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Lugar de ejecución

Plaza de gibaxa, 1, Utrera, Sevilla, Andalucía, España

Anuncio de Licitación

08/10/2025

Perfil del contratante

Anuncio de Pliegos

08/10/2025

Perfil del contratante

Fin Plazo Presentación

28/10/2025

Finalizado

Anuncio de Adjudicación

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Licitación Obras en calles de Utrera

Ejecución de obras del reformado de proyecto básico y de ejecución de intervención en diversas calles de Utrera (Sevilla), en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.

Perfil del contratante

Ayuntamiento de Utrera

Datos generales

Estado

Pendiente de Adjudicación

Presupuesto base de licitación

1.662.711,63 €

Importe sin impuestos

1.374.141,84 €

Valor estimado del contrato

1.374.141,84 €

Referencia

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Publicación

08/10/2025

Ultima actualización

17/11/2025

Periodo estimado Inicio

-

Periodo estimado Final

-

Duración

3 Meses

Códigos CPV

45233251 - Trabajos de repavimentación

45233270 - Trabajos de pintura de superficies de aparcamiento

45233200 - Trabajos diversos de pavimentación

45233221 - Trabajos de pintura de la superficie de la calzada

45233340 - Trabajos de cimentación de aceras

45233294 - Instalación de señalización viaria

45112100 - Trabajos de excavación de zanjas

45232400 - Obras de alcantarillado

45231000 - Trabajos de construcción de tuberías, líneas de comunicación y líneas conducción eléctrica

