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Lugar de ejecución

Callosa de ensarriá, Alicante, Comunidad valenciana, España

Anuncio de Licitación

20/02/2026

Perfil del contratante

Anuncio de Pliegos

20/02/2026

Perfil del contratante

Fin Plazo Presentación

09/03/2026

Finalizado

Anuncio de Formalización

02/04/2026

Perfil del contratante

Anuncio de Adjudicación

02/04/2026

Perfil del contratante

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Licitación Servicio de socorrismo en Callosa d'en Sarrià

Licitaciones públicas: servicio de socorrismo en fuentes del Algar y piscina municipal. Ayuntamiento de Callosa d'en Sarrià.

Perfil del contratante

Ayuntamiento de Callosa d'en Sarrià

Perfil del contratante

Ayuntamiento de Callosa d'en Sarrià

Datos generales

Estado

Resuelta

Presupuesto base de licitación

126.769,28 €

Importe sin impuestos

104.768,00 €

Valor estimado del contrato

104.768,00 €

Referencia

Ver

Enlace a la fuente oficial

Link

Publicación

20/02/2026

Ultima actualización

02/04/2026

Periodo estimado Inicio

-

Periodo estimado Final

-

Duración

2 Años

Códigos CPV

63725000 - Servicios de salvamento y puesta a flote

92620000 - Servicios relacionados con los deportes

75252000 - Servicios de rescate

92000000 - Servicios de esparcimiento, culturales y deportivos

Título oficial

El objeto de la presente contratación es el servicio de socorrismo en la fuentes del Algar y la piscina municipal. Expediente 157 de 2026.

Proceso de licitación

Proceso

Abierto simplificado

Urgencia

Ordinaria

Sistema de contratación

No aplica

Método de envío

Electrónica

Plazo de presentación ofertas

Hasta 09/03/2026

Presentación

-

Cantidad máxima de presentación de lotes

-

Cantidad máxima de lotes adjudicados

-

Período disponibilidad documentos

-

Términos y Calificaciones

Calificaciones técnicas

  • Trabajos realizados - a. Una relación de los principales servicios realizados de igual o similar naturaleza que los que constituyen el objeto del contrato en el curso de como máximo, los tres últimos años, cuyo importe anual acumulado en el año de mayor ejecución sea igual o superior al 70 por ciento de la anualidad media del contrato: 49.568,60 € (art.89 LCSP). b. Indicación del personal técnico o unidades técnicas, integradas o no en la empresa, de los que se disponga para la ejecución del contrato, especialmente los encargados del control de calidad. c. Cuando el contratista sea una empresa de nueva creación, entendiendo por tal aquella que tenga una antigüedad inferior a cinco años, su solvencia técnica se acreditará por uno o varios de los medios a que se refieren las letras b) a g) anteriores, sin que en ningún caso sea aplicable lo establecido en la letra a), relativo a la ejecución de un número determinado de suministros.
  • Otros - a. Una relación de los principales servicios realizados de igual o similar naturaleza que los que constituyen el objeto del contrato en el curso de como máximo, los tres últimos años, cuyo importe anual acumulado en el año de mayor ejecución sea igual o superior al 70 por ciento de la anualidad media del contrato: 49.568,60 € (art.89 LCSP). b. Indicación del personal técnico o unidades técnicas, integradas o no en la empresa, de los que se disponga para la ejecución del contrato, especialmente los encargados del control de calidad. c. Cuando el contratista sea una empresa de nueva creación, entendiendo por tal aquella que tenga una antigüedad inferior a cinco años, su solvencia técnica se acreditará por uno o varios de los medios a que se refieren las letras b) a g) anteriores, sin que en ningún caso sea aplicable lo establecido en la letra a), relativo a la ejecución de un número determinado de suministros.
  • Técnicos o unidades técnicas - a. Una relación de los principales servicios realizados de igual o similar naturaleza que los que constituyen el objeto del contrato en el curso de como máximo, los tres últimos años, cuyo importe anual acumulado en el año de mayor ejecución sea igual o superior al 70 por ciento de la anualidad media del contrato: 49.568,60 € (art.89 LCSP). b. Indicación del personal técnico o unidades técnicas, integradas o no en la empresa, de los que se disponga para la ejecución del contrato, especialmente los encargados del control de calidad. c. Cuando el contratista sea una empresa de nueva creación, entendiendo por tal aquella que tenga una antigüedad inferior a cinco años, su solvencia técnica se acreditará por uno o varios de los medios a que se refieren las letras b) a g) anteriores, sin que en ningún caso sea aplicable lo establecido en la letra a), relativo a la ejecución de un número determinado de suministros.

Calificaciones financieras

  • Otros - a. Las cuentas anuales presentadas en el Registro Mercantil o en el Registro oficial que corresponda. Las empresarias y empresarios no obligados a presentar las cuentas en Registros oficiales podrán aportar, como medio alternativo de acreditación, los libros de contabilidad debidamente diligenciados, referidos al mejor ejercicio dentro de los 3 últimos. b. Volumen de negocios mínimo anual en el ámbito al que se refiera el contrato, referido al mejor ejercicio dentro de los tres últimos disponibles en función de las fechas de constitución o de inicio de actividades del empresario y de presentación de las ofertas de 106.218,42 € (art. 87 LCSP) Alternativamente, las empresas de nueva creación podrán acogerse a lo dispuesto en el art. 75 LCSP. Se considerará como obligación contractual esencial el mantener las mismas circunstancias que motivaron su adjudicación, si la misma lo fue en virtud del criterio preferencial previsto en los pliegos.
  • Cifra anual de negocio - a. Las cuentas anuales presentadas en el Registro Mercantil o en el Registro oficial que corresponda. Las empresarias y empresarios no obligados a presentar las cuentas en Registros oficiales podrán aportar, como medio alternativo de acreditación, los libros de contabilidad debidamente diligenciados, referidos al mejor ejercicio dentro de los 3 últimos. b. Volumen de negocios mínimo anual en el ámbito al que se refiera el contrato, referido al mejor ejercicio dentro de los tres últimos disponibles en función de las fechas de constitución o de inicio de actividades del empresario y de presentación de las ofertas de 106.218,42 € (art. 87 LCSP) Alternativamente, las empresas de nueva creación podrán acogerse a lo dispuesto en el art. 75 LCSP. Se considerará como obligación contractual esencial el mantener las mismas circunstancias que motivaron su adjudicación, si la misma lo fue en virtud del criterio preferencial previsto en los pliegos.

Calificaciones específicas

  • Cumplimiento con las obligaciones tributarias - Cumplimiento con las obligaciones tributarias
  • Capacidad de obrar - Capacidad de obrar
  • Cumplimiento con las obligaciones con la Seguridad Social - Cumplimiento con las obligaciones con la Seguridad Social
  • No estar incurso en incompatibilidades - No estar incurso en incompatibilidades
  • No prohibición para contratar - No prohibición para contratar

Garantías financieras

  • Final - x5

Términos de adjudicación

  • Mejora material aportado por el adjudicatario: 15%
  • Mejora de mas horas: 10%
  • Distancia: 15%
  • Oferta económica: 15%
  • Memoria-propuesta de actuaciones de mejoras: 20%
  • Certificado de visita previa a las instalaciones.: 15%
  • Formación y experiencia de los profesionales adcritos al servicio: 10%

Documentos

Resolución

Adjudicación

Motivo de adjudicación

Según acuerdo de JGL 01.04.2026

Importe adjudicado

115.676,96 € -9%

Participantes

2

Fecha adjudicación

01/04/2026

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