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Lugar de ejecución

Córdoba, Andalucía, España

Anuncio de Licitación

25/03/2024

Perfil del contratante

Fin Plazo Presentación

09/04/2024

Finalizado

Anuncio de Pliegos

17/06/2024

Perfil del contratante

Anuncio de Adjudicación

17/06/2024

Perfil del contratante

Anuncio de Formalización

17/06/2024

Perfil del contratante

Anuncio Modificación de Contrato

05/05/2025

Perfil del contratante

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Licitación de Servicios de Formación en Córdoba

Contratación por lotes de los servicios de formación y asistencia técnica a empresas y entidades locales de la provincia de Córdoba del Proyecto de Creación de Experiencia Turística Sostenible "OLEOTURISMO EN ESPAÑA"

Perfil del contratante

Diputación provincial de Córdoba

Datos generales

Estado

Resuelta

Presupuesto base de licitación

102.850,00 €

Importe sin impuestos

85.000,00 €

Valor estimado del contrato

85.000,00 €

Referencia

Ver

Enlace a la fuente oficial

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Publicación

25/03/2024

Ultima actualización

05/05/2025

Periodo estimado Inicio

-

Periodo estimado Final

-

Duración

1 Año

Códigos CPV

79341400 - Servicios de campañas de publicidad

80510000 - Servicios de formación especializada

79410000 - Servicios de consultoría comercial y en gestión

79340000 - Servicios de publicidad y de marketing

79341000 - Servicios de publicidad

79341200 - Servicios de gestión publicitaria

72413000 - Servicios de diseño de sitios web WWW

Proceso de licitación

Proceso

Abierto simplificado

Urgencia

Ordinaria

Sistema de contratación

No aplica

Método de envío

Electrónica

Plazo de presentación ofertas

Hasta 09/04/2024

Presentación

A uno o varios lotes

Cantidad máxima de presentación de lotes

5

Cantidad máxima de lotes adjudicados

5

Período disponibilidad documentos

Hasta 09/04/2024

Términos y Calificaciones

Calificaciones técnicas

  • Trabajos realizados - La solvencia técnica o profesional se acreditará mediante (artículo 90.1 de la LCSP): Una relación de los principales servicios o trabajos realizados de igual o similar naturaleza que los que constituyen el objeto del contrato en el curso de, como máximo los tres últimos años, en la que se indique importe, fecha y destinatario, público o privado de los mismos. El importe anual acumulado en el año de mayor ejecución deberá ser igual o superior al valor estimado de cada lote, según lo siguiente: Lote 1; 10.000€; Lote 2; 12,000€; Lote 3; 28.000€; Lote 4; 25.000€; Lote 5; 10.000€, Para determinar que un servicio es de igual o similar naturaleza al que constituye el objeto del contrato, se atenderá a los tres primeros dígitos de los respectivos códigos de la CPV. La relación de los servicios realizados se acreditará mediante certificados expedidos o visados por el órgano competente, cuando el destinatario sea una entidad del sector público o, cuando el destinatario sea un sujeto privado, mediante un certificado expedido por este o, a falta de este certificado, mediante una declaración del empresario acompañada de los documentos obrantes en poder del mismo que acrediten la realización de la prestación. Cuando el licitador pretenda acreditar su solvencia técnica con trabajos realizados para la propia Diputación de Córdoba, no resultará obligatorio aportar el certificado antes aludido, siendo suficiente con que indique el número de expediente y la denominación del contrato de que se trate para que pueda verificarse la existencia de la documentación que acredite la recepción del trabajo. Otros medios de prueba de la solvencia técnica o profesional: Al tratarse de un contrato no sujeto a regulación armonizada, cuando se trate de una empresa sea “de nueva creación”, entendiendo por tal aquella que tenga una antigüedad inferior a cinco años, de conformidad con lo previsto en el artículo 90.4 de la LCSP, deberá acreditar la solvencia técnica o profesional mediante servicios o trabajos realizados de igual o similar naturaleza que los que constituyen el objeto del contrato por el equipo humano adscrito a la ejecución del contrato.
