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Lugar de ejecución

La carlota, Córdoba, Andalucía, España

Anuncio de Licitación

10/01/2022

Perfil del Contratante

Anuncio de Pliegos

10/01/2022

Perfil del Contratante

Fin Plazo Presentación

25/01/2022

Finalizado

Anuncio de Adjudicación

25/02/2022

Perfil del Contratante

Anuncio de Formalización

21/03/2022

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Contrato para la prestación del servicio de "Escuela Municipal de Música Pablo de Olavide" de La Carlota (Córdoba).

Perfil del contratante

Ayuntamiento de la Carlota

Perfil del contratante

Ayuntamiento de la Carlota

Datos generales

Estado

Resuelta

Presupuesto base de licitación

58.054,50 €

Importe sin impuestos

58.054,50 €

Valor estimado del contrato

58.054,50 €

Referencia

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Enlace a la fuente oficial

Link

Publicación

10/01/2022

Ultima actualización

21/03/2022

Periodo estimado Inicio

-

Periodo estimado Final

-

Duración

24 Meses

Códigos CPV

80340000 - Servicios de educación especial

Proceso de licitación

Proceso

Abierto simplificado

Urgencia

Ordinaria

Sistema de contratación

No aplica

Método de envío

Electrónica

Plazo de presentación ofertas

Hasta 25/01/2022

Presentación

-

Cantidad máxima de presentación de lotes

-

Cantidad máxima de lotes adjudicados

-

Período disponibilidad documentos

Hasta 25/01/2022

Términos y Calificaciones

Calificaciones técnicas

  • Trabajos realizados - Los licitadores deberán acreditar la solvencia técnica o profesional mediante lo dispuesto en el artículo 90 de la LCSP. Se exige que la entidad licitadora haya prestado en los últimos tres años, al menos, un (1) servicio de Escuela de Música de igual o similar naturaleza que el que constituye el objeto del contrato, cuyo precio anual, sin IVA, sea igual o superior al 50% de la anualidad media (10.885,22 €), puesto que se trata de contratos con una duración superior a un año. La acreditación de la solvencia técnica o profesional se realizará mediante certificados expedidos o visados por el órgano competente, cuando el destinatario sea una entidad del sector público; cuando el destinatario sea un sujeto privado, mediante un certificado expedido por este o, a falta de este certificado, mediante una declaración del empresario acompañado de los documentos obrantes en poder del mismo que acrediten la realización de la prestación

Calificaciones financieras

  • Seguro de indemnización - La solvencia económica y financiera del empresario deberá acreditarse por uno de los medios siguientes: a)Volumen anual de negocios en el ámbito al que se refiera el contrato, referido al mejor ejercicio dentro de los tres últimos disponibles en función de las fechas de constitución o de inicio de actividades del empresario y de presentación de las ofertas por importe igual o superior al 50% de la anualidad media (10.885,22 €), puesto que se trata de contratos con una duración superior a un año. Dicho volumen anual de negocios se acreditará con la presentación del Certificado del Importe Neto de la Cifra de Negocios, emitido por la Agencia Tributaria Estatal, que podrá obtenerse en la siguiente dirección de Internet:https://www.agenciatributaria.gob.es/AEAT.sede/tramitacion/G315.shtml En su defecto, el volumen de anual de negocios del licitador se podrá acreditar con la presentación del modelo correspondiente de la Agencia Tributaria Estatal (modelo 200 para sociedades o modelo 390 resumen anual de IVA), referido al año de mayor volumen de negocio de los tres últimos cerrados. Si no es posible mediante los documentos anteriores, el volumen anual de negocios del licitador o candidato también se podrá acreditar por medio de sus cuentas anuales aprobadas y depositadas en el Registro Mercantil, referido al año de mayor volumen de negocio de los tres últimos cerrados, si el empresario estuviera inscrito en dicho registro, y en caso contrario por las depositadas en el registro oficial en que deba estar inscrito. b)Seguro de responsabilidad civil por riesgos profesionales, por importe igual o superior al 50% de la anualidad media (10.885,22 €) En caso de uniones temporales de empresarios, a los efectos de solvencia económica y financiera, se estará a lo regulado en el artículo 69 LCSP. En relación a la integración de solvencia con medios externos, deberá aportar el compromiso al que se refiere el artículo 75.2 de la LCSP. Tratándose de licitadores cuya actividad es profesional, la solvencia económica y financiera de los mismos, también podrá acreditarse con un justificante de la disposición de un seguro de responsabilidad civil por riesgos profesionales por el importe indicado.
  • Cifra anual de negocio - La solvencia económica y financiera del empresario deberá acreditarse por uno de los medios siguientes: a)Volumen anual de negocios en el ámbito al que se refiera el contrato, referido al mejor ejercicio dentro de los tres últimos disponibles en función de las fechas de constitución o de inicio de actividades del empresario y de presentación de las ofertas por importe igual o superior al 50% de la anualidad media (10.885,22 €), puesto que se trata de contratos con una duración superior a un año. Dicho volumen anual de negocios se acreditará con la presentación del Certificado del Importe Neto de la Cifra de Negocios, emitido por la Agencia Tributaria Estatal, que podrá obtenerse en la siguiente dirección de Internet: https://www.agenciatributaria.gob.es/AEAT.sede/tramitacion/G315.shtml En su defecto, el volumen de anual de negocios del licitador se podrá acreditar con la presentación del modelo correspondiente de la Agencia Tributaria Estatal (modelo 200 para sociedades o modelo 390 resumen anual de IVA), referido al año de mayor volumen de negocio de los tres últimos cerrados. Si no es posible mediante los documentos anteriores, el volumen anual de negocios del licitador o candidato también se podrá acreditar por medio de sus cuentas anuales aprobadas y depositadas en el Registro Mercantil, referido al año de mayor volumen de negocio de los tres últimos cerrados, si el empresario estuviera inscrito en dicho registro, y en caso contrario por las depositadas en el registro oficial en que deba estar inscrito. b)Seguro de responsabilidad civil por riesgos profesionales, por importe igual o superior al 50% de la anualidad media (10.885,22 €) En caso de uniones temporales de empresarios, a los efectos de solvencia económica y financiera, se estará a lo regulado en el artículo 69 LCSP. En relación a la integración de solvencia con medios externos, deberá aportar el compromiso al que se refiere el artículo 75.2 de la LCSP. Tratándose de licitadores cuya actividad es profesional, la solvencia económica y financiera de los mismos, también podrá acreditarse con un justificante de la disposición de un seguro de responsabilidad civil por riesgos profesionales por el importe indicado.

