Licitaciones.io

Registro gratuito

Licitaciones.io Logo

Lugar de ejecución

Mallorca, Islas baleares, España

Anuncio de Licitación

13/11/2024

Perfil del contratante

Anuncio de Pliegos

13/11/2024

Perfil del contratante

Fin Plazo Presentación

28/11/2024

Finalizado

Anuncio de Adjudicación

05/12/2024

Perfil del contratante

Anuncio de Formalización

¿Tienes alguna pregunta sobre la licitación?

Nuestra IA está aquí para ayudarte. Pregunta lo que necesites y obtén respuestas rápidas y precisas sin tener que leer toda la documentación.

Licitación Mercado de Navidad Santa Ponça 2024

Mercado de navidad de Santa Ponça 2024, por lotes.

Perfil del contratante

Ayuntamiento de Calviá

Datos generales

Estado

Adjudicada

Presupuesto base de licitación

64.643,89 €

Importe sin impuestos

53.424,70 €

Valor estimado del contrato

53.424,70 €

Referencia

Ver

Enlace a la fuente oficial

Link

Publicación

13/11/2024

Ultima actualización

10/12/2024

Periodo estimado Inicio

-

Periodo estimado Final

-

Duración

1 Mes

Códigos CPV

45223800 - Montaje e instalación de estructuras prefabricadas

79900000 - Servicios comerciales diversos y otros servicios conexos

92370000 - Técnico de sonido

79993000 - Servicios de gestión de edificios e instalaciones

37535200 - Equipamiento para terrenos de juego

79952000 - Servicios de eventos

92340000 - Servicios de baile y de diversión

79931000 - Servicios de decoración de interiores

92312000 - Servicios artísticos

79952100 - Servicios de organización de eventos culturales

92000000 - Servicios de esparcimiento, culturales y deportivos

39154000 - Equipamiento de exposición

39298910 - Árboles de Navidad

79710000 - Servicios de seguridad

92331210 - Servicios de animación para niños

Proceso de licitación

Proceso

Abierto simplificado

Urgencia

Ordinaria

Sistema de contratación

No aplica

Método de envío

Electrónica

Plazo de presentación ofertas

Hasta 28/11/2024

Presentación

A uno o varios lotes

Cantidad máxima de presentación de lotes

-

Cantidad máxima de lotes adjudicados

-

Período disponibilidad documentos

-

Términos y Calificaciones

Calificaciones técnicas

  • Otros - De conformidad con lo establecido en el artículo 159.6, párrafo primero, letra b) de la Ley de Contratos del Sector Público, se exime a los licitadores de la acreditación de la solvencia económica y financiera y técnica o profesional de conformidad con lo establecido en el artículo 159.6, párrafo primero, letra b) de la Ley de Contratos del Sector Público. No obstante lo anterior, a pesar de estar exentos de su acreditación, los licitadores deberán disponer de la solvencia económica y financiera que se detallan a continuación:Los licitadores deberán disponer de una solvencia técnica o profesional para el lote 2, 4 y 5 según lo establecido en el apartado a) y i) (si fuera el caso de subcontratación) del artículo 90.1 o, para las empresas de nueva creación, mediante el apartado i) del artículo 90.1 y el artículo 90.4, todos ellos de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público. Art. 90.1 a) Una relación de los principales servicios o trabajos realizados de igual o similar naturaleza que los que constituyen el objeto del contrato en el curso de, como máximo los tres últimos años, en la que se indique el importe, la fecha y el destinatario, público o privado de los mismos; cuando sea necesario para garantizar un nivel adecuado de competencia los poderes adjudicadores podrán indicar que se tendrán en cuenta las pruebas de los servicios pertinentes efectuados más de tres años antes Y, en el caso de subcontratación Art. 90.1 i) Indicación de la parte del contrato que el empresario tiene eventualmente el propósito de subcontratar Para las empresas de nueva creación Art. 90.4 En los contratos no sujetos a regulación armonizada, cuando el contratista sea una empresa de nueva creación, entendiendo por tal aquella que tenga una antigüedad inferior a cinco años, su solvencia técnica se acreditará por uno o varios de los medios a que se refieren las letras b) a h) anteriores, sin que en ningún caso sea aplicable lo establecido en la letra a), relativo a la ejecución de un número determinado de servicios.
