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Lugar de ejecución

Paseo de los pontones, 10, Madrid, Comunidad de madrid, España

Anuncio de Licitación

21/02/2023

Perfil del Contratante

Anuncio de Pliegos

21/02/2023

Perfil del Contratante

Fin Plazo Presentación

08/03/2023

Finalizado

Anuncio de Adjudicación

25/04/2023

Perfil del Contratante

Anuncio de Formalización

27/04/2023

Perfil del Contratante

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Licitación Formación de Proyectos de Reinvent. Profesional

Licitaciones públicas: contrato de servicios de formación de proyectos de reinvención profesional. Organismo autónomo Agencia para el Empleo de Madrid.

Perfil del contratante

Organismo autónomo Agencia para el Empleo de Madrid

Perfil del contratante

Organismo autónomo Agencia para el Empleo de Madrid

Datos generales

Estado

Resuelta

Presupuesto base de licitación

38.985,75 €

Importe sin impuestos

32.219,63 €

Valor estimado del contrato

32.219,63 €

Referencia

Ver

Enlace a la fuente oficial

Link

Publicación

21/02/2023

Ultima actualización

27/04/2023

Periodo estimado Inicio

01/04/2023

Periodo estimado Final

-

Duración

8 Meses

Códigos CPV

79634000 - Servicios de orientación profesional

80500000 - Servicios de formación

Título oficial

Contrato de servicios de “formación de proyectos de reinvención profesional”

Proceso de licitación

Proceso

Abierto simplificado

Urgencia

Ordinaria

Sistema de contratación

No aplica

Método de envío

Electrónica

Plazo de presentación ofertas

Hasta 08/03/2023

Presentación

-

Cantidad máxima de presentación de lotes

-

Cantidad máxima de lotes adjudicados

-

Período disponibilidad documentos

Hasta 08/03/2023

Términos y Calificaciones

Calificaciones técnicas

  • Trabajos realizados - Para empresas que no sean de nueva creación Art 90.1.a) de la LCSP: Para acreditar la solvencia técnica, se ha seleccionado este apartado por considerar muy importante en cuanto a solvencia técnica que los licitadores hayan realizado otros servicios de igual o similar naturaleza que la que constituye el objeto del contrato; así, de conformidad con dicho precepto se exigirá: “a) Una relación de los principales servicios o trabajos realizados de igual o similar naturaleza que los que constituyen el objeto del contrato en el curso de, como máximo los tres últimos años, en la que se indique el importe, la fecha y el destinatario, público o privado de los mismos…”. En el presente contrato para determinar que un trabajo o servicio es de igual o similar naturaleza al que constituye el objeto del contrato, se atenderá a los tres primeros dígitos de los respectivos códigos de la CPV. Justificación de la elección del criterio de solvencia: se considera que una relación de los trabajos indicando el importe, la fecha y el destinatario es una forma correcta y adecuada de obtener la información precisada a los efectos de comprobar la solvencia pretendida, junto a los pertinentes certificados que corroboren la buena ejecución de los servicios alegados. Requisitos mínimos de solvencia y acreditación documental: el importe anual acumulado en el año de mayor ejecución en el conjunto de los tres últimos años anteriores a la fecha límite de presentación de las proposiciones de esta licitación (2020, 2021, 2022, de servicios o trabajos realizados de igual o similar naturaleza que los que constituyen el objeto del contrato, debe ser igual o superior al 70 por ciento de la anualidad media del contrato (IVA excluido), siendo esta cantidad 33.830,61 euros. Se acreditará mediante una relación de los principales servicios o trabajos efectuados de igual o similar naturaleza realizados en los tres últimos años (2020, 2021, 2022), indicando importe, fechas y el destinatario, público o privado, de los mismos. Los servicios o trabajos efectuados se acreditarán mediante certificados expedidos o visados por el órgano competente, cuando el destinatario sea una entidad del sector público; cuando el destinatario sea un sujeto privado, mediante un certificado expedido por éste o, a falta de este certificado, mediante una declaración del empresario acompañado de los documentos obrantes en poder del mismo que acrediten la realización de la prestación.
  • Maquinaria, material y equipo técnico para la ejecución del contrato - Para empresas de nueva creación: Art 90.1.h) de la LCSP. Requisitos mínimos de solvencia y acreditación documental: declaración indicando la maquinaria, material y equipo técnico del que se dispondrá para la ejecución de los trabajos o prestaciones, a la que se adjuntará la documentación acreditativa pertinente cuando le sea requerido por los servicios dependientes del órgano de contratación. Justificación de la elección del criterio de solvencia: En la solvencia técnica para las empresas de nueva creación, se ha optado por dicha opción ya que se considera fundamental el material y personal técnico que vaya a ejecutar el contrato, mediante el que se pretende satisfacer una necesidad muy precisa, imposible de llevarse a cabo por la Administración debido a su escasez de medios. La declaración de dicho material y personal técnico por parte de la empresa de nueva creación es el medio idóneo para acreditar dicha solvencia, teniendo en cuenta la necesidad de la propia Administración, el objeto del contrato y la duración del mismo, considerándose dicho medio el más adecuado para ello.

