- Licitaciones
- Pescado preparado y en conserva
- Extremadura
- Suministro de alimen...
Lugar de ejecución
Ahillones, Extremadura, España
Anuncio de Licitación
21/05/2023
Perfil del contratante
Anuncio de Pliegos
22/05/2023
Perfil del contratante
Anuncio de Licitación
24/05/2023
DOUE
Fin Plazo Presentación
20/06/2023
Finalizado
Anuncio de Adjudicación
23/09/2025
Perfil del contratante
Anuncio de Adjudicación
23/09/2025
DOUE
Anuncio de Formalización
01/02/2026
Perfil del contratante
Anuncio de Formalización
02/02/2026
DOUE
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Licitación Suministro de alimentos para SEPAD
Licitaciones públicas: suministro de pastas, conservas y legumbres. Consejería de Salud y Servicios Sociales. Mollet del Vallès.
Perfil del contratante
Perfil del contratante
Datos generales
Estado
Resuelta
Presupuesto base de licitación
2.310.631,87 €
Importe sin impuestos
2.109.101,28 €
Valor estimado del contrato
6.749.124,11 €
Referencia
Ver
Enlace a la fuente oficial
Publicación
21/05/2023
Ultima actualización
02/02/2026
Periodo estimado Inicio
-
Periodo estimado Final
-
Duración
12 Meses
Códigos CPV
15331400 - Legumbres y hortalizas en conserva y/o enlatadas
15612000 - Harina de cereales o legumbres y productos conexos
15850000 - Pastas alimenticias
15235000 - Conservas de pescado
Título oficial
Suministro de pastas, conservas y legumbres para los centros adscritos al Servicio Extremeño de Promoción de la Autonomía y Atención a la Dependencia (SEPAD) y a la Dirección General de Servicios Sociales, Infancia y Familias, mediante Acuerdo Marco, por lotes.
Proceso de licitación
Proceso
Procedimiento Abierto
Urgencia
Ordinaria
Sistema de contratación
Establecimiento del Acuerdo Marco
Método de envío
Electrónica
Plazo de presentación ofertas
Hasta 20/06/2023
Presentación
A uno o varios lotes
Cantidad máxima de presentación de lotes
8
Cantidad máxima de lotes adjudicados
3
Período disponibilidad documentos
Hasta 20/06/2023
Términos y Calificaciones
Calificaciones técnicas
- Otros - Acreditación de la solvencia técnica o profesional: - Artículo 89 de la LCSP, apartados a) y e) simultáneamente. La solvencia técnica de los empresarios deberá acreditarse por los dos medios siguientes, de forma acumulativa: 1) Relación de los principales suministros realizados de igual o similar naturaleza que los que constituyen el objeto del contrato en el curso de, como máximo, los tres últimos años en la que se indique el importe, la fecha y el destinatario, público o privado de los mismos, habiendo de ser el importe anual acumulado en el año de mayor ejecución, igual o superior al 30% de la anualidad media del lote correspondiente
- Otros - Acreditación de la solvencia técnica o profesional: - Artículo 89 de la LCSP, apartados a) y e) simultáneamente. La solvencia técnica de los empresarios deberá acreditarse por los dos medios siguientes, de forma acumulativa: 1) Relación de los principales suministros realizados de igual o similar naturaleza que los que constituyen el objeto del contrato en el curso de, como máximo, los tres últimos años en la que se indique el importe, la fecha y el destinatario, público o privado de los mismos, habiendo de ser el importe anual acumulado en el año de mayor ejecución, igual o superior al 30% de la anualidad media del lote correspondiente
- Otros - Acreditación de la solvencia técnica o profesional: - Artículo 89 de la LCSP, apartados a) y e) simultáneamente. La solvencia técnica de los empresarios deberá acreditarse por los dos medios siguientes, de forma acumulativa: 1) Relación de los principales suministros realizados de igual o similar naturaleza que los que constituyen el objeto del contrato en el curso de, como máximo, los tres últimos años en la que se indique el importe, la fecha y el destinatario, público o privado de los mismos, habiendo de ser el importe anual acumulado en el año de mayor ejecución, igual o superior al 30% de la anualidad media del lote correspondiente
- Otros - Acreditación de la solvencia técnica o profesional: - Artículo 89 de la LCSP, apartados a) y e) simultáneamente. La solvencia técnica de los empresarios deberá acreditarse por los dos medios siguientes, de forma acumulativa: 1) Relación de los principales suministros realizados de igual o similar naturaleza que los que constituyen el objeto del contrato en el curso de, como máximo, los tres últimos años en la que se indique el importe, la fecha y el destinatario, público o privado de los mismos, habiendo de ser el importe anual acumulado en el año de mayor ejecución, igual o superior al 30% de la anualidad media del lote correspondiente
