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Lugar de ejecución
Castilla y león, España
Anuncio de Licitación
27/10/2026
DOUE
Anuncio de Licitación
27/10/2026
Perfil del contratante
Anuncio de Pliegos
27/10/2026
Perfil del contratante
Fin Plazo Presentación
25/11/2026
Finaliza en 28 días
Anuncio de Adjudicación
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Licitación Servicio de helicópteros y avión de coordinación para transporte y extinción de incendios forestales de la Consejería de Medio Ambiente y Energía de Castilla y León
Licitación de servicio de transporte aéreo y extinción de incendios forestales mediante helicópteros de diferentes categorías y un avión de coordinación. La Consejería de Medio Ambiente y Energía de Castilla y León, a través de su Dirección General de Prevención y Extinción de Incendios Forestales, contrata la prestación de este servicio distribuido en ocho lotes que incluyen helicópteros monoturbina ligeros, medianos y semimedianos, así como un avión de coordinación. El contrato tiene vigencia de treinta y seis meses con posibilidad de prórroga de veinticuatro meses adicionales.
Datos generales
Estado
En Plazo
Presupuesto base de licitación
93.655.300,00 €
Importe sin impuestos
93.655.300,00 €
Valor estimado del contrato
156.086.900,00 €
Referencia
Ver
Enlace a la fuente oficial
Publicación
27/10/2026
Ultima actualización
27/10/2026
Periodo estimado Inicio
-
Periodo estimado Final
-
Duración
36 Meses
Códigos CPV
60442000 - Servicios de extinción aérea de incendios forestales
Título oficial
Servicio de 11 helicópteros monoturbina ligeros (lotes 1, 2 y 3), 6 medianos (lote 4) y 12 semimedianos (lotes 5, 6 y 7) de transporte y extinción Servicio de 1 avión de coordinación (lote 8)
Proceso de licitación
Proceso
Procedimiento Abierto
Urgencia
Ordinaria
Sistema de contratación
No aplica
Método de envío
Electrónica
Plazo de presentación ofertas
Hasta 25/11/2026
Presentación
A uno o varios lotes
Cantidad máxima de presentación de lotes
8
Cantidad máxima de lotes adjudicados
8
Período disponibilidad documentos
Hasta 25/11/2026
Términos y Calificaciones
Calificaciones técnicas
- Certificados de control de calidad expedidos por los institutos o servicios oficiales - De conformidad con lo dispuesto en el artículo 90.1 a) de la LCSP la acreditación de la solvencia técnica se efectuará mediante la relación la relación de los principales servicios o trabajos realizados, en los tres últimos años, de igual o similar naturaleza que los que constituyen el objeto del contrato, cuyo importe anual acumulado en el año de mayor ejecución sea igual o superior a 2.473.660,00 €. Los servicios o trabajos realizados se acreditarán mediante certificados expedidos o visados por el órgano competente, cuando el destinatario sea una entidad del sector público,; cuando el destinatario sea un sujeto privado, mediante un certificado expedido por este o, a falta de este certificado, mediante una declaración del empresario acompañado de los documentos obrantes en poder del mismo que acrediten la realización de la prestación; en su caso estos certificados serán comunicados directamente al órgano de contratación por la autoridad competente. Para determinar que un suministro es de igual o similar naturaleza al que constituye el objeto del contrato se atenderá a los tres primeros dígitos de los respectivos códigos de la CPV. También el propuesto como adjudicatario deberá estar en posesión de Certificado de Operador Especial (COE), para el modelo de aeronave presentada, autorización por el organismo competente (Agencia Estatal de Seguridad Aérea) para efectuar los trabajos aéreos relacionados con la lucha contra incendios forestales de acuerdo con el Real Decreto 750/2014, de 5 de septiembre, para las actividades de Lucha contra Incendios (Observación y patrullaje, coordinación, Lanzamiento de agua desde helicóptero y traslado de personal adicional especialista) El propuesto como adjudicatario en cada lote acreditará esta condición mediante la presentación del Certificado de Operador Especial y el listado de matrículas asociado. El adjudicatario de cada lote deberá mantener la vigencia del certificado de operador especial durante la vigencia del contrato. En caso de ser propuesto como adjudicatario en más de un lote, se deberá acreditar el cumplimiento de la solvencia técnica por un importe igual o superior a las exigidas acumulativamente para la suma de los lotes propuestos a adjudicar.
- Trabajos realizados - De conformidad con lo dispuesto en el artículo 90.1 a) de la LCSP la acreditación de la solvencia técnica se efectuará mediante la relación la relación de los principales servicios o trabajos realizados, en los tres últimos años, de igual o similar naturaleza que los que constituyen el objeto del contrato, cuyo importe anual acumulado en el año de mayor ejecución sea igual o superior a 576.870,00 €. Los servicios o trabajos realizados se acreditarán mediante certificados expedidos o visados por el órgano competente, cuando el destinatario sea una entidad del sector público,; cuando el destinatario sea un sujeto privado, mediante un certificado expedido por este o, a falta de este certificado, mediante una declaración del empresario acompañado de los documentos obrantes en poder del mismo que acrediten la realización de la prestación; en su caso estos certificados serán comunicados directamente al órgano de contratación por la autoridad competente. Para determinar que un suministro es de igual o similar naturaleza al que constituye el objeto del contrato se atenderá a los tres primeros dígitos de los respectivos códigos de la CPV. También el propuesto como adjudicatario deberá estar en posesión de Certificado de Operador Especial (COE), para el modelo de aeronave presentada, autorización por el organismo competente (Agencia Estatal de Seguridad Aérea) para efectuar los trabajos aéreos relacionados con la lucha contra incendios forestales de acuerdo con el Real Decreto 750/2014, de 5 de septiembre, para las actividades de Lucha contra Incendios (Observación y patrullaje, coordinación, Lanzamiento de agua desde helicóptero y traslado de personal adicional especialista) El propuesto como adjudicatario en cada lote acreditará esta condición mediante la presentación del Certificado de Operador Especial y el listado de matrículas asociado. El adjudicatario de cada lote deberá mantener la vigencia del certificado de operador especial durante la vigencia del contrato. En caso de ser propuesto como adjudicatario en más de un lote, se deberá acreditar el cumplimiento de la solvencia técnica por un importe igual o superior a las exigidas acumulativamente para la suma de los lotes propuestos a adjudicar.
