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Lugar de ejecución
Avenida del mediterráneo, Córdoba, Andalucía, España
Anuncio de Licitación
10/08/2020
DOUE
Anuncio de Licitación
10/08/2020
Perfil del contratante
Anuncio de Pliegos
10/08/2020
Perfil del contratante
Fin Plazo Presentación
04/09/2020
Finalizado
Anuncio de Adjudicación
02/12/2020
Perfil del contratante
Anuncio de Adjudicación
04/12/2020
DOUE
Anuncio de Formalización
10/01/2021
Perfil del contratante
Anuncio de Formalización
13/01/2021
DOUE
Anuncio Modificación de Contrato
21/09/2021
Perfil del contratante
Anuncio Modificación de Contrato
07/11/2024
DOUE
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Contratación del conjunto de seguros del Consorcio Provincial de Prevención y Extinción de Incendios de Córdoba
Perfil del contratante
Datos generales
Estado
Resuelta
Presupuesto base de licitación
255.000,00 €
Importe sin impuestos
255.000,00 €
Valor estimado del contrato
560.800,00 €
Referencia
Ver
Enlace a la fuente oficial
Publicación
10/08/2020
Ultima actualización
07/11/2024
Periodo estimado Inicio
-
Periodo estimado Final
-
Duración
2 Años
Códigos CPV
66514110 - Servicios de seguros de automóviles
66512100 - Servicios de seguros de accidentes
66516200 - Servicios de seguros de responsabilidad civil aeronaves
66510000 - Servicios de seguros
66515000 - Servicios de seguros de daños
66516000 - Servicios de seguros de responsabilidad civil
Proceso de licitación
Proceso
Procedimiento Abierto
Urgencia
Ordinaria
Sistema de contratación
No aplica
Método de envío
Electrónica
Plazo de presentación ofertas
Hasta 04/09/2020
Presentación
A uno o varios lotes
Cantidad máxima de presentación de lotes
-
Cantidad máxima de lotes adjudicados
-
Período disponibilidad documentos
Hasta 04/09/2020
Términos y Calificaciones
Calificaciones técnicas
- Trabajos realizados - La solvencia técnica se acreditará por los medios del artículo 90.1 de la LCSP que se señalan a continuación: a) Una relación de los principales servicios o trabajos realizados de igual o similar naturaleza que los que constituyen el objeto del contrato en el curso de, como máximo los tres últimos años, en la que se indique el importe, la fecha y el destinatario, público o privado de los mismos. Requisitos mínimos de solvencia y acreditación documental: Una relación de los principales servicios realizados, en los tres últimos años, de igual o similar naturaleza a los que constituyen el objeto del contrato, cuyo importe anual acumulado sin incluir impuestos en el año de mayor ejecución sea igual o superior al 70% del valor estimado del contrato, esto es: 6.160,00 € para el lote 4. Se considerará que un servicio es de igual o similar naturaleza al que constituye el objeto del contrato cuando contenga al menos los tres primeros dígitos del respectivo código CPV. Medio de acreditación: La relación de los principales servicios realizados se acreditará mediante una declaración suscrita por el representante legal de la empresa indicando de forma individualizada para cada servicio el importe, fecha y destinatario de cada uno de los servicios de igual o similar naturaleza al del objeto del contrato. Sin perjuicio de lo anterior, a los efectos de comprobación y verificación de los servicios declarados, el órgano de contratación o, en su caso, la Mesa de Contratación podrá requerir en cualquier momento al licitador y/o adjudicatario la acreditación de los servicios mediante certificados expedidos o visados por el órgano competente, cuando el destinatario sea una entidad del sector público o, cuando el destinatario sea un sujeto privado, mediante un certificado expedido por éste o, a falta de este certificado, mediante una declaración del empresario acompañado de los documentos obrantes en poder del mismo que acrediten la realización de la prestación. Cuando se trate de servicios realizados para el propio CPPEI, no resultará obligatorio aportar el certificado a que se refiere el párrafo anterior, siendo suficiente con que se indique el número de expediente y la denominación del contrato de que se trate, para que el Servicio correspondiente pueda verificar la existencia de la documentación que acredite su prestación.
