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Lugar de ejecución
Plaza bilbao, 4, Burgos, Castilla y león, España
Anuncio de Licitación
10/10/2024
Perfil del contratante
Anuncio de Pliegos
10/10/2024
Perfil del contratante
Fin Plazo Presentación
07/11/2024
Finalizado
Anuncio de Adjudicación
30/12/2024
Perfil del contratante
Anuncio de Formalización
02/01/2025
Perfil del contratante
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Licitación Concesión de servicio de peluquería en Burgos
El contrato tiene por objeto la concesión del servicio de peluquería para Centros dependientes de la Gerencia Territorial de Servicios Sociales de Burgos.
Perfil del contratante
Datos generales
Estado
Resuelta
Presupuesto base de licitación
-
Importe sin impuestos
-
Valor estimado del contrato
264.060,00 €
Referencia
Ver
Enlace a la fuente oficial
Publicación
10/10/2024
Ultima actualización
02/01/2025
Periodo estimado Inicio
-
Periodo estimado Final
-
Duración
24 Meses
Códigos CPV
98320000 - Servicios de peluquería y tratamiento de belleza
Proceso de licitación
Proceso
Procedimiento Abierto
Urgencia
Ordinaria
Sistema de contratación
No aplica
Método de envío
Electrónica
Plazo de presentación ofertas
Hasta 07/11/2024
Presentación
A uno o varios lotes
Cantidad máxima de presentación de lotes
3
Cantidad máxima de lotes adjudicados
3
Período disponibilidad documentos
Hasta 07/11/2024
Términos y Calificaciones
Calificaciones técnicas
- Trabajos realizados - Una relación de los principales servicios o trabajos realizados de igual o similar naturaleza que los que constituyen el objeto del contrato en el curso de, como máximo los tres últimos años, en la que se indique el importe, la fecha y el destinatario, público o privado de los mismos. Cuando le sea requerido por los servicios dependientes del órgano de contratación los servicios o trabajos efectuados se acreditarán mediante certificados expedidos o visados por el órgano competente, cuando el destinatario sea una entidad del sector público; cuando el destinatario sea un sujeto privado, mediante un certificado expedido por este o, a falta de este certificado, mediante una declaración del empresario acompañado de los documentos obrantes en poder del mismo que acrediten la realización de la prestación; en su caso, estos certificados serán comunicados directamente al órgano de contratación por la autoridad competente. Acreditación: La solvencia técnica se acreditará con el cumplimiento de alguna de las siguientes condiciones: - Mediante una declaración del empresario acompañado de los documentos obrantes en poder de este, que acrediten la relación de los principales servicios efectuados en los tres últimos años, de igual o similar naturaleza que los que constituyen el objeto del contrato, tomando como criterio de correspondencia entre los servicios ejecutados por el empresario y los que constituyan el objeto de este contrato la igualdad entre los tres primeros dígitos del código CPV que se indica en la cláusula 3 de este pliego, cuyo importe anual acumulado en el año de mayor ejecución sea igual o superior a: 10.000€ para cada uno de los lotes. -Títulos académicos y profesionales del empresario y de los directivos de la empresa y, en particular, del responsable o responsables de la ejecución del contrato, así como de los técnicos encargados directamente de la misma, siempre que no se evalúen como un criterio de adjudicación en aplicación de lo dispuesto en el artículo 90 e) de la LCSP. Titulaciones admisibles indicadas en la cláusula 17 del Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares
- Trabajos realizados - Una relación de los principales servicios o trabajos realizados de igual o similar naturaleza que los que constituyen el objeto del contrato en el curso de, como máximo los tres últimos años, en la que se indique el importe, la fecha y el destinatario, público o privado de los mismos. Cuando le sea requerido por los servicios dependientes del órgano de contratación los servicios o trabajos efectuados se acreditarán mediante certificados expedidos o visados por el órgano competente, cuando el destinatario sea una entidad del sector público; cuando el destinatario sea un sujeto privado, mediante un certificado expedido por este o, a falta de este certificado, mediante una declaración del empresario acompañado de los documentos obrantes en poder del mismo que acrediten la realización de la prestación; en su caso, estos certificados serán comunicados directamente al órgano de contratación por la autoridad competente. Acreditación: La solvencia técnica se acreditará con el cumplimiento de alguna de las siguientes condiciones: - Mediante una declaración del empresario acompañado de los documentos obrantes en poder de este, que acrediten la relación de los principales servicios efectuados en los tres últimos años, de igual o similar naturaleza que los que constituyen el objeto del contrato, tomando como criterio de correspondencia entre los servicios ejecutados por el empresario y los que constituyan el objeto de este contrato la igualdad entre los tres primeros dígitos del código CPV que se indica en la cláusula 3 de este pliego, cuyo importe anual acumulado en el año de mayor ejecución sea igual o superior a: 10.000€ para cada uno de los lotes. -Títulos académicos y profesionales del empresario y de los directivos de la empresa y, en particular, del responsable o responsables de la ejecución del contrato, así como de los técnicos encargados directamente de la misma, siempre que no se evalúen como un criterio de adjudicación en aplicación de lo dispuesto en el artículo 90 e) de la LCSP. Titulaciones admisibles indicadas en la cláusula 17 del Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares
