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Lugar de ejecución

Calle mayor, 83, Madrid, Comunidad de madrid, España

Anuncio Previo

10/03/2022

Perfil del Contratante

Anuncio Previo

15/03/2022

DOUE

Anuncio de Licitación

24/04/2022

Perfil del Contratante

Anuncio de Pliegos

25/04/2022

Perfil del Contratante

Anuncio de Licitación

27/04/2022

DOUE

Fin Plazo Presentación

09/05/2022

Finalizado

Anuncio de Adjudicación

07/09/2022

Perfil del Contratante

Anuncio de Formalización

02/10/2022

Perfil del Contratante

Anuncio de Formalización

05/10/2022

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Perfil del contratante

Ayuntamiento de Madrid

Perfil del contratante

Ayuntamiento de Madrid

Datos generales

Estado

Resuelta

Presupuesto base de licitación

278.081,24 €

Importe sin impuestos

229.819,20 €

Valor estimado del contrato

459.638,40 €

Referencia

Ver

Enlace a la fuente oficial

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Publicación

10/03/2022

Ultima actualización

11/10/2022

Periodo estimado Inicio

-

Periodo estimado Final

-

Duración

24 Meses

Códigos CPV

80522000 - Seminarios de formación

72212931 - Servicios de desarrollo de software de formación

80590000 - Servicios de tutoría

Proceso de licitación

Proceso

Procedimiento Abierto

Urgencia

Ordinaria

Sistema de contratación

No aplica

Método de envío

Electrónica

Plazo de presentación ofertas

Hasta 09/05/2022

Presentación

A uno o varios lotes

Cantidad máxima de presentación de lotes

3

Cantidad máxima de lotes adjudicados

3

Período disponibilidad documentos

Hasta 09/05/2022

Términos y Calificaciones

Calificaciones técnicas

  • Trabajos realizados - - Artículo 90.1 letra a): Una relación de los principales servicios o trabajos realizados de igual o similar naturaleza que los que constituyen el objeto del contrato en el curso de, como máximo los tres últimos años, en la que se indique el importe, la fecha y el destinatario, público o privado de los mismos. Requisitos mínimos de solvencia y acreditación documental: La acreditación de la solvencia técnica o profesional se efectuará mediante la relación de los principales servicios efectuados en los tres últimos años desde la finalización del plazo de presentación de ofertas, de igual o similar naturaleza que los que constituyen el objeto del contrato, cuyo importe anual acumulado en el año de mayor ejecución sea igual o superior a 31.424,40 euros (70% del valor medio del contrato, IVA excluido). La acreditación se realizará mediante certificados expedidos o visados por el órgano competente, cuando el destinatario sea una entidad del sector público; cuando el destinatario sea un sujeto privado, mediante un certificado expedido por éste o, a falta de este certificado, mediante una declaración del empresario acompañado de los documentos obrantes en poder del mismo que acrediten la realización de la prestación; en su caso, estos certificados serán comunicados directamente al órgano de contratación por la autoridad competente. En caso de concurrir una misma entidad a varios lotes, el importe de los servicios o trabajos a acreditar será el que corresponda a la suma de los lotes para los que sea propuesta como adjudicataria.
  • Títulos académicos y profesionales del empresario y directivos, o responsables de la ejecución - - Artículo 90.1 letra e): Títulos académicos y profesionales del empresario y de los directivos de la empresa y, en particular, del responsable o responsables de la ejecución del contrato, así como de los técnicos encargados directamente de la misma, siempre que no se evalúen como un criterio de adjudicación. Requisitos mínimos de solvencia y acreditación documental: La citada solvencia se acreditará exclusivamente y sin que puedan ser sustituidos por otros, mediante la presentación de los siguientes documentos: - Documento firmado por el representante legal de la empresa licitadora, con indicación de las personas destinadas al equipo de trabajo y puesto para el que se las propone, en los términos exigidos en el apartado 1.7 del pliego de prescripciones técnicas particulares. A dicho documento se deberá acompañar: fotocopia de los títulos académicos o certificados expedidos por la Universidad o centro