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Lugar de ejecución

Plaça parroquial, 12, Vinaròs, Castellón, Comunidad valenciana, España

Anuncio de Licitación

28/09/2023

Perfil del Contratante

Anuncio de Pliegos

28/09/2023

Perfil del Contratante

Fin Plazo Presentación

11/10/2023

Finalizado

Anuncio de Adjudicación

11/01/2024

Perfil del Contratante

Anuncio de Formalización

18/03/2024

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Licitación Instalaciones Fotovoltaicas Vinaròs

Instalaciones Fotovoltaicas para autoconsumo en varios Edificios Municipales (Lote 1 a 5), Renovación de Alumbrado para mejorar la eficiencia en varios edificios municipales (Lote 6), Sustitución sistema ACS por Equipos de Aerotermia con Apoyo Placas Fotovoltaicas para Vestuarios Pista Atletismo (Lote 7), obras dentro Estrategia Desarrollo Urbano Sostenible e Integrado (EDUSI)-FEDER 2014-2022

Perfil del contratante

Ayuntamiento de Vinarós

Datos generales

Estado

Resuelta

Presupuesto base de licitación

791.513,90 €

Importe sin impuestos

654.143,72 €

Valor estimado del contrato

654.143,72 €

Referencia

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Publicación

28/09/2023

Ultima actualización

20/03/2024

Periodo estimado Inicio

-

Periodo estimado Final

-

Duración

3 Meses

Códigos CPV

45310000 - Trabajos de instalación eléctrica

09331200 - Módulos solares fotovoltaicos

Proceso de licitación

Proceso

Procedimiento Abierto

Urgencia

Urgente

Sistema de contratación

No aplica

Método de envío

Electrónica

Plazo de presentación ofertas

Hasta 11/10/2023

Presentación

A uno o varios lotes

Cantidad máxima de presentación de lotes

7

Cantidad máxima de lotes adjudicados

7

Período disponibilidad documentos

Hasta 11/10/2023

Términos y Calificaciones

Calificaciones técnicas

  • Trabajos realizados - Se acreditará de acuerdo con lo establecido en el art. 88 LCSP de la siguiente forma: 1.- Una relación de las obras ejecutadas en los últimos 5 años, que sean similares al objeto del contrato o del mismo grupo o subgrupo de clasificación indicado, el importe anual del cual acumulado el año de mayor ejecución sea igual o superior al 70 por ciento del valor estimado del LOTE 6, avalada por certificados de buena ejecución en los que se indicará el importe, las fechas y el lugar de ejecución de las obras. 2.- Cuando el contratista sea una empresa de nueva creación (menos de 5 años de antigüedad), dado que el valor estimado del presente contrato de obras es inferior a 500.000 €, el empresario acreditará la solvencia técnica o profesional de acuerdo con lo dispuesto en la letra f) del artículo 88.1 LCSP (Declaración indicando la maquinaria, material y equipo técnico del que se dispondrá para la ejecución de las obras, a la que se adjuntará la documentación acreditativa pertinente cuando le sea requerido por los servicios dependientes del órgano de contratación), sin que en ningún caso le sea exigible la ejecución de un número determinado de obras.
  • Trabajos realizados - Se acreditará de acuerdo con lo establecido en el art. 88 LCSP de la siguiente forma: 1.- Una relación de las obras ejecutadas en los últimos 5 años, que sean similares al objeto del contrato o del mismo grupo o subgrupo de clasificación indicado, el importe anual del cual acumulado el año de mayor ejecución sea igual o superior al 70 por ciento del valor estimado del LOTE 2, avalada por certificados de buena ejecución en los que se indicará el importe, las fechas y el lugar de ejecución de las obras. 2.- Cuando el contratista sea una empresa de nueva creación (menos de 5 años de antigüedad), dado que el valor estimado del presente contrato de obras es inferior a 500.000 €, el empresario acreditará la solvencia técnica o profesional de acuerdo con lo dispuesto en la letra f) del artículo 88.1 LCSP (Declaración indicando la maquinaria, material y equipo técnico del que se dispondrá para la ejecución de las obras, a la que se adjuntará la documentación acreditativa pertinente cuando le sea requerido por los servicios dependientes del órgano de contratación), sin que en ningún caso le sea exigible la ejecución de un número determinado de obras.
  • Trabajos realizados - Se acreditará de acuerdo con lo establecido en el art. 88 LCSP de la siguiente forma: 1.- Una relación de las obras ejecutadas en los últimos 5 años, que sean similares al objeto del contrato o del mismo grupo o subgrupo de clasificación indicado, el importe anual del cual acumulado el año de mayor ejecución sea igual o superior al 70 por ciento del valor estimado del LOTE 4, avalada por certificados de buena ejecución en los que se indicará el importe, las fechas y el lugar de ejecución de las obras. 2.- Cuando el contratista sea una empresa de nueva creación (menos de 5 años de antigüedad), dado que el valor estimado del presente contrato de obras es inferior a 500.000 €, el empresario acreditará la solvencia técnica o profesional de acuerdo con lo dispuesto en la letra f) del artículo 88.1 LCSP (Declaración indicando la maquinaria, material y equipo técnico del que se dispondrá para la ejecución de las obras, a la que se adjuntará la documentación acreditativa pertinente cuando le sea requerido por los servicios dependientes del órgano de contratación), sin que en ningún caso le sea exigible la ejecución de un número determinado de obras.
