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Lugar de ejecución

Mollet del vallès, Extremadura, Cataluña, España

Anuncio de Licitación

01/06/2023

Perfil del Contratante

Anuncio de Licitación

02/06/2023

DOUE

Anuncio de Pliegos

02/06/2023

Perfil del Contratante

Fin Plazo Presentación

29/06/2023

Finalizado

Anuncio de Desistimiento

06/07/2023

Perfil del Contratante

Anuncio de Desistimiento

07/07/2023

DOUE

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Licitación Suministro de bebidas y alimentos - SEPAD

Licitaciones públicas: suministro de bebidas y alimentos. Consejería de Salud y Servicios Sociales. Mollet del Vallès.

Perfil del contratante

Consejeria de Salud y Servicios Sociales

Perfil del contratante

Consejeria de Salud y Servicios Sociales

Datos generales

Estado

Resuelta

Presupuesto base de licitación

2.064.171,98 €

Importe sin impuestos

1.861.712,47 €

Valor estimado del contrato

5.957.479,89 €

Referencia

Ver

Enlace a la fuente oficial

Link

Publicación

01/06/2023

Ultima actualización

07/07/2023

Periodo estimado Inicio

-

Periodo estimado Final

-

Duración

12 Meses

Códigos CPV

15980000 - Bebidas sin alcohol

15800000 - Productos alimenticios diversos

15982000 - Refrescos

Título oficial

Suministro de suministro de bebidas, solubles y otros productos alimenticios para los centros adscritos al Servicio Extremeño de Promoción de la Autonomía y Atención a la Dependencia (SEPAD) y a la Dirección General de Servicios Sociales, Infancia y Familias (DGSSIF), mediante Acuerdo Marco, por lotes