- Trabajos realizados - Una relación de los principales servicios o trabajos realizados de igual o similar naturaleza que los que constituyen el objeto del contrato en el curso de, como máximo los tres últimos años, en la que se indique el importe, la fecha y el destinatario, público o privado de los mismos. Cuando le sea requerido por los servicios dependientes del órgano de contratación los servicios o trabajos efectuados se acreditarán mediante certificados expedidos o visados por el órgano competente, cuando el destinatario sea una entidad del sector público; cuando el destinatario sea un sujeto privado, mediante un certificado expedido por este o, a falta de este certificado, mediante una declaración del empresario acompañado de los documentos obrantes en poder del mismo que acrediten la realización de la prestación; en su caso, estos certificados serán comunicados directamente al órgano de contratación por la autoridad competente. Acreditación: La solvencia técnica se acreditará con el cumplimiento de alguna de las siguientes condiciones: - Mediante una declaración del empresario acompañado de los documentos obrantes en poder de este, que acrediten la relación de los principales servicios efectuados en los tres últimos años, de igual o similar naturaleza que los que constituyen el objeto del contrato, tomando como criterio de correspondencia entre los servicios ejecutados por el empresario y los que constituyan el objeto de este contrato la igualdad entre los tres primeros dígitos del código CPV que se indica en la cláusula 3 de este pliego, cuyo importe anual acumulado en el año de mayor ejecución sea igual o superior a: 10.000€ para cada uno de los lotes. -Títulos académicos y profesionales del empresario y de los directivos de la empresa y, en particular, del responsable o responsables de la ejecución del contrato, así como de los técnicos encargados directamente de la misma, siempre que no se evalúen como un criterio de adjudicación en aplicación de lo dispuesto en el artículo 90 e) de la LCSP. Titulaciones admisibles indicadas en la cláusula 17 del Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares
Calificaciones financieras
- Cifra anual de negocio - Volumen anual de negocios, o bien volumen anual de negocios en el ámbito al que se refiera el contrato, referido al mejor ejercicio dentro de los tres últimos disponibles en función de las fechas de constitución o de inicio de actividades del empresario y de presentación de las ofertas por importe igual o superior al exigido en el anuncio de licitación. Acreditación: La solvencia económica y financiera se acreditará con el cumplimiento de alguna de las siguientes condiciones: - Declaración del empresario indicando el volumen anual de negocios del empresario o candidato, que referido al año de mayor volumen de negocio de los tres últimos concluidos deberá ser igual o superior a: 10.000€ en cualquiera de los lotes a los que presente oferta. - La solvencia económica y financiera se podrá acreditar igualmente mediante la disposición de un seguro de indemnización por riesgos profesionales, vigente hasta el fin del plazo de presentación de ofertas, por un importe no inferior de 100.000€, aportando el compromiso de su renovación o prórroga que garantice el mantenimiento de su cobertura durante toda la ejecución del contrato. Este requisito se entenderá cumplido por el licitador o candidato que incluya en su oferta un compromiso vinculante de suscripción, en caso de resultar adjudicatario, del seguro exigido. Compromiso que deberá hacer efectivo dentro del plazo de 10 días hábiles al que se refiere el apartado 2 del artículo 150 de esta Ley. El compromiso de suscripción o la suscripción de la póliza de seguro contemplada en la cláusula 27.3 de este Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares por la cantidad recogida en el mismo le servirá de igual modo para acreditar la solvencia económica y financiera siempre que incluya expresamente la cobertura de la indemnización por los riesgos profesionales derivados del ejercicio del servicio objeto del contrato y lo acredite conforme a lo indicado en el párrafo anterior. En el supuesto de concurrir un licitador a la adjudicación de varios lotes, la acreditación de la solvencia del lote de mayor importe será suficiente para justificar la solvencia del resto de los lotes.