- Certificados de control de calidad expedidos por los institutos o servicios oficiales - De conformidad con lo dispuesto en el artículo 90.1 a) de la LCSP la acreditación de la solvencia técnica se efectuará mediante la relación la relación de los principales servicios o trabajos realizados, en los tres últimos años, de igual o similar naturaleza que los que constituyen el objeto del contrato, cuyo importe anual acumulado en el año de mayor ejecución sea igual o superior a 2.149.742,60 €. Los servicios o trabajos realizados se acreditarán mediante certificados expedidos o visados por el órgano competente, cuando el destinatario sea una entidad del sector público,; cuando el destinatario sea un sujeto privado, mediante un certificado expedido por este o, a falta de este certificado, mediante una declaración del empresario acompañado de los documentos obrantes en poder del mismo que acrediten la realización de la prestación; en su caso estos certificados serán comunicados directamente al órgano de contratación por la autoridad competente. Para determinar que un suministro es de igual o similar naturaleza al que constituye el objeto del contrato se atenderá a los tres primeros dígitos de los respectivos códigos de la CPV. También el propuesto como adjudicatario deberá estar en posesión de Certificado de Operador Especial (COE), para el modelo de aeronave presentada, autorización por el organismo competente (Agencia Estatal de Seguridad Aérea) para efectuar los trabajos aéreos relacionados con la lucha contra incendios forestales de acuerdo con el Real Decreto 750/2014, de 5 de septiembre, para las actividades de Lucha contra Incendios (Observación y patrullaje, coordinación, Lanzamiento de agua desde helicóptero y traslado de personal adicional especialista) El propuesto como adjudicatario en cada lote acreditará esta condición mediante la presentación del Certificado de Operador Especial y el listado de matrículas asociado. El adjudicatario de cada lote deberá mantener la vigencia del certificado de operador especial durante la vigencia del contrato. En caso de ser propuesto como adjudicatario en más de un lote, se deberá acreditar el cumplimiento de la solvencia técnica por un importe igual o superior a las exigidas acumulativamente para la suma de los lotes propuestos a adjudicar.
- Certificados de control de calidad expedidos por los institutos o servicios oficiales - De conformidad con lo dispuesto en el artículo 90.1 a) de la LCSP la acreditación de la solvencia técnica se efectuará mediante la relación la relación de los principales servicios o trabajos realizados, en los tres últimos años, de igual o similar naturaleza que los que constituyen el objeto del contrato, cuyo importe anual acumulado en el año de mayor ejecución sea igual o superior a 5.488.140,00 €. Los servicios o trabajos realizados se acreditarán mediante certificados expedidos o visados por el órgano competente, cuando el destinatario sea una entidad del sector público,; cuando el destinatario sea un sujeto privado, mediante un certificado expedido por este o, a falta de este certificado, mediante una declaración del empresario acompañado de los documentos obrantes en poder del mismo que acrediten la realización de la prestación; en su caso estos certificados serán comunicados directamente al órgano de contratación por la autoridad competente. Para determinar que un suministro es de igual o similar naturaleza al que constituye el objeto del contrato se atenderá a los tres primeros dígitos de los respectivos códigos de la CPV. También el propuesto como adjudicatario deberá estar en posesión de Certificado de Operador Especial (COE), para el modelo de aeronave presentada, autorización por el organismo competente (Agencia Estatal de Seguridad Aérea) para efectuar los trabajos aéreos relacionados con la lucha contra incendios forestales de acuerdo con el Real Decreto 750/2014, de 5 de septiembre, para las actividades de Lucha contra Incendios (Observación y patrullaje, coordinación, Lanzamiento de agua desde helicóptero y traslado de personal adicional especialista) El propuesto como adjudicatario en cada lote acreditará esta condición mediante la presentación del Certificado de Operador Especial y el listado de matrículas asociado. El adjudicatario de cada lote deberá mantener la vigencia del certificado de operador especial durante la vigencia del contrato. En caso de ser propuesto como adjudicatario en más de un lote, se deberá acreditar el cumplimiento de la solvencia técnica por un importe igual o superior a las exigidas acumulativamente para la suma de los lotes propuestos a adjudicar.
