Lugar de ejecución
Mollet del vallès, Extremadura, Cataluña, España
Anuncio de Licitación
09/08/2022
Perfil del Contratante
Anuncio de Pliegos
09/08/2022
Perfil del Contratante
Fin Plazo Presentación
29/08/2022
Finalizado
Anuncio de Adjudicación
30/12/2022
Perfil del Contratante
Anuncio de Formalización
26/01/2023
Perfil del Contratante
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OBRAG23004 Actuaciones necesarias para asegurar el abastecimiento a varias localidades de Extremadura (6 lotes).
Perfil del contratante
Datos generales
Estado
Resuelta
Presupuesto base de licitación
1.958.766,82 €
Importe sin impuestos
1.618.815,55 €
Valor estimado del contrato
1.618.815,55 €
Referencia
Ver
Enlace a la fuente oficial
Publicación
09/08/2022
Ultima actualización
26/01/2023
Periodo estimado Inicio
-
Periodo estimado Final
-
Duración
8 Meses
Códigos CPV
45213260 - Trabajos de construcción de depósitos
45231300 - Trabajos de construcción de tuberías para agua y aguas residuales
45232154 - Trabajos de construcción de cisternas elevadas de agua potable
Proceso de licitación
Proceso
Abierto simplificado
Urgencia
Ordinaria
Sistema de contratación
No aplica
Método de envío
Electrónica
Plazo de presentación ofertas
Hasta 29/08/2022
Presentación
A uno o varios lotes
Cantidad máxima de presentación de lotes
6
Cantidad máxima de lotes adjudicados
1
Período disponibilidad documentos
-
Términos y Calificaciones
Calificaciones técnicas
- Trabajos realizados - Al no ser requisito obligatorio la clasificación, el empresario podrá acreditar su solvencia indistintamente mediante su clasificación en el Grupo E, Subgrupo 1 y categoría 2, siendo el equivalente al R.D 1098/2001, Grupo E, Subgrupo 1 y categoría c o bien acreditando el cumplimiento de los siguientes requisitos específicos de solvencia: Acreditación de la solvencia técnica o profesional: De conformidad con el artículo 88.1 a) de la LCSP 9/17: Relación de las obras ejecutadas en el curso de los últimos cinco años correspondientes al mismo grupo o subgrupo de clasificación al que corresponde el contrato, habiendo de ser el importe anual acumulado en el año de mayor ejecución igual o superior al 70 % del valor estimado del contrato LOTE 5: 116.003,89 €. Las obras deberán ser de igual o similar naturaleza que los que constituyen el objeto de cada lote del contrato. En defecto de previsión en el pliego se atenderá a los dos primeros dígitos del respectivo código CPV del Lote 5 del contrato. Las obras ejecutadas se acreditarán mediante certificados de buena ejecución, que indicarán el importe, las fechas y el lugar de ejecución de las obras y se precisará si se realizaron según las reglas por las que se rige la profesión y se llevaron normalmente a buen término; en su caso, dichos certificados serán comunicados directamente al órgano de contratación por la autoridad competente. El cómputo se efectuará hasta la fecha de finalización del plazo para la presentación de proposiciones u ofertas. Para empresas de nueva creación, entendiendo como tal aquellas que tengan una antigüedad inferior a 5 años, la solvencia técnica se podrá acreditar mediante declaración sobre la plantilla media anual de la empresa y del número de directivos durante los últimos tres años, acompañada de la documentación justificativa correspondiente cuando le sea requerido por los servicios dependientes del órgano de contratación: Mantenimiento de la plantilla en los últimos 3 años (+- 10 %). Mantenimiento de los cuadros directivos en los últimos 3 años (+-10 %). La acreditación del presente criterio será mediante la documentación justificativa correspondiente cuando le sea requerido por los servicios dependientes del órgano de contratación (vida laboral de empresa). El cómputo se efectuará hasta la fecha de finalización del plazo para la presentación de proposiciones u ofertas.