  • Trabajos realizados - La solvencia técnica o profesional se acreditará mediante (artículo 90.1 de la LCSP): Una relación de los principales servicios o trabajos realizados de igual o similar naturaleza que los que constituyen el objeto del contrato en el curso de, como máximo los tres últimos años, en la que se indique importe, fecha y destinatario, público o privado de los mismos. El importe anual acumulado en el año de mayor ejecución deberá ser igual o superior al valor estimado de cada lote, según lo siguiente: Lote 1; 10.000€; Lote 2; 12,000€; Lote 3; 28.000€; Lote 4; 25.000€; Lote 5; 10.000€, Para determinar que un servicio es de igual o similar naturaleza al que constituye el objeto del contrato, se atenderá a los tres primeros dígitos de los respectivos códigos de la CPV. La relación de los servicios realizados se acreditará mediante certificados expedidos o visados por el órgano competente, cuando el destinatario sea una entidad del sector público o, cuando el destinatario sea un sujeto privado, mediante un certificado expedido por este o, a falta de este certificado, mediante una declaración del empresario acompañada de los documentos obrantes en poder del mismo que acrediten la realización de la prestación. Cuando el licitador pretenda acreditar su solvencia técnica con trabajos realizados para la propia Diputación de Córdoba, no resultará obligatorio aportar el certificado antes aludido, siendo suficiente con que indique el número de expediente y la denominación del contrato de que se trate para que pueda verificarse la existencia de la documentación que acredite la recepción del trabajo. Otros medios de prueba de la solvencia técnica o profesional: Al tratarse de un contrato no sujeto a regulación armonizada, cuando se trate de una empresa sea “de nueva creación”, entendiendo por tal aquella que tenga una antigüedad inferior a cinco años, de conformidad con lo previsto en el artículo 90.4 de la LCSP, deberá acreditar la solvencia técnica o profesional mediante servicios o trabajos realizados de igual o similar naturaleza que los que constituyen el objeto del contrato por el equipo humano adscrito a la ejecución del contrato.
  • Trabajos realizados - La solvencia técnica o profesional se acreditará mediante (artículo 90.1 de la LCSP): Una relación de los principales servicios o trabajos realizados de igual o similar naturaleza que los que constituyen el objeto del contrato en el curso de, como máximo los tres últimos años, en la que se indique importe, fecha y destinatario, público o privado de los mismos. El importe anual acumulado en el año de mayor ejecución deberá ser igual o superior al valor estimado de cada lote, según lo siguiente: Lote 1; 10.000€; Lote 2; 12,000€; Lote 3; 28.000€; Lote 4; 25.000€; Lote 5; 10.000€, Para determinar que un servicio es de igual o similar naturaleza al que constituye el objeto del contrato, se atenderá a los tres primeros dígitos de los respectivos códigos de la CPV. La relación de los servicios realizados se acreditará mediante certificados expedidos o visados por el órgano competente, cuando el destinatario sea una entidad del sector público o, cuando el destinatario sea un sujeto privado, mediante un certificado expedido por este o, a falta de este certificado, mediante una declaración del empresario acompañada de los documentos obrantes en poder del mismo que acrediten la realización de la prestación. Cuando el licitador pretenda acreditar su solvencia técnica con trabajos realizados para la propia Diputación de Córdoba, no resultará obligatorio aportar el certificado antes aludido, siendo suficiente con que indique el número de expediente y la denominación del contrato de que se trate para que pueda verificarse la existencia de la documentación que acredite la recepción del trabajo. Otros medios de prueba de la solvencia técnica o profesional: Al tratarse de un contrato no sujeto a regulación armonizada, cuando se trate de una empresa sea “de nueva creación”, entendiendo por tal aquella que tenga una antigüedad inferior a cinco años, de conformidad con lo previsto en el artículo 90.4 de la LCSP, deberá acreditar la solvencia técnica o profesional mediante servicios o trabajos realizados de igual o similar naturaleza que los que constituyen el objeto del contrato por el equipo humano adscrito a la ejecución del contrato.
