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Lugar de ejecución

Burgos, Castilla y león, España

Anuncio de Licitación

17/08/2022

Perfil del Contratante

Anuncio de Pliegos

17/08/2022

Perfil del Contratante

Fin Plazo Presentación

19/09/2022

Finalizado

Anuncio de Adjudicación

15/11/2022

Perfil del Contratante

Anuncio de Formalización

01/02/2023

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19/10/2023

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Licitación Mantenimiento de Equipos de Laboratorios

Servicio de mantenimiento de varios equipos de los laboratorios de salud pública de la Junta de Castilla y León

Perfil del contratante

Consejeria de Sanidad de la Junta de Castilla y León

Datos generales

Estado

Resuelta

Presupuesto base de licitación

103.697,00 €

Importe sin impuestos

85.700,00 €

Valor estimado del contrato

171.400,00 €

Referencia

Ver

Enlace a la fuente oficial

Link

Publicación

17/08/2022

Ultima actualización

19/10/2023

Periodo estimado Inicio

-

Periodo estimado Final

-

Duración

12 Meses

Códigos CPV

50410000 - Servicios de reparación y mantenimiento de aparatos de medida, pruebas y verificación

Proceso de licitación

Proceso

Procedimiento Abierto

Urgencia

Ordinaria

Sistema de contratación

No aplica

Método de envío

Electrónica

Plazo de presentación ofertas

Hasta 19/09/2022

Presentación

A uno o varios lotes

Cantidad máxima de presentación de lotes

5

Cantidad máxima de lotes adjudicados

5

Período disponibilidad documentos

Hasta 19/09/2022

Términos y Calificaciones

Calificaciones técnicas

  • Otros - La solvencia técnica o profesional de los empresarios en los contratos de servicios de acuerdo con lo previsto en el art.90 de la LCSP, se apreciará teniendo en cuenta sus conocimientos técnicos, eficacia, experiencia y fiabilidad, lo que deberá acreditarse, con una relación de los principales servicios o trabajos realizados de igual o similar naturaleza que los que constituyen el objeto del contrato en el curso de, como máximo los tres últimos años, en la que se indique el importe, la fecha y el destinatario, público o privado de los mismos, por un importe mínimo de: Lote 4: 4.830,00 € (IVA excluido) Tomando como criterio de correspondencia entre los servicios realizados por el empresario y los que constituyen el objeto del contrato, los tres primeros dígitos de los respectivos códigos CPV. Para acreditar la solvencia técnica, el licitador deberá aportar certificados expedidos o visado por el órgano competente, cuando el destinatario sea una entidad del sector público; cuando el destinatario sea un sujeto privado, mediante certificado expedido por éste o, a falta de este certificado, mediante declaración del empresario acompañado de los documentos obrantes en poder del mismo que acrediten la realización de la prestación; en su caso, estos certificados serán comunicados directamente al órgano de contratación por la autoridad competente. La solvencia técnica para empresas de nueva creación se acreditará mediante indicación del personal técnico o de las unidades técnicas, integradas o no en la empresa, participantes en el contrato, especialmente aquellos encargados del control de calidad. En concreto, la empresa contará con más de un ingeniero especialista en los equipos objeto del contrato con experiencia de 3 años. Este punto se acreditará mediante copia compulsada del título y certificado de la empresa justificando su experiencia.
  • Otros - La solvencia técnica o profesional de los empresarios en los contratos de servicios de acuerdo con lo previsto en el art.90 de la LCSP, se apreciará teniendo en cuenta sus conocimientos técnicos, eficacia, experiencia y fiabilidad, lo que deberá acreditarse, con una relación de los principales servicios o trabajos realizados de igual o similar naturaleza que los que constituyen el objeto del contrato en el curso de, como máximo los tres últimos años, en la que se indique el importe, la fecha y el destinatario, público o privado de los mismos, por un importe mínimo de: Lote 5: 8.260,00 € (IVA excluido) Tomando como criterio de correspondencia entre los servicios realizados por el empresario y los que constituyen el objeto del contrato, los tres primeros dígitos de los respectivos códigos CPV. Para acreditar la solvencia técnica, el licitador deberá aportar certificados expedidos o visado por el órgano competente, cuando el destinatario sea una entidad del sector público; cuando el destinatario sea un sujeto privado, mediante certificado expedido por éste o, a falta de este certificado, mediante declaración del empresario acompañado de los documentos obrantes en poder del mismo que acrediten la realización de la prestación; en su caso, estos certificados serán comunicados directamente al órgano de contratación por la autoridad competente. La solvencia técnica para empresas de nueva creación se acreditará mediante indicación del personal técnico o de las unidades técnicas, integradas o no en la empresa, participantes en el contrato, especialmente aquellos encargados del control de calidad. En concreto, la empresa contará con más de un ingeniero especialista en los equipos objeto del contrato con experiencia de 3 años. Este punto se acreditará mediante copia compulsada del título y certificado de la empresa justificando su experiencia.
