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Lugar de ejecución

Mallorca, Islas baleares, España

Anuncio de Licitación

11/10/2021

Perfil del contratante

Anuncio de Pliegos

11/10/2021

Perfil del contratante

Fin Plazo Presentación

26/10/2021

Finalizado

Anuncio de Adjudicación

01/12/2021

Perfil del contratante

Anuncio de Formalización

05/01/2022

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Suministro y mantenimiento de hardware y software para el Ajuntament de Calvià

Perfil del contratante

Ayuntamiento de Calviá

Datos generales

Estado

Resuelta

Presupuesto base de licitación

116.898,10 €

Importe sin impuestos

96.610,00 €

Valor estimado del contrato

96.610,00 €

Referencia

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Publicación

11/10/2021

Ultima actualización

13/11/2024

Periodo estimado Inicio

-

Periodo estimado Final

-

Duración

1 Mes

Códigos CPV

32522000 - Equipo de telecomunicaciones

32562100 - Cables de fibra óptica para transmisión de información

32572000 - Cable de comunicaciones

30232000 - Periféricos

30216100 - Lectores ópticos

32421000 - Cableado de red

30237460 - Teclados de ordenador

48820000 - Servidores

32571000 - Infraestructura de comunicaciones

32562200 - Cables de fibra óptica para telecomunicación

32560000 - Materiales de fibra óptica

30231310 - Monitores de pantalla plana

48214000 - Paquetes de software de sistemas operativos en red

32521000 - Cable de telecomunicaciones

32420000 - Equipo de red

30213300 - Ordenadores de mesa

32570000 - Equipo de comunicaciones

48800000 - Sistemas y servidores de información

30213200 - Tabletas digitales

48710000 - Paquetes de software de copia de seguridad o recuperación

48517000 - Paquetes de software de TI

32561000 - Conexiones de fibra óptica

32520000 - Equipo y cable de telecomunicaciones

32500000 - Equipo y material para telecomunicaciones

48620000 - Sistemas operativos

32422000 - Componentes de red

32562300 - Cables de fibra óptica para transmisión de datos

32562000 - Cables de fibra óptica

Proceso de licitación

Proceso

Procedimiento Abierto

Urgencia

Ordinaria

Sistema de contratación

No aplica

Método de envío

Electrónica

Plazo de presentación ofertas

Hasta 26/10/2021

Presentación

A uno o varios lotes

Cantidad máxima de presentación de lotes

-

Cantidad máxima de lotes adjudicados

-

Período disponibilidad documentos

-

Términos y Calificaciones

Calificaciones técnicas

  • Técnicos o unidades técnicas - La solvencia técnica o profesional se acreditará mediante lo establecido en los apartados 1b) del artículo 89 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público. b) Indicación del personal técnico o unidades técnicas, integradas o no en la empresa, de los que se disponga para la ejecución del contrato, especialmente los encargados del control de calidad.
  • Técnicos o unidades técnicas - La solvencia técnica o profesional se acreditará mediante lo establecido en los apartados 1b) del artículo 89 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público. b) Indicación del personal técnico o unidades técnicas, integradas o no en la empresa, de los que se disponga para la ejecución del contrato, especialmente los encargados del control de calidad.
  • Técnicos o unidades técnicas - La solvencia técnica o profesional se acreditará mediante lo establecido en los apartados 1b) del artículo 89 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público. b) Indicación del personal técnico o unidades técnicas, integradas o no en la empresa, de los que se disponga para la ejecución del contrato, especialmente los encargados del control de calidad.