de estudios correspondiente, el currículum vitae firmado por los interesados y la vida laboral de todos y cada uno de los miembros del equipo, que acrediten los perfiles profesionales exigidos en el citado apartado del pliego. Conforme a lo establecido en el artículo 75 de la LCSP y de conformidad a la cláusula 15 del presente pliego, los licitadores podrán acreditar los requisitos específicos de solvencia basándose en la solvencia y medios de otras entidades, independientemente de la naturaleza jurídica de los vínculos que tengan con ellas, siempre que demuestren que durante toda la ejecución del contrato dispondrán efectivamente de esa solvencia y medios y la entidad a la que recurra no esté incursa en una prohibición de contratar. De conformidad con el artículo 75.1 LCSP, con respecto a los criterios relativos a los títulos de estudios y profesionales que se indican en el artículo 90.1.e) LCSP o a la experiencia profesional pertinente, las empresas únicamente podrán recurrir a las capacidades de otras entidades si éstas van a prestar los servicios para los cuales son necesarias dichas capacidades.
  • Trabajos realizados - - Artículo 90.1 letra a): Una relación de los principales servicios o trabajos realizados de igual o similar naturaleza que los que constituyen el objeto del contrato en el curso de, como máximo los tres últimos años, en la que se indique el importe, la fecha y el destinatario, público o privado de los mismos. Requisitos mínimos de solvencia y acreditación documental: La acreditación de la solvencia técnica o profesional se efectuará mediante la relación de los principales servicios efectuados en los tres últimos años desde la finalización del plazo de presentación de ofertas, de igual o similar naturaleza que los que constituyen el objeto del contrato, cuyo importe anual acumulado en el año de mayor ejecución sea igual o superior a 17.441,76 euros (70% del valor medio del contrato, IVA excluido). La acreditación se realizará mediante certificados expedidos o visados por el órgano competente, cuando el destinatario sea una entidad del sector público; cuando el destinatario sea un sujeto privado, mediante un certificado expedido por éste o, a falta de este certificado, mediante una declaración del empresario acompañado de los documentos obrantes en poder del mismo que acrediten la realización de la prestación; en su caso, estos certificados serán comunicados directamente al órgano de contratación por la autoridad competente. En caso de concurrir una misma entidad a varios lotes, el importe de los servicios o trabajos a acreditar será el que corresponda a la suma de los lotes para los que sea propuesta como adjudicataria.
  • Trabajos realizados - - Artículo 90.1 letra a): Una relación de los principales servicios o trabajos realizados de igual o similar naturaleza que los que constituyen el objeto del contrato en el curso de, como máximo los tres últimos años, en la que se indique el importe, la fecha y el destinatario, público o privado de los mismos. Requisitos mínimos de solvencia y acreditación documental: La acreditación de la solvencia técnica o profesional se efectuará mediante la relación de los principales servicios efectuados en los tres últimos años desde la finalización del plazo de presentación de ofertas, de igual o similar naturaleza que los que constituyen el objeto del contrato, cuyo importe anual acumulado en el año de mayor ejecución sea igual o superior a 31.570,56 euros (70% del valor medio del contrato, IVA excluido). La acreditación se realizará mediante certificados expedidos o visados por el órgano competente, cuando el destinatario sea una entidad del sector público; cuando el destinatario sea un sujeto privado, mediante un certificado expedido por éste o, a falta de este certificado, mediante una declaración del empresario acompañado de los documentos obrantes en poder del mismo que acrediten la realización de la prestación; en su caso, estos certificados serán comunicados directamente al órgano de contratación por la autoridad competente. En caso de concurrir una misma entidad a varios lotes, el importe de los servicios o trabajos a acreditar será el que corresponda a la suma de los lotes para los que sea propuesta como adjudicataria.
