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Lugar de ejecución
Ahillones, Extremadura, España
Anuncio de Licitación
15/01/2026
Perfil del contratante
Anuncio de Pliegos
15/01/2026
Perfil del contratante
Fin Plazo Presentación
10/02/2026
Finaliza en 25 días
Anuncio de Adjudicación
Anuncio de Formalización
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Licitación Mejoras en Montes de Utilidad Pública
OBRGF25106 Trabajos de mejoras en Montes de Utilidad Pública de Cáceres y Badajoz gestionados por la Dirección General de Gestión Forestal y Defensa Contra los Incendios (4 Lotes).
Perfil del contratante
Datos generales
Estado
En Plazo
Presupuesto base de licitación
1.636.827,54 €
Importe sin impuestos
1.488.025,03 €
Valor estimado del contrato
1.488.025,03 €
Referencia
Ver
Enlace a la fuente oficial
Publicación
15/01/2026
Ultima actualización
15/01/2026
Periodo estimado Inicio
-
Periodo estimado Final
-
Duración
12 Meses
Códigos CPV
45262640 - Trabajos de mejoramiento del medio ambiente
Proceso de licitación
Proceso
Procedimiento Abierto
Urgencia
Ordinaria
Sistema de contratación
No aplica
Método de envío
Electrónica
Plazo de presentación ofertas
Hasta 10/02/2026
Presentación
A uno o varios lotes
Cantidad máxima de presentación de lotes
4
Cantidad máxima de lotes adjudicados
2
Período disponibilidad documentos
Hasta 10/02/2026
Términos y Calificaciones
Calificaciones técnicas
- Trabajos realizados - El empresario podrá acreditar su solvencia indistintamente mediante su clasificación como contratista de obras en el grupo o subgrupo de clasificación correspondiente al Lote 4: Grupo K, Subgrupo 6 y Categoría 3 o bien acreditando el cumplimiento de los requisitos de solvencia exigidos. Acreditación solvencia técnica o profesional: Relación obras ejecutadas en el curso de los últimos 5 años correspondientes al mismo grupo o subgrupo de clasificación al que corresponde el contrato, habiendo de ser el importe anual acumulado en el año de mayor ejecución igual o superior al 70 por ciento valor estimado Lote 4: 241.249,59 euros. Las obras deberán ser de igual o similar naturaleza a las que constituyen el objeto del contrato, atendiéndose para determinar la si milar naturaleza a la coincidencia entre los tres primeros dígitos del código CPV. Las obras ejecutadas se acreditarán mediante certificados de buena ejecución, que indicarán el importe, las fechas y el lugar de ejecución de las obras y se precisará si se realizaron según las reglas por las que se rige la profesión y se llevaron normalmente a buen término; en su caso, dichos certificados serán comunicados al órgano de contratación por la autoridad competente. A estos efectos, las obras ejecutadas por sociedad extranjera filial del contratista de obras según apartado 5.2 del Anexo I del PCAP. Cuando se trate de obras ejecutadas por sociedad extranjera participada por el contratista sin que se cumpla dicha condición según apartado 5.2 del Anexo I del PCAP. Solvencia exigida empresas que están exentas exigencia clasificación art. 78 LCSP y los empresarios extranjeros pertenecientes a países no incluidos en el párrafo precedente acreditarán su solvencia según lo especificado en el apartado 5.2 del Anexo I del PCAP. Acreditación Empresas nueva creación art. 88.2 LCSP: Mediante declaración que indique la maquinaria y medios materiales de los que se dispondrá para la ejecución del lote al que se opte, a la que se adjuntará ficha técnica y documentación acreditativa de efectiva disposición cuando le sea requerido por los servicios dependientes del órgano de contratación. Lote 4: 2 desbrozadoras de cadena o martillo; 3 motodesbrozadoras de discos s/MO; 3 motosierras y 1 tractor oruga o neumático. El cómputo se efectuará hasta la fecha de finalización del plazo para la presentación de proposiciones u ofertas
- Trabajos realizados - El empresario podrá acreditar su solvencia indistintamente mediante su clasificación como contratista de obras en el grupo o subgrupo de clasificación correspondiente al Lote 2: Grupo K, Subgrupo 6 y Categoría 3 o bien acreditando el cumplimiento de los requisitos de solvencia exigidos. Acreditación solvencia técnica o profesional: Relación obras ejecutadas en el curso de los últimos 5 años correspondientes al mismo grupo o subgrupo de clasificación al que corresponde el contrato, habiendo de ser el importe anual acumulado en el año de mayor ejecución igual o superior al 70 por ciento valor estimado Lote 2: 261.285,41 euros. Las obras deberán ser de igual o similar naturaleza a las que constituyen el objeto del contrato, atendiéndose para determinar la