  • Otros - De conformidad con lo establecido en el artículo 159.6, párrafo primero, letra b) de la Ley de Contratos del Sector Público, se exime a los licitadores de la acreditación de la solvencia económica y financiera y técnica o profesional de conformidad con lo establecido en el artículo 159.6, párrafo primero, letra b) de la Ley de Contratos del Sector Público. No obstante lo anterior, a pesar de estar exentos de su acreditación, los licitadores deberán disponer de la solvencia económica y financiera que se detallan a continuación: Los licitadores deberán disponer de una solvencia técnica o profesional para el lote 1 según lo establecido el apartado a) o h) (para las empresas de nueva creación) del artículo 89.1 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público. Art. 89.1 a) Una relación de los principales suministros realizados de igual o similar naturaleza que los que constituyen el objeto del contrato en el curso de como máximo, los tres últimos años, en la que se indique el importe, la fecha y el destinatario, público o privado de los mismos; cuando sea necesario para garantizar un nivel adecuado de competencia, los poderes adjudicadores podrán indicar que se tendrán en cuenta las pruebas de los suministros pertinentes efectuados más de tres años antes. Para las empresas de nueva creación Art. 89.1 h) En los contratos no sujetos a regulación armonizada, cuando el contratista sea una empresa de nueva creación, entendiendo por tal aquella que tenga una antigüedad inferior a cinco años, su solvencia técnica se acreditará por uno o varios de los medios a que se refieren las letras b) a g) anteriores, sin que en ningún caso sea aplicable lo establecido en la letra a), relativo a la ejecución de un número determinado de suministros
  • Otros - De conformidad con lo establecido en el artículo 159.6, párrafo primero, letra b) de la Ley de Contratos del Sector Público, se exime a los licitadores de la acreditación de la solvencia económica y financiera y técnica o profesional de conformidad con lo establecido en el artículo 159.6, párrafo primero, letra b) de la Ley de Contratos del Sector Público. No obstante lo anterior, a pesar de estar exentos de su acreditación, los licitadores deberán disponer de la solvencia económica y financiera que se detallan a continuación:Los licitadores deberán disponer de una solvencia técnica o profesional para el lote 2, 4 y 5 según lo establecido en el apartado a) y i) (si fuera el caso de subcontratación) del artículo 90.1 o, para las empresas de nueva creación, mediante el apartado i) del artículo 90.1 y el artículo 90.4, todos ellos de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público. Art. 90.1 a) Una relación de los principales servicios o trabajos realizados de igual o similar naturaleza que los que constituyen el objeto del contrato en el curso de, como máximo los tres últimos años, en la que se indique el importe, la fecha y el destinatario, público o privado de los mismos; cuando sea necesario para garantizar un nivel adecuado de competencia los poderes adjudicadores podrán indicar que se tendrán en cuenta las pruebas de los servicios pertinentes efectuados más de tres años antes Y, en el caso de subcontratación Art. 90.1 i) Indicación de la parte del contrato que el empresario tiene eventualmente el propósito de subcontratar Para las empresas de nueva creación Art. 90.4 En los contratos no sujetos a regulación armonizada, cuando el contratista sea una empresa de nueva creación, entendiendo por tal aquella que tenga una antigüedad inferior a cinco años, su solvencia técnica se acreditará por uno o varios de los medios a que se refieren las letras b) a h) anteriores, sin que en ningún caso sea aplicable lo establecido en la letra a), relativo a la ejecución de un número determinado de servicios.
