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Lugar de ejecución

Madrid, Comunidad de madrid, España

Anuncio de Licitación

07/08/2026

Perfil del contratante

Anuncio de Pliegos

07/08/2026

Perfil del contratante

Fin Plazo Presentación

24/08/2026

Finaliza en 17 días

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Licitación Servicio integral de gestión de prevención de riesgos laborales para trabajadores excluidos del convenio 2019-2022

Se licita un servicio integral de gestión de prevención de riesgos laborales destinado a personas trabajadoras excluidas del ámbito de aplicación del Acuerdo Convenio 2019-2022. El contrato se estructura en cuatro lotes: vigilancia de la salud para aproximadamente 675 trabajadores anuales, actividades preventivas en seguridad laboral, higiene industrial, ergonomía y psicosociología aplicada, planes de autoprotección y simulacros, formación específica en prevención de riesgos laborales, y curso práctico en extinción de incendios. El servicio incluye planificación, ejecución, coordinación y asesoramiento en materia de prevención, con participación en identificación y evaluación de riesgos.

Perfil del contratante

Organismo autónomo Agencia para el Empleo de Madrid

Perfil del contratante

Organismo autónomo Agencia para el Empleo de Madrid

Datos generales

Estado

En Plazo

Presupuesto base de licitación

341.206,95 €

Importe sin impuestos

303.076,00 €

Valor estimado del contrato

666.767,20 €

Referencia

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Publicación

07/08/2026

Ultima actualización

07/08/2026

Periodo estimado Inicio

01/12/2026

Periodo estimado Final

-

Duración

24 Meses

Códigos CPV

71317210 - Servicios de consultoría en salud y seguridad

80550000 - Servicios de formación en materia de seguridad

Título oficial

Contrato integral de gestión de la prevención de riesgos laborales, para personas trabajadoras excluidas del ámbito de aplicación del "Acuerdo Convenio 2019-2022” (4 lotes)