- Otros - Acreditación de la solvencia técnica o profesional: - Artículo 89 de la LCSP, apartados a) y e) simultáneamente. La solvencia técnica de los empresarios deberá acreditarse por los dos medios siguientes, de forma acumulativa: 1) Relación de los principales suministros realizados de igual o similar naturaleza que los que constituyen el objeto del contrato en el curso de, como máximo, los tres últimos años en la que se indique el importe, la fecha y el destinatario, público o privado de los mismos, habiendo de ser el importe anual acumulado en el año de mayor ejecución, igual o superior al 30% de la anualidad media del lote correspondiente
- Otros - Acreditación de la solvencia técnica o profesional: - Artículo 89 de la LCSP, apartados a) y e) simultáneamente. La solvencia técnica de los empresarios deberá acreditarse por los dos medios siguientes, de forma acumulativa: 1) Relación de los principales suministros realizados de igual o similar naturaleza que los que constituyen el objeto del contrato en el curso de, como máximo, los tres últimos años en la que se indique el importe, la fecha y el destinatario, público o privado de los mismos, habiendo de ser el importe anual acumulado en el año de mayor ejecución, igual o superior al 30% de la anualidad media del lote correspondiente
- Otros - Acreditación de la solvencia técnica o profesional: - Artículo 89 de la LCSP, apartados a) y e) simultáneamente. La solvencia técnica de los empresarios deberá acreditarse por los dos medios siguientes, de forma acumulativa: 1) Relación de los principales suministros realizados de igual o similar naturaleza que los que constituyen el objeto del contrato en el curso de, como máximo, los tres últimos años en la que se indique el importe, la fecha y el destinatario, público o privado de los mismos, habiendo de ser el importe anual acumulado en el año de mayor ejecución, igual o superior al 30% de la anualidad media del lote correspondiente
- Otros - Acreditación de la solvencia técnica o profesional: - Artículo 89 de la LCSP, apartados a) y e) simultáneamente. La solvencia técnica de los empresarios deberá acreditarse por los dos medios siguientes, de forma acumulativa: 1) Relación de los principales suministros realizados de igual o similar naturaleza que los que constituyen el objeto del contrato en el curso de, como máximo, los tres últimos años en la que se indique el importe, la fecha y el destinatario, público o privado de los mismos, habiendo de ser el importe anual acumulado en el año de mayor ejecución, igual o superior al 30% de la anualidad media del lote correspondiente
Calificaciones financieras
- Otros - Acreditación de la solvencia económica y financiera: - Artículo 87 de la LCSP, apartado a): 1) Volumen anual de negocios en el ámbito al que se refiere el contrato, referido al mejor ejercicio dentro de los tres últimos disponibles en función de las fechas de constitución o de inicio de actividades del empresario y de presentación de las ofertas por importe igual o superior a 0,3 veces el valor estimado del lote, o lotes a los que se presente. El volumen anual se acreditará por medio de sus cuentas anuales aprobadas y depositadas en el Registro Mercantil, si el empresario e stuviera inscrito en dicho registro, y en caso contrario por las depositadas en el registro oficial en que deba ser inscrito. Los empresarios individuales no inscritos en el Registro Mercantil acreditarán su volumen anual de negocios mediante sus libros de inventa rios y cuantas anuales legalizados en el Registro Mercantil.
- Otros - Acreditación de la solvencia económica y financiera: - Artículo 87 de la LCSP, apartado a): 1) Volumen anual de negocios en el ámbito al que se refiere el contrato, referido al mejor ejercicio dentro de los tres últimos disponibles en función de las fechas de constitución o de inicio de actividades del empresario y de presentación de las ofertas por importe igual o superior a 0,3 veces el valor estimado del lote, o lotes a los que se presente. El volumen anual se acreditará por medio de sus cuentas anuales aprobadas y depositadas en el Registro Mercantil, si el empresario e stuviera inscrito en dicho registro, y en caso contrario por las depositadas en el registro oficial en que deba ser inscrito. Los empresarios individuales no inscritos en el Registro Mercantil acreditarán su volumen anual de negocios mediante sus libros de inventa rios y cuantas anuales legalizados en el Registro Mercantil.
