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Lugar de ejecución

Madrid, Comunidad de madrid, España

Anuncio de Licitación

09/01/2024

Perfil del Contratante

Anuncio de Pliegos

09/01/2024

Perfil del Contratante

Fin Plazo Presentación

24/01/2024

Finalizado

Anuncio de Adjudicación

01/04/2024

Perfil del Contratante

Anuncio de Formalización

19/07/2024

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Licitación Suministro de Mobiliario para Servicios Sociales

Licitaciones públicas: suministro de mobiliario y enseres para el Centro de Servicios Sociales. Ayuntamiento de Madrid.

Perfil del contratante

Ayuntamiento de Madrid

Perfil del contratante

Ayuntamiento de Madrid

Datos generales

Estado

Resuelta

Presupuesto base de licitación

161.107,87 €

Importe sin impuestos

133.147,00 €

Valor estimado del contrato

133.147,00 €

Referencia

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Publicación

09/01/2024

Ultima actualización

19/07/2024

Periodo estimado Inicio

-

Periodo estimado Final

-

Duración

40 Días

Códigos CPV

39710000 - Aparatos electrodomésticos

03441000 - Plantas, hierbas, musgos o líquenes para uso ornamental

39290000 - Complementos de mobiliario diversos

32321300 - Materiales audiovisuales

39000000 - Mobiliario (incluido el de oficina), complementos de mobiliario, aparatos electrodomésticos(excluida la iluminación) y productos limpieza

34928470 - Señalización

Título oficial

Contrato de suministro de adquisición de mobiliario y otros enseres (6 lotes) para el Centro de Servicios Sociales, sito en calle Pobladura del Valle, 13, del distrito de San Blas-Canillejas.