- Cifra anual de negocio - Art 87, LCSP, Medios: Volumen anual de negocios, o bien volumen anual de negocios en el ámbito al que se refiera el contrato, referido al mejor ejercicio dentro de los tres últimos disponibles en función de las fechas de constitución o de inicio de actividades del empresario y de presentación de las ofertas por importe igual o superior al exigido en el anuncio de licitación. Acreditación: La solvencia económica y financiera se acreditará con el cumplimiento de alguna de las siguientes condiciones: - Declaración del empresario indicando el volumen anual de negocios del empresario o candidato, que referido al año de mayor volumen de negocio de los tres últimos concluidos deberá ser igual o superior a: 10.000€ en cualquiera de los lotes a los que presente oferta. - La solvencia económica y financiera se podrá acreditar igualmente mediante la disposición de un seguro de indemnización por riesgos profesionales, vigente hasta el fin del plazo de presentación de ofertas, por un importe no inferior de 100.000€, aportando el compromiso de su renovación o prórroga que garantice el mantenimiento de su cobertura durante toda la ejecución del contrato. Este requisito se entenderá cumplido por el licitador o candidato que incluya en su oferta un compromiso vinculante de suscripción, en caso de resultar adjudicatario, del seguro exigido. Compromiso que deberá hacer efectivo dentro del plazo de 10 días hábiles al que se refiere el apartado 2 del artículo 150 de esta Ley. El compromiso de suscripción o la suscripción de la póliza de seguro contemplada en la cláusula 27.3 de este Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares por la cantidad recogida en el mismo le servirá de igual modo para acreditar la solvencia económica y financiera siempre que incluya expresamente la cobertura de la indemnización por los riesgos profesionales derivados del ejercicio del servicio objeto del contrato y lo acredite conforme a lo indicado en el párrafo anterior. En el supuesto de concurrir un licitador a la adjudicación de varios lotes, la acreditación de la solvencia del lote de mayor importe será suficiente para justificar la solvencia del resto de los lotes.
- Cifra anual de negocio - Art 87, LCSP, Medios: Volumen anual de negocios, o bien volumen anual de negocios en el ámbito al que se refiera el contrato, referido al mejor ejercicio dentro de los tres últimos disponibles en función de las fechas de constitución o de inicio de actividades del empresario y de presentación de las ofertas por importe igual o superior al exigido en el anuncio de licitación. Acreditación: La solvencia económica y financiera se acreditará con el cumplimiento de alguna de las siguientes condiciones: - Declaración del empresario indicando el volumen anual de negocios del empresario o candidato, que referido al año de mayor volumen de negocio de los tres últimos concluidos deberá ser igual o superior a: 10.000€ en cualquiera de los lotes a los que presente oferta. - La solvencia económica y financiera se podrá acreditar igualmente mediante la disposición de un seguro de indemnización por riesgos profesionales, vigente hasta el fin del plazo de presentación de ofertas, por un importe no inferior de 100.000€, aportando el compromiso de su renovación o prórroga que garantice el mantenimiento de su cobertura durante toda la ejecución del contrato. Este requisito se entenderá cumplido por el licitador o candidato que incluya en su oferta un compromiso vinculante de suscripción, en caso de resultar adjudicatario, del seguro exigido. Compromiso que deberá hacer efectivo dentro del plazo de 10 días hábiles al que se refiere el apartado 2 del artículo 150 de esta Ley. El compromiso de suscripción o la suscripción de la póliza de seguro contemplada en el Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares por la cantidad recogida en el mismo le servirá de igual modo para acreditar la solvencia económica y financiera siempre que incluya expresamente la cobertura de la indemnización por los riesgos profesionales derivados del ejercicio del servicio objeto del contrato y lo acredite conforme a lo indicado en el párrafo anterior.
Calificaciones específicas
- Cumplimiento con las obligaciones tributarias - Cumplimiento con las obligaciones tributarias
- No estar incurso en incompatibilidades - No estar incurso en incompatibilidades
- No prohibición para contratar - No prohibición para contratar
- Para las empresas extranjeras, declaración de sometimiento a la legislación española. - Para las empresas extranjeras, declaración de sometimiento a la legislación española.
- Capacidad de obrar - Capacidad de obrar
- Cumplimiento con las obligaciones con la Seguridad Social - Cumplimiento con las obligaciones con la Seguridad Social
- Preferencia para empresas con trabajadores con discapacidad - Declaración sobre personas con discapacidad
Garantías financieras
- Final - 600,00 EUR
Términos de adjudicación
- MEJORA DE LA INVERSIÓN L3: 20%
- MEJORA DE LA INVERSIÓN L1: 20%
- OFERTA ECONÓMICA L1: 80%
- MEJORA DE LA INVERSIÓN L2: 20%
- OFERTA ECONÓMICA L2: 80%
- OFERTA ECONÓMICA L3: 80%
Documentos
Lotes
Lote 001
C.D.Burgos I y Residencia de personas m.
Lote 002
C.D personas mayores Burgos II
Lote 003
C.D Burgos III y Res.Asistida ffbb
Resolución
Lote 001 - Desierto:
Adjudicado a
-Fecha adjudicación
11/12/2024
Importe
-
Importe sin impuestos
-
Identificador contrato
-
Fecha contrato
-
Lote 002 - Formalizado: Oferta con mejor relación calidad-precio.
Adjudicado a
MARIA CRUZ RUESGAS SENDINO - 71276035RFecha adjudicación
11/12/2024
Importe
-
Importe sin impuestos
-
Identificador contrato
-
Fecha contrato
26/12/2024
Lote 003 - Formalizado: Oferta con mejor relación calidad-precio.
Adjudicado a
CARMEN NATIVIDAD RODRIGUEZ PALACIOS - 71263033VFecha adjudicación
11/12/2024
Importe
-
Importe sin impuestos
-
Identificador contrato
-
Fecha contrato
27/12/2024
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