez y media el valor anual medio del Lote al que licite (Lote 7: 63.936,00 €). En caso de licitar a más de un Lote, las cuantías mínimas establecidas se acreditarán por separado para cada uno de los lotes, sin que proceda la acumulación de cuantías. La acreditación documental de la suficiencia de la solvencia económica y financiera del licitante se efectuará mediante la aportación de una declaración del empresario indicando el volumen de negocios global de la empresa, acorde a lo previsto en el art. 87.2 de la LCSP.
- Cifra anual de negocio - Artículo 87.1 letra/s: - Apartado: a) Volumen anual de negocios, o bien volumen anual de negocios en el ámbito al que se refiera el contrato, referido al mejor ejercicio dentro de los tres últimos disponibles en función de las fechas de constitución o de inicio de actividades del empresario y de presentación de las ofertas por importe igual o superior al exigido en el anuncio de licitación o en la invitación a participar en el procedimiento y en los pliegos del contrato o, en su defecto, al establecido reglamentariamente. Requisitos mínimos de solvencia y acreditación documental: De conformidad con lo establecido en artículo 87.1.a) de la LCSP, el criterio para la acreditación de la solvencia económica y financiera de los licitantes será el volumen anual de negocios del licitador o candidato, que referido al año de mayor volumen de negocio de los tres últimos concluidos deberá ser al menos una vez y media el valor anual medio del Lote al que licite (Lote 2: 557.280,00 €). En caso de licitar a más de un Lote, las cuantías mínimas establecidas se acreditarán por separado para cada uno de los lotes, sin que proceda la acumulación de cuantías. La acreditación documental de la suficiencia de la solvencia económica y financiera del licitante se efectuará mediante la aportación de una declaración del empresario indicando el volumen de negocios global de la empresa, acorde a lo previsto en el art. 87.2 de la LCSP.
- Cifra anual de negocio - Artículo 87.1 letra/s: - Apartado: a) Volumen anual de negocios, o bien volumen anual de negocios en el ámbito al que se refiera el contrato, referido al mejor ejercicio dentro de los tres últimos disponibles en función de las fechas de constitución o de inicio de actividades del empresario y de presentación de las ofertas por importe igual o superior al exigido en el anuncio de licitación o en la invitación a participar en el procedimiento y en los pliegos del contrato o, en su defecto, al establecido reglamentariamente. Requisitos mínimos de solvencia y acreditación documental: De conformidad con lo establecido en artículo 87.1.a) de la LCSP, el criterio para la acreditación de la solvencia económica y financiera de los licitantes será el volumen anual de negocios del licitador o candidato, que referido al año de mayor volumen de negocio de los tres últimos concluidos deberá ser al menos una vez y media el valor anual medio del Lote al que licite (Lote 1: 997.920,00 €). En caso de licitar a más de un Lote, las cuantías mínimas establecidas se acreditarán por separado para cada uno de los lotes, sin que proceda la acumulación de cuantías. La acreditación documental de la suficiencia de la solvencia económica y financiera del licitante se efectuará mediante la aportación de una declaración del empresario indicando el volumen de negocios global de la empresa, acorde a lo previsto en el art. 87.2 de la LCSP.