  • Otros - La solvencia técnica o profesional de los empresarios en los contratos de servicios de acuerdo con lo previsto en el art.90 de la LCSP, se apreciará teniendo en cuenta sus conocimientos técnicos, eficacia, experiencia y fiabilidad, lo que deberá acreditarse, con una relación de los principales servicios o trabajos realizados de igual o similar naturaleza que los que constituyen el objeto del contrato en el curso de, como máximo los tres últimos años, en la que se indique el importe, la fecha y el destinatario, público o privado de los mismos, por un importe mínimo de: Lote 3: 9.450,00 € (IVA excluido) Tomando como criterio de correspondencia entre los servicios realizados por el empresario y los que constituyen el objeto del contrato, los tres primeros dígitos de los respectivos códigos CPV. Para acreditar la solvencia técnica, el licitador deberá aportar certificados expedidos o visado por el órgano competente, cuando el destinatario sea una entidad del sector público; cuando el destinatario sea un sujeto privado, mediante certificado expedido por éste o, a falta de este certificado, mediante declaración del empresario acompañado de los documentos obrantes en poder del mismo que acrediten la realización de la prestación; en su caso, estos certificados serán comunicados directamente al órgano de contratación por la autoridad competente. La solvencia técnica para empresas de nueva creación se acreditará mediante indicación del personal técnico o de las unidades técnicas, integradas o no en la empresa, participantes en el contrato, especialmente aquellos encargados del control de calidad. En concreto, la empresa contará con más de un ingeniero especialista en los equipos objeto del contrato con experiencia de 3 años. Este punto se acreditará mediante copia compulsada del título y certificado de la empresa justificando su experiencia.
  • Otros - La solvencia técnica o profesional de los empresarios en los contratos de servicios de acuerdo con lo previsto en el art.90 de la LCSP, se apreciará teniendo en cuenta sus conocimientos técnicos, eficacia, experiencia y fiabilidad, lo que deberá acreditarse, con una relación de los principales servicios o trabajos realizados de igual o similar naturaleza que los que constituyen el objeto del contrato en el curso de, como máximo los tres últimos años, en la que se indique el importe, la fecha y el destinatario, público o privado de los mismos, por un importe mínimo de: Lote 1: 17.500,00 € (IVA excluido) Tomando como criterio de correspondencia entre los servicios realizados por el empresario y los que constituyen el objeto del contrato, los tres primeros dígitos de los respectivos códigos CPV. Para acreditar la solvencia técnica, el licitador deberá aportar certificados expedidos o visado por el órgano competente, cuando el destinatario sea una entidad del sector público; cuando el destinatario sea un sujeto privado, mediante certificado expedido por éste o, a falta de este certificado, mediante declaración del empresario acompañado de los documentos obrantes en poder del mismo que acrediten la realización de la prestación; en su caso, estos certificados serán comunicados directamente al órgano de contratación por la autoridad competente. La solvencia técnica para empresas de nueva creación se acreditará mediante indicación del personal técnico o de las unidades técnicas, integradas o no en la empresa, participantes en el contrato, especialmente aquellos encargados del control de calidad. En concreto, la empresa contará con más de un ingeniero especialista en los equipos objeto del contrato con experiencia de 3 años. Este punto se acreditará mediante copia compulsada del título y certificado de la empresa justificando su experiencia.
  • Otros - La solvencia técnica o profesional de los empresarios en los contratos de servicios de acuerdo con lo previsto en el art.90 de la LCSP, se apreciará teniendo en cuenta sus conocimientos técnicos, eficacia, experiencia y fiabilidad, lo que deberá acreditarse, con una relación de los principales servicios o trabajos realizados de igual o similar naturaleza que los que constituyen el objeto del contrato en el curso de, como máximo los tres últimos años, en la que se indique el importe, la fecha y el destinatario, público o privado de los mismos, por un importe mínimo de: Lote 2: 19.950,00 € (IVA excluido) Tomando como criterio de correspondencia entre los servicios realizados por el empresario y los que constituyen el objeto del contrato, los tres primeros dígitos de los respectivos códigos CPV. Para acreditar la solvencia técnica, el licitador deberá aportar certificados expedidos o visado por el órgano competente, cuando el destinatario sea una entidad del sector público; cuando el destinatario sea un sujeto privado, mediante certificado expedido por éste o, a falta de este certificado, mediante declaración del empresario acompañado de los documentos obrantes en poder del mismo que acrediten la realización de la prestación; en su caso, estos certificados serán comunicados directamente al órgano de contratación por la autoridad competente. La solvencia técnica para empresas de nueva creación se acreditará mediante indicación del personal técnico o de las unidades técnicas, integradas o no en la empresa, participantes en el contrato, especialmente aquellos encargados del control de calidad. En concreto, la empresa contará con más de un ingeniero especialista en los equipos objeto del contrato con experiencia de 3 años. Este punto se acreditará mediante copia compulsada del título y certificado de la empresa justificando su experiencia.