  • Trabajos realizados - La solvencia técnica o profesional se acreditará mediante lo establecido en los apartados 1a) del artículo 89 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público. a) Una relación de los principales suministros realizados de igual o similar naturaleza que los que constituyen el objeto del contrato en el curso de como máximo, los tres últimos años, en la que se indique el importe, la fecha y el destinatario, público o privado de los mismos; cuando sea necesario para garantizar un nivel adecuado de competencia, los poderes adjudicadores podrán indicar que se tendrán en cuenta las pruebas de los suministros pertinentes efectuados más de tres años antes. Cuando le sea requerido por los servicios dependientes del órgano de contratación, los suministros efectuados se acreditarán mediante certificados expedidos o visados por el órgano competente, cuando el destinatario sea una entidad del sector público; cuando el destinatario sea un sujeto privado, mediante un certificado expedido por este o, a falta de este certificado, mediante una declaración del empresario acompañado de losdocumentos obrantes en poder del mismo que acrediten la realización de la prestación; en su caso estos certificados serán comunicados directamente al órgano de contratación por la autoridad competente. Para determinar que un suministro es de igual o similar naturaleza al que constituye el objeto del contrato, el pliego de cláusulas administrativas particulares podrá acudir además de al CPV, a otros sistemas de clasificación de actividades o productos como el Código normalizado de productos y servicios de las Naciones Unidas (UNSPSC), a la Clasificación central de productos (CPC) o a la Clasificación Nacional de Actividades Económicas (CNAE), que en todo caso deberá garantizar la competencia efectiva para la adjudicación del contrato. En defecto de previsión en el pliego se atenderá a los tres primeros dígitos de los respectivos códigos de la CPV. La Junta Consultiva de Contratación Pública del Estado podrá efectuar recomendaciones para indicar qué códigos de las respectivas clasificaciones se ajustan con mayor precisión a las prestaciones más habituales en la contratación pública.
  • Trabajos realizados - La solvencia técnica o profesional se acreditará mediante lo establecido en los apartados 1a) del artículo 89 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público. a) Una relación de los principales suministros realizados de igual o similar naturaleza que los que constituyen el objeto del contrato en el curso de como máximo, los tres últimos años, en la que se indique el importe, la fecha y el destinatario, público o privado de los mismos; cuando sea necesario para garantizar un nivel adecuado de competencia, los poderes adjudicadores podrán indicar que se tendrán en cuenta las pruebas de los suministros pertinentes efectuados más de tres años antes. Cuando le sea requerido por los servicios dependientes del órgano de contratación, los suministros efectuados se acreditarán mediante certificados expedidos o visados por el órgano competente, cuando el destinatario sea una entidad del sector público; cuando el destinatario sea un sujeto privado, mediante un certificado expedido por este o, a falta de este certificado, mediante una declaración del empresario acompañado de losdocumentos obrantes en poder del mismo que acrediten la realización de la prestación; en su caso estos certificados serán comunicados directamente al órgano de contratación por la autoridad competente. Para determinar que un suministro es de igual o similar naturaleza al que constituye el objeto del contrato, el pliego de cláusulas administrativas particulares podrá acudir además de al CPV, a otros sistemas de clasificación de actividades o productos como el Código normalizado de productos y servicios de las Naciones Unidas (UNSPSC), a la Clasificación central de productos (CPC) o a la Clasificación Nacional de Actividades Económicas (CNAE), que en todo caso deberá garantizar la competencia efectiva para la adjudicación del contrato. En defecto de previsión en el pliego se atenderá a los tres primeros dígitos de los respectivos códigos de la CPV. La Junta Consultiva de Contratación Pública del Estado podrá efectuar recomendaciones para indicar qué códigos de las respectivas clasificaciones se ajustan con mayor precisión a las prestaciones más habituales en la contratación pública.
