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Lugar de ejecución

Fuenlabrada, Madrid, Comunidad de madrid, España

Anuncio de Licitación

01/03/2023

Perfil del contratante

Anuncio de Pliegos

01/03/2023

Perfil del contratante

Fin Plazo Presentación

16/03/2023

Finalizado

Anuncio de Adjudicación

05/04/2023

Perfil del contratante

Anuncio de Formalización

30/05/2023

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Licitación Suministro de mobiliario para PMC Fuenlabrada

Suministro en arrendamiento de pabellones, casetas, cenadores y mobiliario para actividades del PMC. Dividido en dos lotes.

Perfil del contratante

Patronato Municipal de Cultura de Fuenlabrada

Datos generales

Estado

Resuelta

Presupuesto base de licitación

110.464,08 €

Importe sin impuestos

91.292,62 €

Valor estimado del contrato

182.585,24 €

Referencia

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Publicación

01/03/2023

Ultima actualización

27/05/2025

Periodo estimado Inicio

-

Periodo estimado Final

-

Duración

1 Año

Códigos CPV

44211100 - Edificios prefabricados modulares

Proceso de licitación

Proceso

Procedimiento Abierto

Urgencia

Ordinaria

Sistema de contratación

No aplica

Método de envío

Electrónica

Plazo de presentación ofertas

Hasta 16/03/2023

Presentación

A uno o varios lotes

Cantidad máxima de presentación de lotes

2

Cantidad máxima de lotes adjudicados

2

Período disponibilidad documentos

Hasta 16/03/2023

Términos y Calificaciones

Calificaciones técnicas

  • Trabajos realizados - La acreditación de la solvencia técnica se efectuará mediante una relación de los principales suministros públicos o privados, efectuados en los tres últimos años, de igual o similar naturaleza a los que constituyen el objeto del contrato; en los que al menos dos, individualmente y por separado, habrán de tener un importe anual medio (con el IVA desglosado) igual o superior al 70 por ciento de la anualidad media del contrato o de su valor estimado (en caso de que el contrato sea por un año). La anualidad media del contrato se calculará de conformidad con lo establecido en el artículo 36.6 del Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento general de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas (dividiendo su precio total por el número de meses de su plazo de ejecución y multiplicando por 12 el cociente resultante). Con carácter material, para determinar que un trabajo o servicio es de igual o similar naturaleza al que constituye el objeto del contrato, se atenderá a los tres primeros dígitos de los respectivos códigos de la CPV. Dichos servicios o trabajos efectuados se acreditarán: Cuando el destinatario sea una entidad del sector público, mediante certificados expedidos o visados por el órgano competente o bien dichos certificados podrán ser comunicados directamente al Órgano de Contratación por la entidad contratante de los servicios. Cuando el destinatario sea un sujeto privado, mediante un certificado expedido por éste o, a falta de este certificado, mediante una declaración de la entidad empresarial acompañado de los documentos obrantes en poder de la misma que acrediten la realización de la prestación; en su caso, estos certificados serán comunicados directamente al Órgano de Contratación por la autoridad competente. Cuando la entidad licitadora sea una empresa de nueva creación, entendiendo por tal aquella que tenga una antigüedad inferior a cinco años, su solvencia técnica se acreditará por uno o varios de los medios a que se refieren las letras b) a i) del artículo 90 de la LCSP 9/2017, sin que en ningún caso sea aplicable lo establecido en la letra a), relativo a la ejecución de un número determinado de servicios.
  • Trabajos realizados - La acreditación de la solvencia técnica se efectuará mediante una relación de los principales suministros públicos o privados, efectuados en los tres últimos años, de igual o similar naturaleza a los que constituyen el objeto del contrato; en los que al menos dos, individualmente y por separado, habrán de tener un importe anual medio (con el IVA desglosado) igual o superior al 70 por ciento de la anualidad media del contrato o de su valor estimado (en caso de que el contrato sea por un año). La anualidad media del contrato se calculará de conformidad con lo establecido en el artículo 36.6 del Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento general de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas (dividiendo su precio total por el número de meses de su plazo de ejecución y multiplicando por 12 el cociente resultante). Con carácter material, para determinar que un trabajo o servicio es de igual o similar naturaleza al que constituye el objeto del contrato, se atenderá a los tres primeros dígitos de los respectivos códigos de la CPV. Dichos servicios o trabajos efectuados se acreditarán: Cuando el destinatario sea una entidad del sector público, mediante certificados expedidos o visados por el órgano competente o bien dichos certificados podrán ser comunicados directamente al Órgano de Contratación por la entidad contratante de los servicios. Cuando el destinatario sea un sujeto privado, mediante un certificado expedido por éste o, a falta de este certificado, mediante una declaración de la entidad empresarial acompañado de los documentos obrantes en poder de la misma que acrediten la realización de la prestación; en su caso, estos certificados serán comunicados directamente al Órgano de Contratación por la autoridad competente. Cuando la entidad licitadora sea una empresa de nueva creación, entendiendo por tal aquella que tenga una antigüedad inferior a cinco años, su solvencia técnica se acreditará por uno o varios de los medios a que se refieren las letras b) a i) del artículo 90 de la LCSP 9/2017, sin que en ningún caso sea aplicable lo establecido en la letra a), relativo a la ejecución de un número determinado de servicios.