  • Otros - De conformidad con lo establecido en el artículo 159.6, párrafo primero, letra b) de la Ley de Contratos del Sector Público, se exime a los licitadores de la acreditación de la solvencia económica y financiera y técnica o profesional de conformidad con lo establecido en el artículo 159.6, párrafo primero, letra b) de la Ley de Contratos del Sector Público. No obstante lo anterior, a pesar de estar exentos de su acreditación, los licitadores deberán disponer de la solvencia económica y financiera que se detallan a continuación:Los licitadores deberán disponer de una solvencia técnica o profesional para el lote 2, 4 y 5 según lo establecido en el apartado a) y i) (si fuera el caso de subcontratación) del artículo 90.1 o, para las empresas de nueva creación, mediante el apartado i) del artículo 90.1 y el artículo 90.4, todos ellos de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público. Art. 90.1 a) Una relación de los principales servicios o trabajos realizados de igual o similar naturaleza que los que constituyen el objeto del contrato en el curso de, como máximo los tres últimos años, en la que se indique el importe, la fecha y el destinatario, público o privado de los mismos; cuando sea necesario para garantizar un nivel adecuado de competencia los poderes adjudicadores podrán indicar que se tendrán en cuenta las pruebas de los servicios pertinentes efectuados más de tres años antes Y, en el caso de subcontratación Art. 90.1 i) Indicación de la parte del contrato que el empresario tiene eventualmente el propósito de subcontratar Para las empresas de nueva creación Art. 90.4 En los contratos no sujetos a regulación armonizada, cuando el contratista sea una empresa de nueva creación, entendiendo por tal aquella que tenga una antigüedad inferior a cinco años, su solvencia técnica se acreditará por uno o varios de los medios a que se refieren las letras b) a h) anteriores, sin que en ningún caso sea aplicable lo establecido en la letra a), relativo a la ejecución de un número determinado de servicios.
  • Otros - De conformidad con lo establecido en el artículo 159.6, párrafo primero, letra b) de la Ley de Contratos del Sector Público, se exime a los licitadores de la acreditación de la solvencia económica y financiera y técnica o profesional de conformidad con lo establecido en el artículo 159.6, párrafo primero, letra b) de la Ley de Contratos del Sector Público. No obstante lo anterior, a pesar de estar exentos de su acreditación, los licitadores deberán disponer de la solvencia económica y financiera que se detallan a continuación: Los licitadores deberán disponer de una solvencia técnica o profesional para el lote 3 según lo establecido el apartado a) o h) (para las empresas de nueva creación) del artículo 89.1 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público. Art. 89.1 a) Una relación de los principales suministros realizados de igual o similar naturaleza que los que constituyen el objeto del contrato en el curso de como máximo, los tres últimos años, en la que se indique el importe, la fecha y el destinatario, público o privado de los mismos; cuando sea necesario para garantizar un nivel adecuado de competencia, los poderes adjudicadores podrán indicar que se tendrán en cuenta las pruebas de los suministros pertinentes efectuados más de tres años antes. Para las empresas de nueva creación Art. 89.1 h) En los contratos no sujetos a regulación armonizada, cuando el contratista sea una empresa de nueva creación, entendiendo por tal aquella que tenga una antigüedad inferior a cinco años, su solvencia técnica se acreditará por uno o varios de los medios a que se refieren las letras b) a g) anteriores, sin que en ningún caso sea aplicable lo establecido en la letra a), relativo a la ejecución de un número determinado de suministros