Proceso de licitación

Proceso

Procedimiento Abierto

Urgencia

Ordinaria

Sistema de contratación

No aplica

Método de envío

Electrónica

Plazo de presentación ofertas

Hasta 24/01/2024

Presentación

A uno o varios lotes

Cantidad máxima de presentación de lotes

6

Cantidad máxima de lotes adjudicados

6

Período disponibilidad documentos

Hasta 24/01/2024

Términos y Calificaciones

Calificaciones técnicas

  • Certificados de control de calidad expedidos por los institutos o servicios oficiales - Conforme a lo establecido en el artículo 89.1 de la LCSP: Apartado: a) Una relación de los principales suministros realizados de igual o similar naturaleza que los que constituyen el objeto del contrato en el curso de como máximo, los tres últimos años, en la que se indique el importe, la fecha y el destinatario, público o privado de los mismos. Requisitos mínimos de solvencia y acreditación documental: Relación de los suministros realizados en los últimos 3 años, de igual o similar naturaleza que los que constituyen el objeto del contrato, por importe igual o superior al presupuesto del lote o lotes a los que se licita (IVA excluido). Para el cálculo de este plazo de tres años debe tomarse como referencia la fecha final de presentación de las ofertas. En esta relación deberá indicarse para cada uno de los años, la descripción del suministro, el importe, la fecha, así como el destinatario público o privado del mismo. Los suministros efectuados se acreditarán mediante certificados expedidos o visados por el órgano competente, cuando el destinatario sea una entidad del sector público, Cuando el destinatario sea sujeto privado, mediante un certificado expedido por éste, o a falta de este certificado, mediante una declaración del empresario acompañado de los documentos obrantes en poder del mismo que acrediten la realización de la prestación. Para determinar la correspondencia de los trabajos realizados con el objeto del contrato se tomará como criterio la igualdad entre los tres primeros dígitos de los códigos CPV del lote. Para empresas de nueva creación artículo 89.1 letra b) de la LCSP indicación del personal técnico o unidades técnicas , integradas o no en la empresa, de los que se disponga para la ejecución del contrato, especialmente los encargados del control de calidad. Se consideran solventes las empresas por este criterio cuando dispongan de al menos un técnico de grado medio como director técnico de calidad, en el cuadro de la propia empresa o en otra contratada por ésta para realizar de forma sistemática el control de calidad de su trabajo, o dispongan, una u otra, de un certificado de calidad expedido por organismos independientes conforme a las normas europeas de certificación. Para ello deberán presentar una declaración responsable del empresario indicando que dispone de al menos un personal técnico o unidad técnica, integrada o no en la empresa para la ejecución del contrato, conforme al apartado 8 del Anexo I, lote 6 del PCAP.
  • Certificados de control de calidad expedidos por los institutos o servicios oficiales - Conforme a lo establecido en el artículo 89.1 de la LCSP: Apartado: a) Una relación de los principales suministros realizados de igual o similar naturaleza que los que constituyen el objeto del contrato en el curso de como máximo, los tres últimos años, en la que se indique el importe, la fecha y el destinatario, público o privado de los mismos. Requisitos mínimos de solvencia y acreditación documental: Relación de los suministros realizados en los últimos 3 años, de igual o similar naturaleza que los que constituyen el objeto del contrato, por importe igual o superior al presupuesto del lote o lotes a los que se licita (IVA excluido). Para el cálculo de este plazo de tres años debe tomarse como referencia la fecha final de presentación de las ofertas. En esta relación deberá indicarse para cada uno de los años, la descripción del suministro, el importe, la fecha, así como el destinatario público o privado del mismo. Los suministros efectuados se acreditarán mediante certificados expedidos o visados por el órgano competente, cuando el destinatario sea una entidad del sector público, Cuando el destinatario sea sujeto privado, mediante un certificado expedido por éste, o a falta de este certificado, mediante una declaración del empresario acompañado de los documentos obrantes en poder del mismo que acrediten la realización de la prestación. Para determinar la correspondencia de los trabajos realizados con el objeto del contrato se tomará como criterio la igualdad entre los tres primeros dígitos de los códigos CPV del lote. Para empresas de nueva creación artículo 89.1 letra b) de la LCSP indicación del personal técnico o unidades técnicas , integradas o no en la empresa, de los que se disponga para la ejecución del contrato, especialmente los encargados del control de calidad. Se consideran solventes las empresas por este criterio cuando dispongan de al menos un técnico de grado medio como director técnico de calidad, en el cuadro de la propia empresa o en otra contratada por ésta para realizar de forma sistemática el control de calidad de su trabajo, o dispongan, una u otra, de un certificado de calidad expedido por organismos independientes conforme a las normas europeas de certificación. Para ello deberán presentar una declaración responsable del empresario indicando que dispone de al menos un personal técnico o unidad técnica, integrada o no en la empresa para la ejecución del contrato, según lo establecido en el apartado 8 del Anexo I, lote 4 del PCAP.