si milar naturaleza a la coincidencia entre los tres primeros dígitos del código CPV. Las obras ejecutadas se acreditarán mediante certificados de buena ejecución, que indicarán el importe, las fechas y el lugar de ejecución de las obras y se precisará si se realizaron según las reglas por las que se rige la profesión y se llevaron normalmente a buen término; en su caso, dichos certificados serán comunicados al órgano de contratación por la autoridad competente. A estos efectos, las obras ejecutadas por sociedad extranjera filial del contratista de obras según apartado 5.2 del Anexo I del PCAP. Cuando se trate de obras ejecutadas por sociedad extranjera participada por el contratista sin que se cumpla dicha condición según apartado 5.2 del Anexo I del PCAP. Solvencia exigida empresas que están exentas de la exigencia de clasificación art. 78 de la LCSP y los empresarios extranjeros perte necientes a países no incluidos en el párrafo precedente acreditarán su solvencia según lo especificado en el apartado 5.2 del Anexo I del PCAP. Acreditación Empresas nueva creación art. 88.2 LCSP: Mediante declaración que indique la maquinaria y medios materiales de los que se dispondrá para la ejecución del lote al que se opte, a la que se adjuntará ficha técnica y documentación acreditativa de efectiva disposición cuando le sea requerido por los servicios dependientes del órgano de contratación. Lote 2: 2 desbrozadoras de cadena o martillo; 3 motodesbrozadoras de disco s/MO; 3 motosierras; 1 tractor oruga o neumático; 1 retrocargo 71/100 cv, cazo 0,9-0,18 m3 y 1 retroexcavadora orugas hidr. (160 cv) CAT-316. El cómputo se efectuará hasta la fecha de finalización del plazo para la presentación de proposiciones u ofertas
- Trabajos realizados - El empresario podrá acreditar su solvencia indistintamente mediante su clasificación como contratista de obras en el grupo o subgrupo de clasificación correspondiente al Lote 3: Grupo K, Subgrupo 6 y Categoría 3 o bien acreditando el cumplimiento de los requisitos de solvencia exigidos. Acreditación solvencia técnica o profesional: Relación obras ejecutadas en el curso de los últimos 5 años correspondientes al mismo grupo o subgrupo de clasificación al que corresponde el contrato, habiendo de ser el importe anual acumulado en el año de mayor ejecución igual o superior al 70 por ciento valor estimado Lote 3: 256.017,38 euros. Las obras deberán ser de igual o similar naturaleza a las que constituyen el objeto del contrato, atendiéndose para determinar la si milar naturaleza a la coincidencia entre los tres primeros dígitos del código CPV. Las obras ejecutadas se acreditarán mediante certificados de buena ejecución, que indicarán el importe, las fechas y el lugar de ejecución de las obras y se precisará si se realizaron según las reglas por las que se rige la profesión y se llevaron normalmente a buen término; en su caso, dichos certificados serán comunicados al órgano de contratación por la autoridad competente. A estos efectos, las obras ejecutadas por sociedad extranjera filial del contratista de obras según apartado 5.2 del Anexo I del PCAP. Cuando se trate de obras ejecutadas por sociedad extranjera participada por el contratista sin que se cumpla dicha condición según apartado 5.2 del Anexo I del PCAP. Solvencia exigida empresas que están exentas exigencia clasificación art. 78 LCSP y los empresarios extranjeros pertenecientes a países no incluidos en el párrafo precedente acreditarán su solvencia según lo especificado en el apartado 5.2 del Anexo I del PCAP. Acreditación Empresas nueva creación art. 88.2 LCSP: Mediante declaración que indique la maquinaria y medios materiales de los que se dispondrá para la ejecución del lote al que se opte, a la que se adjuntará ficha técnica y documentación acreditativa de efectiva disposición cuando le sea requerido por los servicios dependientes del órgano de contratación. Lote 3:1 retroexcavadora oruga hidr. (85 cv) CAT-312; 3 motosierras mayor 35 cm3 y mayor 2 cv; 3 motodesbrozadoras de más de 30 cm3 y más de 1,5 cv; 1 tractor cadenas (51/70 cv) D-3 y 1 tractor cadenas (71/100 cv) D-4. El cómputo se efectuará hasta la fecha de finalización del plazo para la presentación de proposiciones u ofertas
