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Lugar de ejecución
Valladolid, Castilla y león, España
Anuncio de Licitación
05/10/2023
Perfil del Contratante
Anuncio de Pliegos
05/10/2023
Perfil del Contratante
Anuncio de Licitación
06/10/2023
DOUE
Fin Plazo Presentación
03/11/2023
Finalizado
Anuncio de Adjudicación
04/12/2023
Perfil del Contratante
Anuncio de Formalización
31/12/2023
Perfil del Contratante
Anuncio de Formalización
02/01/2024
DOUE
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Licitación Servicios bancarios para ingresos públicos
Servicios bancarios para permitir a los contribuyentes efectuar ingresos públicos a través de TPV físico, virtual y Bizum.
Perfil del contratante
Datos generales
Estado
Resuelta
Presupuesto base de licitación
606.101,43 €
Importe sin impuestos
606.101,43 €
Valor estimado del contrato
1.294.693,57 €
Referencia
Ver
Enlace a la fuente oficial
Publicación
05/10/2023
Ultima actualización
10/01/2024
Periodo estimado Inicio
-
Periodo estimado Final
-
Duración
36 Meses
Códigos CPV
66100000 - Servicios bancarios y de inversión
Proceso de licitación
Proceso
Procedimiento Abierto
Urgencia
Ordinaria
Sistema de contratación
No aplica
Método de envío
Electrónica
Plazo de presentación ofertas
Hasta 03/11/2023
Presentación
A uno o varios lotes
Cantidad máxima de presentación de lotes
3
Cantidad máxima de lotes adjudicados
3
Período disponibilidad documentos
Hasta 03/11/2023
Términos y Calificaciones
Calificaciones técnicas
- Trabajos realizados - La solvencia técnica y profesional se acreditará, en los términos recogidos en el artículo 90 de la Ley 9/2017, de Contratos del Sector Público, mediante relación de los principales servicios o trabajos realizados en los últimos tres años que incluya importe, fechas y el destinatario, público o privado, de los mismos. Los servicios o trabajos efectuados se acreditarán mediante certificados expedidos o visados por el órgano competente, cuando el destinatario sea una entidad del sector público. Cuando el destinatario sea un sujeto privado, se acreditarán mediante un certificado expedido por éste o, a falta de este certificado, mediante una declaración del empresario acompañado de los documentos obrantes en poder del mismo que acrediten la realización de la prestación. Para determinar los servicios válidos a efectos de acreditar la solvencia técnica, se atenderá a los tres primeros dígitos de códigos CPV de este contrato. El importe anual que el empresario deberá acreditar como ejecutado durante el año de mayor ejecución del periodo anteriormente citado será, al menos 63.127 euros.
- Trabajos realizados - La solvencia técnica y profesional se acreditará, en los términos recogidos en el artículo 90 de la Ley 9/2017, de Contratos del Sector Público, mediante relación de los principales servicios o trabajos realizados en los últimos tres años que incluya importe, fechas y el destinatario, público o privado, de los mismos. Los servicios o trabajos efectuados se acreditarán mediante certificados expedidos o visados por el órgano competente, cuando el destinatario sea una entidad del sector público. Cuando el destinatario sea un sujeto privado, se acreditarán mediante un certificado expedido por éste o, a falta de este certificado, mediante una declaración del empresario acompañado de los documentos obrantes en poder del mismo que acrediten la realización de la prestación. Para determinar los servicios válidos a efectos de acreditar la solvencia técnica, se atenderá a los tres primeros dígitos de códigos CPV de este contrato. El importe anual que el empresario deberá acreditar como ejecutado durante el año de mayor ejecución del periodo anteriormente citado será, al menos 16.273 euros.
- Trabajos realizados - La solvencia técnica y profesional se acreditará, en los términos recogidos en el artículo 90 de la Ley 9/2017, de Contratos del Sector Público, mediante relación de los principales servicios o trabajos realizados en los últimos tres años que incluya importe, fechas y el destinatario, público o privado, de los mismos. Los servicios o trabajos efectuados se acreditarán mediante certificados expedidos o visados por el órgano competente, cuando el destinatario sea una entidad del sector público. Cuando el destinatario sea un sujeto privado, se acreditarán mediante un certificado expedido por éste o, a falta de este certificado, mediante una declaración del empresario acompañado de los documentos obrantes en poder del mismo que acrediten la realización de la prestación. Para determinar los servicios válidos a efectos de acreditar la solvencia técnica, se atenderá a los tres primeros dígitos de códigos CPV de este contrato. El importe anual que el empresario deberá acreditar como ejecutado durante el año de mayor ejecución del periodo anteriormente citado será, al menos 62.025 euros.