  • Trabajos realizados - La solvencia técnica o profesional se acreditará mediante lo establecido en los apartados 1a) del artículo 89 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público. a) Una relación de los principales suministros realizados de igual o similar naturaleza que los que constituyen el objeto del contrato en el curso de como máximo, los tres últimos años, en la que se indique el importe, la fecha y el destinatario, público o privado de los mismos; cuando sea necesario para garantizar un nivel adecuado de competencia, los poderes adjudicadores podrán indicar que se tendrán en cuenta las pruebas de los suministros pertinentes efectuados más de tres años antes. Cuando le sea requerido por los servicios dependientes del órgano de contratación, los suministros efectuados se acreditarán mediante certificados expedidos o visados por el órgano competente, cuando el destinatario sea una entidad del sector público; cuando el destinatario sea un sujeto privado, mediante un certificado expedido por este o, a falta de este certificado, mediante una declaración del empresario acompañado de losdocumentos obrantes en poder del mismo que acrediten la realización de la prestación; en su caso estos certificados serán comunicados directamente al órgano de contratación por la autoridad competente. Para determinar que un suministro es de igual o similar naturaleza al que constituye el objeto del contrato, el pliego de cláusulas administrativas particulares podrá acudir además de al CPV, a otros sistemas de clasificación de actividades o productos como el Código normalizado de productos y servicios de las Naciones Unidas (UNSPSC), a la Clasificación central de productos (CPC) o a la Clasificación Nacional de Actividades Económicas (CNAE), que en todo caso deberá garantizar la competencia efectiva para la adjudicación del contrato. En defecto de previsión en el pliego se atenderá a los tres primeros dígitos de los respectivos códigos de la CPV. La Junta Consultiva de Contratación Pública del Estado podrá efectuar recomendaciones para indicar qué códigos de las respectivas clasificaciones se ajustan con mayor precisión a las prestaciones más habituales en la contratación pública.
  • Trabajos realizados - La solvencia técnica o profesional se acreditará mediante lo establecido en los apartados 1a) del artículo 89 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público. a) Una relación de los principales suministros realizados de igual o similar naturaleza que los que constituyen el objeto del contrato en el curso de como máximo, los tres últimos años, en la que se indique el importe, la fecha y el destinatario, público o privado de los mismos; cuando sea necesario para garantizar un nivel adecuado de competencia, los poderes adjudicadores podrán indicar que se tendrán en cuenta las pruebas de los suministros pertinentes efectuados más de tres años antes. Cuando le sea requerido por los servicios dependientes del órgano de contratación, los suministros efectuados se acreditarán mediante certificados expedidos o visados por el órgano competente, cuando el destinatario sea una entidad del sector público; cuando el destinatario sea un sujeto privado, mediante un certificado expedido por este o, a falta de este certificado, mediante una declaración del empresario acompañado de losdocumentos obrantes en poder del mismo que acrediten la realización de la prestación; en su caso estos certificados serán comunicados directamente al órgano de contratación por la autoridad competente. Para determinar que un suministro es de igual o similar naturaleza al que constituye el objeto del contrato, el pliego de cláusulas administrativas particulares podrá acudir además de al CPV, a otros sistemas de clasificación de actividades o productos como el Código normalizado de productos y servicios de las Naciones Unidas (UNSPSC), a la Clasificación central de productos (CPC) o a la Clasificación Nacional de Actividades Económicas (CNAE), que en todo caso deberá garantizar la competencia efectiva para la adjudicación del contrato. En defecto de previsión en el pliego se atenderá a los tres primeros dígitos de los respectivos códigos de la CPV. La Junta Consultiva de Contratación Pública del Estado podrá efectuar recomendaciones para indicar qué códigos de las respectivas clasificaciones se ajustan con mayor precisión a las prestaciones más habituales en la contratación pública.
  • Técnicos o unidades técnicas - La solvencia técnica o profesional se acreditará mediante lo establecido en los apartados 1b) del artículo 89 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público. b) Indicación del personal técnico o unidades técnicas, integradas o no en la empresa, de los que se disponga para la ejecución del contrato, especialmente los encargados del control de calidad.