  • Trabajos realizados - La solvencia técnica o profesional se acreditará mediante (artículo 90.1 de la LCSP): Una relación de los principales servicios o trabajos realizados de igual o similar naturaleza que los que constituyen el objeto del contrato en el curso de, como máximo los tres últimos años, en la que se indique importe, fecha y destinatario, público o privado de los mismos. El importe anual acumulado en el año de mayor ejecución deberá ser igual o superior al valor estimado de cada lote, según lo siguiente: Lote 1; 10.000€; Lote 2; 12,000€; Lote 3; 28.000€; Lote 4; 25.000€; Lote 5; 10.000€, Para determinar que un servicio es de igual o similar naturaleza al que constituye el objeto del contrato, se atenderá a los tres primeros dígitos de los respectivos códigos de la CPV. La relación de los servicios realizados se acreditará mediante certificados expedidos o visados por el órgano competente, cuando el destinatario sea una entidad del sector público o, cuando el destinatario sea un sujeto privado, mediante un certificado expedido por este o, a falta de este certificado, mediante una declaración del empresario acompañada de los documentos obrantes en poder del mismo que acrediten la realización de la prestación. Cuando el licitador pretenda acreditar su solvencia técnica con trabajos realizados para la propia Diputación de Córdoba, no resultará obligatorio aportar el certificado antes aludido, siendo suficiente con que indique el número de expediente y la denominación del contrato de que se trate para que pueda verificarse la existencia de la documentación que acredite la recepción del trabajo. Otros medios de prueba de la solvencia técnica o profesional: Al tratarse de un contrato no sujeto a regulación armonizada, cuando se trate de una empresa sea “de nueva creación”, entendiendo por tal aquella que tenga una antigüedad inferior a cinco años, de conformidad con lo previsto en el artículo 90.4 de la LCSP, deberá acreditar la solvencia técnica o profesional mediante servicios o trabajos realizados de igual o similar naturaleza que los que constituyen el objeto del contrato por el equipo humano adscrito a la ejecución del contrato.
  • Trabajos realizados - La solvencia técnica o profesional se acreditará mediante (artículo 90.1 de la LCSP): Una relación de los principales servicios o trabajos realizados de igual o similar naturaleza que los que constituyen el objeto del contrato en el curso de, como máximo los tres últimos años, en la que se indique importe, fecha y destinatario, público o privado de los mismos. El importe anual acumulado en el año de mayor ejecución deberá ser igual o superior al valor estimado de cada lote, según lo siguiente: Lote 1; 10.000€; Lote 2; 12,000€; Lote 3; 28.000€; Lote 4; 25.000€; Lote 5; 10.000€, Para determinar que un servicio es de igual o similar naturaleza al que constituye el objeto del contrato, se atenderá a los tres primeros dígitos de los respectivos códigos de la CPV. La relación de los servicios realizados se acreditará mediante certificados expedidos o visados por el órgano competente, cuando el destinatario sea una entidad del sector público o, cuando el destinatario sea un sujeto privado, mediante un certificado expedido por este o, a falta de este certificado, mediante una declaración del empresario acompañada de los documentos obrantes en poder del mismo que acrediten la realización de la prestación. Cuando el licitador pretenda acreditar su solvencia técnica con trabajos realizados para la propia Diputación de Córdoba, no resultará obligatorio aportar el certificado antes aludido, siendo suficiente con que indique el número de expediente y la denominación del contrato de que se trate para que pueda verificarse la existencia de la documentación que acredite la recepción del trabajo. Otros medios de prueba de la solvencia técnica o profesional: Al tratarse de un contrato no sujeto a regulación armonizada, cuando se trate de una empresa sea “de nueva creación”, entendiendo por tal aquella que tenga una antigüedad inferior a cinco años, de conformidad con lo previsto en el artículo 90.4 de la LCSP, deberá acreditar la solvencia técnica o profesional mediante servicios o trabajos realizados de igual o similar naturaleza que los que constituyen el objeto del contrato por el equipo humano adscrito a la ejecución del contrato.