- Trabajos realizados - El empresario podrá acreditar su solvencia indistintamente mediante su clasificación como contratista de obras en el grupo o subgrupo de clasificación correspondiente al Lote 1: Grupo K, Subgrupo 6 y Categoría 3 o bien acreditando el cumplimiento de los requisitos de solvencia exigidos. Acreditación solvencia técnica o profesional: Relación obras ejecutadas en el curso de los últimos 5 años correspondientes al mismo grupo o subgrupo de clasificación al que corresponde el contrato, habiendo de ser el importe anual acumulado en el año de mayor ejecución igual o superior al 70 por ciento valor estimado Lote 1: 283.065,15 euros. Las obras deberán ser de igual o similar naturaleza a las que constituyen el objeto del contrato, atendiéndose para determinar la si milar naturaleza a la coincidencia entre los tres primeros dígitos del código CPV. Las obras ejecutadas se acreditarán mediante certificados de buena ejecución, que indicarán el importe, las fechas y el lugar de ejecución de las obras y se precisará si se realizaron según las reglas por las que se rige la profesión y se llevaron normalmente a buen término; en su caso, dichos certificados serán comunicados al órgano de contratación por la autoridad competente. A estos efectos, las obras ejecutadas por sociedad extranjera filial del contratista de obras según apartado 5.2 del Anexo I del PCAP. Cuando se trate de obras ejecutadas por sociedad extranjera participada por el contratista sin que se cumpla dicha condición según apartado 5.2 del Anexo I del PCAP. Solvencia exigida empresas que están exentas exigencia clasificación art. 78 de la LCSP y los empresarios extranjeros pertenecientes a países no incluidos en el párrafo precedente acreditarán su solvencia según lo especificado en el apartado 5.2 del Anexo I del PCAP. Acreditación Empresas nueva creación art. 88.2 LCSP: Mediante declaración que indique la maquinaria y medios materiales de los que se dispondrá para la ejecución del lote al que se opte, a la que se adjuntará ficha técnica y documentación acreditativa de efectiva disposición cuando le sea requerido por los servicios dependientes del órgano de contratación. Lote 1: 3 motodesbrozadoras de disco s/MO; 2 desbrozadoras de cadenas; 3 motosierras; 1 tractor oruga; 1 tractor de cadenas (71/100 cv) D-4, 1 tractor de cadenas (101/130 cv) D-5. El cómputo se efectuará hasta la fecha de finalización del plazo para la presentación de proposiciones u ofertas
Calificaciones financieras
- Cifra anual de negocio - El empresario podrá acreditar su solvencia indistintamente mediante su clasificación como contratista de obras en el grupo o subgrupo de clasificación correspondiente al Lote 3: Grupo K, Subgrupo 6 y Categoría 3 o bien acreditando el cumplimiento de los requisitos de solvencia exigidos, de acuerdo con lo establecido en el artículo único del Real Decreto 773/2015 de 28 de agosto, por el que se modifican determinados preceptos del Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas aprobado por el Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre. Acreditación de la solvencia económico-financiera: Volumen anual de negocios en el ámbito al que se refiera el contrato referido al mejor ejercicio dentro de los tres últimos disponibles en función de las fechas de constitución o de inicio de actividades del empresario y de presentación de las ofertas por importe igual o superior al valor estimado del Lote 3: 365.739,11 euros. El volumen anual de negocio se acreditará por medio de sus cuentas anuales aprobadas y depositadas en el Registro Mercantil si la empresa estuviera inscrita en dicho registro, o, en caso contrario, por las depositadas en el registro oficial en que deba ser inscrito. Las empresas individuales no inscritas en el Registro Mercantil acreditarán su volumen anual de negocios mediante sus libros de inve ntarios y cuentas anuales legalizados en el Registro Mercantil. Solvencia exigida a aquellas empresas que están exentas de la exigencia de clasificación en virtud del artículo 78 de la LCSP y los empresarios extranjeros pertenecientes a países no incluidos en el párrafo precedente acreditarán su solvencia según lo especificado en el apartado 5.2 del Anexo I del PCAP. Otros documentos que acrediten la Solvencia económica y financiera art. 86.1 LCSP: Cuando exista una razón válida que impida acreditar la solvencia económica y financiera por el medio establecido, se podrá acreditar mediante la presentación de una declaración expresa en la que hagan constar dicha circunstancia, y copia de la declaración del impuesto de la renta de las personas físicas del año de mayor volumen de negocio de los tres últimos ejercicios concluidos, en la que figuren los rendimientos de las actividades económicas que realice, por importe igual o superior a una vez el valor estimado del Lote 3: 365.739,11 euros. El cómputo se efectuará hasta la fecha de finalización del plazo para la presentación de proposiciones u ofertas.