Proceso de licitación

Proceso

Procedimiento Abierto

Urgencia

Ordinaria

Sistema de contratación

Establecimiento del Acuerdo Marco

Método de envío

Electrónica

Plazo de presentación ofertas

Hasta 29/06/2023

Presentación

A uno o varios lotes

Cantidad máxima de presentación de lotes

8

Cantidad máxima de lotes adjudicados

3

Período disponibilidad documentos

Hasta 29/06/2023

Términos y Calificaciones

Calificaciones técnicas

  • Otros - Artículo 89 de la LCSP, apartados a) y e) simultáneamente. La solvencia técnica de los empresarios deberá acreditarse por los dos medios siguientes, de forma acumulativa: 1) Relación de los principales suministros realizados de igual o similar naturaleza que los que constituyen el objeto del contrato en el curso de, como máximo, los tres últimos años en la que se indique el importe, la fecha y el destinatario, público o privado de los mismos, habiendo de ser el importe anual acumulado en el año de mayor ejecución, igual o superior al 30% de la anualidad media del lote correspondiente: LOTES Anualidad media1 30% anualidad media Para determinar que los suministros realizados son de igual o similar naturaleza a los que constituyen el objeto del contrato se atenderá a los tres primeros dígitos de los respectivos códigos de la CPV. Los suministros efectuados se acreditarán mediante certificados expedidos o visados por el órgano competente, cuando el destinatario sea una entidad del sector público, o cuando el destinatario sea un comprador privado, mediante un certificado expedido por éste o, a falta de este certificado, mediante una declaración del empresario acompañada de los documentos obrantes en poder del mismo que acrediten la realización de la prestación. El cómputo se efectuará hasta la fecha de finalización del plazo para la presentación de proposiciones u ofertas.2) Descripciones, fichas técnicas y/o fotografías de los productos a suministrar, cuya autenticidad pueda certificarse a petición de la entidad contratante. Deberá presentarse 1 ficha descriptiva de cada producto, según las características exigidas en el PPT, en la que se contenga información suficiente para comprobar el cumplimiento de las referidas características mínimas.VER COMPLETA CLAUSULA 5.1 del Anexo I del PCAP
  • Otros - Artículo 89 de la LCSP, apartados a) y e) simultáneamente. La solvencia técnica de los empresarios deberá acreditarse por los dos medios siguientes, de forma acumulativa: 1) Relación de los principales suministros realizados de igual o similar naturaleza que los que constituyen el objeto del contrato en el curso de, como máximo, los tres últimos años en la que se indique el importe, la fecha y el destinatario, público o privado de los mismos, habiendo de ser el importe anual acumulado en el año de mayor ejecución, igual o superior al 30% de la anualidad media del lote correspondiente: LOTES Anualidad media1 30% anualidad media Para determinar que los suministros realizados son de igual o similar naturaleza a los que constituyen el objeto del contrato se atenderá a los tres primeros dígitos de los respectivos códigos de la CPV. Los suministros efectuados se acreditarán mediante certificados expedidos o visados por el órgano competente, cuando el destinatario sea una entidad del sector público, o cuando el destinatario sea un comprador privado, mediante un certificado expedido por éste o, a falta de este certificado, mediante una declaración del empresario acompañada de los documentos obrantes en poder del mismo que acrediten la realización de la prestación. El cómputo se efectuará hasta la fecha de finalización del plazo para la presentación de proposiciones u ofertas.2) Descripciones, fichas técnicas y/o fotografías de los productos a suministrar, cuya autenticidad pueda certificarse a petición de la entidad contratante. Deberá presentarse 1 ficha descriptiva de cada producto, según las características exigidas en el PPT, en la que se contenga información suficiente para comprobar el cumplimiento de las referidas características mínimas.VER COMPLETA CLAUSULA 5.1 del Anexo I del PCAP
  • Otros - Artículo 89 de la LCSP, apartados a) y e) simultáneamente. La solvencia técnica de los empresarios deberá acreditarse por los dos medios siguientes, de forma acumulativa: 1) Relación de los principales suministros realizados de igual o similar naturaleza que los que constituyen el objeto del contrato en el curso de, como máximo, los tres últimos años en la que se indique el importe, la fecha y el destinatario, público o privado de los mismos, habiendo de ser el importe anual acumulado en el año de mayor ejecución, igual o superior al 30% de la anualidad media del lote correspondiente: LOTES Anualidad media1 30% anualidad media Para determinar que los suministros realizados son de igual o similar naturaleza a los que constituyen el objeto del contrato se atenderá a los tres primeros dígitos de los respectivos códigos de la CPV. Los suministros efectuados se acreditarán mediante certificados expedidos