Calificaciones financieras

  • Seguro de indemnización - La solvencia económica y financiera se acreditará mediante (artículo 87.1 de la LCSP): Seguro de responsabilidad civil por riesgos profesionales por importe igual o superior a valor estimado del contrato. La vigencia del seguro se mantendrá, como mínimo, hasta la finalización del plazo de presentación de ofertas, aportando el compromiso de su renovación o prórroga, de tal forma que se garantice el mantenimiento de su cobertura durante toda la ejecución del contrato, incluidas prórrogas. Medio de acreditación: Certificado expedido por el asegurador, en el que consten los importes y riesgos asegurados y la fecha de vencimiento del seguro, el documento de compromiso vinculante de suscripción, prórroga o renovación del seguro, así como el justificante de pago de la prima correspondiente. Por lo que respecta a las cuantías se fijan: Lote 1; 10.000€ Lote 2; 12.000€ Lote 3; 28.000€ Lote 4; 25.000€ Lote 5; 10.000€. Este requisito será exigible igualmente para las empresas de nueva creación y no es integrable con medios externos (artículo 75 LCSP).
  • Seguro de indemnización - La solvencia económica y financiera se acreditará mediante (artículo 87.1 de la LCSP): Seguro de responsabilidad civil por riesgos profesionales por importe igual o superior a valor estimado del contrato. La vigencia del seguro se mantendrá, como mínimo, hasta la finalización del plazo de presentación de ofertas, aportando el compromiso de su renovación o prórroga, de tal forma que se garantice el mantenimiento de su cobertura durante toda la ejecución del contrato, incluidas prórrogas. Medio de acreditación: Certificado expedido por el asegurador, en el que consten los importes y riesgos asegurados y la fecha de vencimiento del seguro, el documento de compromiso vinculante de suscripción, prórroga o renovación del seguro, así como el justificante de pago de la prima correspondiente. Por lo que respecta a las cuantías se fijan: Lote 1; 10.000€ Lote 2; 12.000€ Lote 3; 28.000€ Lote 4; 25.000€ Lote 5; 10.000€. Este requisito será exigible igualmente para las empresas de nueva creación y no es integrable con medios externos (artículo 75 LCSP).
  • Seguro de indemnización - La solvencia económica y financiera se acreditará mediante (artículo 87.1 de la LCSP): Seguro de responsabilidad civil por riesgos profesionales por importe igual o superior a valor estimado del contrato. La vigencia del seguro se mantendrá, como mínimo, hasta la finalización del plazo de presentación de ofertas, aportando el compromiso de su renovación o prórroga, de tal forma que se garantice el mantenimiento de su cobertura durante toda la ejecución del contrato, incluidas prórrogas. Medio de acreditación: Certificado expedido por el asegurador, en el que consten los importes y riesgos asegurados y la fecha de vencimiento del seguro, el documento de compromiso vinculante de suscripción, prórroga o renovación del seguro, así como el justificante de pago de la prima correspondiente. Por lo que respecta a las cuantías se fijan: Lote 1; 10.000€ Lote 2; 12.000€ Lote 3; 28.000€ Lote 4; 25.000€ Lote 5; 10.000€. Este requisito será exigible igualmente para las empresas de nueva creación y no es integrable con medios externos (artículo 75 LCSP).
  • Seguro de indemnización - La solvencia económica y financiera se acreditará mediante (artículo 87.1 de la LCSP): Seguro de responsabilidad civil por riesgos profesionales por importe igual o superior a valor estimado del contrato. La vigencia del seguro se mantendrá, como mínimo, hasta la finalización del plazo de presentación de ofertas, aportando el compromiso de su renovación o prórroga, de tal forma que se garantice el mantenimiento de su cobertura durante toda la ejecución del contrato, incluidas prórrogas. Medio de acreditación: Certificado expedido por el asegurador, en el que consten los importes y riesgos asegurados y la fecha de vencimiento del seguro, el documento de compromiso vinculante de suscripción, prórroga o renovación del seguro, así como el justificante de pago de la prima correspondiente. Por lo que respecta a las cuantías se fijan: Lote 1; 10.000€ Lote 2; 12.000€ Lote 3; 28.000€ Lote 4; 25.000€ Lote 5; 10.000€. Este requisito será exigible igualmente para las empresas de nueva creación y no es integrable con medios externos (artículo 75 LCSP).
  • Seguro de indemnización - La solvencia económica y financiera se acreditará mediante (artículo 87.1 de la LCSP): Seguro de responsabilidad civil por riesgos profesionales por importe igual o superior a valor estimado del contrato. La vigencia del seguro se mantendrá, como mínimo, hasta la finalización del plazo de presentación de ofertas, aportando el compromiso de su renovación o prórroga, de tal forma que se garantice el mantenimiento de su cobertura durante toda la ejecución del contrato, incluidas prórrogas. Medio de acreditación: Certificado expedido por el asegurador, en el que consten los importes y riesgos asegurados y la fecha de vencimiento del seguro, el documento de compromiso vinculante de suscripción, prórroga o renovación del seguro, así como el justificante de pago de la prima correspondiente. Por lo que respecta a las cuantías se fijan: Lote 1; 10.000€ Lote 2; 12.000€ Lote 3; 28.000€ Lote 4; 25.000€ Lote 5; 10.000€. Este requisito será exigible igualmente para las empresas de nueva creación y no es integrable con medios externos (artículo 75 LCSP).

