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Lugar de ejecución

Alcalá de guadaíra, Sevilla, Andalucía, España

Anuncio de Licitación

19/08/2025

Perfil del contratante

Anuncio de Pliegos

19/08/2025

Perfil del contratante

Fin Plazo Presentación

15/09/2025

Finalizado

Anuncio de Adjudicación

12/11/2025

Perfil del contratante

Anuncio de Formalización

18/11/2025

Perfil del contratante

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Licitación Asistencia técnica audiovisual - Alcalá de Guadaíra

servicio de asistencia técnica para reforzar los sistemas audiovisuales existentes y utilizados en las Sesiones del Pleno del Ayuntamiento (C-2025/048)

Perfil del contratante

Ayuntamiento de Alcalá de Guadaíra

Datos generales

Estado

Resuelta

Presupuesto base de licitación

20.800,00 €

Importe sin impuestos

17.190,08 €

Valor estimado del contrato

34.380,16 €

Referencia

Ver

Enlace a la fuente oficial

Link

Publicación

19/08/2025

Ultima actualización

18/11/2025

Periodo estimado Inicio

-

Periodo estimado Final

-

Duración

2 Años

Códigos CPV

64228000 - Servicios de transmisión de programas de televisión y radio

Proceso de licitación

Proceso

Abierto simplificado

Urgencia

Ordinaria

Sistema de contratación

No aplica

Método de envío

Electrónica

Plazo de presentación ofertas

Hasta 15/09/2025

Presentación

-

Cantidad máxima de presentación de lotes

-

Cantidad máxima de lotes adjudicados

-

Período disponibilidad documentos

Hasta 15/09/2025

Términos y Calificaciones

Calificaciones técnicas

  • Trabajos realizados - Los licitadores deberán haber ejecutado servicios o trabajos de igual o similar naturaleza que los que constituyen el objeto del contrato en el curso de, como máximo los tres últimos años, debiendo acreditar en cualquiera de ellos al menos un volumen ejecutado del 70 % del presupuesto anual de licitación. Cuando le sea requerido por los servicios dependientes del órgano de contratación, en el supuesto de resultar propuesto adjudicatario, los servicios o trabajos efectuados se acreditarán mediante certificados expedidos o visados por el órgano competente, cuando el destinatario sea una entidad del sector público; cuando el destinatario sea un sujeto privado, mediante un certificado expedido por este o, a falta de este certificado, mediante una declaración del empresario acompañado de los documentos obrantes en poder del mismo que acrediten la realización de la prestación. En su caso, estos certificados serán comunicados directamente al órgano de contratación por la autoridad competente. Cuando el contratista sea una empresa de nueva creación, entendiendo por tal aquella que tenga una antigüedad inferior a cinco años, su solvencia técnica se acreditará por uno o varios de los medios a que se refieren las letras b) a i) del art. 90 LCSP, sin que en ningún caso sea aplicable lo establecido en la letra a), relativo a la ejecución de un número determinado de servicios.

Calificaciones financieras

  • Cifra anual de negocio - Los licitadores deberán disponer de un volumen anual de negocios, que, referido al año de mayor volumen de negocio de los tres últimos concluidos deberá ser al menos del 150 % del presupuesto anual de licitación. El volumen anual de negocios del licitador o candidato se acreditará, en el supuesto de resultar propuesto adjudicatario, por medio de sus cuentas anuales aprobadas y depositadas en el Registro Mercantil, si el empresario estuviera inscrito en dicho registro y, en caso contrario, por las depositadas en el registro oficial en que deba estar inscrito. Los empresarios individuales no inscritos en el Registro Mercantil acreditarán su volumen anual de negocios mediante sus libros de inventarios y cuentas anuales legalizados por el Registro Mercantil. No obstante, también podrá justificarse la citada solvencia económica o financiera, de acuerdo con la doctrina mantenida en la Resolución nº 635/2018 del Tribunal Administrativo Central de Recursos Contractuales y la nº 173/2020, del Tribunal Administrativos de Recursos Contractuales de la Junta de Andalucía, en interpretación del art. 86 LCSP, si no resulta posible a través de los documentos anteriores, o cuando se trate de una empresa de nueva creación por disponer de una antigüedad inferior a 5 años, mediante el compromiso de aportación de documentación alternativa, que el órgano de contratación considere suficiente. Con independencia de lo expuesto, cuando por una razón válida el operador económico no esté en condiciones de presentar las referencias solicitadas anteriormente, se le autorizará a acreditar su solvencia económica y financiera por medio de cualquier otro documento que el poder adjudicador considere apropiado.

Calificaciones específicas

  • Cumplimiento con las obligaciones tributarias - Cumplimiento con las obligaciones tributarias
  • Estar prerregistrado en el ROLECE, y declarar que no ha habido modificaciones en los datos registrados - Estar prerregistrado en el ROLECE, y declarar que no ha habido modificaciones en los datos registrados
  • Cumplimiento con las obligaciones con la Seguridad Social - Cumplimiento con las obligaciones con la Seguridad Social
  • Capacidad de obrar - Capacidad de obrar
  • No estar incurso en incompatibilidades - No estar incurso en incompatibilidades
  • No prohibición para contratar - No prohibición para contratar

Garantías financieras

  • Final - x5
  • Especial - x5

Términos de adjudicación

  • Experiencia profesional del realizador y del operador/ayudante adscritos al contrato: 17%
  • Oferta económica: 80%
  • Compromiso de reducción del tiempo de envío del material grabado de la sesión de plenos a la secretaría del Ayuntamiento: 3%

Documentos

Resolución

Formalizado: De conformidad con acuerdo adoptado por Junta de Gobierno Local en sesión celebrada el día 7 de noviembre de 2025

Fecha adjudicación

07/11/2025

Importe

16.262,40 € - Baja (-22%)

Importe sin impuestos

13.340,00 € - Baja (-22%)

Identificador contrato

2025-0143

Fecha contrato

17/11/2025

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En plazo

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En Plazo

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