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Lugar de ejecución
Madrid, Comunidad de madrid, España
Anuncio de Licitación
22/05/2022
Perfil del contratante
Anuncio de Pliegos
23/05/2022
Perfil del contratante
Anuncio de Licitación
25/05/2022
DOUE
Fin Plazo Presentación
21/06/2022
Finalizado
Anuncio de Adjudicación
05/10/2022
Perfil del contratante
Anuncio de Formalización
01/07/2023
Perfil del contratante
Anuncio Modificación de Contrato
27/09/2024
Perfil del contratante
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Licitación de residuos en Madrid
Licitaciones públicas: contenerización, recogida y transporte de residuos en la Ciudad de Madrid. Ayuntamiento de Madrid.
Perfil del contratante
Perfil del contratante
Datos generales
Estado
Resuelta
Presupuesto base de licitación
1.506.284.521,92 €
Importe sin impuestos
1.369.349.565,38 €
Valor estimado del contrato
1.628.083.584,06 €
Referencia
Ver
Enlace a la fuente oficial
Publicación
22/05/2022
Ultima actualización
14/05/2026
Periodo estimado Inicio
-
Periodo estimado Final
-
Duración
6 Años
Códigos CPV
90511100 - Servicios de recogida de desperdicios sólidos urbanos
34928480 - Contenedores y cubos de residuos y basura
90500000 - Servicios relacionados con desperdicios y residuos
90511300 - Servicios de recogida de basuras
90512000 - Servicios de transporte de desperdicios
Título oficial
Contenerización, recogida y transporte de residuos en la Ciudad de Madrid (cuatro lotes)
Proceso de licitación
Proceso
Procedimiento Abierto
Urgencia
Ordinaria
Sistema de contratación
No aplica
Método de envío
Electrónica
Plazo de presentación ofertas
Hasta 21/06/2022
Presentación
A uno o varios lotes
Cantidad máxima de presentación de lotes
2
Cantidad máxima de lotes adjudicados
2
Período disponibilidad documentos
Hasta 21/06/2022
Términos y Calificaciones
Calificaciones técnicas
- Medidas de gestión medioambiental - Artículo 90.1f) en conexión con el artículo 94: Acreditación del cumplimiento de las normas de gestión medioambiental: Todos los lotes Estar en posesión de la certificación de gestión medioambiental ISO 14001 Deberá acreditarse la certificación de gestión medioambiental ISO 14001 emitida por una entidad certificadora acreditada. Se reconocerán los certificados equivalentes expedidos por organismos establecidos en cualquier Estado miembro de la Unión Europea y también aceptarán otras pruebas de medidas equivalentes de gestión medioambiental que presenten los empresarios. Sistema de acumulación de la solvencia técnica profesional en las Uniones Temporales de Empresas: En el caso de las Uniones Temporales de Empresas, el requisito mínimo de solvencia deberá ser cumplido por al menos una de las empresas integrantes de la UTE.
- Trabajos realizados - Artículo 90 apartado a) de LCSP: Requisitos mínimos de solvencia Lote nº 4: Deberá acreditarse, al menos, la realización o ejecución de prestaciones similares a las del objeto del contrato en una ciudad con población de derecho (según datos del Padrón Municipal) superior a 250.000 habitantes, durante alguno de los años 2020, 2021 y 2022, sin perjuicio de que se encuentre todavía en ejecución o haya finalizado ya, debiendo acreditar además un importe anual mínimo en contratos similares, sin incluir impuestos, de 2.500.000 euros, en el año de mayor ejecución. En dicha población debe efectuarse la recogida selectiva de al menos las fracciones biorresiduo, envases, papel-cartón y vidrio. La prestación del servicio será sobre la totalidad de la población mínima exigida. Medio de acreditación: Los servicios y cuantías se acreditarán mediante certificados expedidos o visados por el órgano competente cuando el destinatario sea una entidad del sector público; cuando se trate de un sujeto privado, mediante un certificado expedido por éste o, a falta de este certificado, mediante una declaración del empresario. Según lo previsto en el artículo 67.4 del Reglamento, se entenderá por trabajos de igual o similar naturaleza que los que constituyen el objeto del contrato, tomando como criterio de correspondencia entre los servicios ejecutados por el empresario y los que constituyen el objeto del contrato la igualdad entre los tres primeros dígitos de los respectivos códigos CPV. La comprobación de la población se realizará mediante los últimos datos del Padrón de habitantes publicados en la página web del INE. En el caso de ciudades extranjeras, la comprobación de la población se realizará mediante la comprobación de la información publicada en internet del organismo oficial nacional competente en materia estadística. Para concurrir a dos lotes (lotes nº 1, 2 ó 3, y lote nº 4) se exigirá como solvencia técnica la acreditación de, al menos, la realización o ejecución de prestaciones similares a las del objeto del contrato en una ciudad con población de derecho (según datos del último Padrón Municipal) superior a 750.000 habitantes, durante alguno de los años 2020, 2021 y 2022, y se deberá acreditar un importe anual sin incluir los impuestos mínimo de 17.500.000 euros, en el año de mayor ejecución del periodo antes indicado. Sistema de acumulación de la solvencia técnica profesional en las UTE: lo indicado en el apdo 14 anexo I lote 4 PCAP