- Certificados de control de calidad expedidos por los institutos o servicios oficiales - De conformidad con lo dispuesto en el artículo 90.1 a) de la LCSP la acreditación de la solvencia técnica se efectuará mediante la relación la relación de los principales servicios o trabajos realizados, en los tres últimos años, de igual o similar naturaleza que los que constituyen el objeto del contrato, cuyo importe anual acumulado en el año de mayor ejecución sea igual o superior a 576.870,00 €. Los servicios o trabajos realizados se acreditarán mediante certificados expedidos o visados por el órgano competente, cuando el destinatario sea una entidad del sector público,; cuando el destinatario sea un sujeto privado, mediante un certificado expedido por este o, a falta de este certificado, mediante una declaración del empresario acompañado de los documentos obrantes en poder del mismo que acrediten la realización de la prestación; en su caso estos certificados serán comunicados directamente al órgano de contratación por la autoridad competente. Para determinar que un suministro es de igual o similar naturaleza al que constituye el objeto del contrato se atenderá a los tres primeros dígitos de los respectivos códigos de la CPV. También el propuesto como adjudicatario deberá estar en posesión de Certificado de Operador Especial (COE), para el modelo de aeronave presentada, autorización por el organismo competente (Agencia Estatal de Seguridad Aérea) para efectuar los trabajos aéreos relacionados con la lucha contra incendios forestales de acuerdo con el Real Decreto 750/2014, de 5 de septiembre, para las actividades de Lucha contra Incendios (Observación y patrullaje, coordinación, Lanzamiento de agua desde helicóptero y traslado de personal adicional especialista) El propuesto como adjudicatario en cada lote acreditará esta condición mediante la presentación del Certificado de Operador Especial y el listado de matrículas asociado. El adjudicatario de cada lote deberá mantener la vigencia del certificado de operador especial durante la vigencia del contrato. En caso de ser propuesto como adjudicatario en más de un lote, se deberá acreditar el cumplimiento de la solvencia técnica por un importe igual o superior a las exigidas acumulativamente para la suma de los lotes propuestos a adjudicar.
- Trabajos realizados - De conformidad con lo dispuesto en el artículo 90.1 a) de la LCSP la acreditación de la solvencia técnica se efectuará mediante la relación la relación de los principales servicios o trabajos realizados, en los tres últimos años, de igual o similar naturaleza que los que constituyen el objeto del contrato, cuyo importe anual acumulado en el año de mayor ejecución sea igual o superior a 2.731.260,00 €. Los servicios o trabajos realizados se acreditarán mediante certificados expedidos o visados por el órgano competente, cuando el destinatario sea una entidad del sector público,; cuando el destinatario sea un sujeto privado, mediante un certificado expedido por este o, a falta de este certificado, mediante una declaración del empresario acompañado de los documentos obrantes en poder del mismo que acrediten la realización de la prestación; en su caso estos certificados serán comunicados directamente al órgano de contratación por la autoridad competente. Para determinar que un suministro es de igual o similar naturaleza al que constituye el objeto del contrato se atenderá a los tres primeros dígitos de los respectivos códigos de la CPV. También el propuesto como adjudicatario deberá estar en posesión de Certificado de Operador Especial (COE), para el modelo de aeronave presentada, autorización por el organismo competente (Agencia Estatal de Seguridad Aérea) para efectuar los trabajos aéreos relacionados con la lucha contra incendios forestales de acuerdo con el Real Decreto 750/2014, de 5 de septiembre, para las actividades de Lucha contra Incendios (Observación y patrullaje, coordinación, Lanzamiento de agua desde helicóptero y traslado de personal adicional especialista) El propuesto como adjudicatario en cada lote acreditará esta condición mediante la presentación del Certificado de Operador Especial y el listado de matrículas asociado. El adjudicatario de cada lote deberá mantener la vigencia del certificado de operador especial durante la vigencia del contrato. En caso de ser propuesto como adjudicatario en más de un lote, se deberá acreditar el cumplimiento de la solvencia técnica por un importe igual o superior a las exigidas acumulativamente para la suma de los lotes propuestos a adjudicar.
- Trabajos realizados - De conformidad con lo dispuesto en el artículo 90.1 a) de la LCSP la acreditación de la solvencia técnica se efectuará mediante la relación la relación de los principales servicios o trabajos realizados, en los tres últimos años, de igual o similar naturaleza que los que constituyen el objeto del contrato, cuyo importe anual acumulado en el año de mayor ejecución sea igual o superior a 5.488.140,00 €. Los servicios o trabajos realizados se acreditarán mediante certificados expedidos o visados por el órgano competente, cuando el destinatario sea una entidad del sector público,; cuando el destinatario sea un sujeto privado, mediante un certificado expedido por este o, a falta de este certificado, mediante una declaración del empresario acompañado de los documentos obrantes en poder del mismo que acrediten la realización de la prestación; en su caso estos certificados serán comunicados directamente al órgano de contratación por la autoridad competente. Para determinar que un suministro es de igual o similar naturaleza al que constituye el objeto del contrato se atenderá a los tres primeros dígitos de los respectivos códigos de la CPV. También el propuesto como adjudicatario deberá estar en posesión de Certificado de Operador Especial (COE), para el modelo de aeronave presentada, autorización por el organismo competente (Agencia Estatal de Seguridad Aérea) para efectuar los trabajos aéreos relacionados con la lucha contra incendios forestales de acuerdo con el Real Decreto 750/2014, de 5 de septiembre, para las actividades de Lucha contra Incendios (Observación y patrullaje, coordinación, Lanzamiento de agua desde helicóptero y traslado de personal adicional especialista) El propuesto como adjudicatario en cada lote acreditará esta condición mediante la presentación del Certificado de Operador Especial y el listado de matrículas asociado. El adjudicatario de cada lote deberá mantener la vigencia del certificado de operador especial durante la vigencia del contrato. En caso de ser propuesto como adjudicatario en más de un lote, se deberá acreditar el cumplimiento de la solvencia técnica por un importe igual o superior a las exigidas acumulativamente para la suma de los lotes propuestos a adjudicar.
