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Lugar de ejecución

Madrid, Comunidad de madrid, España

Anuncio de Licitación

07/02/2022

Perfil del Contratante

Anuncio de Pliegos

07/02/2022

Perfil del Contratante

Fin Plazo Presentación

22/02/2022

Finalizado

Anuncio de Adjudicación

20/07/2022

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Anuncio de Formalización

17/08/2022

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Servicio municipal de acompañamiento a personas en riesgo de exclusión, exclusión o sin hogar del Municipio de Fuenlabrada

Perfil del contratante

Ayuntamiento de Fuenlabrada

Datos generales

Estado

Resuelta

Presupuesto base de licitación

202.120,34 €

Importe sin impuestos

183.745,76 €

Valor estimado del contrato

404.240,76 €

Referencia

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Publicación

07/02/2022

Ultima actualización

10/06/2024

Periodo estimado Inicio

-

Periodo estimado Final

-

Duración

2 Años

Códigos CPV

85310000 - Servicios de asistencia social

Proceso de licitación

Proceso

Procedimiento Abierto

Urgencia

Ordinaria

Sistema de contratación

No aplica

Método de envío

Electrónica

Plazo de presentación ofertas

Hasta 22/02/2022

Presentación

-

Cantidad máxima de presentación de lotes

-

Cantidad máxima de lotes adjudicados

-

Período disponibilidad documentos

Hasta 22/02/2022

Términos y Calificaciones

Calificaciones técnicas

  • Maquinaria, material y equipo técnico para la ejecución del contrato - La entidad adjudicataria debe acreditar tener experiencia de al menos dos años, en intervención social con personas en riesgo de exclusión, exclusión o situación de calle. La empresa adjudicataria dispondrá de una aplicación informática donde se recoja de manera pormenorizada las acciones, intervenciones con la persona o personas, y accesible a los/las profesionales de servicios sociales, tal y como se recoge en el pliego técnico. Los licitadores, además de acreditar su solvencia o, en su caso clasificación, deberán adscribir obligatoriamente para la ejecución de este contrato, como criterio de solvencia, los siguientes medios personales: 2 titulados universitarios en Educación Social o Trabajo Social a jornada completa que podrán trabajar en turno de mañana, tarde o noche según las necesidades del servicio con al menos 2 años de experiencia en el trabajo con personas en riesgo o situación de exclusión social. El personal adscrito a este contrato participará en la comisión técnica de personas sin hogar de la Concejalía de Bienestar Social. Este extremo, habrá de documentarse con los justificantes oficiales para demostrar los requisitos exigidos en este punto y sólo serán objeto de apreciación aquellos criterios que se justifiquen documentalmente. Así mismo, deberán adscribir obligatoriamente para la ejecución de este contrato, como criterio de solvencia, los siguientes medios materiales: La empresa adjudicataria aportará teléfonos móviles con datos y ordenador portátil a cada uno de sus trabajadores/as.
  • Títulos académicos y profesionales del empresario y directivos, o responsables de la ejecución - La entidad adjudicataria debe acreditar tener experiencia de al menos dos años, en intervención social con personas en riesgo de exclusión, exclusión o situación de calle. La empresa adjudicataria dispondrá de una aplicación informática donde se recoja de manera pormenorizada las acciones, intervenciones con la persona o personas, y accesible a los/las profesionales de servicios sociales, tal y como se recoge en el pliego técnico. Los licitadores, además de acreditar su solvencia o, en su caso clasificación, deberán adscribir obligatoriamente para la ejecución de este contrato, como criterio de solvencia, los siguientes medios personales: 2 titulados universitarios en Educación Social o Trabajo Social a jornada completa que podrán trabajar en turno de mañana, tarde o noche según las necesidades del servicio con al menos 2 años de experiencia en el trabajo con personas en riesgo o situación de exclusión social. El personal adscrito a este contrato participará en la comisión técnica de personas sin hogar de la Concejalía de Bienestar Social. Este extremo, habrá de documentarse con los justificantes oficiales para demostrar los requisitos exigidos en este punto y sólo serán objeto de apreciación aquellos criterios que se justifiquen documentalmente. Así mismo, deberán adscribir obligatoriamente para la ejecución de este contrato, como criterio de solvencia, los siguientes medios materiales: La empresa adjudicataria aportará teléfonos móviles con datos y ordenador portátil a cada uno de sus trabajadores/as.
  • Trabajos realizados - La acreditación de la solvencia técnica se efectuará mediante una relación de los principales servicios públicos o privados, efectuados en los tres últimos años, de igual o similar naturaleza a los que constituyen el objeto del contrato; en los que al menos dos, habrán de tener un importe anual medio (con el IVA desglosado) igual o superior al 70 por ciento de la anualidad media del contrato o de su valor estimado (en caso de que el contrato sea por un año). La anualidad media del contrato se calculará de conformidad con lo establecido en el artículo 36.6 del Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento general de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas (dividiendo su precio total por el número de meses de su plazo de ejecución y multiplicando por 12 el cociente resultante) Con carácter material, para determinar que un trabajo o servicio es de igual o similar naturaleza al que constituye el objeto del contrato, se atenderá a los tres primeros dígitos de los respectivos códigos de la CPV. Dichos servicios o trabajos efectuados se acreditarán, si el destinatario es una entidad del sector público, mediante certificados expedidos o visados por el órgano competente, o bien dichos certificados podrán ser comunicados directamente al órgano de contratación por la entidad contratante de los servicios. Los servicios en el caso de sujeto privado se acreditarán mediante un certificado expedido por éste o, a falta de este certificado, mediante una declaración del empresario, acompañado de los documentos obrantes en poder del mismo que acrediten la realización de la prestación; en su caso estos certificados serán comunicados directamente al órgano de contratación por la autoridad competente. Cuando el licitador sea una empresa de nueva creación, entendiendo por tal aquella que tenga una antigüedad inferior a cinco años, su solvencia técnica se acreditará por uno o varios de los medios a que se refieren las letras b) a i) del artículo 90 LCSP, sin que en ningún caso sea aplicable lo establecido en la letra a), relativo a la ejecución de un número determinado de servicios. En los contratos de servicios sujetos a regulación armonizada no será aplicable este apartado.
  • Técnicos o unidades técnicas - La entidad adjudicataria debe acreditar tener experiencia de al menos dos años, en intervención social con personas en riesgo de exclusión, exclusión o situación de calle. La empresa adjudicataria dispondrá de una aplicación informática donde se recoja de manera pormenorizada las acciones, intervenciones con la persona o personas, y accesible a los/las profesionales de servicios sociales, tal y como se recoge en el pliego técnico. Los licitadores, además de acreditar su solvencia o, en su caso clasificación, deberán adscribir obligatoriamente para la ejecución de este contrato, como criterio de solvencia, los siguientes medios personales: 2 titulados universitarios en Educación Social o Trabajo Social a jornada completa que podrán trabajar en turno de mañana, tarde o noche según las necesidades del servicio con al menos 2 años de experiencia en el trabajo con personas en riesgo o situación de exclusión social. El personal adscrito a este contrato participará en la comisión técnica de personas sin hogar de la Concejalía de Bienestar Social. Este extremo, habrá de documentarse con los justificantes oficiales para demostrar los requisitos exigidos en este punto y sólo serán objeto de apreciación aquellos criterios que se justifiquen documentalmente. Así mismo, deberán adscribir obligatoriamente para la ejecución de este contrato, como criterio de solvencia, los siguientes medios materiales: La empresa adjudicataria aportará teléfonos móviles con datos y ordenador portátil a cada uno de sus trabajadores/as.