  • Trabajos realizados - Se acreditará de acuerdo con lo establecido en el art. 88 LCSP de la siguiente forma: 1.- Una relación de las obras ejecutadas en los últimos 5 años, que sean similares al objeto del contrato o del mismo grupo o subgrupo de clasificación indicado, el importe anual del cual acumulado el año de mayor ejecución sea igual o superior al 70 por ciento del valor estimado del LOTE 7, avalada por certificados de buena ejecución en los que se indicará el importe, las fechas y el lugar de ejecución de las obras. 2.- Cuando el contratista sea una empresa de nueva creación (menos de 5 años de antigüedad), dado que el valor estimado del presente contrato de obras es inferior a 500.000 €, el empresario acreditará la solvencia técnica o profesional de acuerdo con lo dispuesto en la letra f) del artículo 88.1 LCSP (Declaración indicando la maquinaria, material y equipo técnico del que se dispondrá para la ejecución de las obras, a la que se adjuntará la documentación acreditativa pertinente cuando le sea requerido por los servicios dependientes del órgano de contratación), sin que en ningún caso le sea exigible la ejecución de un número determinado de obras.
  • Trabajos realizados - Se acreditará de acuerdo con lo establecido en el art. 88 LCSP de la siguiente forma: 1.- Una relación de las obras ejecutadas en los últimos 5 años, que sean similares al objeto del contrato o del mismo grupo o subgrupo de clasificación indicado, el importe anual del cual acumulado el año de mayor ejecución sea igual o superior al 70 por ciento del valor estimado del LOTE 3, avalada por certificados de buena ejecución en los que se indicará el importe, las fechas y el lugar de ejecución de las obras. 2.- Cuando el contratista sea una empresa de nueva creación (menos de 5 años de antigüedad), dado que el valor estimado del presente contrato de obras es inferior a 500.000 €, el empresario acreditará la solvencia técnica o profesional de acuerdo con lo dispuesto en la letra f) del artículo 88.1 LCSP (Declaración indicando la maquinaria, material y equipo técnico del que se dispondrá para la ejecución de las obras, a la que se adjuntará la documentación acreditativa pertinente cuando le sea requerido por los servicios dependientes del órgano de contratación), sin que en ningún caso le sea exigible la ejecución de un número determinado de obras.
  • Trabajos realizados - Se acreditará de acuerdo con lo establecido en el art. 88 LCSP de la siguiente forma: 1.- Una relación de las obras ejecutadas en los últimos 5 años, que sean similares al objeto del contrato o del mismo grupo o subgrupo de clasificación indicado, el importe anual del cual acumulado el año de mayor ejecución sea igual o superior al 70 por ciento del valor estimado del LOTE 5, avalada por certificados de buena ejecución en los que se indicará el importe, las fechas y el lugar de ejecución de las obras. 2.- Cuando el contratista sea una empresa de nueva creación (menos de 5 años de antigüedad), dado que el valor estimado del presente contrato de obras es inferior a 500.000 €, el empresario acreditará la solvencia técnica o profesional de acuerdo con lo dispuesto en la letra f) del artículo 88.1 LCSP (Declaración indicando la maquinaria, material y equipo técnico del que se dispondrá para la ejecución de las obras, a la que se adjuntará la documentación acreditativa pertinente cuando le sea requerido por los servicios dependientes del órgano de contratación), sin que en ningún caso le sea exigible la ejecución de un número determinado de obras.
  • Trabajos realizados - Se acreditará de acuerdo con lo establecido en el art. 88 LCSP de la siguiente forma: 1.- Una relación de las obras ejecutadas en los últimos 5 años, que sean similares al objeto del contrato o del mismo grupo o subgrupo de clasificación indicado, el importe anual del cual acumulado el año de mayor ejecución sea igual o superior al 70 por ciento del valor estimado del LOTE 1, avalada por certificados de buena ejecución en los que se indicará el importe, las fechas y el lugar de ejecución de las obras. 2.- Cuando el contratista sea una empresa de nueva creación (menos de 5 años de antigüedad), dado que el valor estimado del presente contrato de obras es inferior a 500.000 €, el empresario acreditará la solvencia técnica o profesional de acuerdo con lo dispuesto en la letra f) del artículo 88.1 LCSP (Declaración indicando la maquinaria, material y equipo técnico del que se dispondrá para la ejecución de las obras, a la que se adjuntará la documentación acreditativa pertinente cuando le sea requerido por los servicios dependientes del órgano de contratación), sin que en ningún caso le sea exigible la ejecución de un número determinado de obras.

