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Lugar de ejecución

Plaza colón, 19, León, Castilla y león, España

Anuncio de Licitación

21/11/2024

Perfil del contratante

Anuncio de Pliegos

21/11/2024

Perfil del contratante

Fin Plazo Presentación

11/12/2024

Finalizado

Anuncio de Adjudicación

30/12/2024

Perfil del contratante

Anuncio de Formalización

20/02/2025

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Licitación Reforma de Baños en Cistierna

Ejecución de las obras de "reforma de los baños de planta primera, baños del SED y reparación de humedades de la sala de psicomotricidad del Centro de Día de Cistierna (León)”

Perfil del contratante

Servicios Sociales de León

Datos generales

Estado

Resuelta

Presupuesto base de licitación

99.594,14 €

Importe sin impuestos

82.309,21 €

Valor estimado del contrato

82.309,21 €

Referencia

Ver

Enlace a la fuente oficial

Link

Publicación

21/11/2024

Ultima actualización

20/02/2025

Periodo estimado Inicio

-

Periodo estimado Final

-

Duración

2 Meses

Códigos CPV

45215200 - Trabajos de construcción de edificios para servicios sociales

Proceso de licitación

Proceso

Abierto simplificado

Urgencia

Ordinaria

Sistema de contratación

No aplica

Método de envío

Electrónica

Plazo de presentación ofertas

Hasta 11/12/2024

Presentación

-

Cantidad máxima de presentación de lotes

-

Cantidad máxima de lotes adjudicados

-

Período disponibilidad documentos

-

Términos y Calificaciones

Calificaciones técnicas

  • Trabajos realizados - a)-Relación de las obras ejecutadas en el curso de los cinco últimos años, que sean del grupo o subgrupo de clasificación más relevante que el correspondiente al contrato (C 6) avalada por certificados de buena ejecución; estos certificados indicarán el importe, las fechas y el lugar de ejecución de las obras y se precisará si se realizaron según las reglas por las que se rige la profesión y se llevaron normalmente a buen término. El importe anual acumulado que el empresario deberá acreditar como ejecutado durante el año de mayor ejecución del periodo citado (5 últimos años) será de un importe igual o superior al 70% de la anualidad media del contrato. b)- En caso de que el contratista sea una empresa de nueva creación, entendiendo por tal aquella que tenga una antigüedad inferior a cinco años, la solvencia técnica se acreditará a través de las titulaciones académicas y profesionales del personal técnico responsable directamente de las obras, del que se especificará nombre y apellidos. Este personal deberá poseer la titulación de Arquitecto, Aparejador, Arquitecto Técnico o Ingeniero de la edificación, debiendo aportar copia del certificado de inscripción en el Colegio Profesional pertinente. Para acreditar la solvencia necesaria el empresario podrá basarse en la solvencia y medios de otras entidades, independientemente de la naturaleza jurídica de los vínculos que tenga con ellas, siempre que demuestre que durante toda la ejecución del contrato dispondrá efectivamente de esa solvencia y medios, y que la entidad a la que recurre no está incursa en una prohibición de contratar. Si el licitador ha recurrido a las capacidades de otras empresas, deberá aportar también la documentación de estas empresas referida en los apartados anteriores y el compromiso por escrito de las mismas que demuestre que efectivamente disponen de la solvencia y de los medios declarados para la ejecución del contrato. (Artículo 75 LCSP). En cuanto a la acreditación de la solvencia económica y financiera, deberán aportar, además, el compromiso de asumir de forma solidaria la responsabilidad de la ejecución del contrato. En las UTE, a efectos de determinación de su solvencia, se acumularán las características acreditadas para cada uno de sus integrantes. (Artículo 24.1 del RGLCAP)
  • Títulos académicos y profesionales del empresario y directivos, o responsables de la ejecución - a)-Relación de las obras ejecutadas en el curso de los cinco últimos años, que sean del grupo o subgrupo de clasificación más relevante que el correspondiente al contrato (C 6) avalada por certificados de buena ejecución; estos certificados indicarán el importe, las fechas y el lugar de ejecución de las obras y se precisará si se realizaron según las reglas por las que se rige la profesión y se llevaron normalmente a buen término. El importe anual acumulado que el empresario deberá acreditar como ejecutado durante el año de mayor ejecución del periodo citado (5 últimos años) será de un importe igual o superior al 70% de la anualidad media del contrato. b)- En caso de que el contratista sea una empresa de nueva creación, entendiendo por tal aquella que tenga una antigüedad inferior a cinco años, la solvencia técnica se acreditará a través de las titulaciones académicas y profesionales del personal técnico responsable directamente de las obras, del que se especificará nombre y apellidos. Este personal deberá poseer la titulación de Arquitecto, Aparejador, Arquitecto Técnico o Ingeniero de la edificación, debiendo aportar copia del certificado de inscripción en el Colegio Profesional pertinente. Para acreditar la solvencia necesaria el empresario podrá basarse en la solvencia y medios de otras entidades, independientemente de la naturaleza jurídica de los vínculos que tenga con ellas, siempre que demuestre que durante toda la ejecución del contrato dispondrá efectivamente de esa solvencia y medios, y que la entidad a la que recurre no está incursa en una prohibición de contratar. Si el licitador ha recurrido a las capacidades de otras empresas, deberá aportar también la documentación de estas empresas referida en los apartados anteriores y el compromiso por escrito de las mismas que demuestre que efectivamente disponen de la solvencia y de los medios declarados para la ejecución del contrato. (Artículo 75 LCSP). En cuanto a la acreditación de la solvencia económica y financiera, deberán aportar, además, el compromiso de asumir de forma solidaria la responsabilidad de la ejecución del contrato. En las UTE, a efectos de determinación de su solvencia, se acumularán las características acreditadas para cada uno de sus integrantes. (Artículo 24.1 del RGLCAP)

Calificaciones financieras

  • Cifra anual de negocio - De conformidad con lo dispuesto en el artículo 87.1 a) de la LCSP la acreditación de la solvencia económica y financiera será mediante declaración del empresario indicando el volumen anual de negocios, que referido al mejor ejercicio dentro de los tres últimos disponibles en función de las fechas de constitución o de inicio de actividades del empresario y de presentación de ofertas, deberá ser igual o superior a (una vez y media el valor estimado del contrato).

Calificaciones específicas

  • Para las empresas extranjeras, declaración de sometimiento a la legislación española. - Para las empresas extranjeras, declaración de sometimiento a la legislación española.
  • Cumplimiento con las obligaciones con la Seguridad Social - Cumplimiento con las obligaciones con la Seguridad Social
  • Capacidad de obrar - Capacidad de obrar
  • Cumplimiento con las obligaciones tributarias - Cumplimiento con las obligaciones tributarias
  • No estar incurso en incompatibilidades - No estar incurso en incompatibilidades
  • No prohibición para contratar - No prohibición para contratar
  • Preferencia para empresas con trabajadores con discapacidad - Declaración sobre personas con discapacidad

Garantías financieras

  • Final - x5

Términos de adjudicación

  • Proposición económica: 55%
  • Incremento plazo garantía: 15%
  • Mayor conocimiento del proyecto y organización de obra: 25%
  • Incremento del control de calidad: 5%

Documentos

Resolución

Formalizado: Oferta con mejor relación calidad-precio.

Fecha adjudicación

07/01/2025

Importe

80.041,50 € - Baja (-20%)

Importe sin impuestos

66.150,00 € - Baja (-20%)

Identificador contrato

A2024/019905-001

Fecha contrato

21/01/2025

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