  • Certificados de control de calidad expedidos por los institutos o servicios oficiales - Conforme a lo establecido en el artículo 89.1 de la LCSP: Apartado: a) Una relación de los principales suministros realizados de igual o similar naturaleza que los que constituyen el objeto del contrato en el curso de como máximo, los tres últimos años, en la que se indique el importe, la fecha y el destinatario, público o privado de los mismos. Requisitos mínimos de solvencia y acreditación documental: Relación de los suministros realizados en los últimos 3 años, de igual o similar naturaleza que los que constituyen el objeto del contrato, por importe igual o superior al presupuesto del lote o lotes a los que se licita (IVA excluido). Para el cálculo de este plazo de tres años debe tomarse como referencia la fecha final de presentación de las ofertas. En esta relación deberá indicarse para cada uno de los años, la descripción del suministro, el importe, la fecha, así como el destinatario público o privado del mismo. Los suministros efectuados se acreditarán mediante certificados expedidos o visados por el órgano competente, cuando el destinatario sea una entidad del sector público, Cuando el destinatario sea sujeto privado, mediante un certificado expedido por éste, o a falta de este certificado, mediante una declaración del empresario acompañado de los documentos obrantes en poder del mismo que acrediten la realización de la prestación. Para determinar la correspondencia de los trabajos realizados con el objeto del contrato se tomará como criterio la igualdad entre los tres primeros dígitos de los códigos CPV del lote. Para empresas de nueva creación artículo 89.1 letra b) de la LCSP indicación del personal técnico o unidades técnicas , integradas o no en la empresa, de los que se disponga para la ejecución del contrato, especialmente los encargados del control de calidad. Se consideran solventes las empresas por este criterio cuando dispongan de al menos un técnico de grado medio como director técnico de calidad, en el cuadro de la propia empresa o en otra contratada por ésta para realizar de forma sistemática el control de calidad de su trabajo, o dispongan, una u otra, de un certificado de calidad expedido por organismos independientes conforme a las normas europeas de certificación. Para ello deberán presentar una declaración responsable del empresario indicando que dispone de al menos un personal técnico o unidad técnica, integrada o no en la empresa para la ejecución del contrato, conforme al apartado 8 del Anexo I, lote 1 del PCAP.
  • Certificados de control de calidad expedidos por los institutos o servicios oficiales - Conforme a lo establecido en el artículo 89.1 de la LCSP: Apartado: a) Una relación de los principales suministros realizados de igual o similar naturaleza que los que constituyen el objeto del contrato en el curso de como máximo, los tres últimos años, en la que se indique el importe, la fecha y el destinatario, público o privado de los mismos. Requisitos mínimos de solvencia y acreditación documental: Relación de los suministros realizados en los últimos 3 años, de igual o similar naturaleza que los que constituyen el objeto del contrato, por importe igual o superior al presupuesto del lote o lotes a los que se licita (IVA excluido). Para el cálculo de este plazo de tres años debe tomarse como referencia la fecha final de presentación de las ofertas. En esta relación deberá indicarse para cada uno de los años, la descripción del suministro, el importe, la fecha, así como el destinatario público o privado del mismo. Los suministros efectuados se acreditarán mediante certificados expedidos o visados por el órgano competente, cuando el destinatario sea una entidad del sector público, Cuando el destinatario sea sujeto privado, mediante un certificado expedido por éste, o a falta de este certificado, mediante una declaración del empresario acompañado de los documentos obrantes en poder del mismo que acrediten la realización de la prestación. Para determinar la correspondencia de los trabajos realizados con el objeto del contrato se tomará como criterio la igualdad entre los tres primeros dígitos de los códigos CPV del lote. Para empresas de nueva creación artículo 89.1 letra b) de la LCSP indicación del personal técnico o unidades técnicas , integradas o no en la empresa, de los que se disponga para la ejecución del contrato, especialmente los encargados del control de calidad. Se consideran solventes las empresas por este criterio cuando dispongan de al menos un técnico de grado medio como director técnico de calidad, en el cuadro de la propia empresa o en otra contratada por ésta para realizar de forma sistemática el control de calidad de su trabajo, o dispongan, una u otra, de un certificado de calidad expedido por organismos independientes conforme a las normas europeas de certificación. Para ello deberán presentar una declaración responsable del empresario indicando que dispone de al menos un personal técnico o unidad técnica, integrada o no en la empresa para la ejecución del contrato según lo establecido en el apartado 8 del Anexo I, lote 2 del PCAP.
