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Lugar de ejecución

Valladolid, Castilla y león, España

Anuncio de Licitación

05/10/2023

Perfil del Contratante

Anuncio de Pliegos

05/10/2023

Perfil del Contratante

Anuncio de Licitación

06/10/2023

DOUE

Fin Plazo Presentación

03/11/2023

Finalizado

Anuncio de Adjudicación

04/12/2023

Perfil del Contratante

Anuncio de Formalización

31/12/2023

Perfil del Contratante

Anuncio de Formalización

02/01/2024

DOUE

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Licitación Servicios bancarios para ingresos públicos

Servicios bancarios para permitir a los contribuyentes efectuar ingresos públicos a través de TPV físico, virtual y Bizum.

Perfil del contratante

Consejería de Economía y Hacienda

Datos generales

Estado

Resuelta

Presupuesto base de licitación

606.101,43 €

Importe sin impuestos

606.101,43 €

Valor estimado del contrato

1.294.693,57 €

Referencia

Ver

Enlace a la fuente oficial

Link

Publicación

05/10/2023

Ultima actualización

10/01/2024

Periodo estimado Inicio

-

Periodo estimado Final

-

Duración

36 Meses

Códigos CPV

66100000 - Servicios bancarios y de inversión

Proceso de licitación

Proceso

Procedimiento Abierto

Urgencia

Ordinaria

Sistema de contratación

No aplica

Método de envío

Electrónica

Plazo de presentación ofertas

Hasta 03/11/2023

Presentación

A uno o varios lotes

Cantidad máxima de presentación de lotes

3

Cantidad máxima de lotes adjudicados

3

Período disponibilidad documentos

Hasta 03/11/2023

Términos y Calificaciones

Calificaciones técnicas

  • Trabajos realizados - La solvencia técnica y profesional se acreditará, en los términos recogidos en el artículo 90 de la Ley 9/2017, de Contratos del Sector Público, mediante relación de los principales servicios o trabajos realizados en los últimos tres años que incluya importe, fechas y el destinatario, público o privado, de los mismos. Los servicios o trabajos efectuados se acreditarán mediante certificados expedidos o visados por el órgano competente, cuando el destinatario sea una entidad del sector público. Cuando el destinatario sea un sujeto privado, se acreditarán mediante un certificado expedido por éste o, a falta de este certificado, mediante una declaración del empresario acompañado de los documentos obrantes en poder del mismo que acrediten la realización de la prestación. Para determinar los servicios válidos a efectos de acreditar la solvencia técnica, se atenderá a los tres primeros dígitos de códigos CPV de este contrato. El importe anual que el empresario deberá acreditar como ejecutado durante el año de mayor ejecución del periodo anteriormente citado será, al menos 63.127 euros.
  • Trabajos realizados - La solvencia técnica y profesional se acreditará, en los términos recogidos en el artículo 90 de la Ley 9/2017, de Contratos del Sector Público, mediante relación de los principales servicios o trabajos realizados en los últimos tres años que incluya importe, fechas y el destinatario, público o privado, de los mismos. Los servicios o trabajos efectuados se acreditarán mediante certificados expedidos o visados por el órgano competente, cuando el destinatario sea una entidad del sector público. Cuando el destinatario sea un sujeto privado, se acreditarán mediante un certificado expedido por éste o, a falta de este certificado, mediante una declaración del empresario acompañado de los documentos obrantes en poder del mismo que acrediten la realización de la prestación. Para determinar los servicios válidos a efectos de acreditar la solvencia técnica, se atenderá a los tres primeros dígitos de códigos CPV de este contrato. El importe anual que el empresario deberá acreditar como ejecutado durante el año de mayor ejecución del periodo anteriormente citado será, al menos 16.273 euros.
  • Trabajos realizados - La solvencia técnica y profesional se acreditará, en los términos recogidos en el artículo 90 de la Ley 9/2017, de Contratos del Sector Público, mediante relación de los principales servicios o trabajos realizados en los últimos tres años que incluya importe, fechas y el destinatario, público o privado, de los mismos. Los servicios o trabajos efectuados se acreditarán mediante certificados expedidos o visados por el órgano competente, cuando el destinatario sea una entidad del sector público. Cuando el destinatario sea un sujeto privado, se acreditarán mediante un certificado expedido por éste o, a falta de este certificado, mediante una declaración del empresario acompañado de los documentos obrantes en poder del mismo que acrediten la realización de la prestación. Para determinar los servicios válidos a efectos de acreditar la solvencia técnica, se atenderá a los tres primeros dígitos de códigos CPV de este contrato. El importe anual que el empresario deberá acreditar como ejecutado durante el año de mayor ejecución del periodo anteriormente citado será, al menos 62.025 euros.