  • Títulos académicos y profesionales del empresario y directivos, o responsables de la ejecución - - Artículo 90.1 letra e): Títulos académicos y profesionales del empresario y de los directivos de la empresa y, en particular, del responsable o responsables de la ejecución del contrato, así como de los técnicos encargados directamente de la misma, siempre que no se evalúen como un criterio de adjudicación. Requisitos mínimos de solvencia y acreditación documental: La citada solvencia se acreditará exclusivamente y sin que puedan ser sustituidos por otros, mediante la presentación de los siguientes documentos: - Documento firmado por el representante legal de la empresa licitadora, con indicación de las personas destinadas al equipo de trabajo y puesto para el que se las propone, en los términos exigidos en el apartado 2.7 del pliego de prescripciones técnicas particulares. A dicho documento se deberá acompañar: fotocopia de los títulos académicos o certificados expedidos por la Universidad o centro de estudios correspondiente, el currículum vitae firmado por los interesados y la vida laboral, de todos y cada uno de los miembros del equipo, que acrediten los perfiles profesionales exigidos en el citado apartado del pliego. Conforme a lo establecido en el artículo 75 de la LCSP y de conformidad a la cláusula 15 del presente pliego, los licitadores podrán acreditar los requisitos específicos de solvencia basándose en la solvencia y medios de otras entidades, independientemente de la naturaleza jurídica de los vínculos que tengan con ellas, siempre que demuestren que durante toda la ejecución del contrato dispondrán efectivamente de esa solvencia y medios y la entidad a la que recurra no esté incursa en una prohibición de contratar. De conformidad con el artículo 75.1 LCSP, con respecto a los criterios relativos a los títulos de estudios y profesionales que se indican en el artículo 90.1.e) LCSP o a la experiencia profesional pertinente, las empresas únicamente podrán recurrir a las capacidades de otras entidades si éstas van a prestar los servicios para los cuales son necesarias dichas capacidades.
  • Títulos académicos y profesionales del empresario y directivos, o responsables de la ejecución - - Artículo 90.1 letra e): Títulos académicos y profesionales del empresario y de los directivos de la empresa y, en particular, del responsable o responsables de la ejecución del contrato, así como de los técnicos encargados directamente de la misma, siempre que no se evalúen como un criterio de adjudicación. Requisitos mínimos de solvencia y acreditación documental: La citada solvencia se acreditará exclusivamente y sin que puedan ser sustituidos por otros, mediante la presentación de los siguientes documentos: - Documento firmado por el representante legal de la empresa licitadora, con indicación de las personas destinadas al equipo de trabajo y puesto para el que se las propone, en los términos exigidos en el apartado 3.6 del pliego de prescripciones técnicas particulares. A dicho documento se deberá acompañar: fotocopia de los títulos académicos o certificados expedidos por la Universidad o centro de estudios correspondiente, el currículum vitae firmado por los interesados y la vida laboral, de todos y cada uno de los miembros del equipo, que acrediten los perfiles profesionales exigidos en el citado apartado del pliego. Conforme a lo establecido en el artículo 75 de la LCSP y de conformidad a la cláusula 15 del presente pliego, los licitadores podrán acreditar los requisitos específicos de solvencia basándose en la solvencia y medios de otras entidades, independientemente de la naturaleza jurídica de los vínculos que tengan con ellas, siempre que demuestren que durante toda la ejecución del contrato dispondrán efectivamente de esa solvencia y medios y la entidad a la que recurra no esté incursa en una prohibición de contratar. De conformidad con el artículo 75.1 LCSP, con respecto a los criterios relativos a los títulos de estudios y profesionales que se indican en el artículo 90.1.e) LCSP o a la experiencia profesional pertinente, las empresas únicamente podrán recurrir a las capacidades de otras entidades si éstas van a prestar los servicios para los cuales son necesarias dichas capacidades.