- Otros - Acreditación de la solvencia económica y financiera: - Artículo 87 de la LCSP, apartado a): 1) Volumen anual de negocios en el ámbito al que se refiere el contrato, referido al mejor ejercicio dentro de los tres últimos disponibles en función de las fechas de constitución o de inicio de actividades del empresario y de presentación de las ofertas por importe igual o superior a 0,3 veces el valor estimado del lote, o lotes a los que se presente. El volumen anual se acreditará por medio de sus cuentas anuales aprobadas y depositadas en el Registro Mercantil, si el empresario e stuviera inscrito en dicho registro, y en caso contrario por las depositadas en el registro oficial en que deba ser inscrito. Los empresarios individuales no inscritos en el Registro Mercantil acreditarán su volumen anual de negocios mediante sus libros de inventa rios y cuantas anuales legalizados en el Registro Mercantil.
- Otros - Acreditación de la solvencia económica y financiera: - Artículo 87 de la LCSP, apartado a): 1) Volumen anual de negocios en el ámbito al que se refiere el contrato, referido al mejor ejercicio dentro de los tres últimos disponibles en función de las fechas de constitución o de inicio de actividades del empresario y de presentación de las ofertas por importe igual o superior a 0,3 veces el valor estimado del lote, o lotes a los que se presente. El volumen anual se acreditará por medio de sus cuentas anuales aprobadas y depositadas en el Registro Mercantil, si el empresario e stuviera inscrito en dicho registro, y en caso contrario por las depositadas en el registro oficial en que deba ser inscrito. Los empresarios individuales no inscritos en el Registro Mercantil acreditarán su volumen anual de negocios mediante sus libros de inventa rios y cuantas anuales legalizados en el Registro Mercantil.
- Otros - Acreditación de la solvencia económica y financiera: - Artículo 87 de la LCSP, apartado a): 1) Volumen anual de negocios en el ámbito al que se refiere el contrato, referido al mejor ejercicio dentro de los tres últimos disponibles en función de las fechas de constitución o de inicio de actividades del empresario y de presentación de las ofertas por importe igual o superior a 0,3 veces el valor estimado del lote, o lotes a los que se presente. El volumen anual se acreditará por medio de sus cuentas anuales aprobadas y depositadas en el Registro Mercantil, si el empresario e stuviera inscrito en dicho registro, y en caso contrario por las depositadas en el registro oficial en que deba ser inscrito. Los empresarios individuales no inscritos en el Registro Mercantil acreditarán su volumen anual de negocios mediante sus libros de inventa rios y cuantas anuales legalizados en el Registro Mercantil.
- Otros - Acreditación de la solvencia económica y financiera: - Artículo 87 de la LCSP, apartado a): 1) Volumen anual de negocios en el ámbito al que se refiere el contrato, referido al mejor ejercicio dentro de los tres últimos disponibles en función de las fechas de constitución o de inicio de actividades del empresario y de presentación de las ofertas por importe igual o superior a 0,3 veces el valor estimado del lote, o lotes a los que se presente. El volumen anual se acreditará por medio de sus cuentas anuales aprobadas y depositadas en el Registro Mercantil, si el empresario e stuviera inscrito en dicho registro, y en caso contrario por las depositadas en el registro oficial en que deba ser inscrito. Los empresarios individuales no inscritos en el Registro Mercantil acreditarán su volumen anual de negocios mediante sus libros de inventa rios y cuantas anuales legalizados en el Registro Mercantil.
- Otros - Acreditación de la solvencia económica y financiera: - Artículo 87 de la LCSP, apartado a): 1) Volumen anual de negocios en el ámbito al que se refiere el contrato, referido al mejor ejercicio dentro de los tres últimos disponibles en función de las fechas de constitución o de inicio de actividades del empresario y de presentación de las ofertas por importe igual o superior a 0,3 veces el valor estimado del lote, o lotes a los que se presente. El volumen anual se acreditará por medio de sus cuentas anuales aprobadas y depositadas en el Registro Mercantil, si el empresario e stuviera inscrito en dicho registro, y en caso contrario por las depositadas en el registro oficial en que deba ser inscrito. Los empresarios individuales no inscritos en el Registro Mercantil acreditarán su volumen anual de negocios mediante sus libros de inventa rios y cuantas anuales legalizados en el Registro Mercantil.
- Otros - Acreditación de la solvencia económica y financiera: - Artículo 87 de la LCSP, apartado a): 1) Volumen anual de negocios en el ámbito al que se refiere el contrato, referido al mejor ejercicio dentro de los tres últimos disponibles en función de las fechas de constitución o de inicio de actividades del empresario y de presentación de las ofertas por importe igual o superior a 0,3 veces el valor estimado del lote, o lotes a los que se presente. El volumen anual se acreditará por medio de sus cuentas anuales aprobadas y depositadas en el Registro Mercantil, si el empresario e stuviera inscrito en dicho registro, y en caso contrario por las depositadas en el registro oficial en que deba ser inscrito. Los empresarios individuales no inscritos en el Registro Mercantil acreditarán su volumen anual de negocios mediante sus libros de inventa rios y cuantas anuales legalizados en el Registro Mercantil.
