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Lugar de ejecución

Calle julia bujosa sans,batle, 1, Calvià, Illes balears, Islas baleares, España

Anuncio de Licitación

14/05/2025

Perfil del contratante

Anuncio de Pliegos

14/05/2025

Perfil del contratante

Fin Plazo Presentación

23/06/2025

Finalizado

Anuncio de Adjudicación

04/08/2025

Perfil del contratante

Anuncio de Formalización

06/08/2025

Perfil del contratante

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Licitación para obras en Calvià

Obra de adaptación de instalaciones en 4 centros educativos municipales.

Perfil del contratante

Instituto Municipal de Educación y Bibliotecas (IMEB)

Datos generales

Estado

Resuelta

Presupuesto base de licitación

125.563,99 €

Importe sin impuestos

103.771,87 €

Valor estimado del contrato

103.771,87 €

Referencia

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Enlace a la fuente oficial

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Publicación

14/05/2025

Ultima actualización

06/08/2025

Periodo estimado Inicio

-

Periodo estimado Final

-

Duración

4 Meses

Códigos CPV

45331000 - Trabajos de instalación de calefacción, ventilación y aire acondicionado

45300000 - Trabajos de instalación en edificios

Proceso de licitación

Proceso

Procedimiento Abierto

Urgencia

Ordinaria

Sistema de contratación

No aplica

Método de envío

Electrónica

Plazo de presentación ofertas

Hasta 23/06/2025

Presentación

A uno o varios lotes

Cantidad máxima de presentación de lotes

-

Cantidad máxima de lotes adjudicados

-

Período disponibilidad documentos

-

Términos y Calificaciones

Calificaciones técnicas

  • Trabajos realizados - La solvencia técnica o profesional se acreditará mediante lo establecido en el apartado a) del artículo 88 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público. a) Relación de las obras ejecutadas en el curso de los cinco últimos años, avalada por certificados de buena ejecución; estos certificados indicarán el importe, las fechas y el lugar de ejecución de las obras y se precisará si se realizaron según las reglas por las que se rige la profesión y se llevaron normalmente a buen término; en su caso, dichos certificados serán comunicados directamente al órgano de contratación por la autoridad competente. Cuando sea necesario para garantizar un nivel adecuado de competencia, los poderes adjudicadores podrán indicar que se tendrán en cuenta las pruebas de las obras pertinentes ejecutadas en los últimos diez años. Como mínimo tres obras de similar características de igual o superior importe al lote al que se presenta. 2. En los contratos cuyo valor estimado sea inferior a 500.000 euros, cuando el contratista sea una empresa de nueva creación, entendiendo por tal aquella que tenga una antigüedad inferior a cinco años, su solvencia técnica se acreditará por uno o varios de los medios a que se refieren las letras b) a f) anteriores, sin que en ningún caso sea aplicable lo establecido en la letra a), relativo a la ejecución de un número determinado de obras.
  • Trabajos realizados - La solvencia técnica o profesional se acreditará mediante lo establecido en el apartado a) del artículo 88 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público. a) Relación de las obras ejecutadas en el curso de los cinco últimos años, avalada por certificados de buena ejecución; estos certificados indicarán el importe, las fechas y el lugar de ejecución de las obras y se precisará si se realizaron según las reglas por las que se rige la profesión y se llevaron normalmente a buen término; en su caso, dichos certificados serán comunicados directamente al órgano de contratación por la autoridad competente. Cuando sea necesario para garantizar un nivel adecuado de competencia, los poderes adjudicadores podrán indicar que se tendrán en cuenta las pruebas de las obras pertinentes ejecutadas en los últimos diez años. Como mínimo tres obras de similar características de igual o superior importe al lote al que se presenta. 2. En los contratos cuyo valor estimado sea inferior a 500.000 euros, cuando el contratista sea una empresa de nueva creación, entendiendo por tal aquella que tenga una antigüedad inferior a cinco años, su solvencia técnica se acreditará por uno o varios de los medios a que se refieren las letras b) a f) anteriores, sin que en ningún caso sea aplicable lo establecido en la letra a), relativo a la ejecución de un número determinado de obras.
  • Trabajos realizados - La solvencia técnica o profesional se acreditará mediante lo establecido en el apartado a) del artículo 88 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público. a) Relación de las obras ejecutadas en el curso de los cinco últimos años, avalada por certificados de buena ejecución; estos certificados indicarán el importe, las fechas y el lugar de ejecución de las obras y se precisará si se realizaron según las reglas por las que se rige la profesión y se llevaron normalmente a buen término; en su caso, dichos certificados serán comunicados directamente al órgano de contratación por la autoridad competente. Cuando sea necesario para garantizar un nivel adecuado de competencia, los poderes adjudicadores podrán indicar que se tendrán en cuenta las pruebas de las obras pertinentes ejecutadas en los últimos diez años. Como mínimo tres obras de similar características de igual o superior importe al lote al que se presenta. 2. En los contratos cuyo valor estimado sea inferior a 500.000 euros, cuando el contratista sea una empresa de nueva creación, entendiendo por tal aquella que tenga una antigüedad inferior a cinco años, su solvencia técnica se acreditará por uno o varios de los medios a que se refieren las letras b) a f) anteriores, sin que en ningún caso sea aplicable lo establecido en la letra a), relativo a la ejecución de un número determinado de obras.
  • Trabajos realizados - La solvencia técnica o profesional se acreditará mediante lo establecido en el apartado a) del artículo 88 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público. a) Relación de las obras ejecutadas en el curso de los cinco últimos años, avalada por certificados de buena ejecución; estos certificados indicarán el importe, las fechas y el lugar de ejecución de las obras y se precisará si se realizaron según las reglas por las que se rige la profesión y se llevaron normalmente a buen término; en su caso, dichos certificados serán comunicados directamente al órgano de contratación por la autoridad competente. Cuando sea necesario para garantizar un nivel adecuado de competencia, los poderes adjudicadores podrán indicar que se tendrán en cuenta las pruebas de las obras pertinentes ejecutadas en los últimos diez años. Como mínimo tres obras de similar características de igual o superior importe al lote al que se presenta. 2. En los contratos cuyo valor estimado sea inferior a 500.000 euros, cuando el contratista sea una empresa de nueva creación, entendiendo por tal aquella que tenga una antigüedad inferior a cinco años, su solvencia técnica se acreditará por uno o varios de los medios a que se refieren las letras b) a f) anteriores, sin que en ningún caso sea aplicable lo establecido en la letra a), relativo a la ejecución de un número determinado de obras.