Calificaciones financieras

  • Cifra anual de negocio - - Artículo 87.1 letra a): Volumen anual de negocios, o bien volumen anual de negocios en el ámbito al que se refiera el contrato, referido al mejor ejercicio dentro de los tres últimos disponibles en función de las fechas de constitución o de inicio de actividades del empresario y de presentación de las ofertas por importe igual o superior al exigido en el anuncio de licitación o en la invitación a participar en el procedimiento y en los pliegos del contrato o, en su defecto, al establecido reglamentariamente. Requisitos mínimos de solvencia y acreditación documental: Que el volumen anual de negocios del licitador o candidato, referido al año de mayor volumen de negocio de los tres últimos años concluidos (2019, 2020 y 2021) sea igual o superior a 37.375,20 euros (una vez y media el valor anual medio del contrato, IVA excluido), debiendo acreditarse mediante declaración responsable firmada por el representante legal de la entidad. Medios alternativos: De conformidad con el artículo 86.1 LCSP, cuando por una razón válida, la empresa licitadora no esté en condiciones de presentar las referencias solicitadas, se le autorizará a acreditar su solvencia económica y financiera por medio de cualquier otro documento que se considere apropiado. Si cualquier licitador hiciera uso de esta posibilidad, corresponderá a la mesa de contratación valorar tanto las circunstancias objetivas concurrentes que le impidan acreditar su solvencia económica, como la suficiencia del medio escogido a efectos de acreditar su solvencia económica. En caso de concurrir una misma entidad a varios lotes, la cifra de volumen anual de negocios a acreditar será la que corresponda a la suma de los lotes para los que sea propuesta como adjudicataria.
  • Cifra anual de negocio - Artículo 87.1 letra a): Volumen anual de negocios, o bien volumen anual de negocios en el ámbito al que se refiera el contrato, referido al mejor ejercicio dentro de los tres últimos disponibles en función de las fechas de constitución o de inicio de actividades del empresario y de presentación de las ofertas por importe igual o superior al exigido en el anuncio de licitación o en la invitación a participar en el procedimiento y en los pliegos del contrato o, en su defecto, al establecido reglamentariamente. Requisitos mínimos de solvencia y acreditación documental: Que el volumen anual de negocios del licitador o candidato, referido al año de mayor volumen de negocio de los tres últimos años concluidos (2019, 2020 y 2021), sea igual o superior a 67.651,19 euros (una vez y media el valor anual medio del contrato, IVA excluido), debiendo acreditarse mediante declaración responsable firmada por el representante legal de la entidad. Medios alternativos: De conformidad con el artículo 86.1 LCSP, cuando por una razón válida, la empresa licitadora no esté en condiciones de presentar las referencias solicitadas, se le autorizará a acreditar su solvencia económica y financiera por medio de cualquier otro documento que se considere apropiado. Si cualquier licitador hiciera uso de esta posibilidad, corresponderá a la mesa de contratación valorar tanto las circunstancias objetivas concurrentes que le impidan acreditar su solvencia económica, como la suficiencia del medio escogido a efectos de acreditar su solvencia económica. En caso de concurrir una misma entidad a varios lotes, la cifra de volumen anual de negocios a acreditar será la que corresponda a la suma de los lotes para los que sea propuesta como adjudicataria.
  • Cifra anual de negocio - - Artículo 87.1 letra a): Volumen anual de negocios, o bien volumen anual de negocios en el ámbito al que se refiera el contrato, referido al mejor ejercicio dentro de los tres últimos disponibles en función de las fechas de constitución o de inicio de actividades del empresario y de presentación de las ofertas por importe igual o superior al exigido en el anuncio de licitación o en la invitación a participar en el procedimiento y en los pliegos del contrato o, en su defecto, al establecido reglamentariamente. Requisitos mínimos de solvencia y acreditación documental: Que el volumen anual de negocios del licitador o candidato, referido al año de mayor volumen de negocio de los tres últimos años concluidos (2019, 2020 y 2021) sea igual o superior a 67.338,00 euros (una vez y media el valor anual medio del contrato, IVA excluido), debiendo acreditarse mediante declaración responsable firmada por el representante legal de la entidad. Medios alternativos: De conformidad con el artículo 86.1 LCSP, cuando por una razón válida, la empresa licitadora no esté en condiciones de presentar las referencias solicitadas, se le autorizará a acreditar su solvencia económica y financiera por medio de cualquier otro documento que se considere apropiado. Si cualquier licitador hiciera uso de esta posibilidad, corresponderá a la mesa de contratación valorar tanto las circunstancias objetivas concurrentes que le impidan acreditar su solvencia económica, como la suficiencia del medio escogido a efectos de acreditar su solvencia económica. En caso de concurrir una misma entidad a varios lotes, la cifra de volumen anual de negocios a acreditar será la que corresponda a la suma de los lotes para los que sea propuesta como adjudicataria.