- Títulos académicos y profesionales del empresario y directivos, o responsables de la ejecución - Artículo 90.1 apartado e): Títulos académicos y profesionales del empresario y de los directivos de la empresa y, en particular, del responsable o responsables de la ejecución del contrato, así como de los técnicos encargados directamente de la misma. Requisitos mínimos de solvencia: Lotes nº 1, 2, 3: Para cada uno de los lotes deberá acreditarse la disponibilidad de un técnico titulado universitario, con experiencia al menos de tres años de responsable de la totalidad del contrato en el ámbito de recogida y transporte de residuos en alguna ciudad con población de derecho (según datos del Padrón Municipal) superior a 500.000 habitantes, sin perjuicio de que se encuentre todavía en ejecución o haya finalizado ya, en los años 2017, 2018, 2019, 2020 ó 2021. No se acepta la suma de diversos contratos, el criterio debe cumplirse en uno único. En dicha población debe efectuarse la recogida selectiva, en su totalidad, de al menos las fracciones envases, biorresiduo, papel-cartón y vidrio. El contrato en cuestión atenderá a la totalidad de la población mínima exigida. Medio de acreditación: Las titulaciones se acreditarán mediante copia simple de los títulos oficiales correspondientes. La experiencia mínima exigida se acreditará mediante certificados expedidos o visados por el órgano competente del sector público, en los que se señale expresamente que el técnico titulado es o ha sido el responsable del contrato en cuestión. La comprobación de la población se realizará mediante los últimos datos del Padrón de habitantes publicados en la página web del Instituto Nacional de Estadística. En el caso de ciudades extranjeras, la comprobación de la población se realizará mediante la comprobación de la información publicada en internet del organismo oficial nacional competente en materia estadística. Sistema de acumulación de la solvencia técnica profesional en las Uniones Temporales de Empresas: En el caso de las Uniones Temporales de Empresas, el requisito mínimo de solvencia deberá ser cumplido por una de las empresas integrantes de la UTE.
- Otros - Compromiso de adscripción o dedicación de los medios personales suficientes para la ejecución del contrato y que se concreta en un compromiso de mantenimiento del personal subrogado en los términos establecidos en el artículo 24.2 del PPTP.
- Otros - Compromiso de adscripción o dedicación de los medios personales suficientes para la ejecución del contrato y que se concreta en un compromiso de mantenimiento del personal subrogado en los términos establecidos en el artículo 24.2 del PPTP.
- Instalaciones técnicas y medidas para garantizar la calidad - Artículo 90.1 apartado c) de la LCSP: Descripción de las instalaciones técnicas, de las medidas empleadas por el empresario para garantizar la calidad y de los medios de estudio e investigación de la empresa. Lotes 1 y 3: descripción de las instalaciones exigidas en el artículo 26.2 del PPTP como base de los servicios exigidos (aparcamiento, talleres, vestuarios, oficinas, almacenes, lavaderos, etc), así como de los puntos de carga, o compromiso de suministro, de Gas Natural Comprimido también exigidos en el PPTP. Las características mínimas de las instalaciones señaladas son las indicadas en el apartado 14, Anexo I lotes 1,2,3 del PCAP. Medio de acreditación: de conformidad con lo indicado en el apartado 14, Anexo I lotes 1,2,3 del PCAP
- Medidas de gestión medioambiental - Artículo 90.1f) en conexión con el artículo 94: Acreditación del cumplimiento de las normas de gestión medioambiental: Todos los lotes Estar en posesión de la certificación de gestión medioambiental ISO 14001 Deberá acreditarse la certificación de gestión medioambiental ISO 14001 emitida por una entidad certificadora acreditada. Se reconocerán los certificados equivalentes expedidos por organismos establecidos en cualquier Estado miembro de la Unión Europea y también aceptarán otras pruebas de medidas equivalentes de gestión medioambiental que presenten los empresarios. Sistema de acumulación de la solvencia técnica profesional en las Uniones Temporales de Empresas: En el caso de las Uniones Temporales de Empresas, el requisito mínimo de solvencia deberá ser cumplido por al menos una de las empresas integrantes de la UTE.
- Títulos académicos y profesionales del empresario y directivos, o responsables de la ejecución - Artículo 90.1 apartado e): Títulos académicos y profesionales del empresario y de los directivos de la empresa y, en particular, del responsable o responsables de la ejecución del contrato, así como de los técnicos encargados directamente de la misma. Requisitos mínimos de solvencia: Lotes nº 1, 2, 3: Para cada uno de los lotes deberá acreditarse la disponibilidad de un técnico titulado universitario, con experiencia al menos de tres años de responsable de la totalidad del contrato en el ámbito de recogida y transporte de residuos en alguna ciudad con población de derecho (según datos del Padrón Municipal) superior a 500.000 habitantes, sin perjuicio de que se encuentre todavía en ejecución o haya finalizado ya, en los años 2017, 2018, 2019, 2020 ó 2021. No se acepta la suma de diversos contratos, el criterio debe cumplirse en uno único. En dicha población debe efectuarse la recogida selectiva, en su totalidad, de al menos las fracciones envases, biorresiduo, papel-cartón y vidrio. El contrato en cuestión atenderá a la totalidad de la población mínima exigida. Medio de acreditación: Las titulaciones se acreditarán mediante copia simple de los títulos oficiales correspondientes. La experiencia mínima exigida se acreditará mediante certificados expedidos o visados por el órgano competente del sector público, en los que se señale expresamente que el técnico titulado es o ha sido el responsable del contrato en cuestión. La comprobación de la población se realizará mediante los últimos datos del Padrón de habitantes publicados en la página web del Instituto Nacional de Estadística. En el caso de ciudades extranjeras, la comprobación de la población se realizará mediante la comprobación de la información publicada en internet del organismo oficial nacional competente en materia estadística. Sistema de acumulación de la solvencia técnica profesional en las Uniones Temporales de Empresas: En el caso de las Uniones Temporales de Empresas, el requisito mínimo de solvencia deberá ser cumplido por una de las empresas integrantes de la UTE.