Calificaciones financieras

  • Cifra anual de negocio - Se acreditará por los siguientes medios de acuerdo con lo establecido en el artículo 87 LCSP: 1.- Volumen anual de negocios referido al mejor ejercicio dentro de los tres últimos disponibles. Se exigirá que el volumen de negocios sea al menos una vez y media el valor estimado del contrato para el LOTE 2 dado que su duración no es superior a un año. El volumen anual de negocios del licitador se acreditará por medio de sus cuentas anuales aprobadas y depositadas en el Registro Mercantil, si el empresario estuviera inscrito en dicho registro, y en caso contrario por las depositadas en el registro oficial en que tenga que estar inscrito. Los empresarios individuales no inscritos en el Registro Mercantil acreditarán el volumen anual de negocios mediante sus libros de inventarios y cuentas anuales legalizadas por el Registro Mercantil. 2.- Cuando el empresario por una razón válida, no esté en condiciones de presentar la solvencia económica y financiera detallada en el punto 1 podrá de acuerdo con el artículo 86.1 LCSP acreditar la solvencia económica y financiera mediante declaración apropiada de entidad financiera de acuerdo con el modelo indicado en los pliegos o similar. La acreditación de la inscripción del empresario en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Cualificadas del Sector Público acreditará las condiciones de solvencia económica y financiera del empresario. Se tendrá que acompañar una declaración responsable del licitador en la que manifieste que las circunstancias reflejadas en el correspondiente certificado no han experimentado variación y continúan vigentes.
  • Cifra anual de negocio - Se acreditará por los siguientes medios de acuerdo con lo establecido en el artículo 87 LCSP: 1.- Volumen anual de negocios referido al mejor ejercicio dentro de los tres últimos disponibles. Se exigirá que el volumen de negocios sea al menos una vez y media el valor estimado del contrato para el LOTE 7 dado que su duración no es superior a un año. El volumen anual de negocios del licitador se acreditará por medio de sus cuentas anuales aprobadas y depositadas en el Registro Mercantil, si el empresario estuviera inscrito en dicho registro, y en caso contrario por las depositadas en el registro oficial en que tenga que estar inscrito. Los empresarios individuales no inscritos en el Registro Mercantil acreditarán el volumen anual de negocios mediante sus libros de inventarios y cuentas anuales legalizadas por el Registro Mercantil. 2.- Cuando el empresario por una razón válida, no esté en condiciones de presentar la solvencia económica y financiera detallada en el punto 1 podrá de acuerdo con el artículo 86.1 LCSP acreditar la solvencia económica y financiera mediante declaración apropiada de entidad financiera de acuerdo con el modelo indicado en los pliegos o similar. La acreditación de la inscripción del empresario en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Cualificadas del Sector Público acreditará las condiciones de solvencia económica y financiera del empresario. Se tendrá que acompañar una declaración responsable del licitador en la que manifieste que las circunstancias reflejadas en el correspondiente certificado no han experimentado variación y continúan vigentes.
  • Cifra anual de negocio - Se acreditará por los siguientes medios de acuerdo con lo establecido en el artículo 87 LCSP: 1.- Volumen anual de negocios referido al mejor ejercicio dentro de los tres últimos disponibles. Se exigirá que el volumen de negocios sea al menos una vez y media el valor estimado del contrato para el LOTE 1 dado que su duración no es superior a un año. El volumen anual de negocios del licitador se acreditará por medio de sus cuentas anuales aprobadas y depositadas en el Registro Mercantil, si el empresario estuviera inscrito en dicho registro, y en caso contrario por las depositadas en el registro oficial en que tenga que estar inscrito. Los empresarios individuales no inscritos en el Registro Mercantil acreditarán el volumen anual de negocios mediante sus libros de inventarios y cuentas anuales legalizadas por el Registro Mercantil. 2.- Cuando el empresario por una razón válida, no esté en condiciones de presentar la solvencia económica y financiera detallada en el punto 1 podrá de acuerdo con el artículo 86.1 LCSP acreditar la solvencia económica y financiera mediante declaración apropiada de entidad financiera de acuerdo con el modelo indicado en los pliegos o similar. La acreditación de la inscripción del empresario en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Cualificadas del Sector Público acreditará las condiciones de solvencia económica y financiera del empresario. Se tendrá que acompañar una declaración responsable del licitador en la que manifieste que las circunstancias reflejadas en el correspondiente certificado no han experimentado variación y continúan vigentes