- Certificados de control de calidad expedidos por los institutos o servicios oficiales - De conformidad con lo dispuesto en el artículo 90.1 a) de la LCSP la acreditación de la solvencia técnica se efectuará mediante la relación la relación de los principales servicios o trabajos realizados, en los tres últimos años, de igual o similar naturaleza que los que constituyen el objeto del contrato, cuyo importe anual acumulado en el año de mayor ejecución sea igual o superior a 2.467.640,00 €. Los servicios o trabajos realizados se acreditarán mediante certificados expedidos o visados por el órgano competente, cuando el destinatario sea una entidad del sector público,; cuando el destinatario sea un sujeto privado, mediante un certificado expedido por este o, a falta de este certificado, mediante una declaración del empresario acompañado de los documentos obrantes en poder del mismo que acrediten la realización de la prestación; en su caso estos certificados serán comunicados directamente al órgano de contratación por la autoridad competente. Para determinar que un suministro es de igual o similar naturaleza al que constituye el objeto del contrato se atenderá a los tres primeros dígitos de los respectivos códigos de la CPV. También el propuesto como adjudicatario deberá estar en posesión de Certificado de Operador Especial (COE), para el modelo de aeronave presentada, autorización por el organismo competente (Agencia Estatal de Seguridad Aérea) para efectuar los trabajos aéreos relacionados con la lucha contra incendios forestales de acuerdo con el Real Decreto 750/2014, de 5 de septiembre, para las actividades de Lucha contra Incendios (Observación y patrullaje, coordinación, Lanzamiento de agua desde helicóptero y traslado de personal adicional especialista) El propuesto como adjudicatario en cada lote acreditará esta condición mediante la presentación del Certificado de Operador Especial y el listado de matrículas asociado. El adjudicatario de cada lote deberá mantener la vigencia del certificado de operador especial durante la vigencia del contrato. En caso de ser propuesto como adjudicatario en más de un lote, se deberá acreditar el cumplimiento de la solvencia técnica por un importe igual o superior a las exigidas acumulativamente para la suma de los lotes propuestos a adjudicar.
- Trabajos realizados - De conformidad con lo dispuesto en el artículo 90.1 a) de la LCSP la acreditación de la solvencia técnica se efectuará mediante la relación la relación de los principales servicios o trabajos realizados, en los tres últimos años, de igual o similar naturaleza que los que constituyen el objeto del contrato, cuyo importe anual acumulado en el año de mayor ejecución sea igual o superior a 3.233.594,00 €. Los servicios o trabajos realizados se acreditarán mediante certificados expedidos o visados por el órgano competente, cuando el destinatario sea una entidad del sector público,; cuando el destinatario sea un sujeto privado, mediante un certificado expedido por este o, a falta de este certificado, mediante una declaración del empresario acompañado de los documentos obrantes en poder del mismo que acrediten la realización de la prestación; en su caso estos certificados serán comunicados directamente al órgano de contratación por la autoridad competente. Para determinar que un suministro es de igual o similar naturaleza al que constituye el objeto del contrato se atenderá a los tres primeros dígitos de los respectivos códigos de la CPV. También el propuesto como adjudicatario deberá estar en posesión de Certificado de Operador Especial (COE), para el modelo de aeronave presentada, autorización por el organismo competente (Agencia Estatal de Seguridad Aérea) para efectuar los trabajos aéreos relacionados con la lucha contra incendios forestales de acuerdo con el Real Decreto 750/2014, de 5 de septiembre, para las actividades de Lucha contra Incendios (Observación y patrullaje, coordinación, Lanzamiento de agua desde helicóptero y traslado de personal adicional especialista) El propuesto como adjudicatario en cada lote acreditará esta condición mediante la presentación del Certificado de Operador Especial y el listado de matrículas asociado. El adjudicatario de cada lote deberá mantener la vigencia del certificado de operador especial durante la vigencia del contrato. En caso de ser propuesto como adjudicatario en más de un lote, se deberá acreditar el cumplimiento de la solvencia técnica por un importe igual o superior a las exigidas acumulativamente para la suma de los lotes propuestos a adjudicar.
- Certificados de control de calidad expedidos por los institutos o servicios oficiales - De conformidad con lo dispuesto en el artículo 90.1 a) de la LCSP la acreditación de la solvencia técnica se efectuará mediante la relación la relación de los principales servicios o trabajos realizados, en los tres últimos años, de igual o similar naturaleza que los que constituyen el objeto del contrato, cuyo importe anual acumulado en el año de mayor ejecución sea igual o superior a 2.731.260,00 €. Los servicios o trabajos realizados se acreditarán mediante certificados expedidos o visados por el órgano competente, cuando el destinatario sea una entidad del sector público,; cuando el destinatario sea un sujeto privado, mediante un certificado expedido por este o, a falta de este certificado, mediante una declaración del empresario acompañado de los documentos obrantes en poder del mismo que acrediten la realización de la prestación; en su caso estos certificados serán comunicados directamente al órgano de contratación por la autoridad competente. Para determinar que un suministro es de igual o similar naturaleza al que constituye el objeto del contrato se atenderá a los tres primeros dígitos de los respectivos códigos de la CPV. También el propuesto como adjudicatario deberá estar en posesión de Certificado de Operador Especial (COE), para el modelo de aeronave presentada, autorización por el organismo competente (Agencia Estatal de Seguridad Aérea) para efectuar los trabajos aéreos relacionados con la lucha contra incendios forestales de acuerdo con el Real Decreto 750/2014, de 5 de septiembre, para las actividades de Lucha contra Incendios (Observación y patrullaje, coordinación, Lanzamiento de agua desde helicóptero y traslado de personal adicional especialista) El propuesto como adjudicatario en cada lote acreditará esta condición mediante la presentación del Certificado de Operador Especial y el listado de matrículas asociado. El adjudicatario de cada lote deberá mantener la vigencia del certificado de operador especial durante la vigencia del contrato. En caso de ser propuesto como adjudicatario en más de un lote, se deberá acreditar el cumplimiento de la solvencia técnica por un importe igual o superior a las exigidas acumulativamente para la suma de los lotes propuestos a adjudicar.