- Trabajos realizados - Al no ser requisito obligatorio la clasificación, el empresario podrá acreditar su solvencia indistintamente mediante su clasificación en el Grupo E, Subgrupo 1 y categoría 1, siendo el equivalente al R.D 1098/2001, Grupo E, Subgrupo 1 y categoría a ó b o bien acreditando el cumplimiento de los siguientes requisitos específicos de solvencia: Acreditación de la solvencia técnica o profesional: De conformidad con el artículo 88.1 a) de la LCSP 9/17: Relación de las obras ejecutadas en el curso de los últimos cinco años correspondientes al mismo grupo o subgrupo de clasificación al que corresponde el contrato, habiendo de ser el importe anual acumulado en el año de mayor ejecución igual o superior al 70 % del valor estimado del contrato LOTE 6: 65.331,68 €. Las obras deberán ser de igual o similar naturaleza que los que constituyen el objeto de cada lote del contrato. En defecto de previsión en el pliego se atenderá a los dos primeros dígitos del respectivo código CPV del Lote 6 del contrato. Las obras ejecutadas se acreditarán mediante certificados de buena ejecución, que indicarán el importe, las fechas y el lugar de ejecución de las obras y se precisará si se realizaron según las reglas por las que se rige la profesión y se llevaron normalmente a buen término; en su caso, dichos certificados serán comunicados directamente al órgano de contratación por la autoridad competente. El cómputo se efectuará hasta la fecha de finalización del plazo para la presentación de proposiciones u ofertas. Para empresas de nueva creación, entendiendo como tal aquellas que tengan una antigüedad inferior a 5 años, la solvencia técnica se podrá acreditar mediante declaración sobre la plantilla media anual de la empresa y del número de directivos durante los últimos tres años, acompañada de la documentación justificativa correspondiente cuando le sea requerido por los servicios dependientes del órgano de contratación: Mantenimiento de la plantilla en los últimos 3 años (+- 10 %). Mantenimiento de los cuadros directivos en los últimos 3 años (+-10 %). La acreditación del presente criterio será mediante la documentación justificativa correspondiente cuando le sea requerido por los servicios dependientes del órgano de contratación (vida laboral de empresa). El cómputo se efectuará hasta la fecha de finalización del plazo para la presentación de proposiciones u ofertas.
- Trabajos realizados - Al no ser requisito obligatorio la clasificación, el empresario podrá acreditar su solvencia indistintamente mediante su clasificación en el Grupo A, Subgrupo 1 y categoría 1 y Grupo: E, Subgrupo 1 y categoría 2, siendo el equivalente al R.D 1098/2001, Grupo A, Subgrupo 1 y categoría a ó b y Grupo E, Subgrupo 1 y categoría c o bien acreditando el cumplimiento de los siguientes requisitos específicos de solvencia: Acreditación de la solvencia técnica o profesional: De conformidad con el artículo 88.1 a) de la LCSP 9/17: Relación de las obras ejecutadas en el curso de los últimos cinco años correspondientes al mismo grupo o subgrupo de clasificación al que corresponde el contrato, habiendo de ser el importe anual acumulado en el año de mayor ejecución igual o superior al 70 % del valor estimado del contrato LOTE 3: 200.515,87 €. Las obras deberán ser de igual o similar naturaleza que los que constituyen el objeto de cada lote del contrato. En defecto de previsión en el pliego se atenderá a los dos primeros dígitos del respectivo código CPV del Lote 3 del contrato. Las obras ejecutadas se acreditarán mediante certificados de buena ejecución, que indicarán el importe, las fechas y el lugar de ejecución de las obras y se precisará si se realizaron según las reglas por las que se rige la profesión y se llevaron normalmente a buen término; en su caso, dichos certificados serán comunicados directamente al órgano de contratación por la autoridad competente. El cómputo se efectuará hasta la fecha de finalización del plazo para la presentación de proposiciones u ofertas. Para empresas de nueva creación, entendiendo como tal aquellas que tengan una antigüedad inferior a 5 años, la solvencia técnica se podrá acreditar mediante declaración sobre la plantilla media anual de la empresa y del número de directivos durante los últimos tres años, acompañada de la documentación justificativa correspondiente cuando le sea requerido por los servicios dependientes del órgano de contratación: Mantenimiento de la plantilla en los últimos 3 años (+- 10 %). Mantenimiento de los cuadros directivos en los últimos 3 años (+-10 %). La acreditación del presente criterio será mediante la documentación justificativa correspondiente cuando le sea requerido por los servicios dependientes del órgano de contratación (vida laboral de empresa). El cómputo se efectuará hasta la fecha de finalización del plazo para la presentación de proposiciones u ofertas.