  • Certificados de control de calidad expedidos por los institutos o servicios oficiales - Conforme a lo establecido en el artículo 89.1 de la LCSP: Apartado: a) Una relación de los principales suministros realizados de igual o similar naturaleza que los que constituyen el objeto del contrato en el curso de como máximo, los tres últimos años, en la que se indique el importe, la fecha y el destinatario, público o privado de los mismos. Requisitos mínimos de solvencia y acreditación documental: Relación de los suministros realizados en los últimos 3 años, de igual o similar naturaleza que los que constituyen el objeto del contrato, por importe igual o superior al presupuesto del lote o lotes a los que se licita (IVA excluido). Para el cálculo de este plazo de tres años debe tomarse como referencia la fecha final de presentación de las ofertas. En esta relación deberá indicarse para cada uno de los años, la descripción del suministro, el importe, la fecha, así como el destinatario público o privado del mismo. Los suministros efectuados se acreditarán mediante certificados expedidos o visados por el órgano competente, cuando el destinatario sea una entidad del sector público, Cuando el destinatario sea sujeto privado, mediante un certificado expedido por éste, o a falta de este certificado, mediante una declaración del empresario acompañado de los documentos obrantes en poder del mismo que acrediten la realización de la prestación. Para determinar la correspondencia de los trabajos realizados con el objeto del contrato se tomará como criterio la igualdad entre los tres primeros dígitos de los códigos CPV del lote. Para empresas de nueva creación artículo 89.1 letra b) de la LCSP indicación del personal técnico o unidades técnicas , integradas o no en la empresa, de los que se disponga para la ejecución del contrato, especialmente los encargados del control de calidad. Se consideran solventes las empresas por este criterio cuando dispongan de al menos un técnico de grado medio como director técnico de calidad, en el cuadro de la propia empresa o en otra contratada por ésta para realizar de forma sistemática el control de calidad de su trabajo, o dispongan, una u otra, de un certificado de calidad expedido por organismos independientes conforme a las normas europeas de certificación. Para ello deberán presentar una declaración responsable del empresario indicando que dispone de al menos un personal técnico o unidad técnica, integrada o no en la empresa para la ejecución del contrato según lo establecido en el apartado 8 del Anexo I, lote 3 del PCAP.
  • Certificados de control de calidad expedidos por los institutos o servicios oficiales - Conforme a lo establecido en el artículo 89.1 de la LCSP: Apartado: a) Una relación de los principales suministros realizados de igual o similar naturaleza que los que constituyen el objeto del contrato en el curso de como máximo, los tres últimos años, en la que se indique el importe, la fecha y el destinatario, público o privado de los mismos. Requisitos mínimos de solvencia y acreditación documental: Relación de los suministros realizados en los últimos 3 años, de igual o similar naturaleza que los que constituyen el objeto del contrato, por importe igual o superior al presupuesto del lote o lotes a los que se licita (IVA excluido). Para el cálculo de este plazo de tres años debe tomarse como referencia la fecha final de presentación de las ofertas. En esta relación deberá indicarse para cada uno de los años, la descripción del suministro, el importe, la fecha, así como el destinatario público o privado del mismo. Los suministros efectuados se acreditarán mediante certificados expedidos o visados por el órgano competente, cuando el destinatario sea una entidad del sector público, Cuando el destinatario sea sujeto privado, mediante un certificado expedido por éste, o a falta de este certificado, mediante una declaración del empresario acompañado de los documentos obrantes en poder del mismo que acrediten la realización de la prestación. Para determinar la correspondencia de los trabajos realizados con el objeto del contrato se tomará como criterio la igualdad entre los tres primeros dígitos de los códigos CPV del lote. Para empresas de nueva creación artículo 89.1 letra b) de la LCSP indicación del personal técnico o unidades técnicas , integradas o no en la empresa, de los que se disponga para la ejecución del contrato, especialmente los encargados del control de calidad. Se consideran solventes las empresas por este criterio cuando dispongan de al menos un técnico de grado medio como director técnico de calidad, en el cuadro de la propia empresa o en otra contratada por ésta para realizar de forma sistemática el control de calidad de su trabajo, o dispongan, una u otra, de un certificado de calidad expedido por organismos independientes conforme a las normas europeas de certificación. Para ello deberán presentar una declaración responsable del empresario indicando que dispone de al menos un personal técnico o unidad técnica, integrada o no en la empresa para la ejecución del contrato, según lo establecido en el apartado 8 del Anexo I, lote 5 del PCAP.