- Otros - Compromiso de adscripción o dedicación de los medios personales suficientes para la ejecución del contrato y que se concreta en un compromiso de mantenimiento del personal subrogado en los términos establecidos en el artículo 24.2 del PPTP.
- Trabajos realizados - Requisitos mínimos de solvencia. Lotes nº 1, 2 y 3: Deberá acreditarse, al menos, la realización o ejecución de prestaciones similares a las del objeto del contrato en una ciudad con población de derecho (según datos del Padrón Municipal) superior a 500.000 habitantes, durante alguno de los años 2020, 2021 y 2022, sin perjuicio de que se encuentre todavía en ejecución o haya finalizado ya, debiendo acreditar un importe anual mínimo en dicho contrato, sin incluir impuestos, de 15.000.000 euros, en el año de mayor ejecución. En dicha población debe efectuarse la recogida selectiva, en su totalidad, de al menos las fracciones biorresiduo, envases, papel-cartón y vidrio, y deberá prestarse servicio a ese mínimo de población señalada. Medio de acreditación: Los servicios y cuantías se acreditarán mediante certificados expedidos o visados por el órgano competente cuando el destinatario sea una entidad del sector público; cuando se trate de un sujeto privado, mediante un certificado expedido por éste o, a falta de este certificado, mediante una declaración del empresario. Según lo previsto en el artículo 67.4 del Reglamento, se entenderá por trabajos de igual o similar naturaleza que los que constituyen el objeto del contrato, tomando como criterio de correspondencia entre los servicios ejecutados por el empresario y los que constituyen el objeto del contrato la igualdad entre los tres primeros dígitos de los respectivos códigos CPV. La comprobación de la población se realizará mediante los últimos datos del Padrón de habitantes publicados en la página web del Instituto Nacional de Estadística. En el caso de ciudades extranjeras, la comprobación de la población se realizará mediante la comprobación de la información publicada en internet del organismo oficial nacional competente en materia estadística. La exigencia para la concurrencia a dos lotes y el sistema de acumulación de la solvencia técnica profesional en las Uniones Temporales de Empresas son aspectos que vienen determinados en el apartado 14, Anexo I lotes 1,2,3 del PCAP
- Otros - Compromiso de adscripción o dedicación de los medios personales suficientes para la ejecución del contrato y que se concreta en un compromiso de mantenimiento del personal subrogado en los términos establecidos en el artículo 24.2 del PPTP.
- Medidas de gestión medioambiental - Artículo 90.1f) en conexión con el artículo 94: Acreditación del cumplimiento de las normas de gestión medioambiental: Todos los lotes Estar en posesión de la certificación de gestión medioambiental ISO 14001 Deberá acreditarse la certificación de gestión medioambiental ISO 14001 emitida por una entidad certificadora acreditada. Se reconocerán los certificados equivalentes expedidos por organismos establecidos en cualquier Estado miembro de la Unión Europea y también aceptarán otras pruebas de medidas equivalentes de gestión medioambiental que presenten los empresarios. Sistema de acumulación de la solvencia técnica profesional en las Uniones Temporales de Empresas: En el caso de las Uniones Temporales de Empresas, el requisito mínimo de solvencia deberá ser cumplido por al menos una de las empresas integrantes de la UTE.
- Maquinaria, material y equipo técnico para la ejecución del contrato - Artículo 90.1 apartado h): Declaración indicando la maquinaria, material y equipo técnico del que se dispondrá para la ejecución de los trabajos o prestaciones, a la que se adjuntará la documentación acreditativa pertinente cuando le sea requerido por los servicios dependientes del órgano de contratación. Lote n 4: acreditación de la disponibilidad a inicio del contrato de la maquinaria, material y equipo técnico para la fabricación tanto de los nuevos modelos de contenedores señalados en el artículo 13 del PPTP, como de los recipientes y elementos necesarios para las reposiciones y reparaciones que fuera necesario ejecutar a lo largo del periodo concesional, especificando la capacidad de fabricación de cada modelo de recipiente. Medios de acreditación: de conformidad con lo indicado en el apartado 14 del anexo I, lote 4 al PCAP.
- Medidas de gestión medioambiental - Artículo 90.1f) en conexión con el artículo 94: Acreditación del cumplimiento de las normas de gestión medioambiental: Todos los lotes Estar en posesión de la certificación de gestión medioambiental ISO 14001 Deberá acreditarse la certificación de gestión medioambiental ISO 14001 emitida por una entidad certificadora acreditada. Se reconocerán los certificados equivalentes expedidos por organismos establecidos en cualquier Estado miembro de la Unión Europea y también aceptarán otras pruebas de medidas equivalentes de gestión medioambiental que presenten los empresarios. Sistema de acumulación de la solvencia técnica profesional en las Uniones Temporales de Empresas: En el caso de las Uniones Temporales de Empresas, el requisito mínimo de solvencia deberá ser cumplido por al menos una de las empresas integrantes de la UTE.
