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Lugar de ejecución

Plaza españa, 1, Tomelloso, Ciudad real, Castilla-la mancha, España

Anuncio de Licitación

16/10/2023

Perfil del Contratante

Anuncio de Pliegos

16/10/2023

Perfil del Contratante

Fin Plazo Presentación

31/10/2023

Finalizado

Anuncio de Adjudicación

14/11/2023

Perfil del Contratante

Anuncio de Formalización

15/12/2023

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Licitación Seguro de Responsabilidad Civil 2024

Contratación del Seguro de Responsabilidad Civil del Ayuntamiento para el ejercicio 2024

Perfil del contratante

Ayuntamiento de Tomelloso

Datos generales

Estado

Resuelta

Presupuesto base de licitación

65.000,00 €

Importe sin impuestos

65.000,00 €

Valor estimado del contrato

130.000,00 €

Referencia

Ver

Enlace a la fuente oficial

Link

Publicación

16/10/2023

Ultima actualización

15/12/2023

Periodo estimado Inicio

01/01/2024

Periodo estimado Final

-

Duración

1 Año

Códigos CPV

66516000 - Servicios de seguros de responsabilidad civil

Proceso de licitación

Proceso

Procedimiento Abierto

Urgencia

Ordinaria

Sistema de contratación

No aplica

Método de envío

Electrónica

Plazo de presentación ofertas

Hasta 31/10/2023

Presentación

-

Cantidad máxima de presentación de lotes

-

Cantidad máxima de lotes adjudicados

-

Período disponibilidad documentos

Hasta 31/10/2023

Términos y Calificaciones

Calificaciones técnicas

  • Otros - Se acreditará por uno o varios de los siguientes medios: - Una relación de los principales servicios o trabajos realizados de igual o similar naturaleza que los que constituyen el objeto del contrato en el curso de, como máximo los tres últimos años, en la que se indique el importe, la fecha y el destinatario, público o privado de los mismos. Así, se deberá acreditar haber desarrollado en los últimos tres años contratos que incluyan servicios similares a los del objeto del contrato, por importe, al menos, del 50% del valor estimado del presente contrato. Los servicios dependientes del órgano de contratación podrán requerir que los servicios o trabajos efectuados se acreditarán mediante certificados expedidos o visados por el órgano competente, cuando el destinatario sea una entidad del sector público; cuando el destinatario sea un sujeto privado, mediante un certificado expedido por este o, a falta de este certificado, mediante una declaración del empresario acompañado de los documentos obrantes en poder del mismo que acrediten la realización de la prestación; en su caso, estos certificados serán comunicados directamente al órgano de contratación por la autoridad competente - Títulos académicos y profesionales del empresario y de los directivos de la empresa y, en particular, del responsable o responsables de la ejecución del contrato, así como de los técnicos encargados directamente de la misma, siempre que no se evalúen como un criterio de adjudicación. Documento firmado electrónicamente. Puede comprobarse su autenticidad insertando el CVE reflejado al margen en el portal municipal indicado. - Declaración sobre la plantilla media anual de la empresa y del número de directivos durante los tres últimos años, acompañada de la documentación justificativa correspondiente cuando le sea requerido por los servicios dependientes del órgano de contratación. En los contratos no sujetos a regulación armonizada, cuando el contratista sea una empresa de nueva creación, entendiendo por tal aquella que tenga una antigüedad inferior a cinco años, su solvencia técnica se acreditará por uno o varios de los medios a que se refieren anteriormente o en las letras b) a i) del artículo 90.1 de la LCSP, sin que en ningún caso sea aplicable lo establecido en la letra a), relativo a la ejecución de un número determinado de servicios.