Calificaciones financieras

  • Cifra anual de negocio - Conforme a lo establecido en el artículo 87.1 de la LCSP: Apartado a): Volumen anual de negocios, o bien volumen anual de negocios en el ámbito al que se refiera el contrato, referido al mejor ejercicio dentro de los tres últimos disponibles en función de las fechas de constitución o de inicio de actividades del empresario y de presentación de las ofertas por importe igual o superior al exigido en el anuncio de licitación o en la invitación a participar en el procedimiento y en los pliegos del contrato o, en su defecto, al establecido reglamentariamente. Requisitos mínimos de solvencia y acreditación documental: Declaración responsable firmada por el representante legal de la entidad en la que conste que el volumen anual de negocio referido al ámbito de las actividades correspondientes al objeto del contrato ha alcanzado, en el mejor ejercicio dentro de los 3 últimos cerrados un importe igual o superior al presupuesto del lote o lotes a los que se licita (IVA excluido), de conformidad con lo establecido en el apartado 8 del Anexo I, lote 5, del PCAP.
  • Cifra anual de negocio - Conforme a lo establecido en el artículo 87.1 de la LCSP: Apartado a): Volumen anual de negocios, o bien volumen anual de negocios en el ámbito al que se refiera el contrato, referido al mejor ejercicio dentro de los tres últimos disponibles en función de las fechas de constitución o de inicio de actividades del empresario y de presentación de las ofertas por importe igual o superior al exigido en el anuncio de licitación o en la invitación a participar en el procedimiento y en los pliegos del contrato o, en su defecto, al establecido reglamentariamente. Requisitos mínimos de solvencia y acreditación documental: Declaración responsable firmada por el representante legal de la entidad en la que conste que el volumen anual de negocio referido al ámbito de las actividades correspondientes al objeto del contrato ha alcanzado, en el mejor ejercicio dentro de los 3 últimos cerrados un importe igual o superior al presupuesto del lote o lotes a los que se licita (IVA excluido), de conformidad con lo establecido en el apartado 8 del Anexo I, lote 3, del PCAP.
  • Cifra anual de negocio - Conforme a lo establecido en el artículo 87.1 de la LCSP: Apartado a): Volumen anual de negocios, o bien volumen anual de negocios en el ámbito al que se refiera el contrato, referido al mejor ejercicio dentro de los tres últimos disponibles en función de las fechas de constitución o de inicio de actividades del empresario y de presentación de las ofertas por importe igual o superior al exigido en el anuncio de licitación o en la invitación a participar en el procedimiento y en los pliegos del contrato o, en su defecto, al establecido reglamentariamente. Requisitos mínimos de solvencia y acreditación documental: Declaración responsable firmada por el representante legal de la entidad en la que conste que el volumen anual de negocio referido al ámbito de las actividades correspondientes al objeto del contrato ha alcanzado, en el mejor ejercicio dentro de los 3 últimos cerrados un importe igual o superior al presupuesto del lote o lotes a los que se licita (IVA excluido), de conformidad con lo establecido en el apartado 8 del Anexo I, lote 1, del PCAP.
  • Cifra anual de negocio - Conforme a lo establecido en el artículo 87.1 de la LCSP: Apartado a): Volumen anual de negocios, o bien volumen anual de negocios en el ámbito al que se refiera el contrato, referido al mejor ejercicio dentro de los tres últimos disponibles en función de las fechas de constitución o de inicio de actividades del empresario y de presentación de las ofertas por importe igual o superior al exigido en el anuncio de licitación o en la invitación a participar en el procedimiento y en los pliegos del contrato o, en su defecto, al establecido reglamentariamente. Requisitos mínimos de solvencia y acreditación documental: Declaración responsable firmada por el representante legal de la entidad en la que conste que el volumen anual de negocio referido al ámbito de las actividades correspondientes al objeto del contrato ha alcanzado, en el mejor ejercicio dentro de los 3 últimos cerrados un importe igual o superior al presupuesto del lote o lotes a los que se licita (IVA excluido), de conformidad con lo establecido en el apartado 8 del Anexo I, lote 6, del PCAP.
  • Cifra anual de negocio - Conforme a lo establecido en el artículo 87.1 de la LCSP: Apartado a): Volumen anual de negocios, o bien volumen anual de negocios en el ámbito al que se refiera el contrato, referido al mejor ejercicio dentro de los tres últimos disponibles en función de las fechas de constitución o de inicio de actividades del empresario y de presentación de las ofertas por importe igual o superior al exigido en el anuncio de licitación o en la invitación a participar en el procedimiento y en los pliegos del contrato o, en su defecto, al establecido reglamentariamente. Requisitos mínimos de solvencia y acreditación documental: Declaración responsable firmada por el representante legal de la entidad en la que conste que el volumen anual de negocio referido al ámbito de las actividades correspondientes al objeto del contrato ha alcanzado, en el mejor ejercicio dentro de los 3 últimos cerrados un importe igual o superior al presupuesto del lote o lotes a los que se licita (IVA excluido), de conformidad con lo establecido en el apartado 8 del Anexo I, lote 4, del PCAP.
  • Cifra anual de negocio - Conforme a lo establecido en el artículo 87.1 de la LCSP: Apartado a): Volumen anual de negocios, o bien volumen anual de negocios en el ámbito al que se refiera el contrato, referido al mejor ejercicio dentro de los tres últimos disponibles en función de las fechas de constitución o de inicio de actividades del empresario y de presentación de las ofertas por importe igual o superior al exigido en el anuncio de licitación o en la invitación a participar en el procedimiento y en los pliegos del contrato o, en su defecto, al establecido reglamentariamente. Requisitos mínimos de solvencia y acreditación documental: Declaración responsable firmada por el representante legal de la entidad en la que conste que el volumen anual de negocio referido al ámbito de las actividades correspondientes al objeto del contrato ha alcanzado, en el mejor ejercicio dentro de los 3 últimos cerrados un importe igual o superior al presupuesto del lote o lotes a los que se licita (IVA excluido), de conformidad con lo establecido en el apartado 8 del Anexo I, lote 2, del PCAP.

Calificaciones específicas

  • Cumplimiento con las obligaciones tributarias - Cumplimiento con las obligaciones tributarias
  • Cumplimiento con las obligaciones con la Seguridad Social - Cumplimiento con las obligaciones con la Seguridad Social
  • No prohibición para contratar - No prohibición para contratar
  • No estar incurso en incompatibilidades - No estar incurso en incompatibilidades
  • Preferencia para empresas con trabajadores con discapacidad - Declaraci�n sobre personas con discapacidad
  • Capacidad de obrar - Capacidad de obrar

Términos de adjudicación

  • Mejoras técnicas: Plazo: 35%
  • Mejoras técnicas: Garantía: 30%
  • Oferta económica: 35%