  • Cifra anual de negocio - Se acreditará por los siguientes medios de acuerdo con lo establecido en el artículo 87 LCSP: 1.- Volumen anual de negocios referido al mejor ejercicio dentro de los tres últimos disponibles. Se exigirá que el volumen de negocios sea al menos una vez y media el valor estimado del contrato para el LOTE 4 dado que su duración no es superior a un año. El volumen anual de negocios del licitador se acreditará por medio de sus cuentas anuales aprobadas y depositadas en el Registro Mercantil, si el empresario estuviera inscrito en dicho registro, y en caso contrario por las depositadas en el registro oficial en que tenga que estar inscrito. Los empresarios individuales no inscritos en el Registro Mercantil acreditarán el volumen anual de negocios mediante sus libros de inventarios y cuentas anuales legalizadas por el Registro Mercantil. 2.- Cuando el empresario por una razón válida, no esté en condiciones de presentar la solvencia económica y financiera detallada en el punto 1 podrá de acuerdo con el artículo 86.1 LCSP acreditar la solvencia económica y financiera mediante declaración apropiada de entidad financiera de acuerdo con el modelo indicado en los pliegos o similar. La acreditación de la inscripción del empresario en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Cualificadas del Sector Público acreditará las condiciones de solvencia económica y financiera del empresario. Se tendrá que acompañar una declaración responsable del licitador en la que manifieste que las circunstancias reflejadas en el correspondiente certificado no han experimentado variación y continúan vigentes.
  • Cifra anual de negocio - Se acreditará por los siguientes medios de acuerdo con lo establecido en el artículo 87 LCSP: 1.- Volumen anual de negocios referido al mejor ejercicio dentro de los tres últimos disponibles. Se exigirá que el volumen de negocios sea al menos una vez y media el valor estimado del contrato para el LOTE 6 dado que su duración no es superior a un año. El volumen anual de negocios del licitador se acreditará por medio de sus cuentas anuales aprobadas y depositadas en el Registro Mercantil, si el empresario estuviera inscrito en dicho registro, y en caso contrario por las depositadas en el registro oficial en que tenga que estar inscrito. Los empresarios individuales no inscritos en el Registro Mercantil acreditarán el volumen anual de negocios mediante sus libros de inventarios y cuentas anuales legalizadas por el Registro Mercantil. 2.- Cuando el empresario por una razón válida, no esté en condiciones de presentar la solvencia económica y financiera detallada en el punto 1 podrá de acuerdo con el artículo 86.1 LCSP acreditar la solvencia económica y financiera mediante declaración apropiada de entidad financiera de acuerdo con el modelo indicado en los pliegos o similar. La acreditación de la inscripción del empresario en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Cualificadas del Sector Público acreditará las condiciones de solvencia económica y financiera del empresario. Se tendrá que acompañar una declaración responsable del licitador en la que manifieste que las circunstancias reflejadas en el correspondiente certificado no han experimentado variación y continúan vigentes.
  • Cifra anual de negocio - Se acreditará por los siguientes medios de acuerdo con lo establecido en el artículo 87 LCSP: 1.- Volumen anual de negocios referido al mejor ejercicio dentro de los tres últimos disponibles. Se exigirá que el volumen de negocios sea al menos una vez y media el valor estimado del contrato para el LOTE 5 dado que su duración no es superior a un año. El volumen anual de negocios del licitador se acreditará por medio de sus cuentas anuales aprobadas y depositadas en el Registro Mercantil, si el empresario estuviera inscrito en dicho registro, y en caso contrario por las depositadas en el registro oficial en que tenga que estar inscrito. Los empresarios individuales no inscritos en el Registro Mercantil acreditarán el volumen anual de negocios mediante sus libros de inventarios y cuentas anuales legalizadas por el Registro Mercantil. 2.- Cuando el empresario por una razón válida, no esté en condiciones de presentar la solvencia económica y financiera detallada en el punto 1 podrá de acuerdo con el artículo 86.1 LCSP acreditar la solvencia económica y financiera mediante declaración apropiada de entidad financiera de acuerdo con el modelo indicado en los pliegos o similar. La acreditación de la inscripción del empresario en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Cualificadas del Sector Público acreditará las condiciones de solvencia económica y financiera del empresario. Se tendrá que acompañar una declaración responsable del licitador en la que manifieste que las circunstancias reflejadas en el correspondiente certificado no han experimentado variación y continúan vigentes.
  • Cifra anual de negocio - Se acreditará por los siguientes medios de acuerdo con lo establecido en el artículo 87 LCSP: 1.- Volumen anual de negocios referido al mejor ejercicio dentro de los tres últimos disponibles. Se exigirá que el volumen de negocios sea al menos una vez y media el valor estimado del contrato para el LOTE 3 dado que su duración no es superior a un año. El volumen anual de negocios del licitador se acreditará por medio de sus cuentas anuales aprobadas y depositadas en el Registro Mercantil, si el empresario estuviera inscrito en dicho registro, y en caso contrario por las depositadas en el registro oficial en que tenga que estar inscrito. Los empresarios individuales no inscritos en el Registro Mercantil acreditarán el volumen anual de negocios mediante sus libros de inventarios y cuentas anuales legalizadas por el Registro Mercantil. 2.- Cuando el empresario por una razón válida, no esté en condiciones de presentar la solvencia económica y financiera detallada en el punto 1 podrá de acuerdo con el artículo 86.1 LCSP acreditar la solvencia económica y financiera mediante declaración apropiada de entidad financiera de acuerdo con el modelo indicado en los pliegos o similar. La acreditación de la inscripción del empresario en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Cualificadas del Sector Público acreditará las condiciones de solvencia económica y financiera del empresario. Se tendrá que acompañar una declaración responsable del licitador en la que manifieste que las circunstancias reflejadas en el correspondiente certificado no han experimentado variación y continúan vigentes.