- Certificados de control de calidad expedidos por los institutos o servicios oficiales - De conformidad con lo dispuesto en el artículo 90.1 a) de la LCSP la acreditación de la solvencia técnica se efectuará mediante la relación la relación de los principales servicios o trabajos realizados, en los tres últimos años, de igual o similar naturaleza que los que constituyen el objeto del contrato, cuyo importe anual acumulado en el año de mayor ejecución sea igual o superior a 3.233.594,00 €. Los servicios o trabajos realizados se acreditarán mediante certificados expedidos o visados por el órgano competente, cuando el destinatario sea una entidad del sector público,; cuando el destinatario sea un sujeto privado, mediante un certificado expedido por este o, a falta de este certificado, mediante una declaración del empresario acompañado de los documentos obrantes en poder del mismo que acrediten la realización de la prestación; en su caso estos certificados serán comunicados directamente al órgano de contratación por la autoridad competente. Para determinar que un suministro es de igual o similar naturaleza al que constituye el objeto del contrato se atenderá a los tres primeros dígitos de los respectivos códigos de la CPV. También el propuesto como adjudicatario deberá estar en posesión de Certificado de Operador Especial (COE), para el modelo de aeronave presentada, autorización por el organismo competente (Agencia Estatal de Seguridad Aérea) para efectuar los trabajos aéreos relacionados con la lucha contra incendios forestales de acuerdo con el Real Decreto 750/2014, de 5 de septiembre, para las actividades de Lucha contra Incendios (Observación y patrullaje, coordinación, Lanzamiento de agua desde helicóptero y traslado de personal adicional especialista) El propuesto como adjudicatario en cada lote acreditará esta condición mediante la presentación del Certificado de Operador Especial y el listado de matrículas asociado. El adjudicatario de cada lote deberá mantener la vigencia del certificado de operador especial durante la vigencia del contrato. En caso de ser propuesto como adjudicatario en más de un lote, se deberá acreditar el cumplimiento de la solvencia técnica por un importe igual o superior a las exigidas acumulativamente para la suma de los lotes propuestos a adjudicar.
- Trabajos realizados - De conformidad con lo dispuesto en el artículo 90.1 a) de la LCSP la acreditación de la solvencia técnica se efectuará mediante la relación la relación de los principales servicios o trabajos realizados, en los tres últimos años, de igual o similar naturaleza que los que constituyen el objeto del contrato, cuyo importe anual acumulado en el año de mayor ejecución sea igual o superior a 2.467.640,00 €. Los servicios o trabajos realizados se acreditarán mediante certificados expedidos o visados por el órgano competente, cuando el destinatario sea una entidad del sector público,; cuando el destinatario sea un sujeto privado, mediante un certificado expedido por este o, a falta de este certificado, mediante una declaración del empresario acompañado de los documentos obrantes en poder del mismo que acrediten la realización de la prestación; en su caso estos certificados serán comunicados directamente al órgano de contratación por la autoridad competente. Para determinar que un suministro es de igual o similar naturaleza al que constituye el objeto del contrato se atenderá a los tres primeros dígitos de los respectivos códigos de la CPV. También el propuesto como adjudicatario deberá estar en posesión de Certificado de Operador Especial (COE), para el modelo de aeronave presentada, autorización por el organismo competente (Agencia Estatal de Seguridad Aérea) para efectuar los trabajos aéreos relacionados con la lucha contra incendios forestales de acuerdo con el Real Decreto 750/2014, de 5 de septiembre, para las actividades de Lucha contra Incendios (Observación y patrullaje, coordinación, Lanzamiento de agua desde helicóptero y traslado de personal adicional especialista) El propuesto como adjudicatario en cada lote acreditará esta condición mediante la presentación del Certificado de Operador Especial y el listado de matrículas asociado. El adjudicatario de cada lote deberá mantener la vigencia del certificado de operador especial durante la vigencia del contrato. En caso de ser propuesto como adjudicatario en más de un lote, se deberá acreditar el cumplimiento de la solvencia técnica por un importe igual o superior a las exigidas acumulativamente para la suma de los lotes propuestos a adjudicar.
- Trabajos realizados - De conformidad con lo dispuesto en el artículo 90.1 a) de la LCSP la acreditación de la solvencia técnica se efectuará mediante la relación la relación de los principales servicios o trabajos realizados, en los tres últimos años, de igual o similar naturaleza que los que constituyen el objeto del contrato, cuyo importe anual acumulado en el año de mayor ejecución sea igual o superior a 2.473.660,00 €. Los servicios o trabajos realizados se acreditarán mediante certificados expedidos o visados por el órgano competente, cuando el destinatario sea una entidad del sector público,; cuando el destinatario sea un sujeto privado, mediante un certificado expedido por este o, a falta de este certificado, mediante una declaración del empresario acompañado de los documentos obrantes en poder del mismo que acrediten la realización de la prestación; en su caso estos certificados serán comunicados directamente al órgano de contratación por la autoridad competente. Para determinar que un suministro es de igual o similar naturaleza al que constituye el objeto del contrato se atenderá a los tres primeros dígitos de los respectivos códigos de la CPV. También el propuesto como adjudicatario deberá estar en posesión de Certificado de Operador Especial (COE), para el modelo de aeronave presentada, autorización por el organismo competente (Agencia Estatal de Seguridad Aérea) para efectuar los trabajos aéreos relacionados con la lucha contra incendios forestales de acuerdo con el Real Decreto 750/2014, de 5 de septiembre, para las actividades de Lucha contra Incendios (Observación y patrullaje, coordinación, Lanzamiento de agua desde helicóptero y traslado de personal adicional especialista) El propuesto como adjudicatario en cada lote acreditará esta condición mediante la presentación del Certificado de Operador Especial y el listado de matrículas asociado. El adjudicatario de cada lote deberá mantener la vigencia del certificado de operador especial durante la vigencia del contrato. En caso de ser propuesto como adjudicatario en más de un lote, se deberá acreditar el cumplimiento de la solvencia técnica por un importe igual o superior a las exigidas acumulativamente para la suma de los lotes propuestos a adjudicar.