- Trabajos realizados - Al no ser requisito obligatorio la clasificación, el empresario podrá acreditar su solvencia indistintamente mediante su clasificación en el Grupo E, Subgrupo 1 y categoría 3 siendo el equivalente al R.D 1098/2001, Grupo E, Subgrupo 1 y categoría d o bien acreditando el cumplimiento de los siguientes requisitos específicos de solvencia: Acreditación de la solvencia técnica o profesional: De conformidad con el artículo 88.1 a) de la LCSP 9/17: Relación de las obras ejecutadas en el curso de los últimos cinco años correspondientes al mismo grupo o subgrupo de clasificación al que corresponde el contrato, habiendo de ser el importe anual acumulado en el año de mayor ejecución igual o superior al 70 % del valor estimado del contrato LOTE 1: 341.322,32 €. Las obras deberán ser de igual o similar naturaleza que los que constituyen el objeto de cada lote del contrato. En defecto de previsión en el pliego se atenderá a los dos primeros dígitos del respectivo código CPV del Lote 1 del contrato. Las obras ejecutadas se acreditarán mediante certificados de buena ejecución, que indicarán el importe, las fechas y el lugar de ejecución de las obras y se precisará si se realizaron según las reglas por las que se rige la profesión y se llevaron normalmente a buen término; en su caso, dichos certificados serán comunicados directamente al órgano de contratación por la autoridad competente. El cómputo se efectuará hasta la fecha de finalización del plazo para la presentación de proposiciones u ofertas. Para empresas de nueva creación, entendiendo como tal aquellas que tengan una antigüedad inferior a 5 años, la solvencia técnica se podrá acreditar mediante declaración sobre la plantilla media anual de la empresa y del número de directivos durante los últimos tres años, acompañada de la documentación justificativa correspondiente cuando le sea requerido por los servicios dependientes del órgano de contratación: Mantenimiento de la plantilla en los últimos 3 años (+- 10 %). Mantenimiento de los cuadros directivos en los últimos 3 años (+-10 %). La acreditación del presente criterio será mediante la documentación justificativa correspondiente cuando le sea requerido por los servicios dependientes del órgano de contratación (vida laboral de empresa). El cómputo se efectuará hasta la fecha de finalización del plazo para la presentación de proposiciones u ofertas.
- Trabajos realizados - Al no ser requisito obligatorio la clasificación, el empresario podrá acreditar su solvencia indistintamente mediante su clasificación en el Grupo A, Subgrupo 1 y categoría 1 y Grupo: E, Subgrupo 1 y categoría 1, siendo el equivalente al R.D 1098/2001, Grupo A, Subgrupo 1 y categoría a ó b y Grupo E, Subgrupo 1 y categoría a ó b o bien acreditando el cumplimiento de los siguientes requisitos específicos de solvencia: Acreditación de la solvencia técnica o profesional: De conformidad con el artículo 88.1 a) de la LCSP 9/17: Relación de las obras ejecutadas en el curso de los últimos cinco años correspondientes al mismo grupo o subgrupo de clasificación al que corresponde el contrato, habiendo de ser el importe anual acumulado en el año de mayor ejecución igual o superior al 70 % del valor estimado del contrato LOTE 4: 167.768,59 €. Las obras deberán ser de igual o similar naturaleza que los que constituyen el objeto de cada lote del contrato. En defecto de previsión en el pliego se atenderá a los dos primeros dígitos del respectivo código CPV del Lote 4 del contrato. Las obras ejecutadas se acreditarán mediante certificados de buena ejecución, que indicarán el importe, las fechas y el lugar de ejecución de las obras y se precisará si se realizaron según las reglas por las que se rige la profesión y se llevaron normalmente a buen término; en su caso, dichos certificados serán comunicados directamente al órgano de contratación por la autoridad competente. El cómputo se efectuará hasta la fecha de finalización del plazo para la presentación de proposiciones u ofertas. Para empresas de nueva creación, entendiendo como tal aquellas que tengan una antigüedad inferior a 5 años, la solvencia técnica se podrá acreditar mediante declaración sobre la plantilla media anual de la empresa y del número de directivos durante los últimos tres años, acompañada de la documentación justificativa correspondiente cuando le sea requerido por los servicios dependientes del órgano de contratación: Mantenimiento de la plantilla en los últimos 3 años (+- 10 %). Mantenimiento de los cuadros directivos en los últimos 3 años (+-10 %). La acreditación del presente criterio será mediante la documentación justificativa correspondiente cuando le sea requerido por los servicios dependientes del órgano de contratación (vida laboral de empresa). El cómputo se efectuará hasta la fecha de finalización del plazo para la presentación de proposiciones u ofertas.
