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Lugar de ejecución
Ahillones, Extremadura, España
Anuncio de Licitación
21/05/2023
Perfil del contratante
Anuncio de Pliegos
22/05/2023
Perfil del contratante
Anuncio de Licitación
24/05/2023
DOUE
Fin Plazo Presentación
20/06/2023
Finalizado
Anuncio de Adjudicación
23/09/2025
Perfil del contratante
Anuncio de Adjudicación
23/09/2025
DOUE
Anuncio de Formalización
01/02/2026
Perfil del contratante
Anuncio de Formalización
02/02/2026
DOUE
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Licitación Suministro de alimentos para SEPAD
Suministro de pastas, conservas y legumbres para los centros adscritos al Servicio Extremeño de Promoción de la Autonomía y Atención a la Dependencia (SEPAD) y a la Dirección General de Servicios Sociales, Infancia y Familias, mediante Acuerdo Marco, por lotes.
Perfil del contratante
Datos generales
Estado
Resuelta
Presupuesto base de licitación
2.310.631,87 €
Importe sin impuestos
2.109.101,28 €
Valor estimado del contrato
6.749.124,11 €
Referencia
Ver
Enlace a la fuente oficial
Publicación
21/05/2023
Ultima actualización
02/02/2026
Periodo estimado Inicio
-
Periodo estimado Final
-
Duración
12 Meses
Códigos CPV
15331400 - Legumbres y hortalizas en conserva y/o enlatadas
15612000 - Harina de cereales o legumbres y productos conexos
15850000 - Pastas alimenticias
15235000 - Conservas de pescado
Proceso de licitación
Proceso
Procedimiento Abierto
Urgencia
Ordinaria
Sistema de contratación
Establecimiento del Acuerdo Marco
Método de envío
Electrónica
Plazo de presentación ofertas
Hasta 20/06/2023
Presentación
A uno o varios lotes
Cantidad máxima de presentación de lotes
8
Cantidad máxima de lotes adjudicados
3
Período disponibilidad documentos
Hasta 20/06/2023
Términos y Calificaciones
Calificaciones técnicas
- Otros - Acreditación de la solvencia técnica o profesional: - Artículo 89 de la LCSP, apartados a) y e) simultáneamente. La solvencia técnica de los empresarios deberá acreditarse por los dos medios siguientes, de forma acumulativa: 1) Relación de los principales suministros realizados de igual o similar naturaleza que los que constituyen el objeto del contrato en el curso de, como máximo, los tres últimos años en la que se indique el importe, la fecha y el destinatario, público o privado de los mismos, habiendo de ser el importe anual acumulado en el año de mayor ejecución, igual o superior al 30% de la anualidad media del lote correspondiente
- Otros - Acreditación de la solvencia técnica o profesional: - Artículo 89 de la LCSP, apartados a) y e) simultáneamente. La solvencia técnica de los empresarios deberá acreditarse por los dos medios siguientes, de forma acumulativa: 1) Relación de los principales suministros realizados de igual o similar naturaleza que los que constituyen el objeto del contrato en el curso de, como máximo, los tres últimos años en la que se indique el importe, la fecha y el destinatario, público o privado de los mismos, habiendo de ser el importe anual acumulado en el año de mayor ejecución, igual o superior al 30% de la anualidad media del lote correspondiente
- Otros - Acreditación de la solvencia técnica o profesional: - Artículo 89 de la LCSP, apartados a) y e) simultáneamente. La solvencia técnica de los empresarios deberá acreditarse por los dos medios siguientes, de forma acumulativa: 1) Relación de los principales suministros realizados de igual o similar naturaleza que los que constituyen el objeto del contrato en el curso de, como máximo, los tres últimos años en la que se indique el importe, la fecha y el destinatario, público o privado de los mismos, habiendo de ser el importe anual acumulado en el año de mayor ejecución, igual o superior al 30% de la anualidad media del lote correspondiente
- Otros - Acreditación de la solvencia técnica o profesional: - Artículo 89 de la LCSP, apartados a) y e) simultáneamente. La solvencia técnica de los empresarios deberá acreditarse por los dos medios siguientes, de forma acumulativa: 1) Relación de los principales suministros realizados de igual o similar naturaleza que los que constituyen el objeto del contrato en el curso de, como máximo, los tres últimos años en la que se indique el importe, la fecha y el destinatario, público o privado de los mismos, habiendo de ser el importe anual acumulado en el año de mayor ejecución, igual o superior al 30% de la anualidad media del lote correspondiente
- Otros - Acreditación de la solvencia técnica o profesional: - Artículo 89 de la LCSP, apartados a) y e) simultáneamente. La solvencia técnica de los empresarios deberá acreditarse por los dos medios siguientes, de forma acumulativa: 1) Relación de los principales suministros realizados de igual o similar naturaleza que los que constituyen el objeto del contrato en el curso de, como máximo, los tres últimos años en la que se indique el importe, la fecha y el destinatario, público o privado de los mismos, habiendo de ser el importe anual acumulado en el año de mayor ejecución, igual o superior al 30% de la anualidad media del lote correspondiente