- Trabajos realizados - De conformidad con lo dispuesto en el artículo 90.1 a) de la LCSP la acreditación de la solvencia técnica se efectuará mediante la relación la relación de los principales servicios o trabajos realizados, en los tres últimos años, de igual o similar naturaleza que los que constituyen el objeto del contrato, cuyo importe anual acumulado en el año de mayor ejecución sea igual o superior a 2.731.260,00 €. Los servicios o trabajos realizados se acreditarán mediante certificados expedidos o visados por el órgano competente, cuando el destinatario sea una entidad del sector público,; cuando el destinatario sea un sujeto privado, mediante un certificado expedido por este o, a falta de este certificado, mediante una declaración del empresario acompañado de los documentos obrantes en poder del mismo que acrediten la realización de la prestación; en su caso estos certificados serán comunicados directamente al órgano de contratación por la autoridad competente. Para determinar que un suministro es de igual o similar naturaleza al que constituye el objeto del contrato se atenderá a los tres primeros dígitos de los respectivos códigos de la CPV. También el propuesto como adjudicatario deberá estar en posesión de Certificado de Operador Especial (COE), para el modelo de aeronave presentada, autorización por el organismo competente (Agencia Estatal de Seguridad Aérea) para efectuar los trabajos aéreos relacionados con la lucha contra incendios forestales de acuerdo con el Real Decreto 750/2014, de 5 de septiembre, para las actividades de Lucha contra Incendios (Observación y patrullaje, coordinación, Lanzamiento de agua desde helicóptero y traslado de personal adicional especialista) El propuesto como adjudicatario en cada lote acreditará esta condición mediante la presentación del Certificado de Operador Especial y el listado de matrículas asociado. El adjudicatario de cada lote deberá mantener la vigencia del certificado de operador especial durante la vigencia del contrato. En caso de ser propuesto como adjudicatario en más de un lote, se deberá acreditar el cumplimiento de la solvencia técnica por un importe igual o superior a las exigidas acumulativamente para la suma de los lotes propuestos a adjudicar.
- Trabajos realizados - De conformidad con lo dispuesto en el artículo 90.1 a) de la LCSP la acreditación de la solvencia técnica se efectuará mediante la relación la relación de los principales servicios o trabajos realizados, en los tres últimos años, de igual o similar naturaleza que los que constituyen el objeto del contrato, cuyo importe anual acumulado en el año de mayor ejecución sea igual o superior a 2.149.742,60 €. Los servicios o trabajos realizados se acreditarán mediante certificados expedidos o visados por el órgano competente, cuando el destinatario sea una entidad del sector público,; cuando el destinatario sea un sujeto privado, mediante un certificado expedido por este o, a falta de este certificado, mediante una declaración del empresario acompañado de los documentos obrantes en poder del mismo que acrediten la realización de la prestación; en su caso estos certificados serán comunicados directamente al órgano de contratación por la autoridad competente. Para determinar que un suministro es de igual o similar naturaleza al que constituye el objeto del contrato se atenderá a los tres primeros dígitos de los respectivos códigos de la CPV. También el propuesto como adjudicatario deberá estar en posesión de Certificado de Operador Especial (COE), para el modelo de aeronave presentada, autorización por el organismo competente (Agencia Estatal de Seguridad Aérea) para efectuar los trabajos aéreos relacionados con la lucha contra incendios forestales de acuerdo con el Real Decreto 750/2014, de 5 de septiembre, para las actividades de Lucha contra Incendios (Observación y patrullaje, coordinación, Lanzamiento de agua desde helicóptero y traslado de personal adicional especialista) El propuesto como adjudicatario en cada lote acreditará esta condición mediante la presentación del Certificado de Operador Especial y el listado de matrículas asociado. El adjudicatario de cada lote deberá mantener la vigencia del certificado de operador especial durante la vigencia del contrato. En caso de ser propuesto como adjudicatario en más de un lote, se deberá acreditar el cumplimiento de la solvencia técnica por un importe igual o superior a las exigidas acumulativamente para la suma de los lotes propuestos a adjudicar.
Calificaciones financieras
- Cifra anual de negocio - De conformidad con lo dispuesto en el artículo 87.1 a) de la LCSP la acreditación de la solvencia económica y financiera será el volumen anual de negocios del licitador o candidato, que referido al año de mayor volumen de negocio de los tres últimos concluidos deberá ser al menos 4.606.590,00 €. El volumen anual de negocios del licitador o candidato se acreditará por medio de sus cuentas anuales aprobadas y depositadas en el Registro Mercantil, si el empresario estuviera inscrito en dicho registro, y en caso contrario por las depositadas en el registro oficial en que deba estar inscrito. Los empresarios individuales no inscritos en el Registro Mercantil acreditarán su volumen anual de negocios mediante sus libros de inventarios y cuentas anuales legalizados por el Registro Mercantil. En caso de ser propuesto como adjudicatario en más de un lote, se deberá acreditar el cumplimiento de la solvencia económica y financiera por un importe igual o superior a las exigidas acumulativamente para la suma de los lotes propuestos a adjudicar.