Calificaciones específicas
- Capacidad de obrar - Capacidad de obrar
- Capacidad de obrar - Capacidad de obrar
- Capacidad de obrar - Capacidad de obrar
- Capacidad de obrar - Capacidad de obrar
- Capacidad de obrar - Capacidad de obrar
- Capacidad de obrar - Capacidad de obrar
- Capacidad de obrar - Capacidad de obrar
- Capacidad de obrar - Capacidad de obrar
Términos de adjudicación
- Reducción del plazo de entrega: 10%
- Oferta económica: 90%
- Reducción del plazo de entrega: 10%
- Oferta económica: 90%
- Reducción del plazo de entrega: 10%
- Reducción del plazo de entrega: 10%
- Reducción del plazo de entrega: 10%
- Oferta económica: 90%
- Oferta económica: 90%
- Reducción del plazo de entrega: 10%
- Oferta económica: 90%
- Oferta económica: 90%
- Oferta económica: 90%
- Oferta económica: 90%
- Reducción del plazo de entrega: 10%
- Reducción del plazo de entrega: 10%
Documentos
Lotes
Lote 1
DesiertoCáceres y Trujillo
Importe
216.128,99 €
Importe sin impuestos
197.513,70 €
Lote desierto: no se presentó ninguna oferta o ninguna cumplió los requisitos establecidos en los pliegos.
Lote 2
AdjudicadoPlasencia
Importe
343.241,80 €
Importe sin impuestos
314.370,95 €
Adjudicación
Motivo de adjudicación
Mejor valorada
Adjudicado a
—
Importe adjudicado
337.596,60 € -2%
Participantes
3
Fecha adjudicación
15/12/2025
Lote 3
AdjudicadoGata, Vegas de Coria y Caminomorisco
Importe
114.423,74 €
Importe sin impuestos
104.514,80 €
Adjudicación
Motivo de adjudicación
oferta mejor valorada
Adjudicado a
—
Importe adjudicado
111.871,74 € -2%
Participantes
3
Fecha adjudicación
15/12/2025
Lote 4
AdjudicadoJaraíz de la Vera y Navalmoral de la Mata
Importe
111.816,18 €
Importe sin impuestos
101.955,73 €
Adjudicación
Motivo de adjudicación
oferta mejor valorada
Adjudicado a
—
Importe adjudicado
110.980,18 € -1%
Participantes
3
Fecha adjudicación
15/12/2025
Lote 5
AdjudicadoMérida
Importe
523.743,82 €
Importe sin impuestos
477.460,69 €
Adjudicación
Motivo de adjudicación
oferta mejor valorada
Adjudicado a
—
Importe adjudicado
510.147,82 € -3%
Participantes
3
Fecha adjudicación
15/12/2025
Lote 6
AdjudicadoBadajoz, Olivenza y Montijo
Importe
346.394,73 €
Importe sin impuestos
315.873,04 €
Adjudicación
Motivo de adjudicación
oferta mejor valorada
Adjudicado a
—
Importe adjudicado
342.302,73 € -1%
Participantes
3
Fecha adjudicación
15/12/2025
Lote 7
AdjudicadoVillafranca de los Barros, Almendralejo, Jerez de los Caballeros y Azuaga
Importe
206.881,52 €
Importe sin impuestos
188.788,94 €
Adjudicación
Motivo de adjudicación
oferta mejor valorada
Adjudicado a
—
Importe adjudicado
204.010,52 € -1%
Participantes
3
Fecha adjudicación
15/12/2025
Lote 8
AdjudicadoVillanueva de la Serena, Don Benito y Herrera del Duque
Importe
448.001,09 €
Importe sin impuestos
408.623,43 €
Adjudicación
Motivo de adjudicación
oferta mejor valorada
Adjudicado a
—
Importe adjudicado
444.415,09 € -1%
Participantes
3
Fecha adjudicación
15/12/2025
Licitaciones similares
Suministro de víveres de almacenamiento para la Gerencia Regional de Salud de Castilla y León
Contratación de suministro de víveres de almacenamiento mediante procedimiento abierto por la Gerencia Regional de Salud de Castilla y León. El contrato comprende la adquisición de productos o bienes muebles conforme a la Ley 9/2017 de Contratos del Sector Público. La ejecución del contrato podrá realizarse en una o varias anualidades, con financiación asegurada en el presupuesto de gastos de la Gerencia Regional de Salud.
Suministro de víveres con medios de transporte respetuosos con el medio ambiente.
Id licitación: 2022/0029546; Órgano de Contratación: Diputació de Barcelona; Importe: 0.00 EUR; Estado: EN PLAZO
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