Proceso de licitación

Proceso

Procedimiento Abierto

Urgencia

Ordinaria

Sistema de contratación

No aplica

Método de envío

Electrónica

Plazo de presentación ofertas

Hasta 24/08/2026

Presentación

A uno o varios lotes

Cantidad máxima de presentación de lotes

4

Cantidad máxima de lotes adjudicados

4

Período disponibilidad documentos

Hasta 24/08/2026

Términos y Calificaciones

Calificaciones técnicas

  • Trabajos realizados - -Artículo 90.1.a) LCSP: Una relación de los principales servicios o trabajos realizados de igual o similar naturaleza que los que constituyen el objeto del contrato en el curso de, como máximo los tres últimos años, en la que se indique el importe, la fecha y el destinatario, público o privado de los mismos. Requisitos mínimos de solvencia: Se deberá acreditar la realización de servicios similares o relacionados con los solicitados en el contrato durante los últimos tres años (2024, 2025 y 2026). El importe total de estos servicios debe ser igual o superior al 70 % del valor anual medio del lote (49.946,11 euros). Se considerarán como servicios similares aquellos cuya clasificación corresponda a los tres primeros dígitos de las CPVs de cada lote del contrato (805550000-4 Servicios de formación en materia de seguridad). Para el cómputo de anualidades, se tendrá en cuenta la mensualidad en la que concluya la fecha final de presentación de ofertas, y será esta mensualidad la que marcará el plazo para determinar las anteriores anualidades. Acreditación documental: La acreditación se realizará mediante una relación firmada por el/la representante legal de la entidad, detallando los servicios prestados durante los últimos tres años (2024, 2025 y 2026), con información sobre fechas, importes y beneficiarios. Se deberá especificar que el valor acumulado en el año de mayor ejecución del periodo mencionado sea igual o superior al 70 % del valor anual medio del lote. Esta relación debe ir acompañada de los certificados de ejecución correspondientes, conforme al artículo 90.1.a de la LCSP. Cuando el destinatario sea un sujeto privado, se acreditará la solvencia, mediante una declaración responsable, acompañada de los documentos obrantes en poder de éste que acrediten la realización de la prestación.
  • Plantilla media anual - Empresas de nueva creación. Lote 3: De conformidad con el artículo 90.4 de la LCSP, se establece un régimen específico de solvencia para las entidades de nueva creación, entendiendo por tales aquellas cuya fecha de inscripción en el registro correspondiente sea inferior a cinco (5) años respecto a la fecha de finalización del plazo de presentación de ofertas. Dichas entidades deberán acreditar su solvencia técnica o profesional mediante una declaración sobre la plantilla media anual de la empresa y del número de directivos durante los tres últimos años, o periodo inferior desde su constitución. El licitador deberá acreditar una estructura organizativa mínima que garantice la correcta ejecución del servicio y minimice los riesgos derivados de la inexperiencia operativa. Se exigen los siguientes umbrales mínimos: Plantilla media anual: Al menos tres (3) trabajadores. Estructura directiva: Al menos un (1) directivo. Dichos mínimos deberán haberse mantenido durante las anualidades 2024, 2025 y 2026. A efectos del cómputo de las anualidades, el plazo se determinará de forma retroactiva tomando como referencia la mensualidad de la fecha límite de presentación de ofertas. La solvencia se acreditará fehacientemente (a requerimiento del órgano de contratación tras la propuesta de adjudicación) mediante la aportación de: Informe de Plantilla Media de Trabajadores en Alta (ITA), emitido por la Tesorería General de la Seguridad Social, referido a los periodos solicitados. Declaración responsable suscrita por el representante legal de la entidad, en la que se identifique, dentro de la plantilla reflejada en el ITA, qué efectivos desempeñan funciones de dirección.
  • Plantilla media anual - Empresas de nueva creación Lote 2: De conformidad con el artículo 90.4 de la LCSP, se establece un régimen específico de solvencia para las entidades de nueva creación, entendiendo por tales aquellas cuya fecha de inscripción en el registro correspondiente sea inferior a cinco (5) años respecto a la fecha de finalización del plazo de presentación de ofertas. Dichas entidades deberán acreditar su solvencia técnica o profesional mediante una declaración sobre la plantilla media anual de la empresa y del número de directivos durante los tres últimos años, o periodo inferior desde su constitución. El licitador deberá acreditar una estructura organizativa mínima que garantice la correcta ejecución del servicio y minimice los riesgos derivados de la inexperiencia operativa. Se exigen los siguientes umbrales mínimos: Plantilla media anual: Al menos tres (3) trabajadores. Estructura directiva: Al menos un (1) directivo. Dichos mínimos deberán haberse mantenido durante las anualidades 2024, 2025 y 2026. A efectos del cómputo de las anualidades, el plazo se determinará de forma retroactiva tomando como referencia la mensualidad de la fecha límite de presentación de ofertas. La solvencia se acreditará fehacientemente (a requerimiento del órgano de contratación tras la propuesta de adjudicación) mediante la aportación de: Informe de Plantilla Media de Trabajadores en Alta (ITA), emitido por la Tesorería General de la Seguridad Social, referido a los periodos solicitados. Declaración responsable suscrita por el representante legal de la entidad, en la que se identifique, dentro de la plantilla reflejada en el ITA, qué efectivos desempeñan funciones de dirección.