- Trabajos realizados - La solvencia técnica se acreditará por los medios del artículo 90.1 de la LCSP que se señalan a continuación: a) Una relación de los principales servicios o trabajos realizados de igual o similar naturaleza que los que constituyen el objeto del contrato en el curso de, como máximo los tres últimos años, en la que se indique el importe, la fecha y el destinatario, público o privado de los mismos. Requisitos mínimos de solvencia y acreditación documental: Una relación de los principales servicios realizados, en los tres últimos años, de igual o similar naturaleza a los que constituyen el objeto del contrato, cuyo importe anual acumulado sin incluir impuestos en el año de mayor ejecución sea igual o superior al 70% del valor estimado del contrato, esto es: 15.400,00 € para el lote 1. Se considerará que un servicio es de igual o similar naturaleza al que constituye el objeto del contrato cuando contenga al menos los tres primeros dígitos del respectivo código CPV. Medio de acreditación: La relación de los principales servicios realizados se acreditará mediante una declaración suscrita por el representante legal de la empresa indicando de forma individualizada para cada servicio el importe, fecha y destinatario de cada uno de los servicios de igual o similar naturaleza al del objeto del contrato. Sin perjuicio de lo anterior, a los efectos de comprobación y verificación de los servicios declarados, el órgano de contratación o, en su caso, la Mesa de Contratación podrá requerir en cualquier momento al licitador y/o adjudicatario la acreditación de los servicios mediante certificados expedidos o visados por el órgano competente, cuando el destinatario sea una entidad del sector público o, cuando el destinatario sea un sujeto privado, mediante un certificado expedido por éste o, a falta de este certificado, mediante una declaración del empresario acompañado de los documentos obrantes en poder del mismo que acrediten la realización de la prestación. Cuando se trate de servicios realizados para el propio CPPEI, no resultará obligatorio aportar el certificado a que se refiere el párrafo anterior, siendo suficiente con que se indique el número de expediente y la denominación del contrato de que se trate, para que el Servicio correspondiente pueda verificar la existencia de la documentación que acredite su prestación.
- Trabajos realizados - La solvencia técnica se acreditará por los medios del artículo 90.1 de la LCSP que se señalan a continuación: a) Una relación de los principales servicios o trabajos realizados de igual o similar naturaleza que los que constituyen el objeto del contrato en el curso de, como máximo los tres últimos años, en la que se indique el importe, la fecha y el destinatario, público o privado de los mismos. Requisitos mínimos de solvencia y acreditación documental: Una relación de los principales servicios realizados, en los tres últimos años, de igual o similar naturaleza a los que constituyen el objeto del contrato, cuyo importe anual acumulado sin incluir impuestos en el año de mayor ejecución sea igual o superior al 70% del valor estimado del contrato, esto es: 246.400,00 € para el lote 2. Se considerará que un servicio es de igual o similar naturaleza al que constituye el objeto del contrato cuando contenga al menos los tres primeros dígitos del respectivo código CPV. Medio de acreditación: La relación de los principales servicios realizados se acreditará mediante una declaración suscrita por el representante legal de la empresa indicando de forma individualizada para cada servicio el importe, fecha y destinatario de cada uno de los servicios de igual o similar naturaleza al del objeto del contrato. Sin perjuicio de lo anterior, a los efectos de comprobación y verificación de los servicios declarados, el órgano de contratación o, en su caso, la Mesa de Contratación podrá requerir en cualquier momento al licitador y/o adjudicatario la acreditación de los servicios mediante certificados expedidos o visados por el órgano competente, cuando el destinatario sea una entidad del sector público o, cuando el destinatario sea un sujeto privado, mediante un certificado expedido por éste o, a falta de este certificado, mediante una declaración del empresario acompañado de los documentos obrantes en poder del mismo que acrediten la realización de la prestación. Cuando se trate de servicios realizados para el propio CPPEI, no resultará obligatorio aportar el certificado a que se refiere el párrafo anterior, siendo suficiente con que se indique el número de expediente y la denominación del contrato de que se trate, para que el Servicio correspondiente pueda verificar la existencia de la documentación que acredite su prestación.