Calificaciones financieras

  • Cifra anual de negocio - Para empresarios, el volumen de negocio del mejor de los tres últimos años deberá ser al menos una vez el valor estimado del contrato, cuando su duración sea inferior a un año; y al menos una vez el valor anual medio del contrato, si su duración es superior a un año. El volumen anual de negocios del licitador se acreditará preferentemente mediante la aportación de las cuentas anuales aprobadas y depositadas en el Registro Mercantil, si el empresario estuviera inscrito en dicho registro, o del registro oficial en que deba estar inscrito, del mejor de los tres últimos años concluidos donde se contenga el volumen anual de negocios, no obstante será admisible cualquier otro documento de carácter oficial que contenga dicha cifra. Para personas físicas, el volumen de negocio deberá ser al menos una vez el valor estimado del contrato, cuando su duración sea inferior a un año; y al menos una vez el valor anual medio del contrato, si su duración es superior a un año. Los empresarios individuales no inscritos en el Registro Mercantil acreditarán su volumen anual de negocios mediante la presentación del modelo 390 (declaración anual de IVA) o modelo 100, declaración del impuesto sobre la renta de las personas físicas, o cualquier otro documento de carácter oficial que contenga dicha cifra. En el caso de que el objeto del contrato consista en servicios profesionales, tal y como se establece en los apartados 1.b y 3.b del artículo 87 LCSP, el licitador, bien sea persona física o sociedad profesional, podrá acreditar la solvencia mediante la disposición de un seguro de indemnización de riesgos profesionales, vigente hasta el fin del plazo de presentación de las ofertas, por importe igual o superior a una vez el valor estimado del contrato, aportando además el compromiso de su renovación o prórroga que garantice el mantenimiento de su cobertura durante toda la ejecución del contrato. Este requisito se entenderá cumplido por el licitador o candidato que incluya con su oferta un compromiso vinculante de suscripción, en caso de resultar adjudicatario, del seguro exigido, compromiso que deberá hacer efectivo dentro del plazo de diez días hábiles al que se refiere el apartado 2 del artículo 150 LCSP.
  • Cifra anual de negocio - Para empresarios, el volumen de negocio del mejor de los tres últimos años deberá ser al menos una vez el valor estimado del contrato, cuando su duración sea inferior a un año; y al menos una vez el valor anual medio del contrato, si su duración es superior a un año. El volumen anual de negocios del licitador se acreditará preferentemente mediante la aportación de las cuentas anuales aprobadas y depositadas en el Registro Mercantil, si el empresario estuviera inscrito en dicho registro, o del registro oficial en que deba estar inscrito, del mejor de los tres últimos años concluidos donde se contenga el volumen anual de negocios, no obstante será admisible cualquier otro documento de carácter oficial que contenga dicha cifra. Para personas físicas, el volumen de negocio deberá ser al menos una vez el valor estimado del contrato, cuando su duración sea inferior a un año; y al menos una vez el valor anual medio del contrato, si su duración es superior a un año. Los empresarios individuales no inscritos en el Registro Mercantil acreditarán su volumen anual de negocios mediante la presentación del modelo 390 (declaración anual de IVA) o modelo 100, declaración del impuesto sobre la renta de las personas físicas, o cualquier otro documento de carácter oficial que contenga dicha cifra. En el caso de que el objeto del contrato consista en servicios profesionales, tal y como se establece en los apartados 1.b y 3.b del artículo 87 LCSP, el licitador, bien sea persona física o sociedad profesional, podrá acreditar la solvencia mediante la disposición de un seguro de indemnización de riesgos profesionales, vigente hasta el fin del plazo de presentación de las ofertas, por importe igual o superior a una vez el valor estimado del contrato, aportando además el compromiso de su renovación o prórroga que garantice el mantenimiento de su cobertura durante toda la ejecución del contrato. Este requisito se entenderá cumplido por el licitador o candidato que incluya con su oferta un compromiso vinculante de suscripción, en caso de resultar adjudicatario, del seguro exigido, compromiso que deberá hacer efectivo dentro del plazo de diez días hábiles al que se refiere el apartado 2 del artículo 150 LCSP.