  • Trabajos realizados - -Artículo 90.1.a) LCSP: Una relación de los principales servicios o trabajos realizados de igual o similar naturaleza que los que constituyen el objeto del contrato en el curso de, como máximo los tres últimos años, en la que se indique el importe, la fecha y el destinatario, público o privado de los mismos. Requisitos mínimos de solvencia: Se deberá acreditar la realización de servicios similares o relacionados con los solicitados en el contrato durante los últimos tres años (2024, 2025 y 2026). El importe total de estos servicios debe ser igual o superior al 70 % del valor anual medio del lote (7.217,46 euros). Se considerarán como servicios similares aquellos cuya clasificación corresponda a los tres primeros dígitos de las CPVs de cada lote del contrato (71317210-8 Servicios de consultoría en salud y seguridad). Para el cómputo de anualidades, se tendrá en cuenta la mensualidad en la que concluya la fecha final de presentación de ofertas, y será esta mensualidad la que marcará el plazo para determinar las anteriores anualidades. Acreditación documental: La acreditación se realizará mediante una relación firmada por el/la representante legal de la entidad, detallando los servicios prestados durante los últimos tres años (2024, 2025 y 2026), con información sobre fechas, importes y beneficiarios. Se deberá especificar que el valor acumulado en el año de mayor ejecución del periodo mencionado sea igual o superior al 70 % del valor anual medio del lote. Esta relación debe ir acompañada de los certificados de ejecución correspondientes, conforme al artículo 90.1.a de la LCSP. Cuando el destinatario sea un sujeto privado, se acreditará la solvencia, mediante una declaración responsable, acompañada de los documentos obrantes en poder de éste que acrediten la realización de la prestación.
  • Trabajos realizados - -Artículo 90.1.a) LCSP: Una relación de los principales servicios o trabajos realizados de igual o similar naturaleza que los que constituyen el objeto del contrato en el curso de, como máximo los tres últimos años, en la que se indique el importe, la fecha y el destinatario, público o privado de los mismos. Requisitos mínimos de solvencia: Se deberá acreditar la realización de servicios similares o relacionados con los solicitados en el contrato durante los últimos tres años (2024, 2025 y 2026). El importe total de estos servicios debe ser igual o superior al 70 % del valor anual medio del lote (3.696,00 euros). Se considerarán como servicios similares aquellos cuya clasificación corresponda a los tres primeros dígitos de las CPVs de cada lote del contrato (805550000-4 Servicios de formación en materia de seguridad). Para el cómputo de anualidades, se tendrá en cuenta la mensualidad en la que concluya la fecha final de presentación de ofertas, y será esta mensualidad la que marcará el plazo para determinar las anteriores anualidades. Acreditación documental: La acreditación se realizará mediante una relación firmada por el/la representante legal de la entidad, detallando los servicios prestados durante los últimos tres años (2024, 2025 y 2026), con información sobre fechas, importes y beneficiarios. Se deberá especificar que el valor acumulado en el año de mayor ejecución del periodo mencionado sea igual o superior al 70 % del valor anual medio del lote. Esta relación debe ir acompañada de los certificados de ejecución correspondientes, conforme al artículo 90.1.a de la LCSP. Cuando el destinatario sea un sujeto privado, se acreditará la solvencia, mediante una declaración responsable, acompañada de los documentos obrantes en poder de éste que acrediten la realización de la prestación.
  • Plantilla media anual - Empresas de nueva creación. Lote 4: De conformidad con el artículo 90.4 de la LCSP, se establece un régimen específico de solvencia para las entidades de nueva creación, entendiendo por tales aquellas cuya fecha de inscripción en el registro correspondiente sea inferior a cinco (5) años respecto a la fecha de finalización del plazo de presentación de ofertas. Dichas entidades deberán acreditar su solvencia técnica o profesional mediante una declaración sobre la plantilla media anual de la empresa y del número de directivos durante los tres últimos años, o periodo inferior desde su constitución. El licitador deberá acreditar una estructura organizativa mínima que garantice la correcta ejecución del servicio y minimice los riesgos derivados de la inexperiencia operativa. Se exigen los siguientes umbrales mínimos: Plantilla media anual: Al menos tres (3) trabajadores. Estructura directiva: Al menos un (1) directivo. Dichos mínimos deberán haberse mantenido durante las anualidades 2024, 2025 y 2026. A efectos del cómputo de las anualidades, el plazo se determinará de forma retroactiva tomando como referencia la mensualidad de la fecha límite de presentación de ofertas. La solvencia se acreditará fehacientemente (a requerimiento del órgano de contratación tras la propuesta de adjudicación) mediante la aportación de: Informe de Plantilla Media de Trabajadores en Alta (ITA), emitido por la Tesorería General de la Seguridad Social, referido a los periodos solicitados. Declaración responsable suscrita por el representante legal de la entidad, en la que se identifique, dentro de la plantilla reflejada en el ITA, qué efectivos desempeñan funciones de dirección.
  • Trabajos realizados - -Artículo 90.1.a) LCSP: Una relación de los principales servicios o trabajos realizados de igual o similar naturaleza que los que constituyen el objeto del contrato en el curso de, como máximo los tres últimos años, en la que se indique el importe, la fecha y el destinatario, público o privado de los mismos. Requisitos mínimos de solvencia: Se deberá acreditar la realización de servicios similares o relacionados con los solicitados en el contrato durante los últimos tres años (2024, 2025 y 2026). El importe total de estos servicios debe ser igual o superior al 70 % del valor anual medio del lote (55.824,68 euros). Se considerarán como servicios similares aquellos cuya clasificación corresponda a los tres primeros dígitos de las CPVs de cada lote del contrato (71317210-8 Servicios de consultoría en salud y seguridad). Para el cómputo de anualidades, se tendrá en cuenta la mensualidad en la que concluya la fecha final de presentación de ofertas, y será esta mensualidad la que marcará el plazo para determinar las anteriores anualidades. Acreditación documental: La acreditación se realizará mediante una relación firmada por el/la representante legal de la entidad, detallando los servicios prestados durante los últimos tres años (2024, 2025 y 2026), con información sobre fechas, importes y beneficiarios. Se deberá especificar que el valor acumulado en el año de mayor ejecución del periodo mencionado sea igual o superior al 70 % del valor anual medio del lote. Esta relación debe ir acompañada de los certificados de ejecución correspondientes, conforme al artículo 90.1.a de la LCSP. Cuando el destinatario sea un sujeto privado, se acreditará la solvencia, mediante una declaración responsable, acompañada de los documentos obrantes en poder de éste que acrediten la realización de la prestación.