Calificaciones financieras

  • Otros - a) Solvencia económica y financiera: Se acreditará por uno o varios de los siguientes medios: - Volumen anual de negocios, o bien volumen anual de negocios en el ámbito al que se refiera el contrato, referido al mejor ejercicio dentro de los tres últimos disponibles en función de las fechas de constitución o de inicio de actividades del empresario y de presentación de las ofertas por importe igual o superior al valor estimado del contrato. El volumen anual de negocios del licitador o candidato se acreditará por medio de sus cuentas anuales aprobadas y depositadas en el Registro Mercantil, si el empresario estuviera inscrito en dicho registro, y en caso contrario por las depositadas en el registro oficial en que deba estar inscrito. Los empresarios individuales no inscritos en el Registro Mercantil acreditarán su volumen anual de negocios mediante sus libros de inventarios y cuentas anuales legalizados por el Registro Mercantil. - Justificante de la existencia de un seguro de responsabilidad civil por riesgos profesionales por importe igual o superior al valor estimado del contrato, vigente hasta el fin de plazo de presentación de las ofertas. La acreditación de este requisito se efectuará por medio de certificado expedido por el asegurador, en el que consten los importes y riesgos asegurados y la fecha de vencimiento del seguro, y, al que se acompañará, el documento de compromiso vinculante de suscripción, prórroga o renovación del seguro, en los casos en que proceda. En todo caso, la inscripción en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público acreditará frente a todos los órganos de contratación del sector público, a tenor de lo en él reflejado y salvo

Calificaciones específicas

  • Capacidad de obrar - Capacidad de obrar

Garantías financieras

  • Final - x5

Términos de adjudicación

  • OTROS CRITERIOS: 50%
  • PROPOSICIÓN ECONÓMICA: 50%

Documentos

Resolución

Formalizado: 1. Declarar válido el acto de licitación. 2. Adjudicar el contrato de Seguro de Responsabilidad Civil del Ayuntamiento para el ejercicio 2024, en las condiciones que figuran en su oferta y las que se detallan en los pliegos de cláusulas administrativas particulares y, en su caso, de prescripciones técnicas a favor de la empresa SOLISS MUTUA DE SEGUROS, como autora de la mejor oferta, de acuerdo con los criterios de adjudicación establecidos, en el precio ofertado de 47.450 €, incluidos recargos, gravámenes e impuestos, con una franquicia de 99 €, y con los limites de indemnización establecidos en su proposición económica. 3. Disponer un gasto de 47.450 Euros, para el ejercicio 2024. 4. Publicar el anuncio de adjudicación del contrato en el perfil de contratante en plazo de 15 días, conforme a lo establecido en el artículo 151.1 de la Ley de Contratos del Sector Público 5. Requerir al adjudicatario para llevar a cabo la formalización del contrato en un plazo no superior a cinco días a contar desde el siguiente a aquel en que hubiera recibido el requerimiento, en documento administrativo y una vez transcurridos quince días hábiles desde que se remita la notificación de la adjudicación a los licitadores en los términos y con las consecuencias previstas en el artículo 153 de la Ley de Contratos del Sector Público. 6. Publicar anuncio de formalización del contrato en el Perfil de contratante en plazo no superior a quince días tras la perfección del contrato en los términos establecidos en el artículo 154 de la LCSP y con el contenido contemplado en el anexo III de la Ley 9/2017 de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público. 7. Lo que le comunico, para su conocimiento y efectos, significándole que, de acuerdo con lo dispuesto en la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, contra la presente resolución, que agota la vía administrativa, puede interponer: - Con carácter potestativo, recurso especial en materia de contratación regulado en el artículo 44 de la citada ley, en el plazo de 15 días hábiles a contar a partir del día siguiente a la recepción de la misma, ante el Tribunal Administrativo Central de Recursos Contractuales; salvo que el recurso se funde en alguna de las causas de nulidad de pleno derecho del art. 39.2 -letras c), d), e) o f)- en que será de 30 días a contar del día siguiente a la remisión de esta notificación. - O recurso contencioso-administrativo, ante el Juzgado de lo Contencioso-administrativo de Ciudad Real, en el plazo de dos meses a contar a partir del día siguiente a la recepción de la misma, de conformidad con lo dispuesto en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. Todo ello, sin perjuicio de que pueda ejercitar cualquier otro recurso que estime pertinente.

Fecha adjudicación

14/11/2023

Importe

47.450,00 € - Baja (-27%)

Importe sin impuestos

47.450,00 € - Baja (-27%)

Identificador contrato

PRIV-I-PA-38-2023

Fecha contrato

14/12/2023

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