Calificaciones financieras

  • Otros - La solvencia económica y financiera se acreditará mediante los apartados a) o b) del artículo 87.1 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público. a) Volumen anual de negocios, o bien volumen anual de negocios en el ámbito al que se refiera el contrato, referido al mejor ejercicio dentro de los tres últimos disponibles en función de las fechas de constitución o de inicio de actividades del empresario y de presentación de las ofertas por importe igual o superior a 25.650,00 € (lote 1). Ó b) En los casos en que resulte apropiado, justificante de la existencia de un seguro de responsabilidad civil por riesgos profesionales por importe igual o superior a 25.650,00 € (lote 1).
  • Otros - La solvencia económica y financiera se acreditará mediante los apartados a) o b) del artículo 87.1 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público. a) Volumen anual de negocios, o bien volumen anual de negocios en el ámbito al que se refiera el contrato, referido al mejor ejercicio dentro de los tres últimos disponibles en función de las fechas de constitución o de inicio de actividades del empresario y de presentación de las ofertas por importe igual o superior a 75.750,00 € (lote 2). Ó b) En los casos en que resulte apropiado, justificante de la existencia de un seguro de responsabilidad civil por riesgos profesionales por importe igual o superior a 75.750,00 € (lote 2).
  • Otros - La solvencia económica y financiera se acreditará mediante los apartados a) o b) del artículo 87.1 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público. a) Volumen anual de negocios, o bien volumen anual de negocios en el ámbito al que se refiera el contrato, referido al mejor ejercicio dentro de los tres últimos disponibles en función de las fechas de constitución o de inicio de actividades del empresario y de presentación de las ofertas por importe igual o superior a 34.815,00 € (lote 4). Ó b) En los casos en que resulte apropiado, justificante de la existencia de un seguro de responsabilidad civil por riesgos profesionales por importe igual o superior a 34.815,00 € (lote 4).
  • Otros - La solvencia económica y financiera se acreditará mediante los apartados a) o b) del artículo 87.1 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público. a) Volumen anual de negocios, o bien volumen anual de negocios en el ámbito al que se refiera el contrato, referido al mejor ejercicio dentro de los tres últimos disponibles en función de las fechas de constitución o de inicio de actividades del empresario y de presentación de las ofertas por importe igual o superior a 8700,00 € (lote 3). Ó b) En los casos en que resulte apropiado, justificante de la existencia de un seguro de responsabilidad civil por riesgos profesionales por importe igual o superior a 8700,00 € (lote 3).

Calificaciones específicas

  • Cumplimiento con las obligaciones tributarias - Cumplimiento con las obligaciones tributarias
  • Cumplimiento con las obligaciones con la Seguridad Social - Cumplimiento con las obligaciones con la Seguridad Social
  • No estar incurso en incompatibilidades - No estar incurso en incompatibilidades
  • Cumplimiento con las obligaciones tributarias - Cumplimiento con las obligaciones tributarias
  • Capacidad de obrar - Capacidad de obrar
  • Capacidad de obrar - Capacidad de obrar
  • Para las empresas extranjeras, declaración de sometimiento a la legislación española. - Para las empresas extranjeras, declaración de sometimiento a la legislación española.
  • Cumplimiento con las obligaciones tributarias - Cumplimiento con las obligaciones tributarias
  • Cumplimiento con las obligaciones con la Seguridad Social - Cumplimiento con las obligaciones con la Seguridad Social
  • No estar incurso en incompatibilidades - No estar incurso en incompatibilidades
  • Para las empresas extranjeras, declaración de sometimiento a la legislación española. - Para las empresas extranjeras, declaración de sometimiento a la legislación española.
  • Cumplimiento con las obligaciones tributarias - Cumplimiento con las obligaciones tributarias
  • No haber sido adjudicatario de los contratos anteriores de dirección y/o supervisión de la obra. - No haber sido adjudicatario de los contratos anteriores de dirección y/o supervisión de la obra.
  • No prohibición para contratar - No prohibición para contratar
  • No estar incurso en incompatibilidades - No estar incurso en incompatibilidades
  • Capacidad de obrar - Capacidad de obrar
  • No haber sido adjudicatario de los contratos anteriores de dirección y/o supervisión de la obra. - No haber sido adjudicatario de los contratos anteriores de dirección y/o supervisión de la obra.
  • Para las empresas extranjeras, declaración de sometimiento a la legislación española. - Para las empresas extranjeras, declaración de sometimiento a la legislación española.
  • No prohibición para contratar - No prohibición para contratar
  • Capacidad de obrar - Capacidad de obrar
  • No haber sido adjudicatario de los contratos anteriores de dirección y/o supervisión de la obra. - No haber sido adjudicatario de los contratos anteriores de dirección y/o supervisión de la obra.
  • Cumplimiento con las obligaciones con la Seguridad Social - Cumplimiento con las obligaciones con la Seguridad Social
  • No haber sido adjudicatario de los contratos anteriores de dirección y/o supervisión de la obra. - No haber sido adjudicatario de los contratos anteriores de dirección y/o supervisión de la obra.
  • Para las empresas extranjeras, declaración de sometimiento a la legislación española. - Para las empresas extranjeras, declaración de sometimiento a la legislación española.
  • No prohibición para contratar - No prohibición para contratar
  • No estar incurso en incompatibilidades - No estar incurso en incompatibilidades
  • No prohibición para contratar - No prohibición para contratar
  • Cumplimiento con las obligaciones con la Seguridad Social - Cumplimiento con las obligaciones con la Seguridad Social