o visados por el órgano competente, cuando el destinatario sea una entidad del sector público, o cuando el destinatario sea un comprador privado, mediante un certificado expedido por éste o, a falta de este certificado, mediante una declaración del empresario acompañada de los documentos obrantes en poder del mismo que acrediten la realización de la prestación. El cómputo se efectuará hasta la fecha de finalización del plazo para la presentación de proposiciones u ofertas.2) Descripciones, fichas técnicas y/o fotografías de los productos a suministrar, cuya autenticidad pueda certificarse a petición de la entidad contratante. Deberá presentarse 1 ficha descriptiva de cada producto, según las características exigidas en el PPT, en la que se contenga información suficiente para comprobar el cumplimiento de las referidas características mínimas.VER COMPLETA CLAUSULA 5.1 del Anexo I del PCAP
  • Otros - Artículo 89 de la LCSP, apartados a) y e) simultáneamente. La solvencia técnica de los empresarios deberá acreditarse por los dos medios siguientes, de forma acumulativa: 1) Relación de los principales suministros realizados de igual o similar naturaleza que los que constituyen el objeto del contrato en el curso de, como máximo, los tres últimos años en la que se indique el importe, la fecha y el destinatario, público o privado de los mismos, habiendo de ser el importe anual acumulado en el año de mayor ejecución, igual o superior al 30% de la anualidad media del lote correspondiente: LOTES Anualidad media1 30% anualidad media Para determinar que los suministros realizados son de igual o similar naturaleza a los que constituyen el objeto del contrato se atenderá a los tres primeros dígitos de los respectivos códigos de la CPV. Los suministros efectuados se acreditarán mediante certificados expedidos o visados por el órgano competente, cuando el destinatario sea una entidad del sector público, o cuando el destinatario sea un comprador privado, mediante un certificado expedido por éste o, a falta de este certificado, mediante una declaración del empresario acompañada de los documentos obrantes en poder del mismo que acrediten la realización de la prestación. El cómputo se efectuará hasta la fecha de finalización del plazo para la presentación de proposiciones u ofertas.2) Descripciones, fichas técnicas y/o fotografías de los productos a suministrar, cuya autenticidad pueda certificarse a petición de la entidad contratante. Deberá presentarse 1 ficha descriptiva de cada producto, según las características exigidas en el PPT, en la que se contenga información suficiente para comprobar el cumplimiento de las referidas características mínimas.VER COMPLETA CLAUSULA 5.1 del Anexo I del PCAP
  • Otros - Artículo 89 de la LCSP, apartados a) y e) simultáneamente. La solvencia técnica de los empresarios deberá acreditarse por los dos medios siguientes, de forma acumulativa: 1) Relación de los principales suministros realizados de igual o similar naturaleza que los que constituyen el objeto del contrato en el curso de, como máximo, los tres últimos años en la que se indique el importe, la fecha y el destinatario, público o privado de los mismos, habiendo de ser el importe anual acumulado en el año de mayor ejecución, igual o superior al 30% de la anualidad media del lote correspondiente: LOTES Anualidad media1 30% anualidad media Para determinar que los suministros realizados son de igual o similar naturaleza a los que constituyen el objeto del contrato se atenderá a los tres primeros dígitos de los respectivos códigos de la CPV. Los suministros efectuados se acreditarán mediante certificados expedidos o visados por el órgano competente, cuando el destinatario sea una entidad del sector público, o cuando el destinatario sea un comprador privado, mediante un certificado expedido por éste o, a falta de este certificado, mediante una declaración del empresario acompañada de los documentos obrantes en poder del mismo que acrediten la realización de la prestación. El cómputo se efectuará hasta la fecha de finalización del plazo para la presentación de proposiciones u ofertas.2) Descripciones, fichas técnicas y/o fotografías de los productos a suministrar, cuya autenticidad pueda certificarse a petición de la entidad contratante. Deberá presentarse 1 ficha descriptiva de cada producto, según las características exigidas en el PPT, en la que se contenga información suficiente para comprobar el cumplimiento de las referidas características mínimas.VER COMPLETA CLAUSULA 5.1 del Anexo I del PCAP