- Otros - Acreditación de la solvencia técnica o profesional: - Artículo 89 de la LCSP, apartados a) y e) simultáneamente. La solvencia técnica de los empresarios deberá acreditarse por los dos medios siguientes, de forma acumulativa: 1) Relación de los principales suministros realizados de igual o similar naturaleza que los que constituyen el objeto del contrato en el curso de, como máximo, los tres últimos años en la que se indique el importe, la fecha y el destinatario, público o privado de los mismos, habiendo de ser el importe anual acumulado en el año de mayor ejecución, igual o superior al 30% de la anualidad media del lote correspondiente
- Otros - Acreditación de la solvencia técnica o profesional: - Artículo 89 de la LCSP, apartados a) y e) simultáneamente. La solvencia técnica de los empresarios deberá acreditarse por los dos medios siguientes, de forma acumulativa: 1) Relación de los principales suministros realizados de igual o similar naturaleza que los que constituyen el objeto del contrato en el curso de, como máximo, los tres últimos años en la que se indique el importe, la fecha y el destinatario, público o privado de los mismos, habiendo de ser el importe anual acumulado en el año de mayor ejecución, igual o superior al 30% de la anualidad media del lote correspondiente
- Otros - Acreditación de la solvencia técnica o profesional: - Artículo 89 de la LCSP, apartados a) y e) simultáneamente. La solvencia técnica de los empresarios deberá acreditarse por los dos medios siguientes, de forma acumulativa: 1) Relación de los principales suministros realizados de igual o similar naturaleza que los que constituyen el objeto del contrato en el curso de, como máximo, los tres últimos años en la que se indique el importe, la fecha y el destinatario, público o privado de los mismos, habiendo de ser el importe anual acumulado en el año de mayor ejecución, igual o superior al 30% de la anualidad media del lote correspondiente
Calificaciones financieras
- Otros - Acreditación de la solvencia económica y financiera: - Artículo 87 de la LCSP, apartado a): 1) Volumen anual de negocios en el ámbito al que se refiere el contrato, referido al mejor ejercicio dentro de los tres últimos disponibles en función de las fechas de constitución o de inicio de actividades del empresario y de presentación de las ofertas por importe igual o superior a 0,3 veces el valor estimado del lote, o lotes a los que se presente. El volumen anual se acreditará por medio de sus cuentas anuales aprobadas y depositadas en el Registro Mercantil, si el empresario e stuviera inscrito en dicho registro, y en caso contrario por las depositadas en el registro oficial en que deba ser inscrito. Los empresarios individuales no inscritos en el Registro Mercantil acreditarán su volumen anual de negocios mediante sus libros de inventa rios y cuantas anuales legalizados en el Registro Mercantil.
- Otros - Acreditación de la solvencia económica y financiera: - Artículo 87 de la LCSP, apartado a): 1) Volumen anual de negocios en el ámbito al que se refiere el contrato, referido al mejor ejercicio dentro de los tres últimos disponibles en función de las fechas de constitución o de inicio de actividades del empresario y de presentación de las ofertas por importe igual o superior a 0,3 veces el valor estimado del lote, o lotes a los que se presente. El volumen anual se acreditará por medio de sus cuentas anuales aprobadas y depositadas en el Registro Mercantil, si el empresario e stuviera inscrito en dicho registro, y en caso contrario por las depositadas en el registro oficial en que deba ser inscrito. Los empresarios individuales no inscritos en el Registro Mercantil acreditarán su volumen anual de negocios mediante sus libros de inventa rios y cuantas anuales legalizados en el Registro Mercantil.
- Otros - Acreditación de la solvencia económica y financiera: - Artículo 87 de la LCSP, apartado a): 1) Volumen anual de negocios en el ámbito al que se refiere el contrato, referido al mejor ejercicio dentro de los tres últimos disponibles en función de las fechas de constitución o de inicio de actividades del empresario y de presentación de las ofertas por importe igual o superior a 0,3 veces el valor estimado del lote, o lotes a los que se presente. El volumen anual se acreditará por medio de sus cuentas anuales aprobadas y depositadas en el Registro Mercantil, si el empresario e stuviera inscrito en dicho registro, y en caso contrario por las depositadas en el registro oficial en que deba ser inscrito. Los empresarios individuales no inscritos en el Registro Mercantil acreditarán su volumen anual de negocios mediante sus libros de inventa rios y cuantas anuales legalizados en el Registro Mercantil.