Calificaciones financieras

  • Otros - De conformidad con lo establecido en el artículo 159.6, párrafo primero, letra b) de la Ley de Contratos del Sector Público, se exime a los licitadores de la acreditación de la solvencia económica y financiera y técnica o profesional de conformidad con lo establecido en el artículo 159.6, párrafo primero, letra b) de la Ley de Contratos del Sector Público. No obstante lo anterior, a pesar de estar exentos de su acreditación, los licitadores deberán disponer de la solvencia económica y financiera que se detallan a continuación: Los licitadores deberán disponer de una solvencia económica y financiera para el lote 1, 2, 3, 4 y 5 según lo establecido en el apartado a) o b) del artículo 87.1 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público. Art. 87.1 a) Volumen anual de negocios, o bien volumen anual de negocios en el ámbito al que se refiera el contrato, referido al mejor ejercicio dentro de los tres últimos disponibles en función de las fechas de constitución o de inicio de actividades del empresario y de presentación de las ofertas por importe igual o superior a los siguientes importes para cada lote: Lote 1: 22.649,30 € Lote 2: 7.081,59 € Lote 3: 6.844,50 € Lote 4: 4.213,31 € Lote 5: 12.636,00 € Ò Art. 87.1 b) Justificante de la existencia de un seguro de responsabilidad civil por riesgos profesionales por importe igual o superior a los siguientes importes para cada lote: Lote 1: 22.649,30 € Lote 2: 7.081,59 € Lote 3: 6.844,50 € Lote 4: 4.213,31 € Lote 5: 12.636,00 € En el caso de que un licitador resulte propuesto como adjudicatario en más de un lote, la solvencia económica y financiera que deberá disponer será la establecida en uno de los apartados a) o b) del art. 87.1 de la LCSP será por la suma de los importes de solvencia de cada uno de los lotes de los que resulte propuesto como adjudicatario.
  • Otros - De conformidad con lo establecido en el artículo 159.6, párrafo primero, letra b) de la Ley de Contratos del Sector Público, se exime a los licitadores de la acreditación de la solvencia económica y financiera y técnica o profesional de conformidad con lo establecido en el artículo 159.6, párrafo primero, letra b) de la Ley de Contratos del Sector Público. No obstante lo anterior, a pesar de estar exentos de su acreditación, los licitadores deberán disponer de la solvencia económica y financiera que se detallan a continuación: Los licitadores deberán disponer de una solvencia económica y financiera para el lote 1, 2, 3, 4 y 5 según lo establecido en el apartado a) o b) del artículo 87.1 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público. Art. 87.1 a) Volumen anual de negocios, o bien volumen anual de negocios en el ámbito al que se refiera el contrato, referido al mejor ejercicio dentro de los tres últimos disponibles en función de las fechas de constitución o de inicio de actividades del empresario y de presentación de las ofertas por importe igual o superior a los siguientes importes para cada lote: Lote 1: 22.649,30 € Lote 2: 7.081,59 € Lote 3: 6.844,50 € Lote 4: 4.213,31 € Lote 5: 12.636,00 € Ò Art. 87.1 b) Justificante de la existencia de un seguro de responsabilidad civil por riesgos profesionales por importe igual o superior a los siguientes importes para cada lote: Lote 1: 22.649,30 € Lote 2: 7.081,59 € Lote 3: 6.844,50 € Lote 4: 4.213,31 € Lote 5: 12.636,00 € En el caso de que un licitador resulte propuesto como adjudicatario en más de un lote, la solvencia económica y financiera que deberá disponer será la establecida en uno de los apartados a) o b) del art. 87.1 de la LCSP será por la suma de los importes de solvencia de cada uno de los lotes de los que resulte propuesto como adjudicatario.
  • Otros - De conformidad con lo establecido en el artículo 159.6, párrafo primero, letra b) de la Ley de Contratos del Sector Público, se exime a los licitadores de la acreditación de la solvencia económica y financiera y técnica o profesional de conformidad con lo establecido en el artículo 159.6, párrafo primero, letra b) de la Ley de Contratos del Sector Público. No obstante lo anterior, a pesar de estar exentos de su acreditación, los licitadores deberán disponer de la solvencia económica y financiera que se detallan a continuación: Los licitadores deberán disponer de una solvencia económica y financiera para el lote 1, 2, 3, 4 y 5 según lo establecido en el apartado a) o b) del artículo 87.1 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público. Art. 87.1 a) Volumen anual de negocios, o bien volumen anual de negocios en el ámbito al que se refiera el contrato, referido al mejor ejercicio