Calificaciones financieras

  • Otros - La solvencia económica y financiera se acreditará mediante cualquiera de los apartados a), b) del artículo 87.1 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público: a) Volumen anual de negocios, o bien volumen anual de negocios en el ámbito al que se refiera el contrato, referido al mejor ejercicio dentro de los tres últimos disponibles en función de las fechas de constitución o de inicio de actividades del empresario y de presentación de las ofertas por importe igual o superior a 18.773,55 € O b) Justificante de la existencia de un seguro de responsabilidad civil por riesgos profesionales por importe igual o superior a 18.773,55 €
  • Otros - La solvencia económica y financiera se acreditará mediante cualquiera de los apartados a), b) del artículo 87.1 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público: a) Volumen anual de negocios, o bien volumen anual de negocios en el ámbito al que se refiera el contrato, referido al mejor ejercicio dentro de los tres últimos disponibles en función de las fechas de constitución o de inicio de actividades del empresario y de presentación de las ofertas por importe igual o superior a 74.391,91 € O b) Justificante de la existencia de un seguro de responsabilidad civil por riesgos profesionales por importe igual o superior a 74.391,91 €
  • Otros - La solvencia económica y financiera se acreditará mediante cualquiera de los apartados a), b) del artículo 87.1 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público: a) Volumen anual de negocios, o bien volumen anual de negocios en el ámbito al que se refiera el contrato, referido al mejor ejercicio dentro de los tres últimos disponibles en función de las fechas de constitución o de inicio de actividades del empresario y de presentación de las ofertas por importe igual o superior a 29.274,84 € O b) Justificante de la existencia de un seguro de responsabilidad civil por riesgos profesionales por importe igual o superior a 29.274,84
  • Otros - La solvencia económica y financiera se acreditará mediante cualquiera de los apartados a), b) del artículo 87.1 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público: a) Volumen anual de negocios, o bien volumen anual de negocios en el ámbito al que se refiera el contrato, referido al mejor ejercicio dentro de los tres últimos disponibles en función de las fechas de constitución o de inicio de actividades del empresario y de presentación de las ofertas por importe igual o superior a 33.217,50 € O b) Justificante de la existencia de un seguro de responsabilidad civil por riesgos profesionales por importe igual o superior a 33.217,50 €