- Títulos académicos y profesionales del empresario y directivos, o responsables de la ejecución - Artículo 90.1 apartado e): Títulos académicos y profesionales del empresario y de los directivos de la empresa y, en particular, del responsable o responsables de la ejecución del contrato, así como de los técnicos encargados directamente de la misma. Requisitos mínimos de solvencia: Lotes nº 1, 2, 3: Para cada uno de los lotes deberá acreditarse la disponibilidad de un técnico titulado universitario, con experiencia al menos de tres años de responsable de la totalidad del contrato en el ámbito de recogida y transporte de residuos en alguna ciudad con población de derecho (según datos del Padrón Municipal) superior a 500.000 habitantes, sin perjuicio de que se encuentre todavía en ejecución o haya finalizado ya, en los años 2017, 2018, 2019, 2020 ó 2021. No se acepta la suma de diversos contratos, el criterio debe cumplirse en uno único. En dicha población debe efectuarse la recogida selectiva, en su totalidad, de al menos las fracciones envases, biorresiduo, papel-cartón y vidrio. El contrato en cuestión atenderá a la totalidad de la población mínima exigida. Medio de acreditación: Las titulaciones se acreditarán mediante copia simple de los títulos oficiales correspondientes. La experiencia mínima exigida se acreditará mediante certificados expedidos o visados por el órgano competente del sector público, en los que se señale expresamente que el técnico titulado es o ha sido el responsable del contrato en cuestión. La comprobación de la población se realizará mediante los últimos datos del Padrón de habitantes publicados en la página web del Instituto Nacional de Estadística. En el caso de ciudades extranjeras, la comprobación de la población se realizará mediante la comprobación de la información publicada en internet del organismo oficial nacional competente en materia estadística. Sistema de acumulación de la solvencia técnica profesional en las Uniones Temporales de Empresas: En el caso de las Uniones Temporales de Empresas, el requisito mínimo de solvencia deberá ser cumplido por una de las empresas integrantes de la UTE.
- Instalaciones técnicas y medidas para garantizar la calidad - Artículo 90.1 apartado c) de la LCSP: Descripción de las instalaciones técnicas, de las medidas empleadas por el empresario para garantizar la calidad y de los medios de estudio e investigación de la empresa. Lotes 1 y 3: descripción de las instalaciones exigidas en el artículo 26.2 del PPTP como base de los servicios exigidos (aparcamiento, talleres, vestuarios, oficinas, almacenes, lavaderos, etc), así como de los puntos de carga, o compromiso de suministro, de Gas Natural Comprimido también exigidos en el PPTP. Las características mínimas de las instalaciones señaladas son las indicadas en el apartado 14, Anexo I lotes 1,2,3 del PCAP. Medio de acreditación: de conformidad con lo indicado en el apartado 14, Anexo I lotes 1,2,3 del PCAP
- Instalaciones técnicas y medidas para garantizar la calidad - Artículo 90.1 apartado c) de la LCSP: Descripción de las instalaciones técnicas, de las medidas empleadas por el empresario para garantizar la calidad y de los medios de estudio e investigación de la empresa. Lote nº 4: descripción de las instalaciones exigidas en el artículo 26.2 del PPTP como base de los servicios exigidos (aparcamiento, talleres, vestuarios, oficinas, almacenes, lavaderos, etc.), así como de los puntos de carga, o compromiso de suministro, de Gas Natural Comprimido también exigidos en el PPTP. Las características mínimas de las instalaciones señaladas son las indicadas en el apartado 14, Anexo I lote 4 del PCAP. Medio de acreditación: de conformidad con lo indicado en el apartado 14, Anexo I lote 4 del PCAP
- Trabajos realizados - Requisitos mínimos de solvencia. Lotes nº 1, 2 y 3: Deberá acreditarse, al menos, la realización o ejecución de prestaciones similares a las del objeto del contrato en una ciudad con población de derecho (según datos del Padrón Municipal) superior a 500.000 habitantes, durante alguno de los años 2020, 2021 y 2022, sin perjuicio de que se encuentre todavía en ejecución o haya finalizado ya, debiendo acreditar un importe anual mínimo en dicho contrato, sin incluir impuestos, de 15.000.000 euros, en el año de mayor ejecución. En dicha población debe efectuarse la recogida selectiva, en su totalidad, de al menos las fracciones biorresiduo, envases, papel-cartón y vidrio, y deberá prestarse servicio a ese mínimo de población señalada. Medio de acreditación: Los servicios y cuantías se acreditarán mediante certificados expedidos o visados por el órgano competente cuando el destinatario sea una entidad del sector público; cuando se trate de un sujeto privado, mediante un certificado expedido por éste o, a falta de este certificado, mediante una declaración del empresario. Según lo previsto en el artículo 67.4 del Reglamento, se entenderá por trabajos de igual o similar naturaleza que los que constituyen el objeto del contrato, tomando como criterio de correspondencia entre los servicios ejecutados por el empresario y los que constituyen el objeto del contrato la igualdad entre los tres primeros dígitos de los respectivos códigos CPV. La comprobación de la población se realizará mediante los últimos datos del Padrón de habitantes publicados en la página web del Instituto Nacional de Estadística. En el caso de ciudades extranjeras, la comprobación de la población se realizará mediante la comprobación de la información publicada en internet del organismo oficial nacional competente en materia estadística. La exigencia para la concurrencia a dos lotes y el sistema de acumulación de la solvencia técnica profesional en las Uniones Temporales de Empresas son aspectos que vienen determinados en el apartado 14, Anexo I lotes 1,2,3 del PCAP