- Trabajos realizados - La solvencia técnica se acreditará por los medios del artículo 90.1 de la LCSP que se señalan a continuación: a) Una relación de los principales servicios o trabajos realizados de igual o similar naturaleza que los que constituyen el objeto del contrato en el curso de, como máximo los tres últimos años, en la que se indique el importe, la fecha y el destinatario, público o privado de los mismos. Requisitos mínimos de solvencia y acreditación documental: Una relación de los principales servicios realizados, en los tres últimos años, de igual o similar naturaleza a los que constituyen el objeto del contrato, cuyo importe anual acumulado sin incluir impuestos en el año de mayor ejecución sea igual o superior al 70% del valor estimado del contrato, esto es: 123.200,00 € para el lote 3. Se considerará que un servicio es de igual o similar naturaleza al que constituye el objeto del contrato cuando contenga al menos los tres primeros dígitos del respectivo código CPV. Medio de acreditación: La relación de los principales servicios realizados se acreditará mediante una declaración suscrita por el representante legal de la empresa indicando de forma individualizada para cada servicio el importe, fecha y destinatario de cada uno de los servicios de igual o similar naturaleza al del objeto del contrato. Sin perjuicio de lo anterior, a los efectos de comprobación y verificación de los servicios declarados, el órgano de contratación o, en su caso, la Mesa de Contratación podrá requerir en cualquier momento al licitador y/o adjudicatario la acreditación de los servicios mediante certificados expedidos o visados por el órgano competente, cuando el destinatario sea una entidad del sector público o, cuando el destinatario sea un sujeto privado, mediante un certificado expedido por éste o, a falta de este certificado, mediante una declaración del empresario acompañado de los documentos obrantes en poder del mismo que acrediten la realización de la prestación. Cuando se trate de servicios realizados para el propio CPPEI, no resultará obligatorio aportar el certificado a que se refiere el párrafo anterior, siendo suficiente con que se indique el número de expediente y la denominación del contrato de que se trate, para que el Servicio correspondiente pueda verificar la existencia de la documentación que acredite su prestación.
- Trabajos realizados - La solvencia técnica se acreditará por los medios del artículo 90.1 de la LCSP que se señalan a continuación: a) Una relación de los principales servicios o trabajos realizados de igual o similar naturaleza que los que constituyen el objeto del contrato en el curso de, como máximo los tres últimos años, en la que se indique el importe, la fecha y el destinatario, público o privado de los mismos. Requisitos mínimos de solvencia y acreditación documental: Una relación de los principales servicios realizados, en los tres últimos años, de igual o similar naturaleza a los que constituyen el objeto del contrato, cuyo importe anual acumulado sin incluir impuestos en el año de mayor ejecución sea igual o superior al 70% del valor estimado del contrato, esto es: 1.540,00 € para el lote 5. Se considerará que un servicio es de igual o similar naturaleza al que constituye el objeto del contrato cuando contenga al menos los tres primeros dígitos del respectivo código CPV. Medio de acreditación: La relación de los principales servicios realizados se acreditará mediante una declaración suscrita por el representante legal de la empresa indicando de forma individualizada para cada servicio el importe, fecha y destinatario de cada uno de los servicios de igual o similar naturaleza al del objeto del contrato. Sin perjuicio de lo anterior, a los efectos de comprobación y verificación de los servicios declarados, el órgano de contratación o, en su caso, la Mesa de Contratación podrá requerir en cualquier momento al licitador y/o adjudicatario la acreditación de los servicios mediante certificados expedidos o visados por el órgano competente, cuando el destinatario sea una entidad del sector público o, cuando el destinatario sea un sujeto privado, mediante un certificado expedido por éste o, a falta de este certificado, mediante una declaración del empresario acompañado de los documentos obrantes en poder del mismo que acrediten la realización de la prestación. Cuando se trate de servicios realizados para el propio CPPEI, no resultará obligatorio aportar el certificado a que se refiere el párrafo anterior, siendo suficiente con que se indique el número de expediente y la denominación del contrato de que se trate, para que el Servicio correspondiente pueda verificar la existencia de la documentación que acredite su prestación.