Calificaciones específicas
- Cumplimiento con las obligaciones con la Seguridad Social - Cumplimiento con las obligaciones con la Seguridad Social
- Capacidad de obrar - Capacidad de obrar
- Capacidad de obrar - Capacidad de obrar
- Cumplimiento con las obligaciones tributarias - Cumplimiento con las obligaciones tributarias
- No prohibición para contratar - No prohibición para contratar
- Capacidad de obrar - Capacidad de obrar
- Cumplimiento con las obligaciones tributarias - Cumplimiento con las obligaciones tributarias
- No prohibición para contratar - No prohibición para contratar
- Preferencia para empresas con trabajadores con discapacidad - Declaración sobre personas con discapacidad
- No estar incurso en incompatibilidades - No estar incurso en incompatibilidades
- No estar incurso en incompatibilidades - No estar incurso en incompatibilidades
- No prohibición para contratar - No prohibición para contratar
- Cumplimiento con las obligaciones tributarias - Cumplimiento con las obligaciones tributarias
- Preferencia para empresas con trabajadores con discapacidad - Declaración sobre personas con discapacidad
- Cumplimiento con las obligaciones con la Seguridad Social - Cumplimiento con las obligaciones con la Seguridad Social
- Cumplimiento con las obligaciones tributarias - Cumplimiento con las obligaciones tributarias
- Capacidad de obrar - Capacidad de obrar
- Capacidad de obrar - Capacidad de obrar
- No prohibición para contratar - No prohibición para contratar
- No prohibición para contratar - No prohibición para contratar
- Cumplimiento con las obligaciones tributarias - Cumplimiento con las obligaciones tributarias
- No estar incurso en incompatibilidades - No estar incurso en incompatibilidades
- Preferencia para empresas con trabajadores con discapacidad - Declaración sobre personas con discapacidad
- No estar incurso en incompatibilidades - No estar incurso en incompatibilidades
- Preferencia para empresas con trabajadores con discapacidad - Declaración sobre personas con discapacidad
- Capacidad de obrar - Capacidad de obrar
- Cumplimiento con las obligaciones con la Seguridad Social - Cumplimiento con las obligaciones con la Seguridad Social
- Preferencia para empresas con trabajadores con discapacidad - Declaración sobre personas con discapacidad
- Cumplimiento con las obligaciones tributarias - Cumplimiento con las obligaciones tributarias
- No estar incurso en incompatibilidades - No estar incurso en incompatibilidades
- No prohibición para contratar - No prohibición para contratar
- Preferencia para empresas con trabajadores con discapacidad - Declaración sobre personas con discapacidad
- Cumplimiento con las obligaciones con la Seguridad Social - Cumplimiento con las obligaciones con la Seguridad Social
- No estar incurso en incompatibilidades - No estar incurso en incompatibilidades
- No estar incurso en incompatibilidades - No estar incurso en incompatibilidades
- Cumplimiento con las obligaciones con la Seguridad Social - Cumplimiento con las obligaciones con la Seguridad Social
- Cumplimiento con las obligaciones con la Seguridad Social - Cumplimiento con las obligaciones con la Seguridad Social
- Cumplimiento con las obligaciones con la Seguridad Social - Cumplimiento con las obligaciones con la Seguridad Social
- No prohibición para contratar - No prohibición para contratar
- Preferencia para empresas con trabajadores con discapacidad - Declaración sobre personas con discapacidad
- Cumplimiento con las obligaciones tributarias - Cumplimiento con las obligaciones tributarias
- Capacidad de obrar - Capacidad de obrar
Términos de adjudicación
- Longitud del vehículo: 10%
- Consumo eléctrico: 10%
- Potencia: 8%
- Cámara de visión trasera y sensor de ayuda al aparcamiento trasero L4: 7%
- Incremento altura carga: 14%
- Precio: 40%
- Cámara de visión trasera y sensor de ayuda al aparcamiento trasero: 7%
- Ángulo de ataque: 10%
- Potencia L7: 5%
- Autonomía en rango 100% eléctrico: 15%
- Precio L7: 35%
- Incremento de la capacidad de la zona de carga: 15%
- Potencia: 8%
- Autonomía en rango 100% eléctrico: 15%
- Consumo de combustible: 15%
- Consumo eléctrico L6: 8%
- Mejora proceso carga rápida/semirápida L6: 10%
- Autonomía en rango 100% eléctrico L7: 13%
- Consumo eléctrico: 10%
- Precio: 40%
- Opción de seleccionar modo de circulación 100% eléctrico: 15%
- Potencia combinada (motor combustión + eléctrico): 10%