Documentos

Lotes

Lote 1

Lote 1: Mobiliario

Importe

61.169,13 €

Importe sin impuestos

50.553,00 €

Lote 2

Lote 2: Mobiliario a medida

Importe

14.616,80 €

Importe sin impuestos

12.080,00 €

Lote 3

Lote 3: Enseres y complementos

Importe

40.793,94 €

Importe sin impuestos

33.714,00 €

Lote 4

Lote 4: Señalética

Importe

6582,40 €

Importe sin impuestos

5440,00 €

Lote 5

Lote 5: Audiovisuales

Importe

20.158,60 €

Importe sin impuestos

16.660,00 €

Lote 6

Lote 6: Plantas

Importe

17.787,00 €

Importe sin impuestos

14.700,00 €

Resolución

Lote 1 - Formalizado: Se adjudica a la empresa DEMOESTUDIO MADRID, S.L. por haber presentado la oferta más ventajosa.

Fecha adjudicación

06/06/2024

Importe

59.950,00 € - Baja (-2%)

Importe sin impuestos

49.545,45 € - Baja (-2%)

Identificador contrato

300/2023/00029 L1

Fecha contrato

16/07/2024

Lote 2 - Desierto: Declarar desierta la licitación del lote número 2 “Mobiliario a medida” dado que no consta la presentación de ofertas durante el plazo indicado en el Anuncio de Licitación para dicho lote.

Adjudicado a

-

Fecha adjudicación

21/03/2024

Importe

-

Importe sin impuestos

-

Identificador contrato

-

Fecha contrato

-

Lote 3 - Formalizado: Se adjudica a la empresa GERALVEZ PROYECTOS CONTRAC, S.L. por haber presentado la oferta más ventajosa.

Fecha adjudicación

06/06/2024

Importe

22.347,25 € - Baja (-45%)

Importe sin impuestos

18.468,80 € - Baja (-45%)

Identificador contrato

300/2023/00029 L3

Fecha contrato

16/07/2024

Lote 4 - Formalizado: Se adjudica a la empresa FRANCO IMAGEN CORPORATIVA, S.L. por haber presentado la oferta más ventajosa.

Fecha adjudicación

06/06/2024

Importe

5783,80 € - Baja (-12%)

Importe sin impuestos

4780,00 € - Baja (-12%)

Identificador contrato

300/2023/00029 L4

Fecha contrato

16/07/2024

Lote 5 - Formalizado: Se adjudica a la empresa EXPERIENCIAS Y SOLUCIONES TECNOLÓGICAS, S.L.U. por haber presentado la oferta más ventajosa.

Fecha adjudicación

06/06/2024

Importe

17.545,00 € - Baja (-13%)

Importe sin impuestos

14.500,00 € - Baja (-13%)

Identificador contrato

300/2023/00029 L5

Fecha contrato

16/07/2024

Lote 6 - Desierto: Declarar desierta la licitación del lote número 6 “Plantas” dado que no consta la presentación de ofertas durante el plazo indicado en el Anuncio de Licitación para dicho lote.

Adjudicado a

-

Fecha adjudicación

21/03/2024

Importe

-

Importe sin impuestos

-

Identificador contrato

-

Fecha contrato

-

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Licitación de suministro sucesivo de mobiliario de oficina destinado a equipar y mantener las diferentes dependencias municipales del Ayuntamiento de Paterna. El contrato, convocado por la Junta de Gobierno, comprende el abastecimiento continuo de muebles y complementos de oficina que permita garantizar las condiciones funcionales y operativas de los espacios administrativos municipales. La duración del suministro se establece bajo régimen de acuerdos marco o sistemas de provisión periódica.

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Presupuesto165.000,00 EUR
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Universidad del País Vasco
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En Plazo
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Abierto simplificado·Sueca·Pub. 17/06/2026
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En Plazo
Fin presentación02/07/2026
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Suministro de mobiliario y equipamiento para la residencia de estudiantes del aeropuerto de Lleida-Alguaire

Contratación del suministro de mobiliario y equipamiento interior destinado a amueblar y equipar una residencia de estudiantes ubicada en el aeropuerto de Lleida-Alguaire. El contrato incluye la entrega de todos los elementos de mobiliario necesarios para acondicionar las instalaciones de la residencia, con carácter plurianual y sujeto a disponibilidad presupuestaria anual.

Aeroports Públics de Catalunya, SLU
Abierto·La baronia de rialb·Pub. 17/06/2026
Presupuesto44.244,40 EUR
En Plazo
Fin presentación07/07/2026
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