- Trabajos realizados - Al no ser requisito obligatorio la clasificación, el empresario podrá acreditar su solvencia indistintamente mediante su clasificación en el Grupo E, Subgrupo 1 y categoría 2 siendo el equivalente al R.D 1098/2001, Grupo E, Subgrupo 1 y categoría c o bien acreditando el cumplimiento de los siguientes requisitos específicos de solvencia: Acreditación de la solvencia técnica o profesional: De conformidad con el artículo 88.1 a) de la LCSP 9/17: Relación de las obras ejecutadas en el curso de los últimos cinco años correspondientes al mismo grupo o subgrupo de clasificación al que corresponde el contrato, habiendo de ser el importe anual acumulado en el año de mayor ejecución igual o superior al 70 % del valor estimado del contrato LOTE 2: 242.228,54 €. Las obras deberán ser de igual o similar naturaleza que los que constituyen el objeto de cada lote del contrato. En defecto de previsión en el pliego se atenderá a los dos primeros dígitos del respectivo código CPV del Lote 2 del contrato. Las obras ejecutadas se acreditarán mediante certificados de buena ejecución, que indicarán el importe, las fechas y el lugar de ejecución de las obras y se precisará si se realizaron según las reglas por las que se rige la profesión y se llevaron normalmente a buen término; en su caso, dichos certificados serán comunicados directamente al órgano de contratación por la autoridad competente. El cómputo se efectuará hasta la fecha de finalización del plazo para la presentación de proposiciones u ofertas. Para empresas de nueva creación, entendiendo como tal aquellas que tengan una antigüedad inferior a 5 años, la solvencia técnica se podrá acreditar mediante declaración sobre la plantilla media anual de la empresa y del número de directivos durante los últimos tres años, acompañada de la documentación justificativa correspondiente cuando le sea requerido por los servicios dependientes del órgano de contratación: Mantenimiento de la plantilla en los últimos 3 años (+- 10 %). Mantenimiento de los cuadros directivos en los últimos 3 años (+-10 %). La acreditación del presente criterio será mediante la documentación justificativa correspondiente cuando le sea requerido por los servicios dependientes del órgano de contratación (vida laboral de empresa). El cómputo se efectuará hasta la fecha de finalización del plazo para la presentación de proposiciones u ofertas.
Calificaciones financieras
- Cifra anual de negocio - Al no ser requisito obligatorio la clasificación, el empresario podrá acreditar su solvencia indistintamente mediante su clasificación en el Grupo A, Subgrupo 1 y categoría 1 y Grupo: E, Subgrupo 1 y categoría 2, siendo el equivalente al R.D 1098/2001, Grupo A, Subgrupo 1 y categoría a ó b y Grupo E, Subgrupo 1 y categoría c o bien acreditando el cumplimiento de los siguientes requisitos específicos de solvencia: Solvencia exigida a aquellas empresas que están exentas de la exigencia de clasificación en virtud del artículo 78 de la LCSP 9/17: Los empresarios extranjeros de países miembros de la Unión Europea o signatarios del Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo acreditarán su solvencia económico-financiera y técnica bien presentando certificados de clasificación o similares expedidos por sus Estados o bien deberán acreditar el cumplimiento de los requisitos específicos de solvencia que más adelante se refieren. Los empresarios extranjeros pertenecientes a países no incluidos en el párrafo precedente deberán acreditar el cumplimiento de los siguientes requisitos específicos de solvencia: Acreditación de la solvencia económica y financiera: De conformidad con el artículo 87.1 a) de la LCSP 9/17: Volumen anual de negocios, en el ámbito al que se refiera el contrato, referido al mejor ejercicio dentro de los tres últimos disponibles en función de las fechas de constitución o de inicio de actividades del empresario y de presentación de las ofertas por importe igual o superior al valor estimado del contrato LOTE 3: 286.451,24 €. El volumen anual se acreditará por medio de sus cuentas anuales aprobadas y depositadas en el Registro Mercantil, si el empresario estuviera inscrito en dicho registro, y en caso contrario o por las depositadas en el registro oficial en que deba ser inscrito. Los empresarios individuales no inscritos en el Registro Mercantil acreditarán su volumen anual de negocios mediante sus libros de inventarios y cuantas anuales legalizados en el Registro Mercantil. El cómputo se efectuará hasta la fecha de finalización del plazo para la presentación de proposiciones u ofertas.