Calificaciones específicas

  • Preferencia para empresas con trabajadores con discapacidad - Declaración sobre trabajadores con discapacidad
  • No prohibición para contratar - No prohibición para contratar
  • Cumplimiento con las obligaciones con la Seguridad Social - Cumplimiento con las obligaciones con la Seguridad Social
  • Cumplimiento con las obligaciones tributarias - Cumplimiento con las obligaciones tributarias
  • Capacidad de obrar - Capacidad de obrar
  • No estar incurso en incompatibilidades - No estar incurso en incompatibilidades

Garantías financieras

  • Final - x5
  • Especial - x1

Términos de adjudicación

  • 1.b. Calidad técnica de la oferta: Propuesta de seguimiento y dinamización de la formación: 10%
  • 1.a. Calidad técnica de la oferta: Propuesta metodológica formativa: 10%
  • 1.b.Calidad técnica de la oferta: Propuesta de seguimiento y dinamización de la formación: 10%
  • 1.c. Calidad técnica de la oferta: Plan de comunicación y divulgación: 5%
  • 2.a. Oferta económica: 35%
  • 2.a. Oferta económica: 35%
  • 1.c.Calidad técnica de la oferta: Plan de comunicación y divulgación: 5%
  • 1.a.Calidad técnica de la oferta: Propuesta metodológica formativa: 10%
  • 2.c. Criterios Sociales: 10%
  • 2.b.i. Mejoras técnicas: Incremento del número de actividades formativas a realizar durante el periodo de ejecución del contrato, sin coste para el Ayuntamiento de Madrid: 15%
  • 2.c. Criterios Sociales: 10%
  • 2.b.iii. Mejoras técnicas: Incremento del número mínimo de unidades temáticas para todos y cada uno de los contenidos formativos (cursos) a realizar: 5%
  • 2.b.ii. Mejoras técnicas: Incremento, sin coste adicional, del periodo mínimo de asistencia a los alumnos de una semana, contemplado en el apartado 1.3 del PPTP: 15%
  • 2.b.i. Mejoras técnicas: Incremento, sin coste adicional, del número mínimo de horas al día en las que se llevará a cabo la asistencia a los alumnos, contemplada en el apartado 1.3 del PPTP: 15%
  • 2.b.ii. Mejoras técnicas: Incremento del número mínimo de horas al día en las que se llevará a cabo la tutorización y asistencia a los alumnos, contemplada en el apartado 2.2.3.1 del PPTP: 10%

Documentos

Lotes y adjudicación

Lote 1

Adjudicado

1. Gestión, coordinación e impartición de actividades formativas presenciales para emprendedores

Importe

109.143,94 €

Importe sin impuestos

90.201,60 €

Adjudicación

Motivo de adjudicación

de acuerdo con la propuesta formulada por la mesa de contratación de fecha 28 de julio de 2022, y a los informes técnicos de valoración de fechas 7 y 28 de julio de 2022, que se publican en el perfil de órgano contratante, por ser el empresario que ha presentado la mejor oferta, según la ponderación de los criterios de adjudicación establecidos en el pliego de cláusulas administrativas particulares

Importe adjudicado

87.362,00 € -20%

Participantes

6

Fecha adjudicación

07/09/2022

Lote 2

Adjudicado

2. Gestión, coordinación e impartición de actividades formativas virtuales tutorizadas para emprendedores

Importe

108.638,64 €

Importe sin impuestos

89.784,00 €

Adjudicación

Motivo de adjudicación

de acuerdo con la propuesta formulada por la mesa de contratación de fecha 28 de julio de 2022, y a los informes técnicos de valoración de fechas 7 y 28 de julio de 2022, que se publican en el perfil de órgano contratante, por ser el empresario que ha presentado la mejor oferta, según la ponderación de los criterios de adjudicación establecidos en el pliego de cláusulas administrativas particulares.

Importe adjudicado

79.306,21 € -27%

Participantes

5

Fecha adjudicación

07/09/2022

Lote 3

Adjudicado

3. Gestión, soporte y mantenimiento de la plataforma de formación virtual (LMS) “Aula Emprende”

Importe

60.298,66 €

Importe sin impuestos

49.833,60 €

Adjudicación

Motivo de adjudicación

De acuerdo con la propuesta formulada por la mesa de contratación de fecha 28 de julio de 2022, y a los informes técnicos de valoración de fechas 7 y 28 de julio de 2022, que se publican en el perfil de órgano contratante, por ser el empresario que ha presentado la mejor oferta, según la ponderación de los criterios de adjudicación establecidos en el pliego de cláusulas administrativas particulares

Importe adjudicado

45.826,98 € -24%

Participantes

4

Fecha adjudicación

07/09/2022

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