  • Otros - Artículo 89 de la LCSP, apartados a) y e) simultáneamente. La solvencia técnica de los empresarios deberá acreditarse por los dos medios siguientes, de forma acumulativa: 1) Relación de los principales suministros realizados de igual o similar naturaleza que los que constituyen el objeto del contrato en el curso de, como máximo, los tres últimos años en la que se indique el importe, la fecha y el destinatario, público o privado de los mismos, habiendo de ser el importe anual acumulado en el año de mayor ejecución, igual o superior al 30% de la anualidad media del lote correspondiente: LOTES Anualidad media1 30% anualidad media Para determinar que los suministros realizados son de igual o similar naturaleza a los que constituyen el objeto del contrato se atenderá a los tres primeros dígitos de los respectivos códigos de la CPV. Los suministros efectuados se acreditarán mediante certificados expedidos o visados por el órgano competente, cuando el destinatario sea una entidad del sector público, o cuando el destinatario sea un comprador privado, mediante un certificado expedido por éste o, a falta de este certificado, mediante una declaración del empresario acompañada de los documentos obrantes en poder del mismo que acrediten la realización de la prestación. El cómputo se efectuará hasta la fecha de finalización del plazo para la presentación de proposiciones u ofertas.2) Descripciones, fichas técnicas y/o fotografías de los productos a suministrar, cuya autenticidad pueda certificarse a petición de la entidad contratante. Deberá presentarse 1 ficha descriptiva de cada producto, según las características exigidas en el PPT, en la que se contenga información suficiente para comprobar el cumplimiento de las referidas características mínimas.VER COMPLETA CLAUSULA 5.1 del Anexo I del PCAP
  • Otros - Artículo 89 de la LCSP, apartados a) y e) simultáneamente. La solvencia técnica de los empresarios deberá acreditarse por los dos medios siguientes, de forma acumulativa: 1) Relación de los principales suministros realizados de igual o similar naturaleza que los que constituyen el objeto del contrato en el curso de, como máximo, los tres últimos años en la que se indique el importe, la fecha y el destinatario, público o privado de los mismos, habiendo de ser el importe anual acumulado en el año de mayor ejecución, igual o superior al 30% de la anualidad media del lote correspondiente: LOTES Anualidad media1 30% anualidad media Para determinar que los suministros realizados son de igual o similar naturaleza a los que constituyen el objeto del contrato se atenderá a los tres primeros dígitos de los respectivos códigos de la CPV. Los suministros efectuados se acreditarán mediante certificados expedidos o visados por el órgano competente, cuando el destinatario sea una entidad del sector público, o cuando el destinatario sea un comprador privado, mediante un certificado expedido por éste o, a falta de este certificado, mediante una declaración del empresario acompañada de los documentos obrantes en poder del mismo que acrediten la realización de la prestación. El cómputo se efectuará hasta la fecha de finalización del plazo para la presentación de proposiciones u ofertas.2) Descripciones, fichas técnicas y/o fotografías de los productos a suministrar, cuya autenticidad pueda certificarse a petición de la entidad contratante. Deberá presentarse 1 ficha descriptiva de cada producto, según las características exigidas en el PPT, en la que se contenga información suficiente para comprobar el cumplimiento de las referidas características mínimas.VER COMPLETA CLAUSULA 5.1 del Anexo I del PCAP
  • Otros - Artículo 89 de la LCSP, apartados a) y e) simultáneamente. La solvencia técnica de los empresarios deberá acreditarse por los dos medios siguientes, de forma acumulativa: 1) Relación de los principales suministros realizados de igual o similar naturaleza que los que constituyen el objeto del contrato en el curso de, como máximo, los tres últimos años en la que se indique el importe, la fecha y el destinatario, público o privado de los mismos, habiendo de ser el importe anual acumulado en el año de mayor ejecución, igual o superior al 30% de la anualidad media del lote correspondiente: LOTES Anualidad media1 30% anualidad media Para determinar que los suministros realizados son de igual o similar naturaleza a los que constituyen el objeto del contrato se atenderá a los tres primeros dígitos de los respectivos códigos de la CPV. Los suministros efectuados se acreditarán mediante certificados expedidos o visados por el órgano competente, cuando el destinatario sea una entidad del sector público, o cuando el destinatario sea un comprador privado, mediante un certificado expedido por éste o, a falta de este certificado, mediante una declaración del empresario acompañada de los documentos obrantes en poder del mismo que acrediten la realización de la prestación. El cómputo se efectuará hasta la fecha de finalización del plazo para la presentación de proposiciones u ofertas.2) Descripciones, fichas técnicas y/o fotografías de los productos a suministrar, cuya autenticidad pueda certificarse a petición de la entidad contratante. Deberá presentarse 1 ficha descriptiva de cada producto, según las características exigidas en el PPT, en la que se contenga información suficiente para comprobar el cumplimiento de las referidas características mínimas.VER COMPLETA CLAUSULA 5.1 del Anexo I del PCAP