Calificaciones financieras

  • Cifra anual de negocio - Artículo 87.1.a) LCSP: Volumen anual de negocios, o bien volumen anual de negocios en el ámbito al que se refiera el contrato, referido al mejor ejercicio dentro de los tres últimos disponibles en función de las fechas de constitución o de inicio de actividades del empresario y de presentación de las ofertas por importe igual o superior al exigido en el anuncio de licitación o en la invitación a participar en el procedimiento y en los pliegos del contrato o, en su defecto, al establecido reglamentariamente. Requisitos mínimos de solvencia: Para ser admitidos, los licitadores deberán acreditar que su volumen anual de negocios, referido al año de mayor volumen de negocio de los tres últimos años concluidos (2023, 2024 y 2025), deberá ser igual o superior a una vez el valor anual medio (IVA excluido) del contrato: 5.280 euros. Acreditación documental: Se acreditará mediante declaración responsable firmada por el representante legal de la entidad. Cuando por una razón válida, el operador económico no esté en condiciones de presentar las referencias solicitadas por el órgano de contratación, se le autorizará a acreditar su solvencia económica y financiera por medio de cualquier otro documento que el poder adjudicador considere apropiado. Si cualquier licitador hiciera uso de esta posibilidad, corresponderá a la mesa de contratación valorar tanto las circunstancias objetivas concurrentes que le impidan acreditar su solvencia económica, como la suficiencia del medio escogido a efectos de acreditar su solvencia económica.
  • Cifra anual de negocio - - Artículo 87.1.a) LCSP: Volumen anual de negocios, o bien volumen anual de negocios en el ámbito al que se refiera el contrato, referido al mejor ejercicio dentro de los tres últimos disponibles en función de las fechas de constitución o de inicio de actividades del empresario y de presentación de las ofertas por importe igual o superior al exigido en el anuncio de licitación o en la invitación a participar en el procedimiento y en los pliegos del contrato o, en su defecto, al establecido reglamentariamente. Requisitos mínimos de solvencia: Para ser admitidos, los licitadores deberán acreditar que su volumen anual de negocios, referido al año de mayor volumen de negocio de los tres últimos años concluidos (2023, 2024 y 2025), deberá ser igual o superior a una vez el valor anual medio (IVA excluido) del contrato: 10.310,67 euros. Acreditación documental: Se acreditará mediante declaración responsable firmada por el representante legal de la entidad. Cuando por una razón válida, el operador económico no esté en condiciones de presentar las referencias solicitadas por el órgano de contratación, se le autorizará a acreditar su solvencia económica y financiera por medio de cualquier otro documento que el poder adjudicador considere apropiado. Si cualquier licitador hiciera uso de esta posibilidad, corresponderá a la mesa de contratación valorar tanto las circunstancias objetivas concurrentes que le impidan acreditar su solvencia económica, como la suficiencia del medio escogido a efectos de acreditar su solvencia económica.
  • Cifra anual de negocio - Artículo 87.1.a) LCSP: Volumen anual de negocios, o bien volumen anual de negocios en el ámbito al que se refiera el contrato, referido al mejor ejercicio dentro de los tres últimos disponibles en función de las fechas de constitución o de inicio de actividades del empresario y de presentación de las ofertas por importe igual o superior al exigido en el anuncio de licitación o en la invitación a participar en el procedimiento y en los pliegos del contrato o, en su defecto, al establecido reglamentariamente. Requisitos mínimos de solvencia: Para ser admitidos, los licitadores deberán acreditar que su volumen anual de negocios, referido al año de mayor volumen de negocio de los tres últimos años concluidos (2023, 2024 y 2025), deberá ser igual o superior a una vez el valor anual medio (IVA excluido) del contrato: 79.749,54 euros. Acreditación documental: Se acreditará mediante declaración responsable firmada por el representante legal de la entidad. Cuando por una razón válida, el operador económico no esté en condiciones de presentar las referencias solicitadas por el órgano de contratación, se le autorizará a acreditar su solvencia económica y financiera por medio de cualquier otro documento que el poder adjudicador considere apropiado. Si cualquier licitador hiciera uso de esta posibilidad, corresponderá a la mesa de contratación valorar tanto las circunstancias objetivas concurrentes que le impidan acreditar su solvencia económica, como la suficiencia del medio escogido a efectos de acreditar su solvencia económica.
  • Cifra anual de negocio - - Artículo 87.1.a) LCSP: Volumen anual de negocios, o bien volumen anual de negocios en el ámbito al que se refiera el contrato, referido al mejor ejercicio dentro de los tres últimos disponibles en función de las fechas de constitución o de inicio de actividades del empresario y de presentación de las ofertas por importe igual o superior al exigido en el anuncio de licitación o en la invitación a participar en el procedimiento y en los pliegos del contrato o, en su defecto, al establecido reglamentariamente. Requisitos mínimos de solvencia: Para ser admitidos, los licitadores deberán acreditar que su volumen anual de negocios, referido al año de mayor volumen de negocio de los tres últimos años concluidos (2023, 2024 y 2025), deberá ser igual o superior a una vez el valor anual medio (IVA excluido) del contrato: 71.351,59 euros. Acreditación documental: Se acreditará mediante declaración responsable firmada por el representante legal de la entidad. Cuando por una razón válida, el operador económico no esté en condiciones de presentar las referencias solicitadas por el órgano de contratación, se le autorizará a acreditar su solvencia económica y financiera por medio de cualquier otro documento que el poder adjudicador considere apropiado. Si cualquier licitador hiciera uso de esta posibilidad, corresponderá a la mesa de contratación valorar tanto las circunstancias objetivas concurrentes que le impidan acreditar su solvencia económica, como la suficiencia del medio escogido a efectos de acreditar su solvencia económica.