- Cifra anual de negocio - De conformidad con lo dispuesto en el artículo 87.1 a) de la LCSP la acreditación de la solvencia económica y financiera será el volumen anual de negocios del licitador o candidato, que referido al año de mayor volumen de negocio de los tres últimos concluidos deberá ser al menos 5.287.800,00 €. El volumen anual de negocios del licitador o candidato se acreditará por medio de sus cuentas anuales aprobadas y depositadas en el Registro Mercantil, si el empresario estuviera inscrito en dicho registro, y en caso contrario por las depositadas en el registro oficial en que deba estar inscrito. Los empresarios individuales no inscritos en el Registro Mercantil acreditarán su volumen anual de negocios mediante sus libros de inventarios y cuentas anuales legalizados por el Registro Mercantil. En caso de ser propuesto como adjudicatario en más de un lote, se deberá acreditar el cumplimiento de la solvencia económica y financiera por un importe igual o superior a las exigidas acumulativamente para la suma de los lotes propuestos a adjudicar.
- Cifra anual de negocio - De conformidad con lo dispuesto en el artículo 87.1 a) de la LCSP la acreditación de la solvencia económica y financiera será el volumen anual de negocios del licitador o candidato, que referido al año de mayor volumen de negocio de los tres últimos concluidos deberá ser al menos 11.760.300,00 €. El volumen anual de negocios del licitador o candidato se acreditará por medio de sus cuentas anuales aprobadas y depositadas en el Registro Mercantil, si el empresario estuviera inscrito en dicho registro, y en caso contrario por las depositadas en el registro oficial en que deba estar inscrito. Los empresarios individuales no inscritos en el Registro Mercantil acreditarán su volumen anual de negocios mediante sus libros de inventarios y cuentas anuales legalizados por el Registro Mercantil. En caso de ser propuesto como adjudicatario en más de un lote, se deberá acreditar el cumplimiento de la solvencia económica y financiera por un importe igual o superior a las exigidas acumulativamente para la suma de los lotes propuestos a adjudicar.
- Cifra anual de negocio - De conformidad con lo dispuesto en el artículo 87.1 a) de la LCSP la acreditación de la solvencia económica y financiera será el volumen anual de negocios del licitador o candidato, que referido al año de mayor volumen de negocio de los tres últimos concluidos deberá ser al menos 6.929.130,00€. El volumen anual de negocios del licitador o candidato se acreditará por medio de sus cuentas anuales aprobadas y depositadas en el Registro Mercantil, si el empresario estuviera inscrito en dicho registro, y en caso contrario por las depositadas en el registro oficial en que deba estar inscrito. Los empresarios individuales no inscritos en el Registro Mercantil acreditarán su volumen anual de negocios mediante sus libros de inventarios y cuentas anuales legalizados por el Registro Mercantil. En caso de ser propuesto como adjudicatario en más de un lote, se deberá acreditar el cumplimiento de la solvencia económica y financiera por un importe igual o superior a las exigidas acumulativamente para la suma de los lotes propuestos a adjudicar.
- Cifra anual de negocio - De conformidad con lo dispuesto en el artículo 87.1 a) de la LCSP la acreditación de la solvencia económica y financiera será el volumen anual de negocios del licitador o candidato, que referido al año de mayor volumen de negocio de los tres últimos concluidos deberá ser al menos 5.300.700,00 €. El volumen anual de negocios del licitador o candidato se acreditará por medio de sus cuentas anuales aprobadas y depositadas en el Registro Mercantil, si el empresario estuviera inscrito en dicho registro, y en caso contrario por las depositadas en el registro oficial en que deba estar inscrito. Los empresarios individuales no inscritos en el Registro Mercantil acreditarán su volumen anual de negocios mediante sus libros de inventarios y cuentas anuales legalizados por el Registro Mercantil. En caso de ser propuesto como adjudicatario en más de un lote, se deberá acreditar el cumplimiento de la solvencia económica y financiera por un importe igual o superior a las exigidas acumulativamente para la suma de los lotes propuestos a adjudicar.
- Cifra anual de negocio - De conformidad con lo dispuesto en el artículo 87.1 a) de la LCSP la acreditación de la solvencia económica y financiera será el volumen anual de negocios del licitador o candidato, que referido al año de mayor volumen de negocio de los tres últimos concluidos deberá ser al menos 5.852.700,00 €. El volumen anual de negocios del licitador o candidato se acreditará por medio de sus cuentas anuales aprobadas y depositadas en el Registro Mercantil, si el empresario estuviera inscrito en dicho registro, y en caso contrario por las depositadas en el registro oficial en que deba estar inscrito. Los empresarios individuales no inscritos en el Registro Mercantil acreditarán su volumen anual de negocios mediante sus libros de inventarios y cuentas anuales legalizados por el Registro Mercantil. En caso de ser propuesto como adjudicatario en más de un lote, se deberá acreditar el cumplimiento de la solvencia económica y financiera por un importe igual o superior a las exigidas acumulativamente para la suma de los lotes propuestos a adjudicar.