- Cifra anual de negocio - El empresario podrá acreditar su solvencia indistintamente mediante su clasificación como contratista de obras en el grupo o subgrupo de clasificación correspondiente al Lote 1: Grupo K, Subgrupo 6 y Categoría 3 o bien acreditando el cumplimiento de los requisitos de solvencia exigidos, de acuerdo con lo establecido en el artículo único del Real Decreto 773/2015 de 28 de agosto, por el que se modifican determinados preceptos del Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas aprobado por el Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre. Acreditación de la solvencia económico-financiera: Volumen anual de negocios en el ámbito al que se refiera el contrato referido al mejor ejercicio dentro de los tres últimos disponibles en función de las fechas de constitución o de inicio de actividades del empresario y de presentación de las ofertas por importe igual o superior al valor estimado del Lote 1: 404.378,78 euros. El volumen anual de negocio se acreditará por medio de sus cuentas anuales aprobadas y depositadas en el Registro Mercantil si la empresa estuviera inscrita en dicho registro, o, en caso contrario, por las depositadas en el registro oficial en que deba ser inscrito. Las empresas individuales no inscritas en el Registro Mercantil acreditarán su volumen anual de negocios mediante sus libros de inve ntarios y cuentas anuales legalizados en el Registro Mercantil. Solvencia exigida a aquellas empresas que están exentas de la exigencia de clasificación en virtud del artículo 78 de la LCSP y los empresarios extranjeros pertenecientes a países no incluidos en el párrafo precedente acreditarán su solvencia según lo especificado en el apartado 5.2 del Anexo I del PCAP. Otros documentos que acrediten la Solvencia económica y financiera art. 86.1 LCSP: Cuando exista una razón válida que impida acreditar la solvencia económica y financiera por el medio establecido, se podrá acreditar mediante la presentación de una declaración expresa en la que hagan constar dicha circunstancia, y copia de la declaración del impuesto de la renta de las personas físicas del año de mayor volumen de negocio de los tres últimos ejercicios concluidos, en la que figuren los rendimientos de las actividades económicas que realice, por importe igual o superior a una vez el valor estimado del Lote 1: 404.378,78 euros. El cómputo se efectuará hasta la fecha de finalización del plazo para la presentación de proposiciones u ofertas.
- Cifra anual de negocio - El empresario podrá acreditar su solvencia indistintamente mediante su clasificación como contratista de obras en el grupo o subgrupo de clasificación correspondiente al Lote 4: Grupo K, Subgrupo 6 y Categoría 3 o bien acreditando el cumplimiento de los requisitos de solvencia exigidos, de acuerdo con lo establecido en el artículo único del Real Decreto 773/2015 de 28 de agosto, por el que se modifican determinados preceptos del Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas aprobado por el Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre. Acreditación de la solvencia económico-financiera: Volumen anual de negocios en el ámbito al que se refiera el contrato referido al mejor ejercicio dentro de los tres últimos disponibles en función de las fechas de constitución o de inicio de actividades del empresario y de presentación de las ofertas por importe igual o superior al valor estimado del Lote 4: 344.642,27 euros. El volumen anual de negocio se acreditará por medio de sus cuentas anuales aprobadas y depositadas en el Registro Mercantil si la empresa estuviera inscrita en dicho registro, o, en caso contrario, por las depositadas en el registro oficial en que deba ser inscrito. Las empresas individuales no inscritas en el Registro Mercantil acreditarán su volumen anual de negocios mediante sus libros de inve ntarios y cuentas anuales legalizados en el Registro Mercantil. Solvencia exigida a aquellas empresas que están exentas de la exigencia de clasificación en virtud del artículo 78 de la LCSP y los empresarios extranjeros pertenecientes a países no incluidos en el párrafo precedente acreditarán su solvencia según lo especificado en el apartado 5.2 del Anexo I del PCAP. Otros documentos que acrediten la Solvencia económica y financiera art. 86.1 LCSP: Cuando exista una razón válida que impida acreditar la solvencia económica y financiera por el medio establecido, se podrá acreditar mediante la presentación de una declaración expresa en la que hagan constar dicha circunstancia, y copia de la declaración del impuesto de la renta de las personas físicas del año de mayor volumen de negocio de los tres últimos ejercicios concluidos, en la que figuren los rendimientos de las actividades económicas que realice, por importe igual o superior a una vez el valor estimado del Lote 4: 344.642,27 euros. El cómputo se efectuará hasta la fecha de finalización del plazo para la presentación de proposiciones u ofertas.