- Otros - Acreditación de la solvencia económica y financiera: - Artículo 87 de la LCSP, apartado a): 1) Volumen anual de negocios en el ámbito al que se refiere el contrato, referido al mejor ejercicio dentro de los tres últimos disponibles en función de las fechas de constitución o de inicio de actividades del empresario y de presentación de las ofertas por importe igual o superior a 0,3 veces el valor estimado del lote, o lotes a los que se presente. El volumen anual se acreditará por medio de sus cuentas anuales aprobadas y depositadas en el Registro Mercantil, si el empresario e stuviera inscrito en dicho registro, y en caso contrario por las depositadas en el registro oficial en que deba ser inscrito. Los empresarios individuales no inscritos en el Registro Mercantil acreditarán su volumen anual de negocios mediante sus libros de inventa rios y cuantas anuales legalizados en el Registro Mercantil.
- Otros - Acreditación de la solvencia económica y financiera: - Artículo 87 de la LCSP, apartado a): 1) Volumen anual de negocios en el ámbito al que se refiere el contrato, referido al mejor ejercicio dentro de los tres últimos disponibles en función de las fechas de constitución o de inicio de actividades del empresario y de presentación de las ofertas por importe igual o superior a 0,3 veces el valor estimado del lote, o lotes a los que se presente. El volumen anual se acreditará por medio de sus cuentas anuales aprobadas y depositadas en el Registro Mercantil, si el empresario e stuviera inscrito en dicho registro, y en caso contrario por las depositadas en el registro oficial en que deba ser inscrito. Los empresarios individuales no inscritos en el Registro Mercantil acreditarán su volumen anual de negocios mediante sus libros de inventa rios y cuantas anuales legalizados en el Registro Mercantil.
- Otros - Acreditación de la solvencia económica y financiera: - Artículo 87 de la LCSP, apartado a): 1) Volumen anual de negocios en el ámbito al que se refiere el contrato, referido al mejor ejercicio dentro de los tres últimos disponibles en función de las fechas de constitución o de inicio de actividades del empresario y de presentación de las ofertas por importe igual o superior a 0,3 veces el valor estimado del lote, o lotes a los que se presente. El volumen anual se acreditará por medio de sus cuentas anuales aprobadas y depositadas en el Registro Mercantil, si el empresario e stuviera inscrito en dicho registro, y en caso contrario por las depositadas en el registro oficial en que deba ser inscrito. Los empresarios individuales no inscritos en el Registro Mercantil acreditarán su volumen anual de negocios mediante sus libros de inventa rios y cuantas anuales legalizados en el Registro Mercantil.
- Otros - Acreditación de la solvencia económica y financiera: - Artículo 87 de la LCSP, apartado a): 1) Volumen anual de negocios en el ámbito al que se refiere el contrato, referido al mejor ejercicio dentro de los tres últimos disponibles en función de las fechas de constitución o de inicio de actividades del empresario y de presentación de las ofertas por importe igual o superior a 0,3 veces el valor estimado del lote, o lotes a los que se presente. El volumen anual se acreditará por medio de sus cuentas anuales aprobadas y depositadas en el Registro Mercantil, si el empresario e stuviera inscrito en dicho registro, y en caso contrario por las depositadas en el registro oficial en que deba ser inscrito. Los empresarios individuales no inscritos en el Registro Mercantil acreditarán su volumen anual de negocios mediante sus libros de inventa rios y cuantas anuales legalizados en el Registro Mercantil.
- Otros - Acreditación de la solvencia económica y financiera: - Artículo 87 de la LCSP, apartado a): 1) Volumen anual de negocios en el ámbito al que se refiere el contrato, referido al mejor ejercicio dentro de los tres últimos disponibles en función de las fechas de constitución o de inicio de actividades del empresario y de presentación de las ofertas por importe igual o superior a 0,3 veces el valor estimado del lote, o lotes a los que se presente. El volumen anual se acreditará por medio de sus cuentas anuales aprobadas y depositadas en el Registro Mercantil, si el empresario e stuviera inscrito en dicho registro, y en caso contrario por las depositadas en el registro oficial en que deba ser inscrito. Los empresarios individuales no inscritos en el Registro Mercantil acreditarán su volumen anual de negocios mediante sus libros de inventa rios y cuantas anuales legalizados en el Registro Mercantil.