Calificaciones financieras
- Cifra anual de negocio - La solvencia económica y financiera se acreditará por el medio previsto en el artículo 87.1 de la LCSP que se señala a continuación: a) Volumen anual de negocios, o bien volumen anual de negocios en el ámbito al que se refiera el contrato, referido al mejor ejercicio dentro de los tres últimos disponibles en función de las fechas de constitución o de inicio de actividades del empresario y de presentación de las ofertas por importe igual o superior al exigido en el anuncio de licitación o en la invitación a participar en el procedimiento y en los pliegos del contrato o, en su defecto, al establecido reglamentariamente. Se aplicará este criterio con relación a cada uno de los Lotes en que se divida, en su caso, el contrato. Requisitos mínimos de solvencia y acreditación documental: Volumen anual de negocios referido al año de mayor ejecución de los tres últimos años concluidos igual o superior a una vez y media el valor estimado del contrato, esto es, 264.000,00 € para el lote 3. Medio de acreditación: El volumen anual de negocios de la persona licitadora se acreditará por alguno de los siguientes medios:1. Cuentas anuales aprobadas y depositadas en el Registro Mercantil, si el empresario estuviera inscrito en dicho registro, y en caso contrario por las depositadas en el registro oficial en que deba estar inscrito. Los empresarios individuales no inscritos en el Registro Mercantil acreditarán su volumen anual de negocios mediante sus libros de inventarios y cuentas anuales legalizados por el Registro Mercantil.2. Impuesto de Sociedades presentado a la AEAT (modelo 200).3. Declaración anual de I.V.A. (modelo 390). Si, por una razón justificada, el empresario no está en condiciones de presentar las referencias solicitadas, se le autorizará a acreditar su solvencia económica y financiera por medio de cualquier otro documento que se considere apropiado por el órgano de contratación.
- Cifra anual de negocio - La solvencia económica y financiera se acreditará por el medio previsto en el artículo 87.1 de la LCSP que se señala a continuación: a) Volumen anual de negocios, o bien volumen anual de negocios en el ámbito al que se refiera el contrato, referido al mejor ejercicio dentro de los tres últimos disponibles en función de las fechas de constitución o de inicio de actividades del empresario y de presentación de las ofertas por importe igual o superior al exigido en el anuncio de licitación o en la invitación a participar en el procedimiento y en los pliegos del contrato o, en su defecto, al establecido reglamentariamente. Se aplicará este criterio con relación a cada uno de los Lotes en que se divida, en su caso, el contrato. Requisitos mínimos de solvencia y acreditación documental: Volumen anual de negocios referido al año de mayor ejecución de los tres últimos años concluidos igual o superior a una vez y media el valor estimado del contrato, esto es, 13.200,00 € para el lote 4. Medio de acreditación: El volumen anual de negocios de la persona licitadora se acreditará por alguno de los siguientes medios:1. Cuentas anuales aprobadas y depositadas en el Registro Mercantil, si el empresario estuviera inscrito en dicho registro, y en caso contrario por las depositadas en el registro oficial en que deba estar inscrito. Los empresarios individuales no inscritos en el Registro Mercantil acreditarán su volumen anual de negocios mediante sus libros de inventarios y cuentas anuales legalizados por el Registro Mercantil.2. Impuesto de Sociedades presentado a la AEAT (modelo 200).3. Declaración anual de I.V.A. (modelo 390). Si, por una razón justificada, el empresario no está en condiciones de presentar las referencias solicitadas, se le autorizará a acreditar su solvencia económica y financiera por medio de cualquier otro documento que se considere apropiado por el órgano de contratación.
- Cifra anual de negocio - La solvencia económica y financiera se acreditará por el medio previsto en el artículo 87.1 de la LCSP que se señala a continuación: a) Volumen anual de negocios, o bien volumen anual de negocios en el ámbito al que se refiera el contrato, referido al mejor ejercicio dentro de los tres últimos disponibles en función de las fechas de constitución o de inicio de actividades del empresario y de presentación de las ofertas por importe igual o superior al exigido en el anuncio de licitación o en la invitación a participar en el procedimiento y en los pliegos del contrato o, en su defecto, al establecido reglamentariamente. Se aplicará este criterio con relación a cada uno de los Lotes en que se divida, en su caso, el contrato. Requisitos mínimos de solvencia y acreditación documental: Volumen anual de negocios referido al año de mayor ejecución de los tres últimos años concluidos igual o superior a una vez y media el valor estimado del contrato, esto es, 528.000,00 € para el lote 2. Medio de acreditación: El volumen anual de negocios de la persona licitadora se acreditará por alguno de los siguientes medios:1. Cuentas anuales aprobadas y depositadas en el Registro Mercantil, si el empresario estuviera inscrito en dicho registro, y en caso contrario por las depositadas en el registro oficial en que deba estar inscrito. Los empresarios individuales no inscritos en el Registro Mercantil acreditarán su volumen anual de negocios mediante sus libros de inventarios y cuentas anuales legalizados por el Registro Mercantil.2. Impuesto de Sociedades presentado a la AEAT (modelo 200).3. Declaración anual de I.V.A. (modelo 390). Si, por una razón justificada, el empresario no está en condiciones de presentar las referencias solicitadas, se le autorizará a acreditar su solvencia económica y financiera por medio de cualquier otro documento que se considere apropiado por el órgano de contratación.
