Adjudicado: Con fecha 10/11/2022 se requirió a SEDUCO INDUSTRIES CORPORATION, S.L. presentar la documentación exigida en las cláusulas 21 y 22 del PCAP.
Tras revisar la documentación relativa a certificados de trabajos realizados, y
de las subsanaciones, continúa sin quedar acreditada la solvencia técnica. Para contrastar el criterio de sus técnicos se encargan por el ITC 3 informes externos, a expertos nacionales en la materia, de la UCLM, UCM y UCA.
Se firma por 3 técnicos del ITC certificado desfavorable de revisión de la solvencia técnica de SEDUCO INDUSTRIES CORPORATION, S.L. con fecha 28/2/2023.
En todos los informes se concluye que SEDUCO INDUSTRIES CORPORATION, S.L. no ha acreditado el cumplimiento de los requisitos de solvencia técnica.
Las atribuciones conferidas para la adjudicación y firma del presente contrato, corresponden al Órgano de contratación, en concreto a la Gerencia del ITC; a tal efecto, por la misma con fecha 6 de marzo de 2023 se adoptó lo siguiente:
ACUERDO
PRIMERO: Rechazar la oferta de SEDUCO INDUSTRIES CORPORATION, S.L. por no acreditar de conformidad a lo requerido el cumplimiento del requisito de solvencia técnica establecido en la cláusula 21.2.2 letra a) del PCAP para el expte.: 0684/2022, para la contratación del “Suministro con instalación, puesta en marcha y pruebas de funcionamiento de una columna de fraccionamiento asistida por CO2 supercrítico y co-solventes (SFF)”, en el marco del Proyecto de consolidación del Área Experimental de Biotecnología Azul y Acuicultura de Pozo Izquierdo (BLUEACT), con cargo al Fondo de Ayuda a la Recuperación para la Cohesión y los Territorios de Europa (REACT-EU), del Instrumento Europeo de Recuperación “NEXT GENERATION EU”, financiado por el Fondo Europeo de Desarrollo Regional (FEDER) como parte de la respuesta de la unión a la pandemia de COVID-19, en base a las conclusiones de los 3 informes externos y del certificado de revisión de solvencia técnica firmado por técnicos del ITC que este Órgano de Contratación comparte en su totalidad, considerando que los trabajos previos aportados no son equiparables al objeto del contrato ni a la oferta presentada, y teniendo en cuenta el mencionado alto riesgo de explosión del sistema si no se cuenta para su montaje e instalación con los medios necesarios y la experiencia previa, tratándose del manejo de altas presiones.
SEGUNDO: Notificar a SEDUCO INDUSTRIES CORPORATION, S.L. el rechazo de su oferta, de conformidad con lo establecido en el art. 151 de la LCSP.
TERCERO: Requerir presentar la documentación exigida en las cláusulas 21 y 22 del PCAP al siguiente licitador por el orden de puntuación en que fueron clasificadas las ofertas, DEMEDENES, S.L., en el plazo de 10 días hábiles a contar desde dicho requerimiento.
El mismo día 6 de marzo de 2023 se notifica dicho acuerdo a SEDUCO INDUSTRIES CORPORATION, S.L., señalando en la notificación que quedaban publicados en tablón de anuncios todos los informes, y que de conformidad con lo establecido en el artículo 58 del RDL 36/2020, se podría interponer Recurso Especial en Materia de Contratación en el plazo de diez (10) días naturales a contar desde el día siguiente a su publicación y notificación, al implicar la imposibilidad de continuar en el procedimiento.
Transcurrido dicho plazo no se ha recibido notificación de interposición de Recurso Especial en Materia de Contratación.
Fecha adjudicación
23/03/2023
Importe
504.000,00 € - Baja (-16%)
Importe sin impuestos
504.000,00 € - Baja (-10%)
Identificador contrato
013/2023