Calificaciones específicas

  • No prohibición para contratar
  • Para las empresas extranjeras, declaración de sometimiento a la legislación española.
  • Capacidad de obrar
  • Cumplimiento con las obligaciones con la Seguridad Social
  • Cumplimiento con las obligaciones tributarias
  • Estar prerregistrado en el ROLECE, y declarar que no ha habido modificaciones en los datos registrados

Garantías financieras

  • Final - 2902,73 EUR

Términos de adjudicación

  • Proyecto de prestación curricular y Organizativo o Plan de Estudios: 25%
  • Talleres ofertados.: 15%
  • Organización de Conciertos y Audiciones de carácter profesional: 10%
  • Mejor oferta económica: Mejor Precio unitario por hora lectiva: 40%
  • Asignaturas que amplíen la oferta exigida en el Pliego de Prescripciones: 10%

Documentos

Resolución

Adjudicado: Por acuerdo la Junta de Gobierno Local, en sesión celebrada con fecha 21 de febrero de 2022, se acordó adjudicar este contrato al licitador UNIGES 3 SL, al resultar su oferta la mejor en relación calidad-precio y haber atendido el requerimiento de documentación necesaria para contratar con la administración en tiempo y forma. La adjudicación se efectúa en las condiciones que figuran en su oferta y las que se detallan en el Pliegos de cláusulas administrativas particulares y en el Pliego de Prescripciones Técnicas, conforme a la propuesta efectuada por la Mesa de Contratación, con el siguiente detalle: -Precio de adjudicación: 19,26 €/ hora lectiva (Exento de IVA) -Mejoras: 1. Talleres ofertados: Música en familia, Competencias básicas en herramientas informáticas de edición musical, Música tradicional. 2. Conciertos y audiciones ofertados: Un concierto final de curso y dos audiciones: Navidad y Semana Santa. 3. Asignaturas que amplíen la oferta exigida en el Pliego de Prescripciones Técnicas: Clarinete, Saxofón, Baile y Agrupaciones, todo ello conforme se detalla en la oferta presentada. -Duración del Contrato: El contrato tendrá una duración de tres cursos escolares, a contar desde el día siguiente al que se produzca la formalización con la firma del mismo. Con la salvedad de que el curso escolar 2021-2022, al comenzar el contrato previsiblemente en el mes de febrero, y no en octubre, tendrá una duración de 4 ó 5 meses. Por tanto, la duración de este contrato será desde la formalización de este contrato hasta el 30 de junio de 2024, no pudiendo ser prorrogado (dos cursos escolares completos de 9 meses, y lo que queda del curso 2021-2022). Dicho acuerdo de Adjudicación se adjunta a continuación (Documento de Acta de Resolución).

Fecha adjudicación

21/02/2022

Importe

58.054,50 € - Baja (0%)

Importe sin impuestos

58.054,50 € - Baja (0%)

Identificador contrato

8129/2021

Fecha contrato

21/03/2022

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