- Cámara de visión trasera y sensor de ayuda al aparcamiento trasero L6: 5%
- Mejora proceso carga rápida/semirápida L7: 5%
- Configuración con 6 plazas (3+3): 20%
- Precio L4: 48%
- Cámara de visión trasera y sensor de ayuda al aparcamiento trasero: 7%
- Autonomía en rango 100% eléctrico: 15%
- Autonomía en rango 100% eléctrico: 15%
- Capacidad del maletero: 5%
- Consumo de combustible L5: 10%
- Mejora proceso carga rápida/semirápida: 10%
- Precio L5: 47%
- Mejora proceso carga rápida/semirápida: 15%
- Potencia L3: 5%
- Capacidad del maletero: 5%
- Incremento longitud de carga: 8%
- Capacidad del maletero: 5%
- Consumo eléctrico: 10%
- Cámara de visión trasera y sensor de ayuda al aparcamiento trasero L3: 5%
- Altura libre al suelo: 15%
- Capacidad del maletero: 5%
- Precio: 40%
- Mejora proceso carga rápida/semirápida: 15%
- Potencia L6: 7%
- Precio: 40%
- Opción de seleccionar modo de circulación 100% eléctrico L5: 8%
- Potencia combinada (motor combustión + eléctrico): 10%
Documentos
Lotes
Lote 1
Lote 1. 77 Vehículos turismo eléctrico puro (BEV). Segmento B o C
Importe
3.354.120,00 €
Importe sin impuestos
2.772.000,00 €
Lote 2
Lote 2. 43 Vehículos turismo eléctrico puro (BEV). Segmento B o C
Importe
1.873.080,00 €
Importe sin impuestos
1.548.000,00 €
Lote 3
Lote 3. 14 Vehículos turismo eléctrico puro (BEV). Segmento C o D
Importe
630.168,00 €
Importe sin impuestos
520.800,00 €
Lote 4
Lote 4. 31 Vehículos híbridos (HEV) eléctrico/gasolina
Importe
990.264,00 €
Importe sin impuestos
818.400,00 €
Lote 5
Lote 5. 21 Vehículos híbridos (HEV) "Todo terreno" o SUV con tracción integral 4x4
Importe
1.036.728,00 €
Importe sin impuestos
856.800,00 €
Lote 6
Lote 6. 7 Furgonetas eléctricas puras (BEV) de pequeño o mediano tamaño
Importe
315.084,00 €
Importe sin impuestos
260.400,00 €
Lote 7
Lote 7. 2 Furgonetas eléctricas puras (BEV) de gran tamaño
Importe
214.896,00 €
Importe sin impuestos
177.600,00 €
Resolución
Lote 1 - Formalizado: Ser el empresario que ha presentado la oferta con mejor relación calidad precio según la ponderación de los criterios de adjudicación
Fecha adjudicación
09/10/2023
Importe
2.517.604,32 € - Baja (-25%)
Importe sin impuestos
2.080.664,73 € - Baja (-25%)
Identificador contrato
300/2023/00178-L1
Fecha contrato
10/11/2023
Lote 2 - Formalizado: Ser el empresario que ha presentado la oferta con mejor relación calidad-precio según la ponderación de los criterios de adjudicación
Fecha adjudicación
09/10/2023
Importe
1.405.687,20 € - Baja (-25%)
Importe sin impuestos
1.161.724,96 € - Baja (-25%)
Identificador contrato
300/2023/00178-L2
Fecha contrato
10/11/2023
Lote 3 - Formalizado: Ser el empresario que ha presentado la oferta con mejor relación calidad-precio según la ponderación de los criterios de adjudicación
Fecha adjudicación
09/10/2023
Importe
491.904,00 € - Baja (-22%)
Importe sin impuestos
406.532,23 € - Baja (-22%)
Identificador contrato
300/2023/00178-L3
Fecha contrato
10/11/2023
Lote 4 - Formalizado: Se adjudica a la entidad ALPHABET ESPAÑA FLEET MANAGEMENT, S.A., por ser el empresario que ha presentado la mejor oferta, según la ponderación de los criterios de adjudicación establecidos en el pliego de cláusulas administrativas particulares.
Fecha adjudicación
17/10/2023
Importe
586.167,84 € - Baja (-41%)
Importe sin impuestos
484.436,23 € - Baja (-41%)
Identificador contrato
300/2023/00178-L4
Fecha contrato
14/11/2023
Lote 5 - Adjudicado: Ser el empresario que ha presentado la oferta con mejor relación calidad-precio según la ponderación de los criterios de adjudicación
Fecha adjudicación
11/10/2023
Importe
700.852,32 € - Baja (-32%)
Importe sin impuestos
579.216,79 € - Baja (-32%)
Identificador contrato
300/2023/00178-L5
Fecha contrato
10/11/2023
Lote 6 - Formalizado: Ser el empresario que ha presentado la oferta con mejor relación calidad-precio según la ponderación de los criterios de adjudicación
Fecha adjudicación
09/10/2023
Importe
268.312,80 € - Baja (-15%)
Importe sin impuestos
221.746,12 € - Baja (-15%)
Identificador contrato
300/2023/00178-L6
Fecha contrato
10/11/2023
Lote 7 - Formalizado: Ser el empresario que ha presentado la oferta con mejor relación calidad-precio según la ponderación de los criterios de adjudicación
Fecha adjudicación
15/10/2023
Importe
122.076,48 € - Baja (-43%)
Importe sin impuestos
100.889,65 € - Baja (-43%)
Identificador contrato
300/2023/00178-L7
Fecha contrato
14/11/2023
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