Calificaciones específicas

  • Cumplimiento con las obligaciones tributarias - Cumplimiento con las obligaciones tributarias
  • Capacidad de obrar - Capacidad de obrar
  • Para las empresas extranjeras, declaración de sometimiento a la legislación española. - Para las empresas extranjeras, declaración de sometimiento a la legislación española.
  • Preferencia para empresas con trabajadores con discapacidad - Declaraci�n sobre personas con discapacidad
  • No estar incurso en incompatibilidades - No estar incurso en incompatibilidades
  • Cumplimiento con las obligaciones con la Seguridad Social - Cumplimiento con las obligaciones con la Seguridad Social
  • No prohibición para contratar - No prohibición para contratar

Garantías financieras

  • Final - x5
  • Especial - x5

Términos de adjudicación

  • Ampliación Plazo de Garantía Lote 2: 4.83%
  • Ampliación Plazo de Garantía Lote 7: 20%
  • Ampliación Plazo de Garantía Lote 4: 1.79%
  • Mejor precio ofrecido Lote 2: 19.32%
  • Ampliación Plazo de Garantía Lote 5: 8.24%
  • Mejor precio ofrecido Lote 6: 80%
  • Ampliación Plazo de Garantía Lote 3: 2.65%
  • Mejor precio ofrecido Lote 7: 80%
  • Mejor precio ofrecido: 9.94%
  • Ampliación Plazo de Garantía: 2.48%
  • Mejor precio ofrecido Lote 4: 7.15%
  • Ampliación Plazo de Garantía Lote 6: 20%
  • Mejor precio ofrecido Lote 3: 10.61%
  • Mejor precio ofrecido Lote 5: 32.98%

Documentos

Lotes

Lote 1

LOTE 1: Proyecto instalación fotovoltaica para autoconsumo sin excedentes ubicada en la antigua Biblioteca de Vinaròs.