Calificaciones financieras

  • Cifra anual de negocio - Se acreditará dicha solvencia de acuerdo con lo previsto en el art. 87 , apartado 1 de la LCSP mediante la presentación del volumen anual de negocios, referido al mejor ejercicio dentro de los tres últimos disponibles, por importe igual o superior a: Lote 5: 17.700,00 € (IVA excluido) El volumen anual de negocios del licitador o candidato se acreditará por medio de sus cuentas anuales aprobadas y depositadas en el Registro Mercantil, si el empresario estuviera inscrito en dicho registro, y en caso contrario por las depositadas en el registro oficial en que deba estar inscrito. Los empresarios individuales no inscritos en el Registro Mercantil acreditarán su volumen anual de negocios mediante sus libros de inventarios y cuentas anuales legalizados por el Registro Mercantil.
  • Cifra anual de negocio - Se acreditará dicha solvencia de acuerdo con lo previsto en el art. 87 , apartado 1 de la LCSP mediante la presentación del volumen anual de negocios, referido al mejor ejercicio dentro de los tres últimos disponibles, por importe igual o superior a: Lote 4: 10.350.00 € (IVA excluido) El volumen anual de negocios del licitador o candidato se acreditará por medio de sus cuentas anuales aprobadas y depositadas en el Registro Mercantil, si el empresario estuviera inscrito en dicho registro, y en caso contrario por las depositadas en el registro oficial en que deba estar inscrito. Los empresarios individuales no inscritos en el Registro Mercantil acreditarán su volumen anual de negocios mediante sus libros de inventarios y cuentas anuales legalizados por el Registro Mercantil.
  • Cifra anual de negocio - Se acreditará dicha solvencia de acuerdo con lo previsto en el art. 87 , apartado 1 de la LCSP mediante la presentación del volumen anual de negocios, referido al mejor ejercicio dentro de los tres últimos disponibles, por importe igual o superior a: Lote 1: 37.500,00 € (IVA excluido) El volumen anual de negocios del licitador o candidato se acreditará por medio de sus cuentas anuales aprobadas y depositadas en el Registro Mercantil, si el empresario estuviera inscrito en dicho registro, y en caso contrario por las depositadas en el registro oficial en que deba estar inscrito. Los empresarios individuales no inscritos en el Registro Mercantil acreditarán su volumen anual de negocios mediante sus libros de inventarios y cuentas anuales legalizados por el Registro Mercantil.
  • Cifra anual de negocio - Se acreditará dicha solvencia de acuerdo con lo previsto en el art. 87 , apartado 1 de la LCSP mediante la presentación del volumen anual de negocios, referido al mejor ejercicio dentro de los tres últimos disponibles, por importe igual o superior a: Lote 3: 20.250,00 € (IVA excluido) El volumen anual de negocios del licitador o candidato se acreditará por medio de sus cuentas anuales aprobadas y depositadas en el Registro Mercantil, si el empresario estuviera inscrito en dicho registro, y en caso contrario por las depositadas en el registro oficial en que deba estar inscrito. Los empresarios individuales no inscritos en el Registro Mercantil acreditarán su volumen anual de negocios mediante sus libros de inventarios y cuentas anuales legalizados por el Registro Mercantil.
  • Cifra anual de negocio - Se acreditará dicha solvencia de acuerdo con lo previsto en el art. 87 , apartado 1 de la LCSP mediante la presentación del volumen anual de negocios, referido al mejor ejercicio dentro de los tres últimos disponibles, por importe igual o superior a: Lote 2: 42.750,00 € (IVA excluido) El volumen anual de negocios del licitador o candidato se acreditará por medio de sus cuentas anuales aprobadas y depositadas en el Registro Mercantil, si el empresario estuviera inscrito en dicho registro, y en caso contrario por las depositadas en el registro oficial en que deba estar inscrito. Los empresarios individuales no inscritos en el Registro Mercantil acreditarán su volumen anual de negocios mediante sus libros de inventarios y cuentas anuales legalizados por el Registro Mercantil.