- Trabajos realizados - Requisitos mínimos de solvencia. Lotes nº 1, 2 y 3: Deberá acreditarse, al menos, la realización o ejecución de prestaciones similares a las del objeto del contrato en una ciudad con población de derecho (según datos del Padrón Municipal) superior a 500.000 habitantes, durante alguno de los años 2020, 2021 y 2022, sin perjuicio de que se encuentre todavía en ejecución o haya finalizado ya, debiendo acreditar un importe anual mínimo en dicho contrato, sin incluir impuestos, de 15.000.000 euros, en el año de mayor ejecución. En dicha población debe efectuarse la recogida selectiva, en su totalidad, de al menos las fracciones biorresiduo, envases, papel-cartón y vidrio, y deberá prestarse servicio a ese mínimo de población señalada. Medio de acreditación: Los servicios y cuantías se acreditarán mediante certificados expedidos o visados por el órgano competente cuando el destinatario sea una entidad del sector público; cuando se trate de un sujeto privado, mediante un certificado expedido por éste o, a falta de este certificado, mediante una declaración del empresario. Según lo previsto en el artículo 67.4 del Reglamento, se entenderá por trabajos de igual o similar naturaleza que los que constituyen el objeto del contrato, tomando como criterio de correspondencia entre los servicios ejecutados por el empresario y los que constituyen el objeto del contrato la igualdad entre los tres primeros dígitos de los respectivos códigos CPV. La comprobación de la población se realizará mediante los últimos datos del Padrón de habitantes publicados en la página web del Instituto Nacional de Estadística. En el caso de ciudades extranjeras, la comprobación de la población se realizará mediante la comprobación de la información publicada en internet del organismo oficial nacional competente en materia estadística. La exigencia para la concurrencia a dos lotes y el sistema de acumulación de la solvencia técnica profesional en las Uniones Temporales de Empresas son aspectos que vienen determinados en el apartado 14, Anexo I lotes 1,2,3 del PCAP
- Títulos académicos y profesionales del empresario y directivos, o responsables de la ejecución - Artículo 90.1 apartado e): Títulos académicos y profesionales del empresario y de los directivos de la empresa y, en particular, del responsable o responsables de la ejecución del contrato, así como de los técnicos encargados directamente de la misma. Requisitos mínimos de solvencia: Lote nº 4: Se deberá acreditar la disponibilidad de un técnico titulado universitario, con experiencia al menos de tres años de responsable de la totalidad del contrato en el ámbito de contenerización de residuos en alguna ciudad con población de derecho (según datos del Padrón Municipal) superior a 250.000 habitantes, sin perjuicio de que se encuentre todavía en ejecución o haya finalizado ya, en los años 2017, 2018, 2019, 2020 ó 2021. No se acepta la suma de diversos contratos, el criterio debe cumplirse en uno único. En dicha población debe efectuarse la recogida selectiva de al menos las fracciones envases, biorresiduo, papel-cartón y vidrio. El contrato atenderá a la totalidad de la población mínima exigida. Medio de acreditación: Las titulaciones se acreditarán mediante copia simple de los títulos oficiales correspondientes. La experiencia mínima exigida se acreditará mediante certificados expedidos o visados por el órgano competente del sector público, en los que se señale expresamente que el técnico titulado es o ha sido el responsable del contrato en cuestión. La comprobación de la población se realizará mediante los últimos datos del Padrón de habitantes publicados en la página web del Instituto Nacional de Estadística. En el caso de ciudades extranjeras, la comprobación de la población se realizará mediante la comprobación de la información publicada en internet del organismo oficial nacional competente en materia estadística. Sistema de acumulación de la solvencia técnica profesional en las Uniones Temporales de Empresas: En el caso de las Uniones Temporales de Empresas, el requisito mínimo de solvencia deberá ser cumplido por una de las empresas integrantes de la UTE.
Calificaciones financieras
- Cifra anual de negocio - Artículo 87.1 apartado a) de la LCSP: Volumen anual de negocios, o bien volumen anual de negocios en el ámbito al que se refiera el contrato, por importe igual o superior al exigido en el anuncio de licitación o en la invitación a participar en el procedimiento y en los pliegos del contrato o, en su defecto, el establecido reglamentariamente. Requisitos mínimos de solvencia: El volumen anual de negocio mínimo en al menos uno de los tres últimos ejercicios (2019, 2020 y 2021) deberá ascender al importe señalado en la tabla indicada en el apartado 14 del Anexo I, lote 4, del PCAP Medio de acreditación: Mediante declaración responsable del representante legal de la empresa. Para concurrir a dos lotes, se exigirá como solvencia económica y financiera la suma de la solvencia económica mínima requerida para cada uno de los lotes a los que se concurra. Sistema de acumulación de la solvencia económica para las Uniones Temporales de Empresas: Para alcanzar la cifra de volumen mínimo anual de negocios exigida, es posible acumular la cifra de volumen anual de cada una de las empresas integrantes de una UTE. A los efectos anteriores, para proceder a la suma de la cifra anual de cada una de las empresas integrantes de una UTE, la de, al menos, una de ellas deberá alcanzar el 50% del importe de la cifra de negocios.