Calificaciones específicas

  • Cumplimiento con las obligaciones con la Seguridad Social - Cumplimiento con las obligaciones con la Seguridad Social
  • Capacidad de obrar - Capacidad de obrar
  • Para las empresas extranjeras, declaración de sometimiento a la legislación española. - Para las empresas extranjeras, declaración de sometimiento a la legislación española.
  • Estar prerregistrado en el ROLECE, y declarar que no ha habido modificaciones en los datos registrados - Estar prerregistrado en el ROLECE, y declarar que no ha habido modificaciones en los datos registrados
  • No estar incurso en incompatibilidades - No estar incurso en incompatibilidades
  • Cumplimiento con las obligaciones tributarias - Cumplimiento con las obligaciones tributarias
  • No prohibición para contratar - No prohibición para contratar

Garantías financieras

  • Final - x5
  • Especial - x5

Términos de adjudicación

  • Oferta Económica Lote 2: 50%
  • Oferta Económica Lote 1: 40%
  • Oferta Técnica Lote 3: 30%
  • Criterios calidad Lote 3: 30%
  • Criterios calidad Lote 2: 20%
  • Oferta Económica Lote 3: 40%
  • Criterios calidad Lote 4: 60%
  • Oferta Económica Lote 4: 40%
  • Criterios calidad Lote 5: 60%
  • Oferta Técnica Lote 1: 25%
  • Oferta Económica Lote 5: 40%
  • Criterios calidad Lote 1: 35%
  • Oferta Técnica Lote 2: 30%

Documentos

Lotes

Lote 1

Lote 1.- Formación para la mejora de la accesibilidad y la inclusión social en empresas y servicios que se adhieran al proyecto.

Importe

12.100,00 €

Importe sin impuestos

10.000,00 €

Lote 2

Lote 2.- Elaboración de un Plan de desarrollo Turístico sostenible y acciones de sensibilización por destino

Importe

14.520,00 €

Importe sin impuestos

12.000,00 €

Lote 3

Lote 3.- Asistencia técnica a empresas y entidades locales para la implantación del Manual de Experiencia

Importe

33.880,00 €

Importe sin impuestos

28.000,00 €

Lote 4

Lote 4.- Agencia Social Media

Importe

30.250,00 €

Importe sin impuestos

25.000,00 €

Lote 5

Lote 5.- Comunidad de viajeros

Importe

12.100,00 €

Importe sin impuestos

10.000,00 €

Resolución

Lote 1 - Formalizado: Al haber obtenido la mejor puntuación en los criterios de valoración de juicio de valor y evaluables automáticamente.

Fecha adjudicación

06/06/2024

Importe

6943,72 € - Baja (-43%)

Importe sin impuestos

5738,61 € - Baja (-43%)

Identificador contrato

305/24L1

Fecha contrato

10/06/2024

Lote 2 - Formalizado: Al haber obtenido la mejor puntuación calidad-precio.

Adjudicado a

-

Fecha adjudicación

21/06/2024

Importe

12.339,10 € - Baja (-15%)

Importe sin impuestos

10.197,60 € - Baja (-15%)

Identificador contrato

305/24L2

Fecha contrato

25/06/2024

Lote 3 - Formalizado: Al haber obtenido la mejor puntuación calidad-precio.

Adjudicado a

-

Fecha adjudicación

21/06/2024

Importe

27.436,02 € - Baja (-19%)

Importe sin impuestos

22.674,40 € - Baja (-19%)

Identificador contrato

305/24L3

Fecha contrato

25/06/2024

Lote 4 - Adjudicado: Al haber obtenido la mejor puntuación calidad-precio.

Fecha adjudicación

06/06/2024

Importe

19.662,50 € - Baja (-35%)

Importe sin impuestos

16.250,00 € - Baja (-35%)

Identificador contrato

305/24L4

Fecha contrato

11/06/2024

Lote 5 - Adjudicado: Al haber obtenido la mejor puntuación calidad-precio

Fecha adjudicación

06/06/2024

Importe

6050,00 € - Baja (-50%)

Importe sin impuestos

5000,00 € - Baja (-50%)

Identificador contrato

305/24L5

Fecha contrato

10/06/2024

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