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Lugar de ejecución

Añover de tajo, Toledo, Castilla-la mancha, España

Anuncio de Licitación

06/03/2026

Perfil del contratante

Anuncio de Pliegos

06/03/2026

Perfil del contratante

Fin Plazo Presentación

26/03/2026

Finaliza en 19 días

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Licitación Mejora del Punto Limpio en Añover de Tajo

El objeto del contrato es la ejecución de obras de actualización y mejora del Punto Limpio fijo municipal, sito en calle Argentina, nº 25 de Añover de Tajo (Toledo), para su adecuación a la normativa vigente de aplicación.

Perfil del contratante

Ayuntamiento de Añover de Tajo

Datos generales

Estado

En Plazo

Presupuesto base de licitación

126.340,58 €

Importe sin impuestos

99.809,06 €

Valor estimado del contrato

104.413,70 €

Referencia

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Publicación

06/03/2026

Ultima actualización

06/03/2026

Periodo estimado Inicio

-

Periodo estimado Final

-

Duración

21 Días

Códigos CPV

45223000 - Trabajos de construcción de estructuras

45111000 - Trabajos de demolición, explanación y limpieza del terreno

45222110 - Trabajos de construcción de vertederos de residuos

45000000 - Trabajos de construcción

45261000 - Trabajos de construcción de cubiertas y estructuras de cerramiento, y trabajos conexos

45112000 - Trabajos de excavación y movimiento de tierras

45200000 - Trabajos generales de construcción de inmuebles y obras de ingeniería civil