- Cifra anual de negocio - Artículo 87.1 apartado a) de la LCSP: Volumen anual de negocios, o bien volumen anual de negocios en el ámbito al que se refiera el contrato, por importe igual o superior al exigido en el anuncio de licitación o en la invitación a participar en el procedimiento y en los pliegos del contrato o, en su defecto, el establecido reglamentariamente. - Requisitos mínimos de solvencia: El volumen anual de negocio mínimo en al menos uno de los tres últimos ejercicios (2019, 2020 y 2021) deberá ascender al importe, que para el lote 3, se señala en la tabla, en euros, que se indica en el apartado 14 del Anexo I, lotes 1,2, y 3, del PCAP . Medio de acreditación: Mediante declaración responsable del representante legal de la empresa. Para concurrir a dos lotes, se exigirá como solvencia económica y financiera la suma de la solvencia económica mínima requerida para cada uno de los lotes a los que se concurra. Sistema de acumulación de la solvencia económica para las Uniones Temporales de Empresas: Para alcanzar la cifra de volumen mínimo anual de negocios exigida, es posible acumular la cifra de volumen anual de cada una de las empresas integrantes de una UTE. A los efectos anteriores, para proceder a la suma de la cifra anual de cada una de las empresas integrantes de una UTE, la de, al menos, una de ellas deberá alcanzar el 50% del importe de la cifra de negocios.
- Cifra anual de negocio - Artículo 87.1 apartado a) de la LCSP: Volumen anual de negocios, o bien volumen anual de negocios en el ámbito al que se refiera el contrato, por importe igual o superior al exigido en el anuncio de licitación o en la invitación a participar en el procedimiento y en los pliegos del contrato o, en su defecto, el establecido reglamentariamente. - Requisitos mínimos de solvencia: El volumen anual de negocio mínimo en al menos uno de los tres últimos ejercicios (2019, 2020 y 2021) deberá ascender al importe, que para el lote 2, se señala en la tabla, en euros, que se indica en el apartado 14 del Anexo I, lotes 1,2, y 3, del PCAP . Medio de acreditación: Mediante declaración responsable del representante legal de la empresa. Para concurrir a dos lotes, se exigirá como solvencia económica y financiera la suma de la solvencia económica mínima requerida para cada uno de los lotes a los que se concurra. Sistema de acumulación de la solvencia económica para las Uniones Temporales de Empresas: Para alcanzar la cifra de volumen mínimo anual de negocios exigida, es posible acumular la cifra de volumen anual de cada una de las empresas integrantes de una UTE. A los efectos anteriores, para proceder a la suma de la cifra anual de cada una de las empresas integrantes de una UTE, la de, al menos, una de ellas deberá alcanzar el 50% del importe de la cifra de negocios.
- Cifra anual de negocio - Artículo 87.1 apartado a) de la LCSP: Volumen anual de negocios, o bien volumen anual de negocios en el ámbito al que se refiera el contrato, por importe igual o superior al exigido en el anuncio de licitación o en la invitación a participar en el procedimiento y en los pliegos del contrato o, en su defecto, el establecido reglamentariamente. - Requisitos mínimos de solvencia: El volumen anual de negocio mínimo en al menos uno de los tres últimos ejercicios (2019, 2020 y 2021) deberá ascender al importe, que para el lote 1, se señala en la tabla, en euros, que se indica en el apartado 14 del Anexo I, lotes 1,2, y 3, del PCAP . Medio de acreditación: Mediante declaración responsable del representante legal de la empresa. Para concurrir a dos lotes, se exigirá como solvencia económica y financiera la suma de la solvencia económica mínima requerida para cada uno de los lotes a los que se concurra. Sistema de acumulación de la solvencia económica para las Uniones Temporales de Empresas: Para alcanzar la cifra de volumen mínimo anual de negocios exigida, es posible acumular la cifra de volumen anual de cada una de las empresas integrantes de una UTE. A los efectos anteriores, para proceder a la suma de la cifra anual de cada una de las empresas integrantes de una UTE, la de, al menos, una de ellas deberá alcanzar el 50% del importe de la cifra de negocios.