- Cifra anual de negocio - La solvencia económica y financiera se acreditará por el medio previsto en el artículo 87.1 de la LCSP que se señala a continuación: a) Volumen anual de negocios, o bien volumen anual de negocios en el ámbito al que se refiera el contrato, referido al mejor ejercicio dentro de los tres últimos disponibles en función de las fechas de constitución o de inicio de actividades del empresario y de presentación de las ofertas por importe igual o superior al exigido en el anuncio de licitación o en la invitación a participar en el procedimiento y en los pliegos del contrato o, en su defecto, al establecido reglamentariamente. Se aplicará este criterio con relación a cada uno de los Lotes en que se divida, en su caso, el contrato. Requisitos mínimos de solvencia y acreditación documental: Volumen anual de negocios referido al año de mayor ejecución de los tres últimos años concluidos igual o superior a una vez y media el valor estimado del contrato, esto es, 3.300,00 € para el lote 5. Medio de acreditación: El volumen anual de negocios de la persona licitadora se acreditará por alguno de los siguientes medios:1. Cuentas anuales aprobadas y depositadas en el Registro Mercantil, si el empresario estuviera inscrito en dicho registro, y en caso contrario por las depositadas en el registro oficial en que deba estar inscrito. Los empresarios individuales no inscritos en el Registro Mercantil acreditarán su volumen anual de negocios mediante sus libros de inventarios y cuentas anuales legalizados por el Registro Mercantil.2. Impuesto de Sociedades presentado a la AEAT (modelo 200).3. Declaración anual de I.V.A. (modelo 390). Si, por una razón justificada, el empresario no está en condiciones de presentar las referencias solicitadas, se le autorizará a acreditar su solvencia económica y financiera por medio de cualquier otro documento que se considere apropiado por el órgano de contratación.
- Cifra anual de negocio - La solvencia económica y financiera se acreditará por el medio previsto en el artículo 87.1 de la LCSP que se señala a continuación: a) Volumen anual de negocios, o bien volumen anual de negocios en el ámbito al que se refiera el contrato, referido al mejor ejercicio dentro de los tres últimos disponibles en función de las fechas de constitución o de inicio de actividades del empresario y de presentación de las ofertas por importe igual o superior al exigido en el anuncio de licitación o en la invitación a participar en el procedimiento y en los pliegos del contrato o, en su defecto, al establecido reglamentariamente. Se aplicará este criterio con relación a cada uno de los Lotes en que se divida, en su caso, el contrato. Requisitos mínimos de solvencia y acreditación documental: Volumen anual de negocios referido al año de mayor ejecución de los tres últimos años concluidos igual o superior a una vez y media el valor estimado del contrato, esto es, 33.000,00 € para el lote 1. Medio de acreditación: El volumen anual de negocios de la persona licitadora se acreditará por alguno de los siguientes medios: 1. Cuentas anuales aprobadas y depositadas en el Registro Mercantil, si el empresario estuviera inscrito en dicho registro, y en caso contrario por las depositadas en el registro oficial en que deba estar inscrito. Los empresarios individuales no inscritos en el Registro Mercantil acreditarán su volumen anual de negocios mediante sus libros de inventarios y cuentas anuales legalizados por el Registro Mercantil. 2. Impuesto de Sociedades presentado a la AEAT (modelo 200). 3. Declaración anual de I.V.A. (modelo 390). Si, por una razón justificada, el empresario no está en condiciones de presentar las referencias solicitadas, se le autorizará a acreditar su solvencia económica y financiera por medio de cualquier otro documento que se considere apropiado por el órgano de contratación.
Calificaciones específicas
- Cumplimiento con las obligaciones tributarias - Cumplimiento con las obligaciones tributarias
- Para las empresas extranjeras, declaración de sometimiento a la legislación española. - Para las empresas extranjeras, declaración de sometimiento a la legislación española.
