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Lugar de ejecución

Sevilla, Andalucía, España

Anuncio de Licitación

16/07/2026

Perfil del contratante

Anuncio de Pliegos

16/07/2026

Perfil del contratante

Fin Plazo Presentación

07/08/2026

Finaliza en 21 días

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Licitación Suministro de sistemas portátiles de monitorización receptora de 8 kHz a 8 GHz para análisis de señales de guerra electrónica

Licitación pública en procedimiento abierto para el suministro de equipos portátiles de monitorización y recepción de señales en banda de 8 kHz a 8 GHz destinados al análisis de señales de guerra electrónica. El contrato, regulado por la Ley de Contratos del Sector Público en los ámbitos de Defensa y Seguridad, se ejecutará hasta noviembre de 2026. Los licitadores deben presentar documentación administrativa obligatoria, incluyendo formulario DEUC, declaración de seguridad, acreditación de solvencia económica y técnica, y compromiso de adhesión al código ético del Ministerio de Defensa.

Perfil del contratante

Ejército de Tierra

Perfil del contratante

Ejército de Tierra

Datos generales

Estado

En Plazo

Presupuesto base de licitación

258.940,33 €

Importe sin impuestos

214.000,27 €

Valor estimado del contrato

214.000,27 €

Referencia

Ver

Enlace a la fuente oficial

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Publicación

16/07/2026

Ultima actualización

16/07/2026

Periodo estimado Inicio

-

Periodo estimado Final

-

Duración

3 Meses

Códigos CPV

35730000 - Sistemas de guerra electrónica y contramedidas

Título oficial

Suministro de sistemas portables monitoring receiver de 8 Khz a 8 Ghz para análisis de señales de EWL

Proceso de licitación

Proceso

Procedimiento Abierto

Urgencia

Ordinaria

Sistema de contratación

No aplica

Método de envío

Electrónica

Plazo de presentación ofertas

Hasta 07/08/2026

Presentación

-

Cantidad máxima de presentación de lotes

-

Cantidad máxima de lotes adjudicados

-

Período disponibilidad documentos

Hasta 07/08/2026

Términos y Calificaciones

Calificaciones técnicas

  • Trabajos realizados - Los servicios o trabajos efectuados se acreditarán mediante certificados expedidos o visados por el órgano competente, cuando el destinatario sea una entidad del sector público; cuando el destinatario sea un sujeto privado, mediante un certificado expedido por éste o, a falta de este certificado, mediante una declaración del empresario; en su caso, estos certificados serán comunicados directamente al órgano de contratación por la autoridad competente. Para determinar que un suministro, trabajo o servicio es de igual o similar naturaleza al que constituye el objeto del contrato, el pliego de cláusulas administrativas particulares podrá acudir además de al CPV, a otros sistemas de clasificación de actividades o productos como el Código normalizado de productos y servicios de las Naciones Unidas (UNSPSC), a la Clasificación central de productos (CPC) o a la Clasificación Nacional de Actividades Económicas (CNAE), que en todo caso deberá garantizar la competencia efectiva para la adjudicación del contrato. En defecto de previsión en el pliego se atenderá a los tres primeros dígitos de los respectivos códigos de la CPV. De conformidad con el art. 75 LCSP los licitadores podrán acreditar los requisitos específicos de solvencia económica, financiera y técnica o profesional basándose en la solvencia y medios de otras entidades independientemente de la naturaleza jurídica de los vínculos que tenga con ellas, siempre que demuestre que durante toda la duración de la ejecución del contrato dispondrá efectivamente de esa solvencia y medios, y la entidad a la que recurra no esté incursa en una prohibición de contratar. Cuando el licitador sea una empresa de nueva creación, entendiendo por tal aquella que tenga una antigüedad inferior a cinco años, su solvencia técnica se acreditará mediante: -Indicación del personal técnico u organismos técnicos, estén o no integrados en la empresa, de los que esta disponga para la ejecución del contrato acompañada de los documentos acreditativos correspondientes cuando le sea requerido por los servicios dependientes del órgano de contratación. -Descripción de la maquinaria, material y equipo técnico del que se dispondrá para la ejecución del contrato, a la que se adjuntará la documentación acreditativa pertinente cuando le sea requerido por los servicios dependientes del órgano de contratación.

Calificaciones financieras

  • Cifra anual de negocio - Se acreditará por medio de sus cuentas anuales aprobadas y depositadas en el Registro Mercantil, si el empresario estuviese inscrito en dicho registro, y en caso contrario por las depositadas en el registro en que deba estar inscrito. Los empresarios individuales no inscritos en el Registro Mercantil acreditarán su volumen anual de negocios mediante sus libros de inventarios y cuentas anuales legalizadas por el Registro mercantil. Cuando el licitador sea una empresa de nueva creación, entendiendo por tal aquella que tenga una antigüedad inferior a cinco años, justificante de la existencia de un seguro de responsabilidad civil por riesgos profesionales por importe igual o superior al exigido en el anuncio de licitación o en la invitación a participar en el procedimiento y en los pliegos del contrato o, en su defecto, al establecido reglamentariamente.

Calificaciones específicas

  • Capacidad de obrar - Capacidad de obrar

Garantías financieras

  • Final - x5

Términos de adjudicación

  • Aumento de la garantía técnica sobre los suministros o servicios prestados: 15%
  • Precio: 85%

Documentos

Resolución

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