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Madrid, Comunidad de madrid, España

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Licitación Servicio de Medicina del Trabajo - Fuenlabrada

Licitaciones públicas: contratación del servicio de medicina del trabajo y asesoramiento en PRL. Ayuntamiento de Fuenlabrada, Madrid.

Perfil del contratante

Ayuntamiento de Fuenlabrada

Perfil del contratante

Ayuntamiento de Fuenlabrada

Datos generales

Estado

Resuelta

Presupuesto base de licitación

375.746,25 €

Importe sin impuestos

354.909,00 €

Valor estimado del contrato

780.799,80 €

Referencia

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Publicación

14/06/2023

Ultima actualización

19/07/2024

Periodo estimado Inicio

-

Periodo estimado Final

-

Duración

2 Años

Códigos CPV

85147000 - Servicios de sanidad de las empresas

90711100 - Evaluación de riesgos o peligros que no sea para la construcción

Título oficial

Contratación del servicio de medicina del trabajo y asistencia y asesoramiento técnico del resto de especialidades del servicio de PRL mancomunado del Ayto. Fuenlabrada y sus OOAA (PMC,PMD,IMLS,OTAF y CIFE)

Proceso de licitación

Proceso

Procedimiento Abierto

Urgencia

Ordinaria

Sistema de contratación

No aplica

Método de envío

Electrónica

Plazo de presentación ofertas

Hasta 26/09/2023

Presentación

-

Cantidad máxima de presentación de lotes

-

Cantidad máxima de lotes adjudicados

-

Período disponibilidad documentos

Hasta 26/09/2023

Términos y Calificaciones

Calificaciones técnicas

  • Trabajos realizados - La acreditación de la solvencia técnica se efectuará mediante una relación de los principales servicios públicos o privados, efectuados en los tres últimos años, de igual o similar naturaleza a los que constituyen el objeto del contrato; en los que dos trabajos, individualmente y por separado, habrán de tener un importe anual medio (con el IVA desglosado) igual o superior al 70 por ciento de la anualidad media del contrato o de su valor estimado (en caso de que el contrato sea por un año). La anualidad media del contrato se calculará de conformidad con lo establecido en el artículo 36.6 del Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento general de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas (dividiendo su precio total por el número de meses de su plazo de ejecución y multiplicando por 12 el cociente resultante) Con carácter material, para determinar que un trabajo o servicio es de igual o similar naturaleza al que constituye el objeto del contrato, se atenderá a los tres primeros dígitos de los respectivos códigos de la CPV. Dichos servicios o trabajos efectuados se acreditarán, si el destinatario es una entidad del sector público, mediante certificados expedidos o visados por el órgano competente, o bien dichos certificados podrán ser comunicados directamente al órgano de contratación por la entidad contratante de los servicios. Los servicios en el caso de sujeto privado se acreditarán mediante un certificado expedido por éste o, a falta de este certificado, mediante una declaración del empresario, acompañado de los documentos obrantes en poder del mismo que acrediten la realización de la prestación; en su caso estos certificados serán comunicados directamente al órgano de contratación por la autoridad competente. Cuando el licitador sea una empresa de nueva creación, entendiendo por tal aquella que tenga una antigüedad inferior a cinco años, su solvencia técnica se acreditará por uno o varios de los medios a que se refieren las letras b) a i) del artículo 90 LCSP, sin que en ningún caso sea aplicable lo establecido en la letra a), relativo a la ejecución de un número determinado de servicios

Calificaciones financieras

  • Cifra anual de negocio - Para empresarios, el volumen de negocio del mejor de los tres últimos años deberá ser al menos una vez el valor estimado del contrato, cuando su duración sea inferior a un año; y al menos una vez el valor anual medio del contrato, si su duración es superior a un año. La anualidad media del contrato se calculará de conformidad con lo establecido en el artículo 36.6 del Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento general de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas (dividiendo su precio total por el número de meses de su plazo de ejecución y multiplicando por 12 el cociente resultante). El volumen anual de negocios del licitador se acreditará preferentemente mediante la aportación de las cuentas anuales aprobadas y depositadas en el Registro Mercantil, si el empresario estuviera inscrito en dicho registro, o del registro oficial en que deba estar inscrito, del mejor de los tres últimos años concluidos donde se contenga el volumen anual de negocios, no obstante, será admisible cualquier otro documento de carácter oficial que contenga dicha cifra. Para personas físicas, el volumen de negocio deberá ser al menos una vez el valor estimado del contrato, cuando su duración sea inferior a un año; y al menos una vez el valor anual medio del contrato, si su duración es superior a un año. Los empresarios individuales no inscritos en el Registro Mercantil acreditarán su volumen anual de negocios mediante la presentación del modelo 390 (declaración anual de IVA) o modelo 100, declaración del impuesto sobre la renta de las personas físicas, o cualquier otro documento de carácter oficial que contenga dicha cifra. En el caso de que el objeto del contrato consista en servicios profesionales, tal y como se establece en los apartados 1.b y 3.b del artículo 87 LCSP, el licitador, bien sea persona física o sociedad profesional, podrá acreditar la solvencia mediante la disposición de un seguro de indemnización de riesgos profesionales, vigente hasta el fin del plazo de presentación de las ofertas, por importe igual o superior a una vez el valor estimado del contrato, aportando además el compromiso de su renovación o prórroga que garantice el mantenimiento de su cobertura durante toda la ejecución del contrato. Este requisito se entenderá cumplido por el licitador o candidato que incluya con su oferta un compromiso vinculante de suscripción, en caso de resultar adjudicatario, del seguro exigido, compromiso que deberá hacer efectivo d

Garantías financieras

  • Final - x5

Términos de adjudicación

  • Oferta económica. Precios reconocimientos de bomberos: 9%
  • Criterios cualitativos: 51%
  • Oferta económica. Precios Reconocimientos médicos Ayuntamiento, IMLS, PMC, OTAF, CIFE, PMD.: 20%
  • Oferta económica Oferta económica para el desarrollo del servicio diario de la vigilancia de la salud y asesoría técnica del resto especialidades: 20%

Documentos

Resolución

Formalizado: Adjudicar a la empresa S.P.R.L. MARE NOSTRUM S.L. NIF B-16609844, de acuerdo con lo previsto en el art. 150 4. de la LCSP, donde indica que se procederá a adjudicar el contrato a favor del licitador propuesto como adjudicatario, el contrato de servicio de MEDICINA del TRABAJO y ASISTENCIA y ASESORAMIENTO TECNICO del RESTO de ESPECIALIDADES del SERVICIO de PREVENCIÓN de RIESGOS LABORALES MANCOMUNADO del AYUNTAMIENTO de FUENLABRADA y sus ORGANISMOS AUTÓNOMOS: Patronato Municipal de Cultura (P.M.C), Patronato Municipal de Deportes (P.M.D), Instituto Municipal de Limpieza (I.M.L.S), Oficina Tributaria del Ayuntamiento de Fuenlabrada (OTAF) y Centro Municipal de Iniciativas y Empleo del Ayuntamiento de Fuenlabrada (C.I.F.E).

Fecha adjudicación

02/02/2024

Importe

328.284,00 € - Baja (-13%)

Importe sin impuestos

315.684,00 € - Baja (-11%)

Identificador contrato

2023/SVA/001294

Fecha contrato

01/03/2024

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