Garantías financieras

  • Especial
  • Final - x5
  • Provisional

Términos de adjudicación

  • Oferta económica. LOTE 2: 80%
  • Criterios cualitativos. Mejoras LOTE 1: 20%
  • Oferta económica LOTE 1: 80%
  • Criterios cualitativos. Mejoras LOTE 2: 20%

Documentos

Lotes

Lote 1

lote I

Importe

21.564,22 €

Importe sin impuestos

17.821,67 €

Lote 2

lote II

Importe

88.899,86 €

Importe sin impuestos

73.470,95 €

Resolución

Lote 1 - Formalizado: Adjudicar el LOTE I: PABELLONES del contrato de SUMINISTRO EN ARRENDAMIENTO DE PABELLONES, CASETAS, CENADORES Y MOBILIARIO PARA ACTIVIDADES DEL PMC, DIVIDIDO EN DOS LOTES, de acuerdo con lo previsto en el art. 150. de la LCSP, a la empresa IBERSTAND, S.L., con NIF: B-81922932, por los precios unitarios resultantes de aplicar una baja porcentual ofertada del 7,00% al precio unitario sin IVA, que figura en los Pliego de Cláusulas Administrativas, hasta el importe máximo de gasto aprobado de 21.564,22 €, de los cuales, 17.821,67 € corresponden a la base imponible y 3.742,55 € al 21% de IVA.

Fecha adjudicación

05/04/2023

Importe

21.564,22 € - Baja (0%)

Importe sin impuestos

17.821,67 € - Baja (0%)

Identificador contrato

2023/SVA/000185/L1

Fecha contrato

05/05/2023

Lote 2 - Formalizado: Adjudicar el LOTE II: CASETAS, CENADORES Y MOBILIARIO del contrato de SUMINISTRO EN ARRENDAMIENTO DE PABELLONES, CASETAS, CENADORES Y MOBILIARIO PARA ACTIVIDADES DEL PMC, DIVIDIDO EN DOS LOTES, de acuerdo con lo previsto en el art. 150. de la LCSP, a la empresa IBERSTAND, S.L., con NIF: B-81922932, por los precios unitarios resultantes de aplicar una baja porcentual ofertada del 7,00% al precio unitario sin IVA, que figura en los Pliego de Cláusulas Administrativas, hasta el importe máximo de gasto aprobado de 88.899,86 €, de los cuales, 73.470,95 € corresponden a la base imponible y 15.428,91 € al 21% de IVA.

Fecha adjudicación

05/04/2023

Importe

88.899,84 € - Baja (-0%)

Importe sin impuestos

73.470,95 € - Baja (0%)

Identificador contrato

2023/SVA/000185/L2

Fecha contrato

05/05/2023

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