- Cumplimiento con las obligaciones con la Seguridad Social - Cumplimiento con las obligaciones con la Seguridad Social
- No estar incurso en incompatibilidades - No estar incurso en incompatibilidades
- No prohibición para contratar - No prohibición para contratar
- Capacidad de obrar - Capacidad de obrar
Garantías financieras
- Final - x5
- Especial - x5
Términos de adjudicación
- 2.1.6. Valoración de la oferta técnica: aumento del sublímite relativo a gastos extraordinarios (Lote 1): 3%
- 1. Mejor oferta económica (Lote 1): 65%
- 1. Mejor oferta económica (Lote 3): 55%
- 2.2.4. Valoración de la oferta técnica: Mejoras concretas ofertadas por el licitador: Ampliación individual de la cobertura (Lote 3): 2%
- 2.3. Valoración de la oferta técnica: Incremento del sublímite por víctima establecido en el PPT: 10%
- 2.2.1. Valoración de la oferta técnica: Mejoras concretas ofertadas por el licitador: Gastos de adaptación del domicilio o del vehículo (Lote 3): 2.5%
- 2.4. Valoración de la oferta técnica: Reducción de la franquicia establecida en el PPT (Lote 4): 6%
- 2.1.7. Valoración de la oferta técnica: sublímite relativo a vehículos y maquinaria y/o equipos móviles en reposo (Lote 1): 7%
- 2.3. Valoración de la oferta técnica: Incremento del sublímite por víctima establecido en el PPT (Lote 4): 8%
- 1. Mejor oferta económica (Lote 5): 61%
- 2.2. Valoración de la oferta técnica: Inclusión de la cláusula de consideración de terceros entre sí (Lote 2): 10%
- 2.1.2. Valoración de la oferta técnica: aumento del sublímite relativo a equipos electrónicos (Lote 1): 5%
- 2.3. Valoración de la oferta técnica: Mejora del capital de fallecimiento por accidente (Lote 3): 9%
- 2.2. Valoración de la oferta técnica: Incremento del límite de indemnización por anualidad establecido en el PPT (Lote 4): 8%
- 2.1.4. Valoración de la oferta técnica: aumento del sublímite relativo a honorarios de peritos del asegurado (Lote 1): 3%
- 2.5. Valoración de la oferta técnica: Mejora del capital de incapacidad permanente absoluta por accidente (Lote 3): 5%
- 2.1.1. Valoración de la oferta técnica: aumento del sublímite relativo a avería de maquinaria (Lote 1): 6%
- 2.1.5. Valoración de la oferta técnica: aumento del sublímite relativo a bienes temporalmente desplazados (Lote 1): 3%
- 2.6. Valoración de la oferta técnica: Mejora del capital de gran invalidez por accidente (Lote 3): 2%
- 2.2.2. Valoración de la oferta técnica: Mejoras concretas ofertadas por el licitador: Abono de los gastos de adquisición de silla de ruedas (Lote 3): 2.5%
- 2.2. Valoración de la oferta técnica: Incremento del límite de indemnización por anualidad establecido en el PPT (Lote 5): 10%
- 2.1. Valoración de la oferta técnica: Mejora del capital de accidente del conductor (Lote 2): 10%
- 1. Mejor oferta económica (Lote 4): 70%
- 2.1. Valoración de la oferta técnica: Incremento del límite de indemnización por siniestro establecido en el PPT (Lote 5): 10%
- 2.4. Valoración de la oferta técnica: Reducción de las franquicias establecidas en el PPT (Lote 5): 9%
- 2.1. Valoración de la oferta técnica: Participación en beneficios en función de la siniestralidad (Lote 3): 10%
- 2.2. Valoración de la oferta técnica: Reducción de la franquicia establecida en el PPT (Lote 1): 5%
- 2.1. Valoración de la oferta técnica: Incremento del límite de indemnización por siniestro establecido en el PPT (Lote 4): 8%
- 1. Mejor oferta económica (Lote 2): 80%
- 2.1.3. Valoración de la oferta técnica: aumento del sublímite relativo a honorarios de profesionales externos (Lote 1): 3%
- 2.2.3. Valoración de la oferta técnica: Mejoras concretas ofertadas por el licitador: Cobertura adicional hijos menores de edad y/o incapacitados (Lote 3): 3%
- 2.4. Valoración de la oferta técnica: Mejora del capital de incapacidad total por accidente (Lote 3): 9%
Documentos
Lotes
Lote 1
Seguro de daños materiales
Importe
10.000,00 €
Importe sin impuestos
10.000,00 €
Lote 2
Seguro de automóviles
Importe
160.000,00 €
Importe sin impuestos
160.000,00 €
Lote 3
Seguro colectivo de accidentes
Importe
80.000,00 €
Importe sin impuestos
80.000,00 €
Lote 4
Seguro de responsabilidad civil de la unidad canina de rescate
Importe
4000,00 €
Importe sin impuestos
4000,00 €
Lote 5
Seguro de responsabilidad civil de dron
Importe
1000,00 €
Importe sin impuestos
1000,00 €
Resolución
Lote 1 - Adjudicado: Adjudicado a la mejor oferta relación calidad-precio según Resolución de adjudicación.
