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Lugar de ejecución

Plaza mayor, 9, Jubera, Soria, Castilla y león, España

Anuncio de Licitación

13/05/2024

Perfil del Contratante

Anuncio de Pliegos

13/05/2024

Perfil del Contratante

Fin Plazo Presentación

28/05/2024

Finalizado

Anuncio de Adjudicación

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Licitación Seguro de accidentes para empleados municipales

Servicio de suscripción por parte del Ayuntamiento de Soria de un seguro de accidentes de trabajo para todos los empleados municipales a fin de dar cumplimiento al acuerdo regulador de funcionarios y convenio de personal laboral del Ayuntamiento.

Perfil del contratante

Ayuntamiento de Soria

Datos generales

Estado

Pendiente de Adjudicación

Presupuesto base de licitación

90.000,00 €

Importe sin impuestos

90.000,00 €

Valor estimado del contrato

180.000,00 €

Referencia

Ver

Enlace a la fuente oficial

Link

Publicación

13/05/2024

Ultima actualización

21/05/2024

Periodo estimado Inicio

-

Periodo estimado Final

-

Duración

2 Años

Códigos CPV

66512000 - Servicios de seguros de accidentes y de enfermedad

Proceso de licitación

Proceso

Procedimiento Abierto

Urgencia

Ordinaria

Sistema de contratación

No aplica

Método de envío

Electrónica

Plazo de presentación ofertas

Hasta 28/05/2024

Presentación

-

Cantidad máxima de presentación de lotes

-

Cantidad máxima de lotes adjudicados

-

Período disponibilidad documentos

Hasta 28/05/2024

Términos y Calificaciones

Calificaciones técnicas

  • Otros - La solvencia técnica del empresario deberá acreditarse según lo establecido en el artículo 89.1 a) LCSP mediante una relación de las principales pólizas de seguros de accidentes similares al objeto del contrato, en el curso de los tres últimos años, cuyo importe anual acumulado en el año de mayor ejecución sea igual o superior a 45.000 euros. En la referida relación de servicios o trabajos realizados se indicará el importe, la fecha y el destinatario, público o privado de los mismos; los servicios o trabajos efectuados se acreditarán mediante certificados expedidos o visados por el órgano competente, cuando el destinatario sea una entidad del sector público; cuando el destinatario sea un sujeto privado, mediante un certificado expedido por este o, a falta de este certificado, mediante una declaración del empresario acompañado de los documentos obrantes en poder del mismo que acrediten la realización de la prestación. Para determinar que un trabajo o servicio es de igual o similar naturaleza al que constituye el objeto del contrato, se atenderá a la coincidencia de los tres primeros dígitos de los respectivos códigos de la CPV. Podrán acceder al contrato aquellas entidades aseguradoras, que atendiendo a lo establecido en la Ley 20/2015, de 14 de julio, de ordenación, supervisión y solvencia de las entidades aseguradoras y reaseguradoras, dispongan de la autorización administrativa del Ministerio de Economía y Hacienda, en los siguientes ramos de seguro: ACCIDENTES. Para la acreditación se deberá presentar certificado de la inscripción en el registro administrativo de entidades aseguradoras de la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones, al que se refiere el art. 40 de la citada Ley. Deberá presentarse declaración responsable de que la Entidad Aseguradora no se encuentra sometida a medida de control especial o extinguida la autorización administrativa antes referida.

Calificaciones financieras

  • Otros - La solvencia económica y financiera del empresario deberá acreditarse según lo establecido en el artículo 87.1 a) LCSP mediante el volumen anual de negocios referido al mejor ejercicio dentro de los tres últimos disponibles en función de las fechas de constitución o de inicio de actividades del empresario y de presentación de las ofertas. El volumen de negocios mínimo anual exigido será por importe igual o superior a 45.000 €. Este requisito se acreditará por medio de sus cuentas aprobadas y depositadas en el Registro Mercantil, si el empresario estuviera inscrito en dicho registro, y en caso contrario por las depositadas en el registro oficial en que deba estar inscrito. Los empresarios individuales no inscritos en el Registro Mercantil acreditarán su volumen anual de negocios mediante sus libros de inventarios y cuentas anuales legalizados por el Registro Mercantil.

Calificaciones específicas

  • Capacidad de obrar - Capacidad de obrar
  • No prohibición para contratar - No prohibición para contratar

Términos de adjudicación

  • Al precio más bajo: 100%

Documentos

Resolución

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