- Cifra anual de negocio - Al no ser requisito obligatorio la clasificación, el empresario podrá acreditar su solvencia indistintamente mediante su clasificación en el Grupo E, Subgrupo 1 y categoría 3 siendo el equivalente al R.D 1098/2001, Grupo E, Subgrupo 1 y categoría d o bien acreditando el cumplimiento de los siguientes requisitos específicos de solvencia: Solvencia exigida a aquellas empresas que están exentas de la exigencia de clasificación en virtud del artículo 78 de la LCSP 9/17: Los empresarios extranjeros de países miembros de la Unión Europea o signatarios del Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo acreditarán su solvencia económico-financiera y técnica bien presentando certificados de clasificación o similares expedidos por sus Estados o bien deberán acreditar el cumplimiento de los requisitos específicos de solvencia que más adelante se refieren. Los empresarios extranjeros pertenecientes a países no incluidos en el párrafo precedente deberán acreditar el cumplimiento de los siguientes requisitos específicos de solvencia: Acreditación de la solvencia económica y financiera: De conformidad con el artículo 87.1 a) de la LCSP 9/17: Volumen anual de negocios, en el ámbito al que se refiera el contrato, referido al mejor ejercicio dentro de los tres últimos disponibles en función de las fechas de constitución o de inicio de actividades del empresario y de presentación de las ofertas por importe igual o superior al valor estimado del contrato LOTE 1: 487.603,31 €. El volumen anual se acreditará por medio de sus cuentas anuales aprobadas y depositadas en el Registro Mercantil, si el empresario estuviera inscrito en dicho registro, y en caso contrario o por las depositadas en el registro oficial en que deba ser inscrito. Los empresarios individuales no inscritos en el Registro Mercantil acreditarán su volumen anual de negocios mediante sus libros de inventarios y cuantas anuales legalizados en el Registro Mercantil. El cómputo se efectuará hasta la fecha de finalización del plazo para la presentación de proposiciones u ofertas.
- Cifra anual de negocio - Al no ser requisito obligatorio la clasificación, el empresario podrá acreditar su solvencia indistintamente mediante su clasificación en el Grupo E, Subgrupo 1 y categoría 1, siendo el equivalente al R.D 1098/2001, Grupo E, Subgrupo 1 y categoría a ó b o bien acreditando el cumplimiento de los siguientes requisitos específicos de solvencia: Solvencia exigida a aquellas empresas que están exentas de la exigencia de clasificación en virtud del artículo 78 de la LCSP 9/17: Los empresarios extranjeros de países miembros de la Unión Europea o signatarios del Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo acreditarán su solvencia económico-financiera y técnica bien presentando certificados de clasificación o similares expedidos por sus Estados o bien deberán acreditar el cumplimiento de los requisitos específicos de solvencia que más adelante se refieren. Los empresarios extranjeros pertenecientes a países no incluidos en el párrafo precedente deberán acreditar el cumplimiento de los siguientes requisitos específicos de solvencia: Acreditación de la solvencia económica y financiera: De conformidad con el artículo 87.1 a) de la LCSP 9/17: Volumen anual de negocios, en el ámbito al que se refiera el contrato, referido al mejor ejercicio dentro de los tres últimos disponibles en función de las fechas de constitución o de inicio de actividades del empresario y de presentación de las ofertas por importe igual o superior al valor estimado del contrato LOTE 6: 93.330,97 €. El volumen anual se acreditará por medio de sus cuentas anuales aprobadas y depositadas en el Registro Mercantil, si el empresario estuviera inscrito en dicho registro, y en caso contrario o por las depositadas en el registro oficial en que deba ser inscrito. Los empresarios individuales no inscritos en el Registro Mercantil acreditarán su volumen anual de negocios mediante sus libros de inventarios y cuantas anuales legalizados en el Registro Mercantil. El cómputo se efectuará hasta la fecha de finalización del plazo para la presentación de proposiciones u ofertas.