Calificaciones específicas

  • Para las empresas extranjeras, declaración de sometimiento a la legislación española. - Para las empresas extranjeras, declaración de sometimiento a la legislación española.
  • Cumplimiento con las obligaciones con la Seguridad Social - Cumplimiento con las obligaciones con la Seguridad Social
  • No prohibición para contratar - No prohibición para contratar
  • Cumplimiento con las obligaciones tributarias - Cumplimiento con las obligaciones tributarias
  • Preferencia para empresas con trabajadores con discapacidad - Declaración sobre personas con discapacidad
  • Capacidad de obrar - Capacidad de obrar

Garantías financieras

  • Provisional
  • Final - x5
  • Especial - x1

Términos de adjudicación

  • Compromiso de realización de jornadas de formación adicional en PRL de forma simultánea: 15%
  • Reducción del plazo de entrega de certificado de aptitud al responsable del contrato de la AEM, e informe médico personalizado a los trabajadores: 10%
  • Compromiso de realización de jornadas de formación adicional de PRL, en un plazo de 51 días naturales, desde la solicitud del responsable del contrato: 10%
  • Compromiso de realización de reconocimientos médicos adicionales, en el plazo de 51 días naturales, desde el aviso del responsable del contrato: 20%
  • Reducción plazo de entrega de diploma acreditativo a la Agencia para el Empleo de Madrid y a los trabajadores: 5%
  • Protocolo de prevención y protección de la violencia de género: 25%
  • Reducción plazo de entrega de diploma acreditativo a la Agencia para el Empleo de Madrid y a los trabajadores. Lote 4: 10%
  • Compromiso de realización de 4 cursos prácticos en extinción de incendios de forma simultánea: 20%
  • Soporte informático: 10%
  • Reducción del plazo de entrega de informes técnicos de inspección y control de la eficacia de las medidas preventivas adoptadas: 30%
  • Oferta económica: 35%

Documentos

Lotes

Lote 1

Vigilancia de la salud.

Importe

149.934,00 €

Importe sin impuestos

144.999,18 €

Lote 2

Actividades preventivas (seguridad laboral, higiene industrial, ergonomía y psicosociología aplicada), planes de autoprotección y simulacros.

Importe

22.683,46 €

Importe sin impuestos

18.746,66 €

Lote 3

Formación Específica En Materia De Prevención De Riesgos Laborales.

Importe

156.973,49 €

Importe sin impuestos

129.730,16 €

Lote 4

Curso práctico en extinción de incendios

Importe

11.616,00 €

Importe sin impuestos

9600,00 €

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