Términos de adjudicación

  • 2.3.- Criterios medioambientales: 3 Switches CAPA L2 (24 RJ45 – 4 SFP+): 2%
  • 2.1.- Criterios Medioambientales: unidades de escaner.: 5%
  • 1.- Oferta Económica: 100%
  • 1. Oferta económica: 90%
  • 2.1.- Criterios Medioambientales: ordenadores de sobremesa.: 3%
  • 1.- Oferta económica: 90%
  • 2.2.- Criterios Medioambientales: Tabletas: 5%
  • 1.- Oferta económica: 90%
  • 2.2.- Criterios Medioambientales: 2 Switches CAPA L2 (48 RJ45 – 2 SFP – 2SFP+) Ubiquiti UniFI US-48: 1%
  • 2.1.- Criterios Medioambientales: 15 Switches CAPA L2 Y L3 STATIC ROUTING (24 RJ45 – 4SFP): 7%
  • 2.2.- Criterios Medioambientales: Monitores: 7%

Documentos

Lotes

Lote 1

Dispositivos de digitalización y tabletas

Importe

20.691,00 €

Importe sin impuestos

17.100,00 €

Lote 2

Ordenadores de sobremesa, teclados y monitores

Importe

61.105,00 €

Importe sin impuestos

50.500,00 €

Lote 3

Electrónica de red, cableado y armarios

Importe

7018,00 €

Importe sin impuestos

5800,00 €

Lote 4

Licencias Microsoft y Veeam Backup

Importe

28.084,10 €

Importe sin impuestos

23.210,00 €

Resolución

Lote 1 - Adjudicado: Se adjudica a la oferta más ventajosa calidad - precio que cumple con lo prescrito en el PPT.

Fecha adjudicación

01/12/2021

Importe

18.007,17 € - Baja (-13%)

Importe sin impuestos

14.881,96 € - Baja (-13%)

Identificador contrato

-

Fecha contrato

22/12/2021

Lote 2 - Adjudicado: Se adjudica a la oferta más ventajosa calidad - precio que cumple con lo prescrito en el PPT.

Fecha adjudicación

01/12/2021

Importe

52.187,30 € - Baja (-15%)

Importe sin impuestos

43.130,00 € - Baja (-15%)

Identificador contrato

-

Fecha contrato

02/12/2021

Lote 3 - Adjudicado: Se adjudica a la oferta más ventajosa calidad-precio que cumple con lo prescrito en el PPT.

Fecha adjudicación

03/12/2021

Importe

6107,52 € - Baja (-13%)

Importe sin impuestos

5047,54 € - Baja (-13%)

Identificador contrato

-

Fecha contrato

09/12/2021

Lote 4 - Adjudicado: Se adjudica a la oferta más ventajosa económicamente que cumple con lo prescrito en el PPT.

Fecha adjudicación

03/12/2021

Importe

26.034,11 € - Baja (-7%)

Importe sin impuestos

21.515,79 € - Baja (-7%)

Identificador contrato

-

Fecha contrato

09/12/2021

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