45222100 - Trabajos de construcción de plantas de tratamiento residuos

45261100 - Trabajos de construcción de armaduras para cubiertas

45261420 - Trabajos de impermeabilización

Proceso de licitación

Proceso

Abierto simplificado

Urgencia

Ordinaria

Sistema de contratación

No aplica

Método de envío

Electrónica

Plazo de presentación ofertas

Hasta 26/03/2026

Presentación

-

Cantidad máxima de presentación de lotes

-

Cantidad máxima de lotes adjudicados

-

Período disponibilidad documentos

Hasta 26/03/2026

Términos y Calificaciones

Calificaciones técnicas

  • Maquinaria, material y equipo técnico para la ejecución del contrato - En los contratos de obras, la solvencia técnica del empresario deberá ser acreditada por al menos tres de los medios siguientes: a) Relación de las obras ejecutadas en el curso de los cinco últimos años, que sean del mismo grupo o subgrupo de clasificación que el correspondiente al contrato o del grupo o subgrupo más relevante para el contrato si este incluye trabajos correspondientes a distintos subgrupos, cuyo importe anual acumulado en el año de mayor ejecución sea igual o superior al 70% de la anualidad media del contrato, avalada por certificados de buena ejecución b) Indicación del personal técnico u organismos técnicos, integradas o no en la empresa, de los que esta disponga para la ejecución de las obras c) Títulos académicos y profesionales del empresario y de los directivos de la empresa y, en particular, del responsable o responsables de las obras, así como de los técnicos encargados directamente de la misma, siempre que no se evalúen como un criterio de adjudicación. d) En los casos adecuados, indicación de las medidas de gestión medioambiental que el empresario podrá aplicar al ejecutar el contrato e) Declaración sobre la plantilla media anual de la empresa y del número de directivos durante los tres últimos años. f) Declaración indicando la maquinaria, material y equipo técnico del que se dispondrá para la ejecución de las obras, a la que se adjuntará la documentación acreditativa pertinente cuando le sea requerido por los servicios dependientes del órgano de contratación. La inscripción en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público en el grupo C) subgrupo 1, 2, 3, 4, 6, 7, 8 y 9, categoría 1, acreditará su solvencia económica y financiera y solvencia técnica para contratar.
  • Medidas de gestión medioambiental - En los contratos de obras, la solvencia técnica del empresario deberá ser acreditada por al menos tres de los medios siguientes: a) Relación de las obras ejecutadas en el curso de los cinco últimos años, que sean del mismo grupo o subgrupo de clasificación que el correspondiente al contrato o del grupo o subgrupo más relevante para el contrato si este incluye trabajos correspondientes a distintos subgrupos, cuyo importe anual acumulado en el año de mayor ejecución sea igual o superior al 70% de la anualidad media del contrato, avalada por certificados de buena ejecución b) Indicación del personal técnico u organismos técnicos, integradas o no en la empresa, de los que esta disponga para la ejecución de las obras c) Títulos académicos y profesionales del empresario y de los directivos de la empresa y, en particular, del responsable o responsables de las obras, así como de los técnicos encargados directamente de la misma, siempre que no se evalúen como un criterio de adjudicación. d) En los casos adecuados, indicación de las medidas de gestión medioambiental que el empresario podrá aplicar al ejecutar el contrato e) Declaración sobre la plantilla media anual de la empresa y del número de directivos durante los tres últimos años. f) Declaración indicando la maquinaria, material y equipo técnico del que se dispondrá para la ejecución de las obras, a la que se adjuntará la documentación acreditativa pertinente cuando le sea requerido por los servicios dependientes del órgano de contratación. La inscripción en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público en el grupo C) subgrupo 1, 2, 3, 4, 6, 7, 8 y 9, categoría 1, acreditará su solvencia económica y financiera y solvencia técnica para contratar.
  • Técnicos o unidades técnicas - En los contratos de obras, la solvencia técnica del empresario deberá ser acreditada por al menos tres de los medios siguientes: a) Relación de las obras ejecutadas en el curso de los cinco últimos años, que sean del mismo grupo o subgrupo de clasificación que el correspondiente al contrato o del grupo o subgrupo más relevante para el contrato si este incluye trabajos correspondientes a distintos subgrupos, cuyo importe anual acumulado en el año de mayor ejecución sea igual o superior al 70% de la anualidad media del contrato, avalada por certificados de buena ejecución b) Indicación del personal técnico u organismos técnicos, integradas o no en la empresa, de los que esta disponga para la ejecución de las obras c) Títulos académicos y profesionales del empresario y de los directivos de la empresa y, en particular, del responsable o responsables de las obras, así como de los técnicos encargados directamente de la misma, siempre que no se evalúen como un criterio de adjudicación. d) En los casos adecuados, indicación de las medidas de gestión medioambiental que el empresario podrá aplicar al ejecutar el contrato e) Declaración sobre la plantilla media anual de la empresa y del número de directivos durante los tres últimos años. f) Declaración indicando la maquinaria, material y equipo técnico del que se dispondrá para la ejecución de las obras, a la que se adjuntará la documentación acreditativa pertinente cuando le sea requerido por los servicios dependientes del órgano de contratación. La inscripción en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público en el grupo C) subgrupo 1, 2, 3, 4, 6, 7, 8 y 9, categoría 1, acreditará su solvencia económica y financiera y solvencia técnica para contratar.
  • Trabajos realizados - En los contratos de obras, la solvencia técnica del empresario deberá ser acreditada por al menos tres de los medios siguientes: a) Relación de las obras ejecutadas en el curso de los cinco últimos años, que sean del mismo grupo o subgrupo de clasificación que el correspondiente al contrato o del grupo o subgrupo más relevante para el contrato si este incluye trabajos correspondientes a distintos subgrupos, cuyo importe anual acumulado en el año de mayor ejecución sea igual o superior al 70% de la anualidad media del contrato, avalada por certificados de buena ejecución b) Indicación del personal técnico u organismos técnicos, integradas o no en la empresa, de los que esta disponga para la ejecución de las obras c) Títulos académicos y profesionales del empresario y de los directivos de la empresa y, en particular, del responsable o responsables de las obras, así como de los técnicos encargados directamente de la misma, siempre que no se evalúen como un criterio de adjudicación. d) En los casos adecuados, indicación de las medidas de gestión medioambiental que el empresario podrá aplicar al ejecutar el contrato e) Declaración sobre la plantilla media anual de la empresa y del número de directivos durante los tres últimos años. f) Declaración indicando la maquinaria, material y equipo técnico del que se dispondrá para la ejecución de las obras, a la que se adjuntará la documentación acreditativa pertinente cuando le sea requerido por los servicios dependientes del órgano de contratación. La inscripción en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público en el grupo C) subgrupo 1, 2, 3, 4, 6, 7, 8 y 9, categoría 1, acreditará su solvencia económica y financiera y solvencia técnica para contratar.
  • Instalaciones técnicas y medidas para garantizar la calidad - En los contratos de obras, la solvencia técnica del empresario deberá ser acreditada por al menos tres de los medios siguientes: a) Relación de las obras ejecutadas en el curso de los cinco últimos años, que sean del mismo grupo o subgrupo de clasificación que el correspondiente al contrato o del grupo o subgrupo más relevante para el contrato si este incluye trabajos correspondientes a distintos subgrupos, cuyo importe anual acumulado en el año de mayor ejecución sea igual o superior al 70% de la anualidad media del contrato, avalada por certificados de buena ejecución b) Indicación del personal técnico u organismos técnicos, integradas o no en la empresa, de los que esta disponga para la ejecución de las obras c) Títulos académicos y profesionales del empresario y de los directivos de la empresa y, en particular, del responsable o responsables de las obras, así como de los técnicos encargados directamente de la misma, siempre que no se evalúen como un criterio de adjudicación. d) En los casos adecuados, indicación de las medidas de gestión medioambiental que el empresario podrá aplicar al ejecutar el contrato e) Declaración sobre la plantilla media anual de la empresa y del número de directivos durante los tres últimos años. f) Declaración indicando la maquinaria, material y equipo técnico del que se dispondrá para la ejecución de las obras, a la que se adjuntará la documentación acreditativa pertinente cuando le sea requerido por los servicios dependientes del órgano de contratación. La inscripción en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público en el grupo C) subgrupo 1, 2, 3, 4, 6, 7, 8 y 9, categoría 1, acreditará su solvencia económica y financiera y solvencia técnica para contratar.

Calificaciones financieras

  • Cifra anual de negocio - La solvencia económica y financiera del empresario deberá acreditarse por de la siguiente manera: Volumen anual de negocios, o bien volumen anual de negocios en el ámbito al que se refiera el contrato, referido al mejor ejercicio dentro de los tres últimos disponibles en función de las fechas de constitución o de inicio de actividades del empresario y de presentación de las ofertas por importe igual o superior a 126.340,58 euros. A los efectos del artículo 75 LCSP, se podrá acreditar la solvencia económico-financiera basándose en los medios de otra entidad, siempre que la empresa licitadora aporte escritura de responsabilidad solidaria entre ambas empresas para la ejecución del presente contrato.

Calificaciones específicas

  • Capacidad de obrar - Capacidad de obrar

Garantías financieras

  • Final - x5

Términos de adjudicación

  • Ejecución de cm adicionales de espesor del muro perimetral de hormigón armado: 30%
  • Documentos relativos a la oferta, distintos del precio, que se deban cuantificar de forma automática: 42%
  • Equipamiento de la instalación: 3%
  • Más equipamiento: 5%
  • Instalación y puesta en marcha de sistema de videovigilancia en el todo el recinto del Punto Limpio: 20%

Documentos

Resolución

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