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Lugar de ejecución

Fuenlabrada (madrid), Madrid, Comunidad de madrid, España

Anuncio de Licitación

20/06/2022

Perfil del contratante

Anuncio de Pliegos

20/06/2022

Perfil del contratante

Fin Plazo Presentación

05/07/2022

Finalizado

Anuncio de Adjudicación

07/09/2022

Perfil del contratante

Anuncio de Formalización

15/09/2022

Perfil del contratante

Anuncio Modificación de Contrato

11/07/2025

Perfil del contratante

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Licitación Impresión de Notificaciones - Fuenlabrada

Servicio de impresión de notificaciones y comunicaciones de la Oficina Tributaria del Ayuntamiento de Fuenlabrada y el Negociado de Sanciones de tráfico del Ayuntamiento de Fuenlabrada

Perfil del contratante

Ayuntamiento de Fuenlabrada

Datos generales

Estado

Resuelta

Presupuesto base de licitación

50.656,82 €

Importe sin impuestos

41.685,14 €

Valor estimado del contrato

92.103,31 €

Referencia

Ver

Enlace a la fuente oficial

Link

Publicación

20/06/2022

Ultima actualización

05/11/2025

Periodo estimado Inicio

-

Periodo estimado Final

-

Duración

2 Años

Códigos CPV

79823000 - Servicios de impresión y entrega

Proceso de licitación

Proceso

Abierto simplificado

Urgencia

Ordinaria

Sistema de contratación

No aplica

Método de envío

Electrónica

Plazo de presentación ofertas

Hasta 05/07/2022

Presentación

-

Cantidad máxima de presentación de lotes

-

Cantidad máxima de lotes adjudicados

-

Período disponibilidad documentos

Hasta 05/07/2022

Términos y Calificaciones

Calificaciones técnicas

  • Trabajos realizados - La solvencia técnica se acreditará: Con carácter general las empresas licitadoras deberán acreditar tener experiencia, habiendo ejecutado uno o varios contratos dentro de los 3 últimos años, de igual naturaleza a la descrita en el PPT. De estos tres años, la solvencia técnica se justificará en el año en que los servicios o trabajos sumen mayor volumen de negocios y este volumen anual deberá ser al menos el 70 por ciento del valor estimado, cuando su duración sea inferior a un año; o el 70 por ciento del valor anual medio, si su duración es superior a un año. En la relación se indicará el importe, la fecha y el destinatario, público o privado de los mismos. La anualidad media del contrato se calculará de conformidad con lo establecido en el artículo 36.6 del Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento general de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas (dividiendo su precio total por el número de meses de su plazo de ejecución y multiplicando por 12 el cociente resultante). Los servicios o trabajos efectuados se acreditarán mediante certificados expedidos o visados por el órgano competente, cuando el destinatario sea una entidad del sector público; cuando el destinatario sea un sujeto privado, mediante un certificado expedido por este o, a falta de este certificado, mediante una declaración del empresario acompañado de los documentos obrantes en poder del mismo que acrediten la realización de la prestación; en su caso, estos certificados serán comunicados directamente al órgano de contratación por la autoridad competente. Para determinar que un trabajo o servicio es de igual o similar naturaleza al que constituye el objeto del contrato, se atenderá a los tres primeros dígitos de los respectivos códigos de la CPV. Cuando el licitador sea una empresa de nueva creación, entendiendo por tal aquella que tenga una antigüedad inferior a cinco años, su solvencia técnica se acreditará por uno o varios de los medios a que se refieren las letras b) a i) del artículo 90 LCSP, sin que en ningún caso sea aplicable lo establecido en la letra a), relativo a la ejecución de un número determinado de servicios.

Calificaciones financieras

  • Cifra anual de negocio - La solvencia económica y financiera se acreditará: Para empresarios, el volumen de negocio del mejor de los tres últimos años deberá ser al menos una vez el valor estimado del contrato, cuando su duración sea inferior a un año; y al menos una vez el valor anual medio del contrato, si su duración es superior a un año. La anualidad media del contrato se calculará de conformidad con lo establecido en el artículo 36.6 del Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento general de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas (dividiendo su precio total por el número de meses de su plazo de ejecución y multiplicando por 12 el cociente resultante). El volumen anual de negocios del licitador se acreditará preferentemente mediante la aportación de las cuentas anuales aprobadas y depositadas en el Registro Mercantil, si el empresario estuviera inscrito en dicho registro, o del registro oficial en que deba estar inscrito, del mejor de los tres últimos años concluidos donde se contenga el volumen anual de negocios, no obstante será admisible cualquier otro documento de carácter oficial que contenga dicha cifra. Para personas físicas, el volumen de negocio deberá ser al menos una vez el valor estimado del contrato, cuando su duración sea inferior a un año; y al menos una vez el valor anual medio del contrato, si su duración es superior a un año. Los empresarios individuales no inscritos en el Registro Mercantil acreditarán su volumen anual de negocios mediante la presentación del modelo 390 (declaración anual de IVA) o modelo 100, declaración del impuesto sobre la renta de las personas físicas, o cualquier otro documento de carácter oficial que contenga dicha cifra. En el caso de que el objeto del contrato consista en servicios profesionales, tal y como se establece en los apartados 1.b y 3.b del artículo 87 LCSP, el licitador, bien sea persona física o sociedad profesional, podrá acreditar la solvencia mediante la disposición de un seguro de indemnización de riesgos profesionales, vigente hasta el fin del plazo de presentación de las ofertas, por importe igual o superior a una vez el valor estimado del contrato, aportando además el compromiso de su renovación o prórroga que garantice el mantenimiento de su cobertura durante toda la ejecución del contrato

Garantías financieras

  • Final - x5

Términos de adjudicación

  • Oferta económica: 8%
  • Criterios cualitativos: 2%

Documentos

Resolución

Adjudicado: Adjudicar la CONTRATACIÓN CONJUNTA DEL SERVICIO DE IMPRESIÓN DE NOTIFICACIONES Y COMUNICACIONES DE LA OFICINA TRIBUTARIA DEL AYUNTAMIENTO DE FUENLABRADA Y EL NEGOCIADO DE SANCIONES DE TRAFICO DEL AYUNTAMIENTO DE FUENLABRADA, por los precios unitarios resultantes de la aplicación de una baja porcentual del 27,52%, a todos y cada uno de los precios unitarios máximos de licitación (sin IVA) que figuran en el el Pliego de Prescripciones Técnicas, hasta presupuesto máximo aprobado por importe de 50.656,82 €, de los que 41.865,14 € corresponden a la base imponible y 8.791,68 € al 21% de IVA, y un plazo de entrega desde la aprobación de las pruebas de 2 días hábiles, tal y como está establecido en el Pliego de Prescripciones Técnicas., a la empresa SERMOGA OSSORIO FRANQUEO S.L., NIF B-15370042, de acuerdo con lo previsto en el art. 159.4.f) 4. de la LCSP, donde indica que se procederá a adjudicar el contrato a favor del licitador propuesto como adjudicatario, con cargo a a las aplicaciones presupuestarias 3019/932/22708 para la Oficina Tributaria y 1010-920-22708 para el Negociado de Sanciones del Ayuntamiento de Fuenlabrada

Fecha adjudicación

05/09/2022

Importe

50.656,82 € - Baja (0%)

Importe sin impuestos

41.865,14 € - Baja (-0%)

Identificador contrato

2022/000532

Fecha contrato

09/09/2022

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