45233140 - Obras viales

45233330 - Trabajos de cimentación de calles

45233252 - Trabajos de pavimentación de calles

45232150 - Trabajos relacionados con tuberías de distribución agua

45233222 - Trabajos de pavimentación y asfaltado

45111000 - Trabajos de demolición, explanación y limpieza del terreno

45231300 - Trabajos de construcción de tuberías para agua y aguas residuales

45233293 - Instalación de mobiliario urbano

45232410 - Obras de saneamiento

Proceso de licitación

Proceso

Abierto simplificado

Urgencia

Ordinaria

Sistema de contratación

No aplica

Método de envío

Electrónica

Plazo de presentación ofertas

Hasta 28/10/2025

Presentación

A uno o varios lotes

Cantidad máxima de presentación de lotes

5

Cantidad máxima de lotes adjudicados

5

Período disponibilidad documentos

-

Términos y Calificaciones

Calificaciones técnicas

  • Trabajos realizados - La solvencia técnica se acreditará indistintamente mediante la presentación del certificado de clasificación administrativa como contratista de obras en el grupo o subgrupo de clasificación correspondiente al contrato, con la categoría de clasificación que por su valor anual medio corresponda, expedido por la Junta Consultiva de Contratación Pública del Estado, acompañado de una declaración sobre su vigencia y de las circunstancias que sirvieron de base para la obtención de la misma o mediante la relación de las obras ejecutadas correspondiente al mismo grupo o subgrupo de clasificación al que corresponde el contrato, avalada por certificados de buena ejecución para las obras más importantes; estos certificados indicarán el importe, las fechas y el lugar de ejecución de las obras y se precisará si se realizaron según las reglas por las que se rige la profesión y se llevaron normalmente a buen término. El periodo para tener en consideración las obras realizadas será el de los cinco últimos años. Se exige que el importe anual acumulado sin incluir impuestos en el año de mayor ejecución sea igual o superior a 69.467,41 €. Para las empresas de nueva creación con una antigüedad inferior a 5 años, la solvencia técnica podrá justificarse mediante una declaración del personal técnico a adscribir al contrato, que deberá disponer de experiencia durante más de 5 años en el objeto de la presente licitación. Aún cuando la clasificación del contratista no resulta exigible para los lotes que conforman el objeto del contrato, el empresario podrá acreditar su solvencia indistintamente mediante su clasificación como contratista , junto con una declaración responsable sobre su vigencia, en los Grupo G Subgrupo 6 Categoría 4 correspondiente al contrato o bien acreditando el cumplimiento de los requisitos específicos de solvencia exigidos. (Redacción del art. 26 del RD 1098/2001, por RD 773/2015 de 28 de agosto).
  • Trabajos realizados - La solvencia técnica se acreditará indistintamente mediante la presentación del certificado de clasificación administrativa como contratista de obras en el grupo o subgrupo de clasificación correspondiente al contrato, con la categoría de clasificación que por su valor anual medio corresponda, expedido por la Junta Consultiva de Contratación Pública del Estado, acompañado de una declaración sobre su vigencia y de las circunstancias que sirvieron de base para la obtención de la misma o mediante la relación de las obras ejecutadas correspondiente al mismo grupo o subgrupo de clasificación al que corresponde el contrato, avalada por certificados de buena ejecución para las obras más importantes; estos certificados indicarán el importe, las fechas y el lugar de ejecución de las obras y se precisará si se realizaron según las reglas por las que se rige la profesión y se llevaron normalmente a buen término. El periodo para tener en consideración las obras realizadas será el de los cinco últimos años. Se exige que el importe anual acumulado sin incluir impuestos en el año de mayor ejecución sea igual o superior a 192.113,25€. Para las empresas de nueva creación con una antigüedad inferior a 5 años, la solvencia técnica podrá justificarse mediante una declaración del personal técnico a adscribir al contrato, que deberá disponer de experiencia durante más de 5 años en el objeto de la presente licitación. Aún cuando la clasificación del contratista no resulta exigible para los lotes que conforman el objeto del contrato, el empresario podrá acreditar su solvencia indistintamente mediante su clasificación como contratista , junto con una declaración responsable sobre su vigencia, en los Grupo G Subgrupo 6 Categoría 4 correspondiente al contrato o bien acreditando el cumplimiento de los requisitos específicos de solvencia exigidos. (Redacción del art. 26 del RD 1098/2001, por RD 773/2015 de 28 de agosto).