Calificaciones financieras

  • Cifra anual de negocio - - Artículo 87 de la LCSP, apartado a): 1) Volumen anual de negocios, en el ámbito al que se refiere el contrato, referido al mejor ejercicio dentro de los tres últimos disponibles en función de las fechas de constitución o de inicio de actividades del empresario y de presentación de las ofertas por importe igual o superior a 0,3 veces el valor estimado del lote, o lotes a los que se presente. El volumen anual se acreditará por medio de sus cuentas anuales aprobadas y depositadas en el Registro Mercantil, si el empresario estuviera inscrito en dicho registro, y en caso contrario por las depositadas en el registro oficial en que deba ser inscrito. Los empresarios individuales no inscritos en el Registro Mercantil acreditarán su volumen anual de negocios mediante sus libros de inventarios y cuantas anuales legalizados en el Registro Mercantil. El cómputo se efectuará hasta la fecha de finalización del plazo para la presentación de proposiciones u ofertas. LOTES 0,3 veces el valor estimado. VER COMPLETA CLAUSULA 5.1 del Anexo I del PCAP
  • Cifra anual de negocio - - Artículo 87 de la LCSP, apartado a): 1) Volumen anual de negocios, en el ámbito al que se refiere el contrato, referido al mejor ejercicio dentro de los tres últimos disponibles en función de las fechas de constitución o de inicio de actividades del empresario y de presentación de las ofertas por importe igual o superior a 0,3 veces el valor estimado del lote, o lotes a los que se presente. El volumen anual se acreditará por medio de sus cuentas anuales aprobadas y depositadas en el Registro Mercantil, si el empresario estuviera inscrito en dicho registro, y en caso contrario por las depositadas en el registro oficial en que deba ser inscrito. Los empresarios individuales no inscritos en el Registro Mercantil acreditarán su volumen anual de negocios mediante sus libros de inventarios y cuantas anuales legalizados en el Registro Mercantil. El cómputo se efectuará hasta la fecha de finalización del plazo para la presentación de proposiciones u ofertas. LOTES 0,3 veces el valor estimado. VER COMPLETA CLAUSULA 5.1 del Anexo I del PCAP
  • Cifra anual de negocio - - Artículo 87 de la LCSP, apartado a): 1) Volumen anual de negocios, en el ámbito al que se refiere el contrato, referido al mejor ejercicio dentro de los tres últimos disponibles en función de las fechas de constitución o de inicio de actividades del empresario y de presentación de las ofertas por importe igual o superior a 0,3 veces el valor estimado del lote, o lotes a los que se presente. El volumen anual se acreditará por medio de sus cuentas anuales aprobadas y depositadas en el Registro Mercantil, si el empresario estuviera inscrito en dicho registro, y en caso contrario por las depositadas en el registro oficial en que deba ser inscrito. Los empresarios individuales no inscritos en el Registro Mercantil acreditarán su volumen anual de negocios mediante sus libros de inventarios y cuantas anuales legalizados en el Registro Mercantil. El cómputo se efectuará hasta la fecha de finalización del plazo para la presentación de proposiciones u ofertas. LOTES 0,3 veces el valor estimado. VER COMPLETA CLAUSULA 5.1 del Anexo I del PCAP
  • Cifra anual de negocio - - Artículo 87 de la LCSP, apartado a): 1) Volumen anual de negocios, en el ámbito al que se refiere el contrato, referido al mejor ejercicio dentro de los tres últimos disponibles en función de las fechas de constitución o de inicio de actividades del empresario y de presentación de las ofertas por importe igual o superior a 0,3 veces el valor estimado del lote, o lotes a los que se presente. El volumen anual se acreditará por medio de sus cuentas anuales aprobadas y depositadas en el Registro Mercantil, si el empresario estuviera inscrito en dicho registro, y en caso contrario por las depositadas en el registro oficial en que deba ser inscrito. Los empresarios individuales no inscritos en el Registro Mercantil acreditarán su volumen anual de negocios mediante sus libros de inventarios y cuantas anuales legalizados en el Registro Mercantil. El cómputo se efectuará hasta la fecha de finalización del plazo para la presentación de proposiciones u ofertas. LOTES 0,3 veces el valor estimado. VER COMPLETA CLAUSULA 5.1 del Anexo I del PCAP
  • Cifra anual de negocio - - Artículo 87 de la LCSP, apartado a): 1) Volumen anual de negocios, en el ámbito al que se refiere el contrato, referido al mejor ejercicio dentro de los tres últimos disponibles en función de las fechas de constitución o de inicio de actividades del empresario y de presentación de las ofertas por importe igual o superior a 0,3 veces el valor estimado del lote, o lotes a los que se presente. El volumen anual se acreditará por medio de sus cuentas anuales aprobadas y depositadas en el Registro Mercantil, si el empresario estuviera inscrito en dicho registro, y en caso contrario por las depositadas en el registro oficial en que deba ser inscrito. Los empresarios individuales no inscritos en el Registro Mercantil acreditarán su volumen anual de negocios mediante sus libros de inventarios y cuantas anuales legalizados en el Registro Mercantil. El cómputo se efectuará hasta la fecha de finalización del plazo para la presentación de proposiciones u ofertas. LOTES 0,3 veces el valor estimado. VER COMPLETA CLAUSULA 5.1 del Anexo I del PCAP
  • Cifra anual de negocio - - Artículo 87 de la LCSP, apartado a): 1) Volumen anual de negocios, en el ámbito al que se refiere el contrato, referido al mejor ejercicio dentro de los tres últimos disponibles en función de las fechas de constitución o de inicio de actividades del empresario y de presentación de las ofertas por importe igual o superior a 0,3 veces el valor estimado del lote, o lotes a los que se presente. El volumen anual se acreditará por medio de sus cuentas anuales aprobadas y depositadas en el Registro Mercantil, si el empresario estuviera inscrito en dicho registro, y en caso contrario por las depositadas en el registro oficial en que deba ser inscrito. Los empresarios individuales no inscritos en el Registro Mercantil acreditarán su volumen anual de negocios mediante sus libros de inventarios y cuantas anuales legalizados en el Registro Mercantil. El cómputo se efectuará hasta la fecha de finalización del plazo para la presentación de proposiciones u ofertas. LOTES 0,3 veces el valor estimado. VER COMPLETA CLAUSULA 5.1 del Anexo I del PCAP
  • Cifra anual de negocio - - Artículo 87 de la LCSP, apartado a): 1) Volumen anual de negocios, en el ámbito al que se refiere el contrato, referido al mejor ejercicio dentro de los tres últimos disponibles en función de las fechas de constitución o de inicio de actividades del empresario y de presentación de las ofertas por importe igual o superior a 0,3 veces el valor estimado del lote, o lotes a los que se presente. El volumen anual se acreditará por medio de sus cuentas anuales aprobadas y depositadas en el Registro Mercantil, si el empresario estuviera inscrito en dicho registro, y en caso contrario por las depositadas en el registro oficial en que deba ser inscrito. Los empresarios individuales no inscritos en el Registro Mercantil acreditarán su volumen anual de negocios mediante sus libros de inventarios y cuantas anuales legalizados en el Registro Mercantil. El cómputo se efectuará hasta la fecha de finalización del plazo para la presentación de proposiciones u ofertas. LOTES 0,3 veces el valor estimado. VER COMPLETA CLAUSULA 5.1 del Anexo I del PCAP
  • Cifra anual de negocio - - Artículo 87 de la LCSP, apartado a): 1) Volumen anual de negocios, en el ámbito al que se refiere el contrato, referido al mejor ejercicio dentro de los tres últimos disponibles en función de las fechas de constitución o de inicio de actividades del empresario y de presentación de las ofertas por importe igual o superior a 0,3 veces el valor estimado del lote, o lotes a los que se presente. El volumen anual se acreditará por medio de sus cuentas anuales aprobadas y depositadas en el Registro Mercantil, si el empresario estuviera inscrito en dicho registro, y en caso contrario por las depositadas en el registro oficial en que deba ser inscrito. Los empresarios individuales no inscritos en el Registro Mercantil acreditarán su volumen anual de negocios mediante sus libros de inventarios y cuantas anuales legalizados en el Registro Mercantil. El cómputo se efectuará hasta la fecha de finalización del plazo para la presentación de proposiciones u ofertas. LOTES 0,3 veces el valor estimado. VER COMPLETA CLAUSULA 5.1 del Anexo I del PCAP