- Cifra anual de negocio - Al no ser requisito obligatorio la clasificación, el empresario podrá acreditar su solvencia indistintamente mediante su clasificación en el Grupo E, Subgrupo 1 y categoría 2, siendo el equivalente al R.D 1098/2001, Grupo E, Subgrupo 1 y categoría c o bien acreditando el cumplimiento de los siguientes requisitos específicos de solvencia: Solvencia exigida a aquellas empresas que están exentas de la exigencia de clasificación en virtud del artículo 78 de la LCSP 9/17: Los empresarios extranjeros de países miembros de la Unión Europea o signatarios del Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo acreditarán su solvencia económico-financiera y técnica bien presentando certificados de clasificación o similares expedidos por sus Estados o bien deberán acreditar el cumplimiento de los requisitos específicos de solvencia que más adelante se refieren. Los empresarios extranjeros pertenecientes a países no incluidos en el párrafo precedente deberán acreditar el cumplimiento de los siguientes requisitos específicos de solvencia: Acreditación de la solvencia económica y financiera: De conformidad con el artículo 87.1 a) de la LCSP 9/17: Volumen anual de negocios, en el ámbito al que se refiera el contrato, referido al mejor ejercicio dentro de los tres últimos disponibles en función de las fechas de constitución o de inicio de actividades del empresario y de presentación de las ofertas por importe igual o superior al valor estimado del contrato LOTE 5: 165.719,84 €. El volumen anual se acreditará por medio de sus cuentas anuales aprobadas y depositadas en el Registro Mercantil, si el empresario estuviera inscrito en dicho registro, y en caso contrario o por las depositadas en el registro oficial en que deba ser inscrito. Los empresarios individuales no inscritos en el Registro Mercantil acreditarán su volumen anual de negocios mediante sus libros de inventarios y cuantas anuales legalizados en el Registro Mercantil. El cómputo se efectuará hasta la fecha de finalización del plazo para la presentación de proposiciones u ofertas.
- Cifra anual de negocio - Al no ser requisito obligatorio la clasificación, el empresario podrá acreditar su solvencia indistintamente mediante su clasificación en el Grupo E, Subgrupo 1 y categoría 2 siendo el equivalente al R.D 1098/2001, Grupo E, Subgrupo 1 y categoría c o bien acreditando el cumplimiento de los siguientes requisitos específicos de solvencia: Solvencia exigida a aquellas empresas que están exentas de la exigencia de clasificación en virtud del artículo 78 de la LCSP 9/17: Los empresarios extranjeros de países miembros de la Unión Europea o signatarios del Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo acreditarán su solvencia económico-financiera y técnica bien presentando certificados de clasificación o similares expedidos por sus Estados o bien deberán acreditar el cumplimiento de los requisitos específicos de solvencia que más adelante se refieren. Los empresarios extranjeros pertenecientes a países no incluidos en el párrafo precedente deberán acreditar el cumplimiento de los siguientes requisitos específicos de solvencia: Acreditación de la solvencia económica y financiera: De conformidad con el artículo 87.1 a) de la LCSP 9/17: Volumen anual de negocios, en el ámbito al que se refiera el contrato, referido al mejor ejercicio dentro de los tres últimos disponibles en función de las fechas de constitución o de inicio de actividades del empresario y de presentación de las ofertas por importe igual o superior al valor estimado del contrato LOTE 2: 346.040,77 €. El volumen anual se acreditará por medio de sus cuentas anuales aprobadas y depositadas en el Registro Mercantil, si el empresario estuviera inscrito en dicho registro, y en caso contrario o por las depositadas en el registro oficial en que deba ser inscrito. Los empresarios individuales no inscritos en el Registro Mercantil acreditarán su volumen anual de negocios mediante sus libros de inventarios y cuantas anuales legalizados en el Registro Mercantil. El cómputo se efectuará hasta la fecha de finalización del plazo para la presentación de proposiciones u ofertas.
- Cifra anual de negocio - Al no ser requisito obligatorio la clasificación, el empresario podrá acreditar su solvencia indistintamente mediante su clasificación en el Grupo A, Subgrupo 1 y categoría 1 y Grupo: E, Subgrupo 1 y categoría 1, siendo el equivalente al R.D 1098/2001, Grupo A, Subgrupo 1 y categoría a ó b y Grupo E, Subgrupo 1 y categoría a ó b o bien acreditando el cumplimiento de los siguientes requisitos específicos de solvencia: Solvencia exigida a aquellas empresas que están exentas de la exigencia de clasificación en virtud del artículo 78 de la LCSP 9/17: Los empresarios extranjeros de países miembros de la Unión Europea o signatarios del Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo acreditarán su solvencia económico-financiera y técnica bien presentando certificados de clasificación o similares expedidos por sus Estados o bien deberán acreditar el cumplimiento de los requisitos específicos de solvencia que más adelante se refieren. Los empresarios extranjeros pertenecientes a países no incluidos en el párrafo precedente deberán acreditar el cumplimiento de los siguientes requisitos específicos de solvencia: Acreditación de la solvencia económica y financiera: De conformidad con el artículo 87.1 a) de la LCSP 9/17: Volumen anual de negocios, en el ámbito al que se refiera el contrato, referido al mejor ejercicio dentro de los tres últimos disponibles en función de las fechas de constitución o de inicio de actividades del empresario y de presentación de las ofertas por importe igual o superior al valor estimado del contrato LOTE 4: 239.669,42 €. El volumen anual se acreditará por medio de sus cuentas anuales aprobadas y depositadas en el Registro Mercantil, si el empresario estuviera inscrito en dicho registro, y en caso contrario o por las depositadas en el registro oficial en que deba ser inscrito. Los empresarios individuales no inscritos en el Registro Mercantil acreditarán su volumen anual de negocios mediante sus libros de inventarios y cuantas anuales legalizados en el Registro Mercantil. El cómputo se efectuará hasta la fecha de finalización del plazo para la presentación de proposiciones u ofertas.