Fecha adjudicación
30/11/2020
Importe
9084,12 € - Baja (-9%)
Importe sin impuestos
9084,12 € - Baja (-9%)
Identificador contrato
-
Fecha contrato
31/12/2020
Lote 2 - Adjudicado: Adjudicado a la mejor oferta relación calidad-precio según Resolución de adjudicación.
Fecha adjudicación
30/11/2020
Importe
106.400,00 € - Baja (-34%)
Importe sin impuestos
106.400,00 € - Baja (-34%)
Identificador contrato
-
Fecha contrato
31/12/2020
Lote 3 - Adjudicado: Adjudicado a la mejor oferta relación calidad-precio según Resolución de adjudicación.
Fecha adjudicación
30/11/2020
Importe
43.532,38 € - Baja (-46%)
Importe sin impuestos
43.532,38 € - Baja (-46%)
Identificador contrato
-
Fecha contrato
31/12/2020
Lote 4 - Adjudicado: Adjudicado a la mejor oferta relación calidad-precio según Resolución de adjudicación.
Fecha adjudicación
30/11/2020
Importe
2377,30 € - Baja (-41%)
Importe sin impuestos
2377,30 € - Baja (-41%)
Identificador contrato
-
Fecha contrato
31/12/2020
Lote 5 - Desierto: Declarado desierto por Resolución de adjudicación adjunta al no haberse presentado ninguna oferta durante el plazo de presentación de proposiciones
Adjudicado a
-Fecha adjudicación
30/11/2020
Importe
-
Importe sin impuestos
-
Identificador contrato
-
Fecha contrato
-
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17/04/2026
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En plazo
Ayuntamiento de Dos Hermanas
Abierto
En Plazo
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16/04/2026
30/04/2026
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01/05/2026
Leioa
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En plazo
Ferrocarrils de la Generalitat de Catalunya
Abierto
En Plazo
264.000,00 EUR
16/04/2026
19/05/2026
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Seguro de Responsabilidad Civil en Murcia
Contratación Centralizada de un seguro de responsabilidad civil de las autoridades y del persona al servicio de la Administración de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia y sus Organismos Autónomos, excluidos el personal del SMS, personal docente y de los consorcios administrativos adscritos a la Administración Pública Regional.
En plazo
Consejeria de Economía, Hacienda y Empresa de la Región de Murcia
Abierto
Anuncio Previo
460.000,00 EUR
15/04/2026
Murcia
Seguro de vehículos para Administración pública
Servicio de seguro de vehículos a motor de la Administración del sector público instrumental y entidades adheridas.
En plazo
Consellería de Hacienda y Modelo Económico
Abierto
En Plazo
2.530.000,00 EUR
15/04/2026
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Torrente
Seguro Erasmus para estudiantes - Universitat de València
Póliza de seguro para el estudiantado Erasmus de la Universidad de Valencia
En plazo
Universitat de València
Abierto
En Plazo
654.480,00 EUR
15/04/2026
14/05/2026
Valencia
Póliza de Seguro para Mutua Universal
Contratación del servicio de una Póliza de Seguro de Responsabilidad Civil General, Patronal y Profesional Sanitaria para Mutua Universal.
En plazo
Mutua Universal Mugenat, Mutua Colaboradora con la Seguridad Social nº 10
Abierto
En Plazo
890.000,00 EUR
15/04/2026
21/05/2026
Madrid
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