dentro de los tres últimos disponibles en función de las fechas de constitución o de inicio de actividades del empresario y de presentación de las ofertas por importe igual o superior a los siguientes importes para cada lote: Lote 1: 22.649,30 € Lote 2: 7.081,59 € Lote 3: 6.844,50 € Lote 4: 4.213,31 € Lote 5: 12.636,00 € Ò Art. 87.1 b) Justificante de la existencia de un seguro de responsabilidad civil por riesgos profesionales por importe igual o superior a los siguientes importes para cada lote: Lote 1: 22.649,30 € Lote 2: 7.081,59 € Lote 3: 6.844,50 € Lote 4: 4.213,31 € Lote 5: 12.636,00 € En el caso de que un licitador resulte propuesto como adjudicatario en más de un lote, la solvencia económica y financiera que deberá disponer será la establecida en uno de los apartados a) o b) del art. 87.1 de la LCSP será por la suma de los importes de solvencia de cada uno de los lotes de los que resulte propuesto como adjudicatario.
  • Otros - De conformidad con lo establecido en el artículo 159.6, párrafo primero, letra b) de la Ley de Contratos del Sector Público, se exime a los licitadores de la acreditación de la solvencia económica y financiera y técnica o profesional de conformidad con lo establecido en el artículo 159.6, párrafo primero, letra b) de la Ley de Contratos del Sector Público. No obstante lo anterior, a pesar de estar exentos de su acreditación, los licitadores deberán disponer de la solvencia económica y financiera que se detallan a continuación: Los licitadores deberán disponer de una solvencia económica y financiera para el lote 1, 2, 3, 4 y 5 según lo establecido en el apartado a) o b) del artículo 87.1 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público. Art. 87.1 a) Volumen anual de negocios, o bien volumen anual de negocios en el ámbito al que se refiera el contrato, referido al mejor ejercicio dentro de los tres últimos disponibles en función de las fechas de constitución o de inicio de actividades del empresario y de presentación de las ofertas por importe igual o superior a los siguientes importes para cada lote: Lote 1: 22.649,30 € Lote 2: 7.081,59 € Lote 3: 6.844,50 € Lote 4: 4.213,31 € Lote 5: 12.636,00 € Ò Art. 87.1 b) Justificante de la existencia de un seguro de responsabilidad civil por riesgos profesionales por importe igual o superior a los siguientes importes para cada lote: Lote 1: 22.649,30 € Lote 2: 7.081,59 € Lote 3: 6.844,50 € Lote 4: 4.213,31 € Lote 5: 12.636,00 € En el caso de que un licitador resulte propuesto como adjudicatario en más de un lote, la solvencia económica y financiera que deberá disponer será la establecida en uno de los apartados a) o b) del art. 87.1 de la LCSP será por la suma de los importes de solvencia de cada uno de los lotes de los que resulte propuesto como adjudicatario.
  • Otros - De conformidad con lo establecido en el artículo 159.6, párrafo primero, letra b) de la Ley de Contratos del Sector Público, se exime a los licitadores de la acreditación de la solvencia económica y financiera y técnica o profesional de conformidad con lo establecido en el artículo 159.6, párrafo primero, letra b) de la Ley de Contratos del Sector Público. No obstante lo anterior, a pesar de estar exentos de su acreditación, los licitadores deberán disponer de la solvencia económica y financiera que se detallan a continuación: Los licitadores deberán disponer de una solvencia económica y financiera para el lote 1, 2, 3, 4 y 5 según lo establecido en el apartado a) o b) del artículo 87.1 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público. Art. 87.1 a) Volumen anual de negocios, o bien volumen anual de negocios en el ámbito al que se refiera el contrato, referido al mejor ejercicio dentro de los tres últimos disponibles en función de las fechas de constitución o de inicio de actividades del empresario y de presentación de las ofertas por importe igual o superior a los siguientes importes para cada lote: Lote 1: 22.649,30 € Lote 2: 7.081,59 € Lote 3: 6.844,50 € Lote 4: 4.213,31 € Lote 5: 12.636,00 € Ò Art. 87.1 b) Justificante de la existencia de un seguro de responsabilidad civil por riesgos profesionales por importe igual o superior a los siguientes importes para cada lote: Lote 1: 22.649,30 € Lote 2: 7.081,59 € Lote 3: 6.844,50 € Lote 4: 4.213,31 € Lote 5: 12.636,00 € En el caso de que un licitador resulte propuesto como adjudicatario en más de un lote, la solvencia económica y financiera que deberá disponer será la establecida en uno de los apartados a) o b) del art. 87.1 de la LCSP será por la suma de los importes de solvencia de cada uno de los lotes de los que resulte propuesto como adjudicatario.