- Cifra anual de negocio - De conformidad con lo dispuesto en el artículo 87.1 a) de la LCSP la acreditación de la solvencia económica y financiera será el volumen anual de negocios del licitador o candidato, que referido al año de mayor volumen de negocio de los tres últimos concluidos deberá ser al menos 1.236.150,00 €. El volumen anual de negocios del licitador o candidato se acreditará por medio de sus cuentas anuales aprobadas y depositadas en el Registro Mercantil, si el empresario estuviera inscrito en dicho registro, y en caso contrario por las depositadas en el registro oficial en que deba estar inscrito. Los empresarios individuales no inscritos en el Registro Mercantil acreditarán su volumen anual de negocios mediante sus libros de inventarios y cuentas anuales legalizados por el Registro Mercantil. En caso de ser propuesto como adjudicatario en más de un lote, se deberá acreditar el cumplimiento de la solvencia económica y financiera por un importe igual o superior a las exigidas acumulativamente para la suma de los lotes propuestos a adjudicar.
- Cifra anual de negocio - De conformidad con lo dispuesto en el artículo 87.1 a) de la LCSP la acreditación de la solvencia económica y financiera será el volumen anual de negocios del licitador o candidato, que referido al año de mayor volumen de negocio de los tres últimos concluidos deberá ser al menos 5.852.700,00 €. El volumen anual de negocios del licitador o candidato se acreditará por medio de sus cuentas anuales aprobadas y depositadas en el Registro Mercantil, si el empresario estuviera inscrito en dicho registro, y en caso contrario por las depositadas en el registro oficial en que deba estar inscrito. Los empresarios individuales no inscritos en el Registro Mercantil acreditarán su volumen anual de negocios mediante sus libros de inventarios y cuentas anuales legalizados por el Registro Mercantil. En caso de ser propuesto como adjudicatario en más de un lote, se deberá acreditar el cumplimiento de la solvencia económica y financiera por un importe igual o superior a las exigidas acumulativamente para la suma de los lotes propuestos a adjudicar.
Calificaciones específicas
- Preferencia para empresas con trabajadores con discapacidad - Declaración sobre personas con discapacidad
- Capacidad de obrar - Capacidad de obrar
- Para las empresas extranjeras, declaración de sometimiento a la legislación española. - Para las empresas extranjeras, declaración de sometimiento a la legislación española.
- No estar incurso en incompatibilidades - No estar incurso en incompatibilidades
- No prohibición para contratar - No prohibición para contratar
- Cumplimiento con las obligaciones con la Seguridad Social - Cumplimiento con las obligaciones con la Seguridad Social
- Cumplimiento con las obligaciones tributarias - Cumplimiento con las obligaciones tributarias
Garantías financieras
- Final - x5
Términos de adjudicación
- Sustitución del Sistema de imagen y vídeo por otro superior lote 8: 35%
- Sustitución por otro helicótero de mayores prestaciones lote 2: 25%
- Oferta económica lote 8: 35%
- Incorporación de cámara en todos los helicópteros lote 7: 26%
- Oferta económica lote 7: 50%
- Incorporación de cámara en todos los helicópteros lote 1: 25%
- Oferta económica lote 2: 40%
- Oferta económica lote 6: 50%
- Incremento de 11 días de prestación del servicio lote 6: 17%
- Formación lote 1: 5%
- Incremento de 14 días de prestación del servicio lote 7: 20%
- Formación lote 4: 3%
- Oferta económica lote 4: 40%
- Incorporación de cámara en todos los helicópteros lote 6: 29%
- Formación lote 6: 4%
- Incorporación de cámara en todos los helicópteros lote 3: 30%
- Incorporación de cámara en todos los helicópteros lote 5: 29%
- Formación lote 2: 5%
- Mejora potencia útil lote 4: 42%
- Sustitución por otro helicóptero de mayores prestaciones lote 3: 25%
- Incorporación de cámara en todos los helicópteros lote 2: 30%
- Formación lote 5: 4%
- Incremento de 14 días de prestación del servicio lote 5: 22%
- Formación lote 7: 4%
- Sustitución por otro helicóptero de mayores prestaciones lote 1: 30%
- Oferta económica lote 1: 40%
- Formación lote 3: 5%
- Incorporación de cámara en todos los helicópteros lote 4: 15%
- Incorporación de cámara en el avión de coordinación lote 8: 30%
- Oferta económica lote 3: 40%
- Oferta económica lote 5: 45%
Documentos
Lotes
Lote 001
1 HT li 4 m y 1 HT li 6 m y 1 HT li 12 m
Importe
9.214.700,00 €
Importe sin impuestos
9.214.700,00 €
Lote 002
2HTli 8m(Qui-Villar) y 2HTli 4m(Ceb-Gar)
Importe
10.601.400,00 €
Importe sin impuestos
10.601.400,00 €
Lote 003
2HTli 8m y 2 HTli 4m (Piedr y Casillas)
Importe
10.575.600,00 €
Importe sin impuestos
10.575.600,00 €
Lote 004
3 HT me 8 m y 3HT me 4 m
Importe
23.520.600,00 €
Importe sin impuestos
23.520.600,00 €
Lote 005
2HTsm 8m y 2 HTsm 4m (Medina y Villael)
Importe
11.705.400,00 €
Importe sin impuestos
11.705.400,00 €
Lote 006
2HTsm 8m(Rab-Co) y 2HTsm 4m(Sah-Bod)
Importe
11.705.400,00 €
Importe sin impuestos
11.705.400,00 €
Lote 007
1HTsm 12m y 2HTsm 8m y 1HTsm 4m
Importe
13.859.900,00 €
Importe sin impuestos
13.859.900,00 €
Lote 008
1 avión coordinación 4m
Importe
2.472.300,00 €
Importe sin impuestos
2.472.300,00 €
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