Calificaciones financieras
- Cifra anual de negocio - La solvencia económica y financiera se acreditará, en los términos recogidos en el artículo 87 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, mediante el volumen anual de negocios del licitador referido al mejor ejercicio dentro de los tres últimos disponibles, que deberá ser al menos 135.272 euros. El volumen anual de negocios del licitador o candidato se acreditará por medio de sus cuentas anuales aprobadas y depositadas en el Registro Mercantil, si el empresario estuviera inscrito en dicho registro, y en caso contrario por las depositadas en el registro oficial en que deba estar inscrito. Los empresarios individuales no inscritos en el Registro Mercantil acreditarán su volumen anual de negocios mediante sus libros de inventarios y cuentas anuales legalizados por el Registro Mercantil.
- Cifra anual de negocio - La solvencia económica y financiera se acreditará, en los términos recogidos en el artículo 87 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, mediante el volumen anual de negocios del licitador referido al mejor ejercicio dentro de los tres últimos disponibles, que deberá ser al menos 34.870 euros. El volumen anual de negocios del licitador o candidato se acreditará por medio de sus cuentas anuales aprobadas y depositadas en el Registro Mercantil, si el empresario estuviera inscrito en dicho registro, y en caso contrario por las depositadas en el registro oficial en que deba estar inscrito. Los empresarios individuales no inscritos en el Registro Mercantil acreditarán su volumen anual de negocios mediante sus libros de inventarios y cuentas anuales legalizados por el Registro Mercantil.
- Cifra anual de negocio - La solvencia económica y financiera se acreditará, en los términos recogidos en el artículo 87 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, mediante el volumen anual de negocios del licitador referido al mejor ejercicio dentro de los tres últimos disponibles, que deberá ser al menos 132.911 euros. El volumen anual de negocios del licitador o candidato se acreditará por medio de sus cuentas anuales aprobadas y depositadas en el Registro Mercantil, si el empresario estuviera inscrito en dicho registro, y en caso contrario por las depositadas en el registro oficial en que deba estar inscrito. Los empresarios individuales no inscritos en el Registro Mercantil acreditarán su volumen anual de negocios mediante sus libros de inventarios y cuentas anuales legalizados por el Registro Mercantil.
Calificaciones específicas
- No estar incurso en incompatibilidades - No estar incurso en incompatibilidades
- Capacidad de obrar - Capacidad de obrar
- No prohibición para contratar - No prohibición para contratar
- Cumplimiento con las obligaciones tributarias - Cumplimiento con las obligaciones tributarias
- Cumplimiento con las obligaciones con la Seguridad Social - Cumplimiento con las obligaciones con la Seguridad Social
- Preferencia para empresas con trabajadores con discapacidad - Declaración sobre trabajadores con discapacidad
- Para las empresas extranjeras, declaración de sometimiento a la legislación española. - Para las empresas extranjeras, declaración de sometimiento a la legislación española.
Garantías financieras
- Final - x5
Términos de adjudicación
- La modificación del servicio para la utilización de la pasarela de pagos SPT: 6%
- El porcentaje de comisión a aplicar por la entidad financiera: 44%
- Mejora de la disponibilidad del entorno de pruebas: 15%
- Porcentaje de comisión a aplicar por la entidad financiera: 44%
- La mejora de la seguridad de la pasarela de pagos: 10%
- Modificación del servicio para la utilización de la pasarela de pagos SPT: 6%
- * Disminución del tiempo máximo de respuesta en la resolución de incidencias: 30%
- Disminución del tiempo máximo de respuesta en la resolución de incidencias: 25%
- Mejora de la seguridad de la pasarela de pagos: 10%
- * Porcentaje de comisión a aplicar por la entidad financiera: 44%
- La mejora de la disponibilidad del entorno de pruebas: 15%
- Precio anual por el uso de los TPV requeridos: 5%
- La disminución del tiempo máximo de respuesta en la resolución de incidencias: 20%
- * Mejora de la disponibilidad del entorno de pruebas: 26%
Documentos
Lotes
Lote 001
Servicio ingresos a JCYL. TPV virtual
Importe
270.543,12 €
Importe sin impuestos
270.543,12 €
Lote 002
Servicio ingresos a JCYL. Datáfonos
Importe
265.820,16 €
Importe sin impuestos
265.820,16 €
Lote 003
Servicio ingresos a JCYL.BIZUM
Importe
69.738,15 €
Importe sin impuestos
69.738,15 €
Resolución
Lote 001 - Formalizado: Oferta con mejor relación calidad-precio.
Adjudicado a
BANCO DE SABADELL - A08000143Fecha adjudicación
04/12/2023
Importe
270.543,12 € - Baja (0%)
Importe sin impuestos
270.543,12 € - Baja (0%)
Identificador contrato
A2023/013487-001
Fecha contrato
28/12/2023
Lote 002 - Desierto:
Adjudicado a
-Fecha adjudicación
04/12/2023
Importe
-
Importe sin impuestos
-
Identificador contrato
-
Fecha contrato
-
Lote 003 - Formalizado: Oferta con mejor relación calidad-precio.
Adjudicado a
BANCO SANTANDER, S.A. - A39000013Fecha adjudicación
04/12/2023
Importe
69.738,15 € - Baja (0%)
Importe sin impuestos
69.738,15 € - Baja (0%)
Identificador contrato
A2023/013487-002
Fecha contrato
08/01/2024
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