Calificaciones específicas

  • Cumplimiento con las obligaciones tributarias - Cumplimiento con las obligaciones tributarias
  • No prohibición para contratar - No prohibición para contratar
  • No estar incurso en incompatibilidades - No estar incurso en incompatibilidades
  • Para las empresas extranjeras, declaración de sometimiento a la legislación española. - Para las empresas extranjeras, declaración de sometimiento a la legislación española.
  • Para las empresas extranjeras, declaración de sometimiento a la legislación española. - Para las empresas extranjeras, declaración de sometimiento a la legislación española.
  • No estar incurso en incompatibilidades - No estar incurso en incompatibilidades
  • No haber sido adjudicatario de los contratos anteriores de dirección y/o supervisión de la obra. - No haber sido adjudicatario de los contratos anteriores de dirección y/o supervisión de la obra.
  • Cumplimiento con las obligaciones con la Seguridad Social - Cumplimiento con las obligaciones con la Seguridad Social
  • Para las empresas extranjeras, declaración de sometimiento a la legislación española. - Para las empresas extranjeras, declaración de sometimiento a la legislación española.
  • No estar incurso en incompatibilidades - No estar incurso en incompatibilidades
  • Cumplimiento con las obligaciones con la Seguridad Social - Cumplimiento con las obligaciones con la Seguridad Social
  • No estar incurso en incompatibilidades - No estar incurso en incompatibilidades
  • No estar incurso en incompatibilidades - No estar incurso en incompatibilidades
  • Capacidad de obrar - Capacidad de obrar
  • No prohibición para contratar - No prohibición para contratar
  • Cumplimiento con las obligaciones tributarias - Cumplimiento con las obligaciones tributarias
  • Cumplimiento con las obligaciones con la Seguridad Social - Cumplimiento con las obligaciones con la Seguridad Social
  • Para las empresas extranjeras, declaración de sometimiento a la legislación española. - Para las empresas extranjeras, declaración de sometimiento a la legislación española.
  • Capacidad de obrar - Capacidad de obrar
  • Cumplimiento con las obligaciones tributarias - Cumplimiento con las obligaciones tributarias
  • No haber sido adjudicatario de los contratos anteriores de dirección y/o supervisión de la obra. - No haber sido adjudicatario de los contratos anteriores de dirección y/o supervisión de la obra.
  • No prohibición para contratar - No prohibición para contratar
  • No haber sido adjudicatario de los contratos anteriores de dirección y/o supervisión de la obra. - No haber sido adjudicatario de los contratos anteriores de dirección y/o supervisión de la obra.
  • Cumplimiento con las obligaciones tributarias - Cumplimiento con las obligaciones tributarias
  • No haber sido adjudicatario de los contratos anteriores de dirección y/o supervisión de la obra. - No haber sido adjudicatario de los contratos anteriores de dirección y/o supervisión de la obra.
  • No prohibición para contratar - No prohibición para contratar
  • No haber sido adjudicatario de los contratos anteriores de dirección y/o supervisión de la obra. - No haber sido adjudicatario de los contratos anteriores de dirección y/o supervisión de la obra.
  • Cumplimiento con las obligaciones con la Seguridad Social - Cumplimiento con las obligaciones con la Seguridad Social
  • Capacidad de obrar - Capacidad de obrar
  • Cumplimiento con las obligaciones con la Seguridad Social - Cumplimiento con las obligaciones con la Seguridad Social
  • Capacidad de obrar - Capacidad de obrar
  • Para las empresas extranjeras, declaración de sometimiento a la legislación española. - Para las empresas extranjeras, declaración de sometimiento a la legislación española.
  • No prohibición para contratar - No prohibición para contratar
  • Capacidad de obrar - Capacidad de obrar
  • Cumplimiento con las obligaciones tributarias - Cumplimiento con las obligaciones tributarias

Términos de adjudicación

  • 1.- Oferta Económica: 100%
  • 1.- Oferta Económica: 100%
  • 1.- Oferta Económica: 100%
  • 1.- Oferta Económica: 100%
  • 1.- Oferta Económica: 100%

Documentos

Lotes

Lote 1

Infraestructura y Decoración

Importe

27.405,65 €

Importe sin impuestos

22.649,30 €

Lote 2

Producción, Asesoramiento y Seguridad

Importe

8568,72 €

Importe sin impuestos

7081,59 €

Lote 3

Actividades infantiles: castillos

Importe

8281,85 €

Importe sin impuestos

6844,50 €

Lote 4

Actividades infantiles: talleres

Importe

5098,11 €

Importe sin impuestos

4213,31 €

Lote 5

Circo y Pasacalles

Importe

15.289,56 €

Importe sin impuestos

12.636,00 €

Resolución

Lote 1 - Adjudicado: Se adjudica al a única oferta recibida que cumple con lo prescrito en los pliegos.

Fecha adjudicación

05/12/2024

Importe

27.405,65 € - Baja (0%)

Importe sin impuestos

22.649,30 € - Baja (0%)

Identificador contrato

-

Fecha contrato

-

Lote 2 - Desierto:

Adjudicado a

-

Fecha adjudicación

09/12/2024

Importe

-

Importe sin impuestos

-

Identificador contrato

-

Fecha contrato

-

Lote 3 - Desierto:

Adjudicado a

-

Fecha adjudicación

04/12/2024

Importe

-

Importe sin impuestos

-

Identificador contrato

-

Fecha contrato

-

Lote 4 - Desierto:

Adjudicado a

-

Fecha adjudicación

04/12/2024

Importe

-

Importe sin impuestos

-

Identificador contrato

-

Fecha contrato

-

Lote 5 - Adjudicado: Se adjudica a la única oferta presentada que cumple con lo prescrito en los pliegos.