Calificaciones específicas
- Capacidad de obrar - Capacidad de obrar
- Capacidad de obrar - Capacidad de obrar
- Capacidad de obrar - Capacidad de obrar
- Capacidad de obrar - Capacidad de obrar
- Capacidad de obrar - Capacidad de obrar
- Capacidad de obrar - Capacidad de obrar
- Capacidad de obrar - Capacidad de obrar
- Capacidad de obrar - Capacidad de obrar
Términos de adjudicación
- Reducción del plazo de entrega: 10%
- Oferta económica: 90%
- Reducción del plazo de entrega: 10%
- Oferta económica: 90%
- Reducción del plazo de entrega: 10%
- Reducción del plazo de entrega: 10%
- Reducción del plazo de entrega: 10%
- Oferta económica: 90%
- Oferta económica: 90%
- Reducción del plazo de entrega: 10%
- Oferta económica: 90%
- Oferta económica: 90%
- Oferta económica: 90%
- Oferta económica: 90%
- Reducción del plazo de entrega: 10%
- Reducción del plazo de entrega: 10%
Documentos
Lotes
Lote 1
Cáceres y Trujillo
Importe
216.128,99 €
Importe sin impuestos
197.513,70 €
Lote 2
Plasencia
Importe
343.241,80 €
Importe sin impuestos
314.370,95 €
Lote 3
Gata, Vegas de Coria y Caminomorisco
Importe
114.423,74 €
Importe sin impuestos
104.514,80 €
Lote 4
Jaraíz de la Vera y Navalmoral de la Mata
Importe
111.816,18 €
Importe sin impuestos
101.955,73 €
Lote 5
Mérida
Importe
523.743,82 €
Importe sin impuestos
477.460,69 €
Lote 6
Badajoz, Olivenza y Montijo
Importe
346.394,73 €
Importe sin impuestos
315.873,04 €
Lote 7
Villafranca de los Barros, Almendralejo, Jerez de los Caballeros y Azuaga
Importe
206.881,52 €
Importe sin impuestos
188.788,94 €
Lote 8
Villanueva de la Serena, Don Benito y Herrera del Duque
Importe
448.001,09 €
Importe sin impuestos
408.623,43 €
Resolución
Lote 1 - Desierto:
Adjudicado a
-Fecha adjudicación
19/09/2025
Importe
-
Importe sin impuestos
-
Identificador contrato
-
Fecha contrato
-
Lote 2 - Formalizado: Mejor valorada
Adjudicado a
CENTRAL LOGISTICA CAMPOS LEIVA SL - B23632847Fecha adjudicación
15/12/2025
Importe
337.596,60 € - Baja (-2%)
Importe sin impuestos
309.238,95 € - Baja (-2%)
Identificador contrato
PRAM/2023/0000046807L02
Fecha contrato
28/01/2026
Lote 3 - Formalizado: oferta mejor valorada
Adjudicado a
CENTRAL LOGISTICA CAMPOS LEIVA SL - B23632847Fecha adjudicación
15/12/2025
Importe
111.871,74 € - Baja (-2%)
Importe sin impuestos
102.194,80 € - Baja (-2%)
Identificador contrato
PRAM/2023/0000046807L03
Fecha contrato
28/01/2026
Lote 4 - Formalizado: oferta mejor valorada
Adjudicado a
CENTRAL LOGISTICA CAMPOS LEIVA SL - B23632847Fecha adjudicación
15/12/2025
Importe
110.980,18 € - Baja (-1%)
Importe sin impuestos
101.195,73 € - Baja (-1%)
Identificador contrato
PRAM/2023/0000046807L04
Fecha contrato
28/01/2026
Lote 5 - Formalizado: oferta mejor valorada
Adjudicado a
CENTRAL LOGISTICA CAMPOS LEIVA SL - B23632847Fecha adjudicación
15/12/2025
Importe
510.147,82 € - Baja (-3%)
Importe sin impuestos
465.100,69 € - Baja (-3%)
Identificador contrato
PRAM/2023/0000046807L05
Fecha contrato
28/01/2026
Lote 6 - Formalizado: oferta mejor valorada
Adjudicado a
CENTRAL LOGISTICA CAMPOS LEIVA SL - B23632847Fecha adjudicación
15/12/2025
Importe
342.302,73 € - Baja (-1%)
Importe sin impuestos
312.153,04 € - Baja (-1%)
Identificador contrato
PRAM/2023/0000046807L06
Fecha contrato
28/01/2026
Lote 7 - Formalizado: oferta mejor valorada
Adjudicado a
CENTRAL LOGISTICA CAMPOS LEIVA SL - B23632847Fecha adjudicación
15/12/2025
Importe
204.010,52 € - Baja (-1%)
Importe sin impuestos
186.178,94 € - Baja (-1%)
Identificador contrato
PRAM/2023/0000046807L07
Fecha contrato
28/01/2026
Lote 8 - Formalizado: oferta mejor valorada
Adjudicado a
CENTRAL LOGISTICA CAMPOS LEIVA SL - B23632847Fecha adjudicación
15/12/2025
Importe
444.415,09 € - Baja (-1%)
Importe sin impuestos
405.363,43 € - Baja (-1%)
Identificador contrato
PRAM/2023/0000046807L08
Fecha contrato
28/01/2026
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Abierto
Anuncio Previo
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