  • Trabajos realizados - La solvencia técnica se acreditará indistintamente mediante la presentación del certificado de clasificación administrativa como contratista de obras en el grupo o subgrupo de clasificación correspondiente al contrato, con la categoría de clasificación que por su valor anual medio corresponda, expedido por la Junta Consultiva de Contratación Pública del Estado, acompañado de una declaración sobre su vigencia y de las circunstancias que sirvieron de base para la obtención de la misma o mediante la relación de las obras ejecutadas correspondiente al mismo grupo o subgrupo de clasificación al que corresponde el contrato, avalada por certificados de buena ejecución para las obras más importantes; estos certificados indicarán el importe, las fechas y el lugar de ejecución de las obras y se precisará si se realizaron según las reglas por las que se rige la profesión y se llevaron normalmente a buen término. El periodo para tener en consideración las obras realizadas será el de los cinco últimos años. Se exige que el importe anual acumulado sin incluir impuestos en el año de mayor ejecución sea igual o superior a 270.214,53. Para las empresas de nueva creación con una antigüedad inferior a 5 años, la solvencia técnica podrá justificarse mediante una declaración del personal técnico a adscribir al contrato, que deberá disponer de experiencia durante más de 5 años en el objeto de la presente licitación. Aún cuando la clasificación del contratista no resulta exigible para los lotes que conforman el objeto del contrato, el empresario podrá acreditar su solvencia indistintamente mediante su clasificación como contratista , junto con una declaración responsable sobre su vigencia, en los Grupo G Subgrupo 6 Categoría 4 correspondiente al contrato o bien acreditando el cumplimiento de los requisitos específicos de solvencia exigidos. (Redacción del art. 26 del RD 1098/2001, por RD 773/2015 de 28 de agosto).
  • Trabajos realizados - La solvencia técnica se acreditará indistintamente mediante la presentación del certificado de clasificación administrativa como contratista de obras en el grupo o subgrupo de clasificación correspondiente al contrato, con la categoría de clasificación que por su valor anual medio corresponda, expedido por la Junta Consultiva de Contratación Pública del Estado, acompañado de una declaración sobre su vigencia y de las circunstancias que sirvieron de base para la obtención de la misma o mediante la relación de las obras ejecutadas correspondiente al mismo grupo o subgrupo de clasificación al que corresponde el contrato, avalada por certificados de buena ejecución para las obras más importantes; estos certificados indicarán el importe, las fechas y el lugar de ejecución de las obras y se precisará si se realizaron según las reglas por las que se rige la profesión y se llevaron normalmente a buen término. El periodo para tener en consideración las obras realizadas será el de los cinco últimos años. Se exige que el importe anual acumulado sin incluir impuestos en el año de mayor ejecución sea igual o superior a 231.427,41€. Para las empresas de nueva creación con una antigüedad inferior a 5 años, la solvencia técnica podrá justificarse mediante una declaración del personal técnico a adscribir al contrato, que deberá disponer de experiencia durante más de 5 años en el objeto de la presente licitación. Aún cuando la clasificación del contratista no resulta exigible para los lotes que conforman el objeto del contrato, el empresario podrá acreditar su solvencia indistintamente mediante su clasificación como contratista , junto con una declaración responsable sobre su vigencia, en los Grupo G Subgrupo 6 Categoría 4 correspondiente al contrato o bien acreditando el cumplimiento de los requisitos específicos de solvencia exigidos. (Redacción del art. 26 del RD 1098/2001, por RD 773/2015 de 28 de agosto).
  • Trabajos realizados - La solvencia técnica se acreditará indistintamente mediante la presentación del certificado de clasificación administrativa como contratista de obras en el grupo o subgrupo de clasificación correspondiente al contrato, con la categoría de clasificación que por su valor anual medio corresponda, expedido por la Junta Consultiva de Contratación Pública del Estado, acompañado de una declaración sobre su vigencia y de las circunstancias que sirvieron de base para la obtención de la misma o mediante la relación de las obras ejecutadas correspondiente al mismo grupo o subgrupo de clasificación al que corresponde el contrato, avalada por certificados de buena ejecución para las obras más importantes; estos certificados indicarán el importe, las fechas y el lugar de ejecución de las obras y se precisará si se realizaron según las reglas por las que se rige la profesión y se llevaron normalmente a buen término. El periodo para tener en consideración las obras realizadas será el de los cinco últimos años. Se exige que el importe anual acumulado sin incluir impuestos en el año de mayor ejecución sea igual o superior a 198.676,35€. Para las empresas de nueva creación con una antigüedad inferior a 5 años, la solvencia técnica podrá justificarse mediante una declaración del personal técnico a adscribir al contrato, que deberá disponer de experiencia durante más de 5 años en el objeto de la presente licitación. Aún cuando la clasificación del contratista no resulta exigible para los lotes que conforman el objeto del contrato, el empresario podrá acreditar su solvencia indistintamente mediante su clasificación como contratista , junto con una declaración responsable sobre su vigencia, en los Grupo G Subgrupo 6 Categoría 4 correspondiente al contrato o bien acreditando el cumplimiento de los requisitos específicos de solvencia exigidos. (Redacción del art. 26 del RD 1098/2001, por RD 773/2015 de 28 de agosto).