Calificaciones específicas

  • Para las empresas extranjeras, declaración de sometimiento a la legislación española. - Para las empresas extranjeras, declaración de sometimiento a la legislación española.
  • Cumplimiento con las obligaciones tributarias - Cumplimiento con las obligaciones tributarias
  • No prohibición para contratar - No prohibición para contratar
  • No haber sido adjudicatario de los contratos anteriores de dirección y/o supervisión de la obra. - No haber sido adjudicatario de los contratos anteriores de dirección y/o supervisión de la obra.
  • Cumplimiento con las obligaciones con la Seguridad Social - Cumplimiento con las obligaciones con la Seguridad Social
  • Capacidad de obrar - Capacidad de obrar
  • No estar incurso en incompatibilidades - No estar incurso en incompatibilidades

Garantías financieras

  • Final - x5

Términos de adjudicación

  • Medioambiental: 10%
  • Oferta económica: 90%

Documentos

Lotes

Lote 1

Escoleta Es Molinet Galatzó

Importe

15.144,00 €

Importe sin impuestos

12.515,70 €

Lote 2

Escoleta Es Picarol Peguera

Importe

23.615,04 €

Importe sin impuestos

19.516,56 €

Lote 3

CEIP Ses Quarterades

Importe

60.009,49 €

Importe sin impuestos

49.594,61 €

Lote 4

CEIP Galatzó (Calvià)

Importe

26.795,46 €

Importe sin impuestos

22.145,00 €

Resolución

Lote 1 - Formalizado: Adjudicar el LOTE 1 “E.I. Es Molinet Galatzó” de la «Obra de adaptación de instalaciones en 4 centros educativos municipales» a la entidad JMC AIRE, S.L., con CIF núm. B07834492, representada por D. Cesar García Quetglas, en calidad de administrador, en los siguientes términos definitivos de la oferta presentada.

Fecha adjudicación

04/08/2025

Importe

14.840,95 € - Baja (-2%)

Importe sin impuestos

12.265,25 € - Baja (-2%)

Identificador contrato

CIE 01/2025 LOTE 1

Fecha contrato

05/08/2025

Lote 2 - Formalizado: Adjudicar el LOTE 2 “E.I. Es Picarol Peguera” de la «Obra de adaptación de instalaciones en 4 centros educativos municipales» a la entidad JMC AIRE, S.L., con CIF núm. B07834492, representada por D. Cesar García Quetglas, en calidad de administrador, en los términos definitivos de la oferta presentada.

Fecha adjudicación

04/08/2025

Importe

23.142,74 € - Baja (-2%)

Importe sin impuestos

19.126,24 € - Baja (-2%)

Identificador contrato

CIE 01/2025 LOTE 2

Fecha contrato

05/08/2025

Lote 3 - Formalizado: Adjudicar el LOTE 3 “CEIP Ses Quarterades” de la «Obra de adaptación de instalaciones en 4 centros educativos municipales» a la entidad JMC AIRE, S.L., con CIF núm. B07834492, representada por D. Cesar García Quetglas, en calidad de administrador, en los terminos definitivos de la oferta presentada.

Fecha adjudicación

04/08/2025

Importe

58.809,29 € - Baja (-2%)

Importe sin impuestos

48.602,72 € - Baja (-2%)

Identificador contrato

CIE 01/2025 LOTE 3

Fecha contrato

05/08/2025

Lote 4 - Formalizado: Adjudicar el LOTE 4 “CEIP Galatzò” de la «Obra de adaptación de instalaciones en 4 centros educativos municipales» a la entidad JMC AIRE, S.L., con CIF núm. B07834492, representada por D. Cesar García Quetglas, en calidad de administrador, en los términos definitivos de la oferta presentada.

Fecha adjudicación

04/08/2025

Importe

26.259,54 € - Baja (-2%)

Importe sin impuestos

21.702,10 € - Baja (-2%)

Identificador contrato

CIE 01/2025 LOTE 4

Fecha contrato

05/08/2025

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