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Lugar de ejecución

Plaza de la iglesia, 7, San sebastián de los reyes, Madrid, Comunidad de madrid, España

Anuncio de Licitación

01/10/2021

Perfil del Contratante

Anuncio de Adjudicación

01/10/2021

Perfil del Contratante

Anuncio de Formalización

01/10/2021

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Fin Plazo Presentación

01/10/2021

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PRÓRROGA. Servicio de Prevención Ajeno en las especialidades de Vigilancia de la Salud y de Higiene Industrial para el Ayuntamiento de San Sebastián de los Reyes.

Perfil del contratante

Ayuntamiento de San Sebastián de los Reyes

Datos generales

Estado

Resuelta

Presupuesto base de licitación

22.713,64 €

Importe sin impuestos

20.764,00 €

Valor estimado del contrato

20.764,00 €

Referencia

Ver

Enlace a la fuente oficial

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Publicación

01/10/2021

Ultima actualización

01/10/2021

Periodo estimado Inicio

-

Periodo estimado Final

-

Duración

1 Año

Códigos CPV

85120000 - Servicios de ejercicio de la medicina y servicios conexos

Proceso de licitación

Proceso

Abierto simplificado

Urgencia

Ordinaria

Sistema de contratación

No aplica

Método de envío

Manual

Plazo de presentación ofertas

Hasta 01/10/2021

Presentación

-

Cantidad máxima de presentación de lotes

-

Cantidad máxima de lotes adjudicados

-

Período disponibilidad documentos

Hasta 01/10/2021

Términos y Calificaciones

Calificaciones técnicas

  • Otros - Cuando el contratista sea una empresa de nueva creación, entendiendo por tal aquella que tenga una antigüedad inferior a cinco años y que esté constituida con anterioridad a la expiración del plazo de presentación de ofertas, su solvencia técnica se acreditará mediante: - La acreditación de los anteriores requisitos de solvencia técnica, a excepción de lo relativo a la acreditación de servicios previos. - Declaración sobre la plantilla media anual de la empresa y número de directivos durante los tres últimos años, acompañada de la documentación justificativa correspondiente cuando le sea requerido por los servicios dependientes del órgano de contratación del Ayuntamiento. Se precisará una plantilla mínima de 10 empleados. - Declaración indicando el material y equipo técnico del que se dispondrá para la prestación del servicio, a las que se adjuntará la documentación acreditativa pertinente cuando se sea requerido por los servicios dependientes del órgano de contratación. Se acreditará la posesión inventariada de material y equipo técnico por valor mínimo de 10.000 €.
  • Otros - Declaración responsable de no mantener con las empresas concertadas vinculaciones comerciales, financieras o de cualquier otro tipo, distintas a las propias de su actuación como servicio de prevención, que puedan afectar a su independencia e influir en el resultado de sus actividades, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 22 del Reglamento de los Servicios de Prevención (RD 39/1997). El Servicio de Vigilancia de la Salud deberá contar con una unidad básica sanitaria dotada de un DUE y un Médico del trabajo a una distancia máxima de 5 km desde el Ayuntamiento, con el fin de evitar la desatención de los servicios públicos que supondrían los desplazamientos de los trabajadores para someterse a los reconocimientos médicos a una distancia superior. Certificado de disponer de la aprobación de la Administración sanitaria, en cuanto a los aspectos de carácter sanitario. Acreditación por la Administración Laboral. Disposición de los recursos materiales y humanos necesarios para el desempeño de su actividad: A los efectos de determinar los recursos humanos mínimos para ser acreditada, la entidad especializada deberá disponer de aquéllos establecidos en los artículos 18 y 37 del Real Decreto 39/1997, de 17 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de los Servicios de Prevención. En todo caso, la entidad especializada deberá mantener siempre en su plantilla un número de técnicos que no podrá ser inferior al que resulte del cálculo para el dimensionamiento de los recursos humanos de los servicios de prevención, de conformidad con lo dispuesto en el anexo I de la Orden TIN/2504/2010, de 20 de septiembre, por la que se desarrolla el Real Decreto 39/1997, de 17 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de los Servicios de Prevención. Deberán disponer, como mínimo, de las instalaciones e instrumentación necesarias para realizar las pruebas, reconocimientos, mediciones, análisis y evaluaciones habituales en la práctica de las especialidades preventivas, así como para el desarrollo de las actividades formativas y divulgativas básicas. A estos efectos, en el anexo II de la Orden TIN/2504/2010, de 20 de septiembre, por la que se desarrolla el Real Decreto 39/1997, de 17 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de los Servicios de Prevención se incluyen los recursos instrumentales mínimos con los que el servicio de prevención ajeno debe contar en el ámbito territorial de actuación en el que desee prestar sus servicios.
  • Certificados de control de calidad expedidos por los institutos o servicios oficiales - Una relación de los principales servicios/suministros prestados en los últimos tres años relacionados con servicios objeto del contrato, que incluya importe, fechas y el destinatario, público o privado, de los mismos. Los suministros o servicios efectuados se acreditarán mediante certificados de buena ejecución expedidos o visados por el órgano competente, cuando el destinatario sea una entidad del sector público o, cuando el destinatario sea privado, mediante un certificado expedido por éste o, a falta de este certificado, mediante una declaración del empresario; en su caso, estos certificados serán comunicados directamente al órgano de contratación por la autoridad competente. A efectos de de determinar la correspondencia entre los servicios acreditados y lo que constituyen el objeto del contrato, se estará a la clasificación empresarial aplicable referido a grupo y subgrupo; caso de no existir clasificación deberán coincidir los tres primeros dígitos de los códigos CPV previsto para el contrato y el previsto para la actividad que se declare a efectos de la experiencia. Criterio de selección: Deberá acreditarse, en el año de mayor ejecución, un importe anual acumulado de al menos 17.466,40 €

Calificaciones financieras

  • Cifra anual de negocio - - Una relación de los principales servicios/suministros prestados en los últimos tres años relacionados con servicios objeto del contrato, que incluya importe, fechas y el destinatario, público o privado, de los mismos. Los suministros o servicios efectuados se acreditarán mediante certificados de buena ejecución expedidos o visados por el órgano competente, cuando el destinatario sea una entidad del sector público o, cuando el destinatario sea privado, mediante un certificado expedido por éste o, a falta de este certificado, mediante una declaración del empresario; en su caso, estos certificados serán comunicados directamente al órgano de contratación por la autoridad competente. A efectos de de determinar la correspondencia entre los servicios acreditados y lo que constituyen el objeto del contrato, se estará a la clasificación empresarial aplicable referido a grupo y subgrupo; caso de no existir clasificación deberán coincidir los tres primeros dígitos de los códigos CPV previsto para el contrato y el previsto para la actividad que se declare a efectos de la experiencia. Criterio de selección: Deberá acreditarse, en el año de mayor ejecución, un importe anual acumulado de al menos 17.466,40 € .

Calificaciones específicas

  • Capacidad de obrar
  • No prohibición para contratar
  • Cumplimiento con las obligaciones con la Seguridad Social
  • Cumplimiento con las obligaciones tributarias

Garantías financieras

  • Final - x5

Términos de adjudicación

  • Higiene industrial: 30%
  • instalaciones y técnicos sanitarios.: 40%
  • vigilancia de la salud: 30%

Resolución

Adjudicado: prórroga contrato

Fecha adjudicación

28/09/2021

Importe

22.713,64 € - Baja (0%)

Importe sin impuestos

20.764,00 € - Baja (0%)

Identificador contrato

1

Fecha contrato

28/09/2021

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