Calificaciones financieras

  • Cifra anual de negocio - Volumen anual de negocios del licitador que referido al año de mayor volumen de negocio de los tres últimos concluidos deberá ser del importe 495.916,59€. El volumen anual de negocios del licitador o candidato se acreditará por medios de sus cuentas anuales aprobadas y depositadas en el Registro Mercantil si el empresario estuviera inscrito en dicho Registro y en caso contrario por las depositadas en el registro oficial en que deba estar inscrito. Los empresarios individuales no inscritos en el Registro Mercantil acreditarán su volumen anual de negocios mediante sus libros de inventario y cuentas anuales legalizados por el Registro Mercantil.
  • Cifra anual de negocio - Volumen anual de negocios del licitador que referido al año de mayor volumen de negocio de los tres últimos concluidos deberá ser del importe 411.671,25€. El volumen anual de negocios del licitador o candidato se acreditará por medios de sus cuentas anuales aprobadas y depositadas en el Registro Mercantil si el empresario estuviera inscrito en dicho Registro y en caso contrario por las depositadas en el registro oficial en que deba estar inscrito. Los empresarios individuales no inscritos en el Registro Mercantil acreditarán su volumen anual de negocios mediante sus libros de inventario y cuentas anuales legalizados por el Registro Mercantil.
  • Cifra anual de negocio - Volumen anual de negocios del licitador que referido al año de mayor volumen de negocio de los tres últimos concluidos deberá ser del importe 579.031,14€. El volumen anual de negocios del licitador o candidato se acreditará por medios de sus cuentas anuales aprobadas y depositadas en el Registro Mercantil si el empresario estuviera inscrito en dicho Registro y en caso contrario por las depositadas en el registro oficial en que deba estar inscrito. Los empresarios individuales no inscritos en el Registro Mercantil acreditarán su volumen anual de negocios mediante sus libros de inventario y cuentas anuales legalizados por el Registro Mercantil.
  • Cifra anual de negocio - Volumen anual de negocios del licitador que referido al año de mayor volumen de negocio de los tres últimos concluidos deberá ser del importe 148.857,24€. El volumen anual de negocios del licitador o candidato se acreditará por medios de sus cuentas anuales aprobadas y depositadas en el Registro Mercantil si el empresario estuviera inscrito en dicho Registro y en caso contrario por las depositadas en el registro oficial en que deba estar inscrito. Los empresarios individuales no inscritos en el Registro Mercantil acreditarán su volumen anual de negocios mediante sus libros de inventario y cuentas anuales legalizados por el Registro Mercantil.
  • Cifra anual de negocio - Volumen anual de negocios del licitador que referido al año de mayor volumen de negocio de los tres últimos concluidos deberá ser del importe 425.735,04€. El volumen anual de negocios del licitador o candidato se acreditará por medios de sus cuentas anuales aprobadas y depositadas en el Registro Mercantil si el empresario estuviera inscrito en dicho Registro y en caso contrario por las depositadas en el registro oficial en que deba estar inscrito. Los empresarios individuales no inscritos en el Registro Mercantil acreditarán su volumen anual de negocios mediante sus libros de inventario y cuentas anuales legalizados por el Registro Mercantil.

Calificaciones específicas

  • Cumplimiento con las obligaciones tributarias - Cumplimiento con las obligaciones tributarias
  • Para las empresas extranjeras, declaración de sometimiento a la legislación española. - Para las empresas extranjeras, declaración de sometimiento a la legislación española.
  • Capacidad de obrar - Capacidad de obrar
  • Cumplimiento con las obligaciones con la Seguridad Social - Cumplimiento con las obligaciones con la Seguridad Social
  • Estar prerregistrado en el ROLECE, y declarar que no ha habido modificaciones en los datos registrados - Estar prerregistrado en el ROLECE, y declarar que no ha habido modificaciones en los datos registrados
  • No estar incurso en incompatibilidades - No estar incurso en incompatibilidades
  • No prohibición para contratar - No prohibición para contratar

Garantías financieras

  • Final - x5
  • Especial - x5

Términos de adjudicación

  • Oferta Económica: 100%

Documentos

Lotes

Lote 1

C/ Salado

Importe

120.079,38 €

Importe sin impuestos

99.239,16 €

Lote 2

C/ Don Clemente de la Cuadra

Importe

400.039,38 €

Importe sin impuestos

330.611,06 €

Lote 3

C/ Alcalde Vicente Giráldez

Importe

343.426,27 €

Importe sin impuestos

283.823,36 €

Lote 4

C/ Sevilla

Importe

467.085,12 €

Importe sin impuestos

386.020,76 €

Lote 5

C/ Bambino y Juan Ramón Jiménez

Importe

332.081,48 €

Importe sin impuestos

274.447,50 €

Resolución

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