Calificaciones específicas

  • Capacidad de obrar - Capacidad de obrar

Garantías financieras

  • Final - x5

Términos de adjudicación

  • Evaluación del coste del lote 2: 10%
  • Evaluación del coste del lote 1: 10%
  • Evaluación del coste del lote 4: 10%
  • Evaluación del coste del lote 3: 10%

Documentos

Lotes

Lote 001

S.mant. eq. cromatrografia liq.y cromato

Importe

30.250,00 €

Importe sin impuestos

25.000,00 €

Lote 002

S.mant. eq. cromatrografia liq.y espectr

Importe

34.485,00 €

Importe sin impuestos

28.500,00 €

Lote 003

S.mant. eq. cromatrografia liq.y espectr

Importe

16.335,00 €

Importe sin impuestos

13.500,00 €

Lote 004

S.mant. eq. cromatrografia liq. So

Importe

8349,00 €

Importe sin impuestos

6900,00 €

Lote 005

S.mant. eq. cromatrografia liq. Le

Importe

14.278,00 €

Importe sin impuestos

11.800,00 €

Resolución

Lote 001 - Adjudicado: Oferta con mejor relación calidad-precio.

Fecha adjudicación

07/11/2022

Importe

29.876,35 € - Baja (-1%)

Importe sin impuestos

24.691,20 € - Baja (-1%)

Identificador contrato

A2023/000055-001

Fecha contrato

13/12/2022

Lote 002 - Adjudicado: Mejor relación calidad-precio

Fecha adjudicación

07/11/2022

Importe

34.364,00 € - Baja (-0%)

Importe sin impuestos

28.400,00 € - Baja (-0%)

Identificador contrato

A2023/000055-002

Fecha contrato

15/12/2022

Lote 003 - Adjudicado: Mejor relación calidad-precio

Fecha adjudicación

07/11/2022

Importe

16.064,54 € - Baja (-2%)

Importe sin impuestos

13.276,48 € - Baja (-2%)

Identificador contrato

A2023/000055-003

Fecha contrato

09/12/2022

Lote 004 - Adjudicado: Mejor relación calidad precio.

Fecha adjudicación

07/11/2022

Importe

8288,50 € - Baja (-1%)

Importe sin impuestos

6850,00 € - Baja (-1%)

Identificador contrato

A2023/000055-004

Fecha contrato

15/12/2022

Lote 005 - Adjudicado: Oferta con mejor relación calidad-precio.

Fecha adjudicación

07/11/2022

Importe

14.157,00 € - Baja (-1%)

Importe sin impuestos

11.700,00 € - Baja (-1%)

Identificador contrato

A2023/000055-005

Fecha contrato

15/12/2022

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