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Lugar de ejecución

Tui, Pontevedra, Galicia, España

Anuncio de Licitación

02/03/2021

Perfil del Contratante

Anuncio de Pliegos

02/03/2021

Perfil del Contratante

Fin Plazo Presentación

22/03/2021

Finalizado

Anuncio de Adjudicación

04/05/2021

Perfil del Contratante

Anuncio de Formalización

10/05/2021

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Realización de las obras descritas en el "refundido de proyecto glorieta del ramal de enlace de la A-55 con la N-550 en Guillarei, Tui"

Perfil del contratante

Ayuntamiento de Tui

Datos generales

Estado

Resuelta

Presupuesto base de licitación

354.954,43 €

Importe sin impuestos

293.350,77 €

Valor estimado del contrato

293.350,77 €

Referencia

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Enlace a la fuente oficial

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Publicación

02/03/2021

Ultima actualización

10/05/2021

Periodo estimado Inicio

-

Periodo estimado Final

-

Duración

2 Meses

Códigos CPV

45233128 - Trabajos de construcción de rotondas

Proceso de licitación

Proceso

Abierto simplificado

Urgencia

Ordinaria

Sistema de contratación

No aplica

Método de envío

Electrónica

Plazo de presentación ofertas

Hasta 22/03/2021

Presentación

-

Cantidad máxima de presentación de lotes

-

Cantidad máxima de lotes adjudicados

-

Período disponibilidad documentos

Hasta 23/03/2026

Términos y Calificaciones

Calificaciones técnicas

  • Trabajos realizados - Se podrá acreditar la solvencia indistintamente mediante la clasificación o mediante la acreditación de la solvencia en los términos señalados a continuación: - Clasificación: Grupo/s: G Subgrupo/s: 4 Categoría/s: 2. (No es exigible) - Solvencia técnica: Relación de las obras ejecutadas en el curso de los cinco últimos años, avalada por certificados de buena ejecución para las obras más importantes. Estos certificados indicarán el importe, las fechas y el lugar de ejecución de las obras y se precisará si se realizaron según las reglas por las que se rige la profesión y se llevaron normalmente a buen término; en su caso, dichos certificados serán comunicados directamente al órgano de contratación por la autoridad competente. Se deberá acreditar como requisito mínimo de solvencia técnica que el importe anual acumulado en el año de mayor ejecución del periodo citado de 5 años, en trabajos del grupo o subgrupo al que corresponda el contrato, sea igual o superior al 70% del valor estimado del contrato o de su anualidad media si esta es inferior al valor estimado del contrato. Regla específica para las empresas de nueva creación: En los contratos de obras cuyo valor estimado sea inferior a 500.000 euros, cuando el contratista sea una empresa de nueva creación, entendiendo por tal aquella que tenga una antigüedad inferior a cinco años, su solvencia técnica se acreditará por el medio a que se refiere la letra f) del apartado 1 del art. 88 de la LCSP (“Declaración responsable indicando la maquinaria, material y equipo técnico del que se dispondrá para la ejecución de las obras, a la que se adjuntará la documentación acreditativa pertinente cuando le sea requerido por los servicios dependientes del órgano de contratación”), sin que en ningún caso sea aplicable lo establecido en la letra a), relativo a la ejecución de un número determinado de obras. En tal supuesto se considerará acreditada la solvencia técnica en el apartado f) citado cuando la maquinaria, material y equipo técnico, sean adecuados y proporcionados a la naturaleza y presupuesto de la obra.

Calificaciones financieras

  • Cifra anual de negocio - Se podrá acreditar la solvencia indistintamente mediante la clasificación o mediante la acreditación de la solvencia en los términos señalados a continuación: - Clasificación: Grupo/s: G Subgrupo/s: 4 Categoría/s: 2 . (No es exigible) -Solvencia económica y financiera: Declaración sobre el volumen anual de negocios referido al mejor ejercicio dentro de los tres últimos disponibles, en función de las fechas de constitución o de inicio de actividades del empresario y de presentación de las ofertas. Se establece como requisito mínimo de solvencia en este apartado, que el año de mayor volumen de negocios en el citado periodo deberá ser al menos una vez y media el valor estimado del contrato. En todo caso deberá aportarse documentación justificativa o acreditativa del volumen o cifra de negocios declarado, mediante las cuentas anuales presentadas en el Registro Mercantil o en el Registro oficial que corresponda, o mediante los libros de contabilidad y cuentas anuales debidamente legalizados por el Registro Mercantil en el caso de los empresarios individuales no inscritos en dicho Registro.

Calificaciones específicas

  • Para las empresas extranjeras, declaración de sometimiento a la legislación española.
  • No estar incurso en incompatibilidades
  • Cumplimiento con las obligaciones tributarias
  • Cumplimiento con las obligaciones con la Seguridad Social
  • Estar prerregistrado en el ROLECE, y declarar que no ha habido modificaciones en los datos registrados
  • Capacidad de obrar
  • No prohibición para contratar

Garantías financieras

  • Final - x5

Términos de adjudicación

  • Incremento del plazo de garantía: 36.84%
  • Precio ofertado: 52.63%
  • Realización de las Mejoras al Proyecto: 10.53%

Documentos

Resolución

Adjudicado: Se adjunta documento de formalización del contrato.

Fecha adjudicación

30/04/2021

Importe

284.212,01 € - Baja (-20%)

Importe sin impuestos

234.885,96 € - Baja (-20%)

Identificador contrato

1

Fecha contrato

06/05/2021

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