Calificaciones financieras

  • Cifra anual de negocio - La solvencia económica y financiera se acreditará, en los términos recogidos en el artículo 87 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, mediante el volumen anual de negocios del licitador referido al mejor ejercicio dentro de los tres últimos disponibles, que deberá ser al menos 135.272 euros. El volumen anual de negocios del licitador o candidato se acreditará por medio de sus cuentas anuales aprobadas y depositadas en el Registro Mercantil, si el empresario estuviera inscrito en dicho registro, y en caso contrario por las depositadas en el registro oficial en que deba estar inscrito. Los empresarios individuales no inscritos en el Registro Mercantil acreditarán su volumen anual de negocios mediante sus libros de inventarios y cuentas anuales legalizados por el Registro Mercantil.
  • Cifra anual de negocio - La solvencia económica y financiera se acreditará, en los términos recogidos en el artículo 87 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, mediante el volumen anual de negocios del licitador referido al mejor ejercicio dentro de los tres últimos disponibles, que deberá ser al menos 34.870 euros. El volumen anual de negocios del licitador o candidato se acreditará por medio de sus cuentas anuales aprobadas y depositadas en el Registro Mercantil, si el empresario estuviera inscrito en dicho registro, y en caso contrario por las depositadas en el registro oficial en que deba estar inscrito. Los empresarios individuales no inscritos en el Registro Mercantil acreditarán su volumen anual de negocios mediante sus libros de inventarios y cuentas anuales legalizados por el Registro Mercantil.
  • Cifra anual de negocio - La solvencia económica y financiera se acreditará, en los términos recogidos en el artículo 87 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, mediante el volumen anual de negocios del licitador referido al mejor ejercicio dentro de los tres últimos disponibles, que deberá ser al menos 132.911 euros. El volumen anual de negocios del licitador o candidato se acreditará por medio de sus cuentas anuales aprobadas y depositadas en el Registro Mercantil, si el empresario estuviera inscrito en dicho registro, y en caso contrario por las depositadas en el registro oficial en que deba estar inscrito. Los empresarios individuales no inscritos en el Registro Mercantil acreditarán su volumen anual de negocios mediante sus libros de inventarios y cuentas anuales legalizados por el Registro Mercantil.

Calificaciones específicas

  • No estar incurso en incompatibilidades - No estar incurso en incompatibilidades
  • Capacidad de obrar - Capacidad de obrar
  • No prohibición para contratar - No prohibición para contratar
  • Cumplimiento con las obligaciones tributarias - Cumplimiento con las obligaciones tributarias
  • Cumplimiento con las obligaciones con la Seguridad Social - Cumplimiento con las obligaciones con la Seguridad Social
  • Preferencia para empresas con trabajadores con discapacidad - Declaración sobre trabajadores con discapacidad
  • Para las empresas extranjeras, declaración de sometimiento a la legislación española. - Para las empresas extranjeras, declaración de sometimiento a la legislación española.

Garantías financieras

  • Final - x5

Términos de adjudicación

  • La modificación del servicio para la utilización de la pasarela de pagos SPT: 6%
  • El porcentaje de comisión a aplicar por la entidad financiera: 44%
  • Mejora de la disponibilidad del entorno de pruebas: 15%
  • Porcentaje de comisión a aplicar por la entidad financiera: 44%
  • La mejora de la seguridad de la pasarela de pagos: 10%
  • Modificación del servicio para la utilización de la pasarela de pagos SPT: 6%
  • * Disminución del tiempo máximo de respuesta en la resolución de incidencias: 30%
  • Disminución del tiempo máximo de respuesta en la resolución de incidencias: 25%
  • Mejora de la seguridad de la pasarela de pagos: 10%
  • * Porcentaje de comisión a aplicar por la entidad financiera: 44%
  • La mejora de la disponibilidad del entorno de pruebas: 15%
  • Precio anual por el uso de los TPV requeridos: 5%
  • La disminución del tiempo máximo de respuesta en la resolución de incidencias: 20%
  • * Mejora de la disponibilidad del entorno de pruebas: 26%

Documentos

Lotes

Lote 001

Servicio ingresos a JCYL. TPV virtual

Importe

270.543,12 €

Importe sin impuestos

270.543,12 €

Lote 002

Servicio ingresos a JCYL. Datáfonos

Importe

265.820,16 €

Importe sin impuestos

265.820,16 €

Lote 003

Servicio ingresos a JCYL.BIZUM

Importe

69.738,15 €

Importe sin impuestos

69.738,15 €

Resolución

Lote 001 - Formalizado: Oferta con mejor relación calidad-precio.

Fecha adjudicación

04/12/2023

Importe

270.543,12 € - Baja (0%)

Importe sin impuestos

270.543,12 € - Baja (0%)

Identificador contrato

A2023/013487-001

Fecha contrato

28/12/2023

Lote 002 - Desierto:

Adjudicado a

-

Fecha adjudicación

04/12/2023

Importe

-

Importe sin impuestos

-

Identificador contrato

-

Fecha contrato

-

Lote 003 - Formalizado: Oferta con mejor relación calidad-precio.

Fecha adjudicación

04/12/2023

Importe

69.738,15 € - Baja (0%)

Importe sin impuestos

69.738,15 € - Baja (0%)

Identificador contrato

A2023/013487-002

Fecha contrato

08/01/2024

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