- Cifra anual de negocio - El empresario podrá acreditar su solvencia indistintamente mediante su clasificación como contratista de obras en el grupo o subgrupo de clasificación correspondiente al Lote 2: Grupo K, Subgrupo 6 y Categoría 3 o bien acreditando el cumplimiento de los requisitos de solvencia exigidos, de acuerdo con lo establecido en el artículo único del Real Decreto 773/2015 de 28 de agosto, por el que se modifican determinados preceptos del Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas aprobado por el Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre. Acreditación de la solvencia económico-financiera: Volumen anual de negocios en el ámbito al que se refiera el contrato referido al mejor ejercicio dentro de los tres últimos disponibles en función de las fechas de constitución o de inicio de actividades del empresario y de presentación de las ofertas por importe igual o superior al valor estimado del Lote 2: 373.264,87 euros. El volumen anual de negocio se acreditará por medio de sus cuentas anuales aprobadas y depositadas en el Registro Mercantil si la empresa estuviera inscrita en dicho registro, o, en caso contrario, por las depositadas en el registro oficial en que deba ser inscrito. Las empresas individuales no inscritas en el Registro Mercantil acreditarán su volumen anual de negocios mediante sus libros de inve ntarios y cuentas anuales legalizados en el Registro Mercantil. Solvencia exigida a aquellas empresas que están exentas de la exigencia de clasificación en virtud del artículo 78 de la LCSP y los empresarios extranjeros pertenecientes a países no incluidos en el párrafo precedente acreditarán su solvencia según lo especificado en el apartado 5.2 del Anexo I del PCAP. Otros documentos que acrediten la Solvencia económica y financiera art. 86.1 LCSP: Cuando exista una razón válida que impida acreditar la solvencia económica y financiera por el medio establecido, se podrá acreditar mediante la presentación de una declaración expresa en la que hagan constar dicha circunstancia, y copia de la declaración del impuesto de la renta de las personas físicas del año de mayor volumen de negocio de los tres últimos ejercicios concluidos, en la que figuren los rendimientos de las actividades económicas que realice, por importe igual o superior a una vez el valor estimado del Lote 2: 373.264,87 euros. El cómputo se efectuará hasta la fecha de finalización del plazo para la presentación de proposiciones u ofertas.
Calificaciones específicas
- Capacidad de obrar - Capacidad de obrar
- Capacidad de obrar - Capacidad de obrar
- Capacidad de obrar - Capacidad de obrar
- Capacidad de obrar - Capacidad de obrar
Garantías financieras
- Final - x5
Términos de adjudicación
- 2. Ampliación de la garantía.: 5%
- 2. Ampliación de la garantía.: 5%
- 3. Memoria de seguridad y salud.: 5%
- 2. Calidad.: 5%
- 2. Ampliación de la garantía.: 5%
- 1. Memoria descriptiva del proceso de ejecución y programa de trabajo: 15%
- 1. Evaluación de la oferta económica: 60%
- 3. Memoria de seguridad y salud.: 5%
- 1. Evaluación de la oferta económica: 60%
- 3. Medidas de restauración forestal: 10%
- 2. Calidad.: 5%
- 4. Medidas de méjora de los hábitats: 3%
- 2. Ampliación de la garantía.: 5%
- 1. Memoria descriptiva del proceso de ejecución y programa de trabajo: 15%
- 1. Memoria descriptiva del proceso de ejecución y programa de trabajo: 15%
- 1. Evaluación de la oferta económica: 60%
- 3. Medidas de Mejora de los hábitats: 10%
- 1. Memoria descriptiva del proceso de ejecución y programa de trabajo: 15%
- 2. Calidad.: 5%
- 3. Memoria de seguridad y salud.: 5%
- 3. Medidas de prevención de incendios forestales: 7%
- 2. Calidad.: 5%
- 3. Medidas de prevención de incendios.: 6.5%
- 3. Memoria de seguridad y salud.: 5%
- 1. Evaluación de la oferta económica: 60%
- 4. Medidas de mejora de los hábitats: 3.5%
Documentos
Lotes
Lote 1
Lote 1: Mejoras Selvícolas MUP sección forestal Badajoz norte-La Siberia
Importe
444.816,66 €
Importe sin impuestos
404.378,78 €
Lote 2
Lote 2: Mejoras incluidos plan especial planes técnicos MUP 82 y MUP 36
Importe
410.591,36 €
Importe sin impuestos
373.264,87 €
Lote 3
Lote 3: Mejoras ordenaciones de los MUP de Madrigal y Villanueva de la Vera
Importe
402.313,02 €
Importe sin impuestos
365.739,11 €
Lote 4
Lote 4: Gestión sostenible masas forestales MUP 9 en TM Herrera del Duque
Importe
379.106,50 €
Importe sin impuestos
344.642,27 €
Resolución
Aún no se ha presentado el anuncio de adjudicación.
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