Calificaciones específicas
- Capacidad de obrar - Capacidad de obrar
- Cumplimiento con las obligaciones tributarias - Cumplimiento con las obligaciones tributarias
- No estar incurso en incompatibilidades - No estar incurso en incompatibilidades
- Capacidad de obrar - Capacidad de obrar
- Cumplimiento con las obligaciones tributarias - Cumplimiento con las obligaciones tributarias
- Cumplimiento con las obligaciones con la Seguridad Social - Cumplimiento con las obligaciones con la Seguridad Social
- Capacidad de obrar - Capacidad de obrar
- No prohibición para contratar - No prohibición para contratar
- Preferencia para empresas con trabajadores con discapacidad - Declaración sobre personas con discapacidad
- Preferencia para empresas con trabajadores con discapacidad - Declaración sobre personas con discapacidad
- No estar incurso en incompatibilidades - No estar incurso en incompatibilidades
- Cumplimiento con las obligaciones con la Seguridad Social - Cumplimiento con las obligaciones con la Seguridad Social
- No prohibición para contratar - No prohibición para contratar
- Capacidad de obrar - Capacidad de obrar
- No estar incurso en incompatibilidades - No estar incurso en incompatibilidades
- No prohibición para contratar - No prohibición para contratar
- Cumplimiento con las obligaciones tributarias - Cumplimiento con las obligaciones tributarias
- Cumplimiento con las obligaciones con la Seguridad Social - Cumplimiento con las obligaciones con la Seguridad Social
- No prohibición para contratar - No prohibición para contratar
- No estar incurso en incompatibilidades - No estar incurso en incompatibilidades
- Cumplimiento con las obligaciones tributarias - Cumplimiento con las obligaciones tributarias
- Cumplimiento con las obligaciones con la Seguridad Social - Cumplimiento con las obligaciones con la Seguridad Social
- Preferencia para empresas con trabajadores con discapacidad - Declaración sobre personas con discapacidad
- Preferencia para empresas con trabajadores con discapacidad - Declaración sobre personas con discapacidad
Garantías financieras
- Provisional - x3
- Especial - x1
- Final - x5
Términos de adjudicación
- 1.4.- Flexibilidad del servicio ante incidencias (Mejora en organización y calidad de los servicios): 1.5%
- 2.4.- Mejoras de accesibilidad y sostenibilidad (Idoneidad de la familia de contenedores propuestos en vía pública): 7%
- 2.3.- Optimización de la capacidad, mejor aprovechamiento del espacio público y mejora en la visibilidad general (Idoneidad de la familia de contenedores propuestos en vía pública): 9%
- 2.3.- Reducción del impacto acústico peatonal (Menor incidencia de los servicios en la ciudad y los ciudadanos): 1.5%
- 2.2.- Funcionalidad y adaptación de los modelos propuestos (Idoneidad de la familia de contenedores propuestos en vía pública): 7%
- 3.1. Cascos históricos y zonas de difícil acceso (Soluciones específicas para zonas y actividades singulares de cada lote): 2%
- 2.1.- Reducción de la incidencia sobre el tráfico rodado (Menor incidencia de los servicios en la ciudad y los ciudadanos): 2%
- 1.4.- Flexibilidad del servicio ante incidencias (Mejora en organización y calidad de los servicios): 1.5%
- 3 Incremento zonas de recogida cartón comercial: 12%
- 1.3.- Aspectos que mejoren la adecuada gestión final de las fracciones (Mejora en organización y calidad de los servicios): 0.5%
- 2.2. Reducción de incidencias sobre el tráfico peatonal (Menor incidencia de los servicios en la ciudad y los ciudadanos): 1.5%
- 3.3.- Identificación y propuestas para la prestación del servicio en otras zonas de la ciudad (Soluciones específicas para zonas y actividades singulares de cada lote): 2%
- 2.3.- Reducción del impacto acústico peatonal (Menor incidencia de los servicios en la ciudad y los ciudadanos): 1.5%
- 1 Porcentaje de baja sobre los precios unitarios de licitación: 60%
- 3.2.- Zonas de alta densidad comercial y de alta densidad de establecimientos de restauración (Soluciones específicas para zonas y actividades singulares de cada lote): 2%
- 1.1.- Optimización en la organización de los servicios LOTE 4. (Mejora en organización y calidad de los servicios): 2%
- 1.2.- Criterios de calidad aplicados a la percepción del servicio por parte del usuario LOTE 4. (Mejora en organización y calidad de los servicios): 3%
- 2.3.- Reducción del impacto acústico peatonal (Menor incidencia de los servicios en la ciudad y los ciudadanos): 1.5%
- 1.2.- Criterios de calidad aplicados a la percepción del servicio (Mejora en organización y calidad de los servicios): 2%
- 3.1.- Cascos históricos y zonas de difícil acceso (Soluciones específicas para zonas y actividades singulares de cada lote): 2%
- 2.- Reducción implantación nuevas frecuencias recogida papel-cartón: 3%
- 1.3.- Aspectos que mejoren la adecuada gestión final de las fracciones (Mejora en organización y calidad de los servicios): 0.5%
- 3.3.- Identificación y propuestas para la prestación del servicio en otras zonas de la ciudad (Soluciones específicas para zonas y actividades singulares de cada lote): 2%
- 1.- Porcentaje de baja sobre precio unitario de licitación: 38%
- 3.- Incremento zonas de recogida cartón comercial.: 12%
- 4. Incremento recogida selectiva: 7%
- 3.- Incremento zonas de recogida cartón comercial: 12%