Calificaciones específicas
- Capacidad de obrar - Capacidad de obrar
Garantías financieras
- Final - x5
Términos de adjudicación
- 1 Ampliación de garantía.: 5%
- 1 Evaluación de la oferta económica.: 90%
- 2 Extensión del control de calidad.: 5%
Documentos
Lotes
Lote 1
Modernización del sistema de abastecimiento de Hernán Pérez para impulsar el ahorro y la eficiencia energética.
Importe
590.000,01 €
Importe sin impuestos
487.603,31 €
Lote 2
Nueva infraestructura de regulación en Garlitos para impulsar la sostenibilidad de los recursos hídricos.
Importe
418.709,33 €
Importe sin impuestos
346.040,77 €
Lote 3
Mejora del abastecimiento a Hornachos para impulsar el ahorro, eficiencia y sostenibilidad de los recursos hídricos.
Importe
346.606,00 €
Importe sin impuestos
286.451,24 €
Lote 4
Mejora del abastecimiento a Piedras Albas para impulsar el ahorro, eficiencia y sostenibilidad en el uso de los recursos hídricos.
Importe
290.000,00 €
Importe sin impuestos
239.669,42 €
Lote 5
Mejora de la eficiencia del sistema de abastecimiento y gestión hídrica sostenible en Guadalupe.
Importe
200.521,01 €
Importe sin impuestos
165.719,84 €
Lote 6
Mejora del abastecimiento a Docenario para impulsar el ahorro, eficiencia y sostenibilidad en el uso de los recursos hídricos.
Importe
112.930,47 €
Importe sin impuestos
93.330,97 €
Resolución
Lote 1 - Formalizado: Según Resolución de Adjudicación de fecha 30 de diciembre de 2022.
Adjudicado a
LERPA2002, S.L.U. - B10294932Fecha adjudicación
30/12/2022
Importe
513.403,00 € - Baja (-13%)
Importe sin impuestos
424.300,00 € - Baja (-13%)
Identificador contrato
1
Fecha contrato
24/01/2023
Lote 2 - Formalizado: Según Resolución de Adjudicación de fecha 30 de diciembre de 2022
Adjudicado a
Construcciones Majoin S.L - B06283790Fecha adjudicación
30/12/2022
Importe
393.327,05 € - Baja (-6%)
Importe sin impuestos
325.063,68 € - Baja (-6%)
Identificador contrato
1
Fecha contrato
24/01/2023
Lote 3 - Formalizado: Según Resolución de Adjudicación de fecha 30 de diciembre de 2022
Adjudicado a
MARTÍN Y CUADRADO,S.L. - B10184166Fecha adjudicación
30/12/2022
Importe
285.845,97 € - Baja (-18%)
Importe sin impuestos
236.236,34 € - Baja (-18%)
Identificador contrato
1
Fecha contrato
24/01/2023
Lote 4 - Formalizado: Según Resolución de Adjudicación de fecha 30 de diciembre de 2022
Adjudicado a
-Fecha adjudicación
30/12/2022
Importe
255.635,01 € - Baja (-12%)
Importe sin impuestos
211.268,60 € - Baja (-12%)
Identificador contrato
1
Fecha contrato
24/01/2023
Lote 5 - Formalizado: Según Resolución de Adjudicación de fecha 30 de diciembre de 2022.