Calificaciones financieras

  • Cifra anual de negocio - Art 87.1.a) de la LCSP Para acreditar la solvencia económica y financiera se ha seleccionado el apartado a) del artículo 87.1 de la LCSP (Ley 9/2017 de 8 de noviembre), por considerar que el volumen anual de negocios será un indicador suficiente de la solvencia económica y financiera. Conforme a dicho artículo se exigirá: “ a) Volumen anual de negocios, o bien volumen anual de negocios en el ámbito al que se refiera el contrato, referido al mejor ejercicio dentro de los tres últimos disponibles en función de las fechas de constitución o de inicio de actividades del empresario y de presentación de las ofertas por importe igual o superior al exigido en el anuncio de licitación o en la invitación a participar en el procedimiento y en los pliegos del contrato o, en su defecto, al establecido reglamentariamente”. Justificación de la elección del criterio de solvencia: la situación financiera y el grado de fortaleza en la estructura, en la magnitud y en la composición del capital social de los licitadores se considera un motivo indicativo que permite presumir una suficiencia razonable en la capacidad del adjudicatario para hacer frente a las obligaciones económicas y financieras que derivarán de la adjudicación del presente contrato. El umbral establecido, es conforme con el previsto en el artículo 87.1.a) de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público. Requisitos mínimos de solvencia y acreditación documental: para ser admitidos a licitación, los licitadores deberán acreditar que su volumen anual de negocios, referido al año de mayor volumen de negocio de los tres últimos concluidos (2019, 2020 y 2021) deberá ser al menos igual al presupuesto de licitación (IVA excluido) de este contrato, 32.219,63 euros. Este requisito se acreditará por medio de declaración responsable del representante legal de la empresa.

Calificaciones específicas

  • Cumplimiento con las obligaciones con la Seguridad Social - Cumplimiento con las obligaciones con la Seguridad Social
  • Estar prerregistrado en el ROLECE, y declarar que no ha habido modificaciones en los datos registrados - Estar prerregistrado en el ROLECE, y declarar que no ha habido modificaciones en los datos registrados
  • Capacidad de obrar - Capacidad de obrar
  • Cumplimiento con las obligaciones tributarias - Cumplimiento con las obligaciones tributarias
  • Preferencia para empresas con trabajadores con discapacidad - Declaración sobre trabajadores con discapacidad
  • No prohibición para contratar - No prohibición para contratar
  • Para las empresas extranjeras, declaración de sometimiento a la legislación española. - Para las empresas extranjeras, declaración de sometimiento a la legislación española.

Garantías financieras

  • Especial - x1
  • Final - x5

Términos de adjudicación

  • Formación extra: 20%
  • Oferta económica: 49%
  • Experiencia docente adicional: 31%

Documentos

Resolución

Adjudicación

Motivo de adjudicación

Ser la mejor oferta de acuerdo con el orden en que han sido clasificadas conforme a lo señalado en el apartado 1 del artículo 150

Adjudicado a

EDUCALIMPIA, S.L.

Importe adjudicado

16.000,00 € -59%

Participantes

8

Fecha adjudicación

24/04/2023

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