- 3.3. Identificación y propuestas para la prestación del servicio en otras zonas de la ciudad (Soluciones específicas para zonas y actividades singulares de cada lote): 2%
- 3.- Incremento recogida selectiva: 12%
- 2.2. Reducción de incidencias sobre el tráfico peatonal (Menor incidencia de los servicios en la ciudad y los ciudadanos): 1.5%
- 1.2.- Criterios de calidad aplicados a la percepción del servicio (Mejora en organización y calidad de los servicios): 2%
- 1.4.- Flexibilidad del servicio ante incidencias (Mejora en organización y calidad de los servicios): 1.5%
- 4.- Incremento recogida selectiva: 7%
- 3.2.- Zonas de alta densidad comercial y de alta densidad de establecimientos de restauración (Soluciones específicas para zonas y actividades singulares de cada lote): 2%
- 3.2. Zonas de alta densidad comercial y de alta densidad de establecimientos de restauración (Soluciones específicas para zonas y actividades singulares de cada lote): 2%
- 1.- Porcentaje de baja sobre los precios unitarios de licitación: 60%
- 2.4.- Mejora sobre la accesibilidad universal peatonal (Menor incidencia de los servicios en la ciudad y los ciudadanos): 1%
- 2.1.- Reducción de la incidencia sobre el tráfico rodado (Menor incidencia de los servicios en la ciudad y los ciudadanos): 2%
- 2.- Reducción implantación nuevas frecuencias recogida papel-cartón: 3%
- 2 Reducción implantación nuevas frecuencias recogida papel-cartón: 3%
- 3.- Soterramiento de los contenedores: 5%
- 3.1.- Cascos históricos y zonas de difícil acceso (Soluciones específicas para zonas y actividades singulares de cada lote): 2%
- 1.3. Aspectos que mejoren la adecuada gestión final de las fracciones (Mejora en organización y calidad de los servicios): 0.5%
- 4.- Incremento recogida selectiva: 7%
- 1.1.- Optimización en la organización de los servicios. (Mejora en organización y calidad de los servicios): 2%
- 2.4.- Mejora sobre la accesibilidad universal peatonal (Menor incidencia de los servicios en la ciudad y los ciudadanos): 1%
- 2.2. Reducción de incidencias sobre el tráfico peatonal (Menor incidencia de los servicios en la ciudad y los ciudadanos): 1.5%
- 2.4.- Mejora sobre la accesibilidad universal peatonal (Menor incidencia de los servicios en la ciudad y los ciudadanos): 1%
- 1.1.- Optimización en la organización de los servicios. (Mejora en organización y calidad de los servicios): 2%
- 2.- Incremento de la frecuencia de saneamiento de los recipientes: 7%
- 1.3.- Flexibilidad del servicio ante incidencias, garantía de prestación LOTE 4 (Mejora en organización y calidad de los servicios): 3%
- 1.1. Optimización en la organización de los servicios. (Mejora en organización y calidad de los servicios): 2%
- 2.1.- Estética del diseño, impacto y homogeneidad entre los diversos modelos exigidos (Idoneidad de la familia de contenedores propuestos en vía pública): 7%
- 1.2. Criterios de calidad aplicados a la percepción del servicio (Mejora en organización y calidad de los servicios): 2%
- 1.- Porcentaje de baja sobre los precios unitarios de licitación: 60%
- 2.1.- Reducción de la incidencia sobre el tráfico rodado (Menor incidencia de los servicios en la ciudad y los ciudadanos): 2%
Documentos
Lotes y adjudicación
Lote 1
AdjudicadoLote 1. Recogida y transporte de residuos.- Oeste
Importe
504.632.526,26 €
Importe sin impuestos
458.756.842,06 €
Adjudicación
Motivo de adjudicación
La empresa FCC MEDIO AMBIENTE SAU, ha resultado ser el empresario que ha presentado la mejor oferta, según la ponderación de los criterios de adjudicación establecidos en el pliego de cláusulas administrativas particulares
Adjudicado a
FCC MEDIO AMBIENTE S.A.UImporte adjudicado
504.632.526,26 €
Participantes
1
Fecha adjudicación
04/10/2022
Lote 2
AdjudicadoLote 2. Recogida y transporte de residuos.- Este
Importe
484.258.535,05 €
Importe sin impuestos
440.235.031,86 €
Adjudicación
Motivo de adjudicación
Las entidades VALORIZA SERVICIOS MEDIOAMBIENTALES, S.A., ACCIONA SERVICIOS URBANOS, S.L. y OHL SERVICIOS-INGESAN, S.A, han resultado ser el licitador que ha presentado la mejor oferta, según la ponderación de los criterios de adjudicación establecidos en el pliego de cláusulas administrativas particulares.
Adjudicado a
UTE RECOGIDA MADRID VAOImporte adjudicado
484.258.535,05 €
Participantes
2
Fecha adjudicación
05/10/2022
Lote 3
AdjudicadoLote 3. Recogida y transporte residuos.- Sur
Importe
369.178.446,19 €
Importe sin impuestos
335.616.769,26 €
Adjudicación
Motivo de adjudicación
La unión temporal de empresas formada por URBASER, S.A. y PREZERO ESPAÑA, S.A.U., ha resultado ser el licitador que ha presentado la mejor oferta, según la ponderación de los criterios de adjudicación establecidos en el pliego de cláusulas administrativas particulares.
Adjudicado a
UTE 2022 RECOGIDA MADRID SURImporte adjudicado
369.178.446,19 €
Participantes
2
Fecha adjudicación
05/10/2022
Lote 4
AdjudicadoLote 4. Contenerización
Importe
148.215.014,42 €
Importe sin impuestos
134.740.922,20 €
Adjudicación
Motivo de adjudicación
La empresa CONTENUR, S.L., ha resultado ser el licitador que ha presentado la mejor oferta, según la ponderación de los criterios de adjudicación establecidos en el pliego de cláusulas administrativas particulares.
Adjudicado a
CONTENUR, S.L.Importe adjudicado
148.215.014,42 €
Participantes
2
Fecha adjudicación
05/10/2022
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