Importe

24.801,95 €

Importe sin impuestos

20.497,48 €

Lote 2

LOTE 2: Proyecto instalación fotovoltaica para autoconsumo sin excedentes ubicada en el centro de rehabilitación e integración social de Vinaròs.

Importe

48.218,54 €

Importe sin impuestos

39.850,03 €

Lote 3

LOTE 3: Proyecto instalación fotovoltaica para autoconsumo sin excedentes ubicada en el edificio de Servicios Sociales de Vinaròs.

Importe

26.473,36 €

Importe sin impuestos

21.878,81 €

Lote 4

LOTE 4: Proyecto Instalación fotovoltaica para autoconsumo sin excedentes ubicada en el Edificio de Servicios Técnicos de Vinaròs.

Importe

17.848,53 €

Importe sin impuestos

14.750,85 €

Lote 5

LOTE 5: Proyecto Instalación fotovoltaica para autoconsumo sin excedentes ubicada en el Almacén Municipal de Vinaròs.

Importe

82.297,17 €

Importe sin impuestos

68.014,19 €

Lote 6

LOTE 6: Proyecto de Renovación del alumbrado interior para mejorar la eficiencia energética de varios edificios municipales del Ayuntamiento de Vinaròs.

Importe

551.669,32 €

Importe sin impuestos

455.925,06 €

Lote 7

LOTE 7: Proyecto de sustitución de sistema de producción de ACS por equipos de aerotermia con apoyo de placas fotovoltaicas para los vestuarios de las Pistas de Atletismo de Vinaròs.

Importe

40.205,03 €

Importe sin impuestos

33.227,30 €

Resolución

Lote 1 - Formalizado: mejor oferta presentada mediante oferta individual

Fecha adjudicación

20/11/2023

Importe

13.985,77 € - Baja (-44%)

Importe sin impuestos

11.558,49 € - Baja (-44%)

Identificador contrato

9/2024

Fecha contrato

14/03/2024

Lote 2 - Formalizado: mejor oferta presentada por Lotes mediante oferta individual

Fecha adjudicación

28/11/2023

Importe

28.575,50 € - Baja (-41%)

Importe sin impuestos

23.616,12 € - Baja (-41%)

Identificador contrato

7/2024

Fecha contrato

12/03/2024

Lote 3 - Formalizado: mejor oferta presentada mediante oferta individual

Fecha adjudicación

20/11/2023

Importe

15.293,00 € - Baja (-42%)

Importe sin impuestos

12.638,85 € - Baja (-42%)

Identificador contrato

11/2024

Fecha contrato

14/03/2024

Lote 4 - Formalizado: mejor oferta presentada por Lotes mediante oferta individual

Fecha adjudicación

28/11/2023

Importe

10.043,75 € - Baja (-44%)

Importe sin impuestos

8300,62 € - Baja (-44%)

Identificador contrato

6/2024

Fecha contrato

12/03/2024

Lote 5 - Formalizado: mejor oferta presentada por Lotes mediante oferta individual

Fecha adjudicación

20/11/2023

Importe

37.273,63 € - Baja (-55%)

Importe sin impuestos

30.804,66 € - Baja (-55%)

Identificador contrato

10/2024

Fecha contrato

14/03/2024

Lote 6 - Formalizado: mejor oferta presentada

Fecha adjudicación

20/11/2023

Importe

352.265,24 € - Baja (-36%)

Importe sin impuestos

291.128,30 € - Baja (-36%)

Identificador contrato

5/2024

Fecha contrato

12/03/2024

Lote 7 - Formalizado: mejor oferta presentada

Fecha adjudicación

20/11/2023

Importe

28.904,48 € - Baja (-28%)

Importe sin impuestos

23.888,00 € - Baja (-28%)

Identificador contrato

8/2024

Fecha contrato

14/03/2024

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