Calificaciones financieras

  • Cifra anual de negocio - Para empresarios, el volumen de negocio del mejor de los tres últimos años deberá ser al menos una vez el valor estimado del contrato, cuando su duración sea inferior a un año; y al menos una vez el valor anual medio del contrato, si su duración es superior a un año. La anualidad media del contrato se calculará de conformidad con lo establecido en el artículo 36.6 del Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento general de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas (dividiendo su precio total por el número de meses de su plazo de ejecución y multiplicando por 12 el cociente resultante). El volumen anual de negocios del licitador se acreditará preferentemente mediante la aportación de las cuentas anuales aprobadas y depositadas en el Registro Mercantil, si el empresario estuviera inscrito en dicho registro, o del registro oficial en que deba estar inscrito, del mejor de los tres últimos años concluidos donde se contenga el volumen anual de negocios, no obstante, será admisible cualquier otro documento de carácter oficial que contenga dicha cifra. Para personas físicas, el volumen de negocio deberá ser al menos una vez el valor estimado del contrato, cuando su duración sea inferior a un año; y al menos una vez el valor anual medio del contrato, si su duración es superior a un año. Los empresarios individuales no inscritos en el Registro Mercantil acreditarán su volumen anual de negocios mediante la presentación del modelo 390 (declaración anual de IVA) o modelo 100, declaración del impuesto sobre la renta de las personas físicas, o cualquier otro documento de carácter oficial que contenga dicha cifra. En el caso de que el objeto del contrato consista en servicios profesionales, tal y como se establece en los apartados 1.b y 3.b del artículo 87 LCSP, el licitador, bien sea persona física o sociedad profesional, podrá acreditar la solvencia mediante la disposición de un seguro de indemnización de riesgos profesionales, vigente hasta el fin del plazo de presentación de las ofertas, por importe igual o superior a una vez el valor estimado del contrato, aportando además el compromiso de su renovación o prórroga que garantice el mantenimiento de su cobertura durante toda la ejecución del contrato.

Garantías financieras

  • Final - x5

Términos de adjudicación

  • Criterios cualitativos (Mejoras): 25%
  • Oferta económica: 30%
  • Criterios técnicos cuantificables mediante juicio de valor: 45%

Documentos

Resolución

Formalizado: Adjudicar a la ASOCIACION DE ACCION SOCIAL LIBELULA, NIF G86991510, de acuerdo con lo previsto en el art. 150 4. de la LCSP, donde indica que se procederá a adjudicar el contrato a favor del licitador propuesto como adjudicatario, el Contrato Administrativo del SERVICIO MUNICIPAL DE ACOMPAÑAMIENTO A PERSONAS EN RIESGO DE EXCLUSIÓN, EXCLUSIÓN O SIN HOGAR DEL MUNICIPIO DE Fuenlabrada, por el precio de 186.780,00 €, de los que 169.800,00 € corresponden a la base imponible y 16.980,00 € al 10 % de IVA.

Fecha adjudicación

15/07/2022

Importe

186.780,00 € - Baja (-8%)

Importe sin impuestos

169.800,00 € - Baja (-8%)

Identificador contrato

2021/001881

Fecha contrato

16/08/2022

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