Adjudicado a
-Fecha adjudicación
30/12/2022
Importe
186.484,53 € - Baja (-7%)
Importe sin impuestos
154.119,45 € - Baja (-7%)
Identificador contrato
1
Fecha contrato
24/01/2023
Lote 6 - Formalizado: Según Resolución de Adjudicación de fecha 30 de diciembre de 2022
Adjudicado a
CUBILLANA - B06178636Fecha adjudicación
30/12/2022
Importe
110.110,63 € - Baja (-2%)
Importe sin impuestos
91.000,52 € - Baja (-2%)
Identificador contrato
1
Fecha contrato
24/01/2023
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En Plazo
71.558,90 EUR
17/04/2026
04/05/2026
Fuxa
Mejora del alcantarillado en Sa Coma
Obras contempladas en el Proyecto de mejora del alcantarillado de la urbanización de Sa Coma
En plazo
Ayuntamiento de Sant Llorenç des Cardassar
Abierto
En Plazo
168.235,96 EUR
17/04/2026
14/05/2026
San lorenzo de cardessar
Renovación Red de Agua en Tremp
Contratación de las obras de Renovación de la Red de Agua de las calles Lleida, Barcelona y Magistrat Saura de Tremp. ~~~ Procedimiento abierto simplificado
En plazo
Ajuntament de Tremp
Abierto simplificado
En Plazo
321.947,02 EUR
17/04/2026
07/05/2026
Tremp
Sectorización red de agua potable
El objeto del contrato es la ejecución de las obras contempladas en el «Proyecto de ejecución de la sectorización de la red de agua potable de Castellterçol», redactado por el ingeniero municipal en fecha enero de 2026.
En plazo
Ajuntament de Castellterçol
Abierto simplificado
En Plazo
214.981,13 EUR
17/04/2026
07/05/2026
Castellterçol
Licitación: Saneamiento en Castrillo
Sustitución de dos tramos de la red de saneamiento de Castrillo de la Ribera
En plazo
Ayuntamiento de Villaturiel
Abierto simplificado
En Plazo
190.158,99 EUR
16/04/2026
18/05/2026
Villaturiel
Sustitución red de agua potable - Grisel
Sustitución red de abastecimiento de agua potable, según proyecto redactado por el Ingeniero Civil D. Daniel Orte Ruiz en marzo de 2026, condicionado a la aprobación definitiva del proyecto
En plazo
Ayuntamiento de Grisel
Abierto simplificado
En Plazo
202.014,00 EUR
15/04/2026
05/05/2026
Remolinos
Reparación colector pluviales - La Sénia
El objeto de este contrato es la ejecución de las obras de reparación de elementos del colector de pluviales de la calle Barranquet para devolverle su funcionalidad, que se vio afectada por el temporal de lluvias del día 13 de noviembre de 2024.
En plazo
Ajuntament de la Sénia
Abierto simplificado
En Plazo
91.373,40 EUR
14/04/2026
04/05/2026
La sénia
Licitación para renovación de red de agua
Es objeto del presente pliego la regulación de la licitación para la contratación de las obras y el suministro de los materiales de abastecimiento para la ejecución del Proyecto de renovación de la red de abastecimiento de agua potable al C/ Cardenal entre Avda. Aragai y eL No 15, en Vilanova i la Geltrú, P-383, que convoca la Compañía de aguas de Vilanova i la Geltrú SAM.
En plazo
Companyia d'Aigües de Vilanova i la Geltrú, SAM
Abierto
En Plazo
69.713,19 EUR
13/04/2026
11/05/2026
Vilanova y geltrú
Construcción de Depósito de Agua en Roquetas
Obra para la construcción de nuevo depósito de agua potable con capacidad de 70.000 m3 en Aguadulce, t.m. de Roquetas de Mar (Almería), actuación cofinanciada por la Consejería de Agricultura, Pesca, Agua y Desarrollo Rural de la Junta de Andalucía.
En plazo
Ayuntamiento de Roquetas de Mar
Abierto
En Plazo
14.710.056,25 EUR
10/04/2026
08/05/2026
Roquetas de mar
Canalización de aguas en Bonete
Canalización de aguas en Bonete (Albacete). Obra n.º 7 POS 2024 y n.º 7 POS 2025.
En plazo
Diputación provincial de Albacete
Abierto simplificado
En Plazo
177.216,61 EUR
10/04/2026
04/05/2026
Bonete
Otras licitaciones que pueden ser de tu interés
Licitaciones de GeronaLicitaciones de TarragonaLicitaciones de BarcelonaLicitaciones de CataluñaLicitaciones de Lérida