Fecha adjudicación

05/12/2024

Importe

14.477,65 € - Baja (-5%)

Importe sin impuestos

11.965,00 € - Baja (-5%)

Identificador contrato

-

Fecha contrato

-

Licitaciones similares

Búsqueda avanzada

Jornadas Inversas de Turismo en Madrid

Contratación por procedimiento abierto conforme al artículo 156 al 158 de la LCSP, de un servicio de celebración de unas jornadas inversas de apoyo a la comercialización de la oferta turística española para el mercado latinoamericano.

En plazo

Instituto de Turismo de España (Turespaña)

Abierto

En Plazo

490.910,16 EUR

15/01/2026

13/02/2026

Madrid

Servicio de Seguridad y Vigilancia INSS

Servicio integral de seguridad y vigilancia de dependencias de la Dirección Provincial del Instituto Nacional de la Seguridad Social

En plazo

INSS-Dirección provincial de Barcelona

Abierto

En Plazo

3.530.555,49 EUR

15/01/2026

18/02/2026

Parets del vallès

Licitación Carnaval San Sebastián 2026

Servicio de sonido, iluminación, audiovisuales e infraestructuras del Carnaval de San Sebastián de La Gomera 2026

En plazo

Ayuntamiento San Sebastián de la Gomera

Abierto simplificado

En Plazo

59.998,00 EUR

15/01/2026

30/01/2026

San sebastián de la gomera

Servicios para la Feria y Fiestas de Almería

Contratación mixta de los servicios de: Gestión, Organización, Coordinación y Manipulación de Pasacalles, Gigantes y cabezudos, Charangas y Regiduría, y Suministro de Carrozas, necesarios para el desarrollo de la Batalla de Flores y Dianas floreadas durante la Feria y Fiestas de Almería 2026.

En plazo

Ayuntamiento de Almería

Abierto

En Plazo

72.954,50 EUR

15/01/2026

30/01/2026

Almería

Control de Incapacidad Temporal en Alcalá del Río

El objeto del contrato es la prestación de los servicios que permitan ejercer un control efectivo sobre las situaciones de incapacidad temporal (IT), la investigación de situaciones susceptibles de fraude o absentismo injustificado y la implantación de un programa de prevención y control de consumo de alcohol y drogas.

En plazo

Mancomunidad de Servicios La Vega

Abierto simplificado

En Plazo

76.841,08 EUR

15/01/2026

30/01/2026

Alcalá del río

Refuerzo de operaciones Semana Santa 2026

Servicio de refuerzo de gestor de operaciones y personal de apoyo operativo con motivo de la actividad cultural Semana Santa 2026, a desarrollar por Madrid Destino

En plazo

Madrid Destino Cultura Turismo y Negocio, S.A.

Abierto simplificado

En Plazo

59.994,00 EUR

15/01/2026

30/01/2026

Madrid

Fira Agrícola i Ramadera d’Andratx 2026

Gestión de la celebración del evento “Fira Agrícola i Ramadera d’Andratx de 2026”.

En plazo

Ayuntamiento de Andratx

Abierto simplificado

En Plazo

55.173,00 EUR

15/01/2026

30/01/2026

Andrach

Centro de Interpretación en Guarromán

Es el objeto del contrato adjudicar las actuaciones para la creación del Centro para la interpretación de Guarromán, Ciudad de las Nuevas Poblaciones.

En plazo

Ayuntamiento de Guarromán

Abierto simplificado

En Plazo

93.473,78 EUR

15/01/2026

30/01/2026

Guarromán

Festejos Taurinos 2026-2027 en Guadalajara

Servicio de organización, gestión y ejecución de los festejos taurinos tradicionales a celebrar con motivo de las fiestas patronales de 2026-2027 de la ciudad de Guadalajara.

En plazo

Ayuntamiento de Guadalajara

Abierto

En Plazo

2.897.478,36 EUR

15/01/2026

13/02/2026

Ciruelos del pinar

Limpieza y Mantenimiento en Valsalada

Servicio de limpieza, mantenimiento y gestión de edificios y piscina municipal sitos en Valsalada (T.M Almudévar), por procedimiento abierto simplificado abreviado del art. 159.6 LCSP 2017

En plazo

Ayuntamiento de Almudévar

Abierto simplificado

En Plazo

42.000,00 EUR

15/01/2026

29/01/2026

Valsalada