Calificaciones específicas

  • Capacidad de obrar - Capacidad de obrar
  • Capacidad de obrar - Capacidad de obrar
  • Capacidad de obrar - Capacidad de obrar
  • Capacidad de obrar - Capacidad de obrar
  • Capacidad de obrar - Capacidad de obrar
  • Capacidad de obrar - Capacidad de obrar
  • Capacidad de obrar - Capacidad de obrar
  • Capacidad de obrar - Capacidad de obrar

Garantías financieras

  • Final - x5

Términos de adjudicación

  • Oferta Económica: 90%
  • Reducción del plazo de entrega: 10%
  • Reducción del plazo de entrega: 10%
  • Oferta Económica: 90%
  • Oferta Económica: 90%
  • Reducción del plazo de entrega: 10%
  • Reducción del plazo de entrega: 10%
  • Oferta Económica: 90%
  • Oferta Económica: 90%
  • Reducción del plazo de entrega: 10%
  • Oferta Económica: 90%
  • Reducción del plazo de entrega: 10%
  • Reducción del plazo de entrega: 10%
  • Oferta Económica: 90%

Documentos

Lotes

Lote 1

Desistimiento

Cáceres y Trujillo

Importe

251.120,73 €

Importe sin impuestos

226.595,99 €

El órgano de contratación ha desistido de este lote, que finaliza sin adjudicación.

Lote 2

Desistimiento

Plasencia

Importe

263.087,92 €

Importe sin impuestos

237.459,37 €

El órgano de contratación ha desistido de este lote, que finaliza sin adjudicación.

Lote 3

Desistimiento

Gata, Vegas de Coria y Caminomorisco

Importe

100.279,47 €

Importe sin impuestos

89.350,12 €

El órgano de contratación ha desistido de este lote, que finaliza sin adjudicación.

Lote 4

Desistimiento

Jaraíz de la Vera y Navalmoral de la Mata

Importe

54.256,40 €

Importe sin impuestos

48.830,74 €

El órgano de contratación ha desistido de este lote, que finaliza sin adjudicación.

Lote 5

Desistimiento

Mérida

Importe

340.246,81 €

Importe sin impuestos

305.272,14 €

El órgano de contratación ha desistido de este lote, que finaliza sin adjudicación.

Lote 6

Desistimiento

Badajoz, Olivenza y Montijo

Importe

235.443,34 €

Importe sin impuestos

212.700,50 €

El órgano de contratación ha desistido de este lote, que finaliza sin adjudicación.

Lote 7

Desistimiento

Villafranca de los Barros, Almendralejo, Jerez de los Caballeros y Azuaga

Importe

209.727,69 €

Importe sin impuestos

189.108,36 €

El órgano de contratación ha desistido de este lote, que finaliza sin adjudicación.

Lote 8

Desistimiento

Villanueva de la Serena, Don Benito y Herrera del Duque

Importe

610.009,62 €

Importe sin impuestos

552.395,25 €

El órgano de contratación ha desistido de este lote, que finaliza sin adjudicación.

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